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Documento BOE-B-2009-740

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Inmofiban, Sociedad Anónima.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2009, páginas 3553 a 3553 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-740

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, ha otorgado con fecha 9 de octubre de 2008, una concesión administrativa a favor de Inmofiban, Sociedad Anónima para la ocupación de una parcela perteneciente al dominio público portuario estatal que tiene una superficie de unos 44.500 metros cuadrados, situada en la margen izquierda del Canal de Alfonso XIII, en el área AP-27 de las definidas en el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Sevilla, perteneciente al dominio público portuario estatal, con destino a la construcción y explotación de una nave para uso logístico, en régimen de arrendamiento a terceros (contratos de cesión a terceros del derecho del uso y disfrute de espacios en la concesión administrativa), así como la posibilidad de instalación y explotación en la cubierta de la misma de placas fotovoltaicas para la producción de energía eléctrica, por un plazo de treinta y cinco (35) años, debiendo abonar las siguientes tasas: una tasa por ocupación privativa del dominio público portuario de 3,395348 euros/metro cuadrado/año, en proporción a la superficie ocupada de 44.500 metros cuadrados, una tasa por el ejercicio de actividades comerciales industriales y de servicios por la cuantía anual correspondiente al 4,80 por ciento del volumen de negocio desarrollado en el Puerto de Sevilla al amparo de la presente concesión, IVA no incluido, con una cuantía mínima de 36.000 euros/año, IVA no incluido, para el primer año de explotación; en 55.000 euros/año, IVA no incluido, para el segundo año de explotación y de 76.000 euros/año, IVA no incluido, para el tercer año de explotación y siguientes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 8 de enero de 2009.- El Presidente.

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