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Documento BOE-B-2012-31671

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 22 de septiembre de 2012, páginas 43263 a 43263 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-31671

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca.

Concurso Voluntario abreviado 456/2009.

Deudor Viajes Amistad, S.L., con domicilio en la calle Gran Vía Asima, n.º 6, edificio Banca March, polígono Son Castello de Palma de Mallorca y CIF B-07592975.

En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

Hechos

Único: En fecha del 8 de febrero de 2012 se ha presentado por la administración concursal informe instando el archivo del proceso concursal por inexistencia de bienes, acompañando de debida rendición de cuentas. Dado traslado a las partes personadas, por las mismas no se hacen observaciones al respecto.

Fallo

Que debo declarar y declaro la conclusión de presente concurso, por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables.

De igual forma cesan todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, quedando el deudor como responsable de todos los créditos no satisfechos.

Se declara la extinción de la concursada, debiendo cerrarse la hoja de inscripción, a cuyo efecto se librarán los mandamientos oportunos a los registros que proceda.

Firme que sea la presente, hágase pública el presente archivo mediante edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. Igualmente, y en dicho término, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Mercantil para la práctica de los asientos conducentes a la constancia registral de esta resolución.

Se tiene aprobada la rendicion de cuentas presentada por el Administrador concursal.

Notifíquese a las partes y hagales saber que contra la misma, por mor del art. 177, no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda manda y firma don Víctor Fernández González, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de esta localidad.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.3 de la L.C.

Palma de Mallorca, 13 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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