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Documento BOE-B-2012-41113

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2012, páginas 55826 a 55826 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41113

TEXTO

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado 000383/2012, siendo la concursada Famet Construcciones Metálicas, S.L.,con CIF B03467214, con domicilio en carretera estación ferrocarril, km. 2,800, Crevillente (Alicante), en el que se ha dictado auto de fecha 19/11/2012, que contiene los siguientes pronunciamientos:

1. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal.

3. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4. Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación detallado previsto en el artículo 148 LC. Si la complejidad del concurso lo justificara, de solicitarse por la administración concursal, podrá acordarse prorroga por plazo de igual duración

5. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

6. Procédase a la formación de la sección quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente.

7. Firme que sea la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Y, en su caso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal, líbrese los oportunos mandamientos a los registros de la propiedad y de bienes muebles donde conste inscritos bienes titularidad de la concursada a fin de que se practique la oportuna anotación.

8. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente y gratuita en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Elche, 19 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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