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Documento BOE-B-2012-35126

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2012, páginas 47838 a 47838 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-35126

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid,

Anuncia: Que en el concurso número de autos 521/11 referente al concursado Gestiones y Estudios de Empresas y Cooperativas, S.L.U. (G.E.Y.D.E.C., S.L.), con CIF B-85037216 y domiciliado en la calle Gabasti, 8, 1.ª, 28027 Madrid, se ha acordado lo siguiente:

1. En el presente procedimiento concursal del concursado Gestiones y Estudios de Empresas y Cooperativas, S.L.U. (G.E.Y.D.E.C., S.L.), con CIF: B-85037216, y domiciliado en la calle Gabasti, 8, 1.ª, 28027 de Madrid, inscrita en el registro mercantil de Madrid en el tomo 24.023, folio 91, hoja n.º M-431.493, inscripción 1.ª, se deja sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 5 de septiembre de 2012 y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la Sección quinta. Consecuentemente queda sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 21 de noviembre de 2012, a las 12:00 horas.

2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Se declara disuelta la concursada Gestiones y Estudios de Empresas y Cooperativas, S.L.U. (G.E.Y.D.E.C., S.L.), cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Madrid, 4 de octubre de 2012.- Secretaria judicial.

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