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Documento BORME-C-2001-137023

COMERCIO Y ASISTENCIA, S. A. (Sociedad absorbente) AUTO SALÓN GIJÓN, S. A. Sociedad unipersonal GARCÍA RODRÍGUEZ AUTOMOCIÓN, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 17952 a 17952 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-137023

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas generales de "Comercio y Asistencia, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente) y "Auto Salón Gijón, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal y "García Rodríguez Automoción, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas), celebradas todas ellas con fecha 29 de junio de 2001, acordaron por mayoría, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "Auto Salón Gijón, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal y "García Rodríguez Automoción, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal (sociedades absorbidas) por parte de "Comercio y Asistencia, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente), con disolución de las sociedades absorbidas y traspasando en bloque, a título universal, todo su patrimonio con todos los bienes, derechos y obligaciones que lo componen, a la sociedad absorbente.

La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión conjunto depositado en el Registro Mercantil de Asturias y con aprobación de los Balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2000, para todas las sociedades. No se otorga ninguno de los derechos especiales previstos en la letra e) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, ni se atribuyen ventajas a los Administradores de las sociedades intervinientes en la operación. La presente fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2001.

Se hace constar expresamente el derecho de cualquier accionista y de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de examinar y obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Los acreedores de las sociedades fusionadas pueden oponerse a dichos acuerdos en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, Gijón y Avilés, 29 de junio de 2001.

-Severino García Vigón, Secretario del Consejo de Administración de "Comercio y Asistencia, Sociedad Anónima", de "Auto Salón Gijón, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal y de "García Rodríguez Automoción, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal.-38.975. 1.a 18-7-2001.

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