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Documento BOE-B-2022-2001

Resolución de 18 de enero de 2022 de la Subdelegación del Gobierno en Zamora sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2022, páginas 3266 a 3269 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2022-2001

TEXTO

Vistos los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Esta Subdelegación del Gobierno acordó iniciar los procedimientos sancionadores objeto de la presente resolución, por incumplimiento de los apartados 1, 3 o 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Y teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, la competencia para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves corresponde, en el ámbito de la Administración General del Estado, a los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Dicha competencia ha sido delegada en el Subdelegado del Gobierno en Zamora mediante Resolución de 22 de abril de 2021, (BOE nº 113 de 12/05/2021).

SEGUNDO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que 'El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno'.

TERCERO.- La Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad nº 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y ha declarado inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7, con el alcance y efectos señalados por la propia sentencia.

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ''El órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución, cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias:

c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa''.

En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.

SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones seguidas en los mismos.

TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al apreciar razones de interés público.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

ANEXO RESOLUCIÓN

Nº EXPTE.

Nº IDENTIFICACION

ZA-1721/2021

2112531L

ZA-1722/2021

Y0287755Q

ZA-1724/2021

11629906W

ZA-1725/2021

14378703T

ZA-1727/2021

11965847M

ZA-1730/2021

X9758241P

ZA-1735/2021

71027713X

ZA-1744/2021

Y1269552N

ZA-1746/2021

11736990K

ZA-1747/2021

11736845Z

ZA-1748/2021

11960783R

ZA-1750/2021

11732405J

ZA-1752/2021

07829707R

ZA-1753/2021

70902962B

ZA-1755/2021

71019606E

ZA-1756/2021

71027458P

ZA-1757/2021

07976755X

ZA-1758/2021

48535379C

ZA-1759/2021

11971789J

ZA-1760/2021

45484813J

ZA-1761/2021

71016804A

ZA-1762/2021

07987276C

ZA-1763/2021

11962517X

ZA-1764/2021

71032593Z

ZA-1767/2021

71017344Z

ZA-1769/2021

12398676C

ZA-1771/2021

11941359N

ZA-1772/2021

70957546Q

ZA-1773/2021

49357387P

ZA-1774/2021

11707811Y

ZA-1775/2021

71039041E

ZA-1776/2021

11944033H

ZA-1777/2021

71035787B

ZA-1778/2021

M0202639D

ZA-1779/2021

M0202659Y

ZA-1780/2021

71027350S

ZA-1781/2021

11736990K

ZA-1783/2021

71046783J

ZA-1784/2021

71046783J

ZA-1786/2021

11944845W

ZA-1787/2021

71043519S

ZA-1788/2021

11946537S

ZA-1789/2021

X9944878K

ZA-1790/2021

71040379A

ZA-1792/2021

71039575G

ZA-1794/2021

07987276C

ZA-1799/2021

M0112551N

ZA-1800/2021

M0112552J

ZA-1801/2021

M0112553Z

ZA-1802/2021

M0112554S

ZA-1803/2021

M0112555Q

ZA-1804/2021

M0112644J

ZA-1805/2021

M0112556V

ZA-1930/2021

45686091H

ZA-1937/2021

71034757Q

ZA-2644/2021

11581177X

ZA-2653/2021

50419118J

ZA-1806/2021

M0112557H

ZA-1807/2021

M0112544M

ZA-1810/2021

M0112544M

ZA-1812/2021

71564024F

ZA-1814/2021

71746845R

ZA-1853/2021

11729942B

ZA-1855/2021

71023851N

ZA-1856/2021

02098176R

ZA-1858/2021

76992564H

ZA-1860/2021

Y0459616K

ZA-1861/2021

11971412G

ZA-1862/2021

71041456E

ZA-1864/2021

X6302145F

ZA-1867/2021

45684202S

ZA-1868/2021

50436791E

ZA-1869/2021

12423365F

ZA-1872/2021

71016801T

ZA-1873/2021

71027712D

ZA-1874/2021

71033459Y

ZA-1875/2021

71023607K

ZA-1879/2021

X9055891D

ZA-1880/2021

Y1984531J

ZA-1881/2021

71030771D

Zamora, 18 de enero de 2022.- El Instructor, Alberto González Martín.

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