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Documento BOE-B-2020-45397

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 317, de 4 de diciembre de 2020, páginas 60067 a 60068 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-45397

TEXTO

Edicto

Don Luis Durán Alfonso, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 264/2020. Sección: B.

NIG: 0801947120208020050.

Fecha del auto de declaración.25/11/2020.

Clase de concurso. VOLUNTARIO.

Entidad concursada.JUAN FRANCISCO CABRERIZO MONTIEL, con 45490409-C.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: PILAR NÚÑEZ CALDERÓN. DNI: 35090831-F. Dirección postal: Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 291, Entresuelo 2.ª, Barcelona 08014. Dirección electrónica: pnc@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado.SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 13 – Barcelona.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 TRLC administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Al día siguiente de la finalización del plazo para la impugnación de la lista de acreedores a que se refiere el art. 297 TRLC, la Administración concursal deberá presentar, si no hay impugnaciones, un escrito que contendrá los textos definitivos y la solicitud de conclusión del concurso al amparo de los arts. 424 o 493, según se hayan satisfecho o no los créditos contra la masa, en ambos casos con rendición de cuentas.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 25 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Durán Alfonso.

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