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Documento BOE-B-2020-45396

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 317, de 4 de diciembre de 2020, páginas 60066 a 60066 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-45396

TEXTO

Doña Laura Martínez Martínez, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 7/2020. Sección: C.

NIG: 0801947120208017512.

Fecha del auto de declaración. 13.11.2020.

Clase de concurso. Consecutivo voluntario.

Entidad concursada. Joan Vigata Minguet, con n.º de DNI 37270439C.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: DAVID GÓMEZ ZARAGOZA. Dirección postal: Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 645, 6.º, 2.ª, 08010 de Barcelona. Dirección electrónica: dgomez@mercatoria.es

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 13 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Al mismo tiempo, se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular observaciones.

Asimismo, se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 289 LC.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 13 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración del Estado, Laura Martínez Martínez.

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