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Documento BOE-B-2009-739

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se otorga concesión administrativa a Real Círculo de Labradores y Propietarios de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2009, páginas 3552 a 3552 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-739

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, ha otorgado con fecha 9 de Octubre de 2008, una concesión administrativa a favor de Real Círculo de Labradores y Propietarios de Sevilla para ocupar una parcela, y diversas instalaciones ubicadas en la misma, que tiene una superficie de unos 14.911 metros cuadrados, situada en la margen derecha del Canal de Alfonso XIII, inmediatamente al Sur del Puente de San Telmo, pertenecientes al dominio público portuario estatal, en el término municipal de Sevilla, con destino al fomento y promoción de la náutica fluvial y marítima, así como de toda clase de deportes afines a la misma, y al desarrollo de actividades recreativas y culturales demandadas por sus socios, por un plazo de hasta el 31 de diciembre de 2043, debiendo abonar las siguientes tasas: una tasa por ocupación privativa del dominio público portuario, en lo que respecta a la zona náutico-deportiva que tiene una superficie de 12.500 metros cuadrados, de 6,933322 euros/metro cuadrado/año, aplicándose la correspondiente bonificación, y, en lo que respecta al área complementaria a la zona náutico-deportiva que tiene una superficie de 2.411 metros cuadrados, de 8,319986 euros/metro cuadrado/año, aplicándose la correspondiente bonificación, una tasa por ocupación de obras e instalaciones por importe de 10.000 euros/año, una tasa por el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios con una cuantía mínima anual de 1.500 euros/año, una tasa por servicios generales, cuyo importe o cuota resultará de aplicar el porcentaje que en cada momento proceda al importe líquido a ingresar por las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario (se exceptúa de este importe, por estar exenta, la cuantía de la tasa por ocupación de terrenos correspondiente a la zona naútico-deportiva).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 8 de enero de 2009.- El Presidente.

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