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Documento BOE-B-2009-2351

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la nueva subestación a 400/220 kV de "Cártama", en el término municipal de Cártama, en la provincia de Málaga, y se declara la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2009, páginas 8357 a 8360 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-2351

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario.

Resultando que remitidas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo al Ayuntamiento de Cártama, en cuyo término municipal se ha proyectado la subestación, no se ha recibido contestación alguna de dicho Ayuntamiento, tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.4 y 146.1 del referido Real Decreto.

Resultando que enviadas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga separatas del proyecto a la Dirección General de Prevención de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, por la misma se presentan alegaciones, las cuales son contestadas por Red Eléctrica, dando traslado a dicho organismo para que muestre su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, por lo que se entiende su conformidad.

Resultando que remitida separata del proyecto al Ayuntamiento de Cártama, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el mismo se emite informe en el que se manifiesta la compatibilidad de la instalación eléctrica con el planeamiento urbanístico.

Resultando que remitida separata del proyecto a la Delegación Provincial en Málaga de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, a fin de que emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, no existe pronunciamiento alguno, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entenderá evacuado dicho informe en sentido favorable.

Resultando que el proyecto de la instalación y su Estudio de Impacto Ambiental han sido sometidos al procedimiento administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, según las normas establecidas en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, habiendo sido formulada la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental mediante Resolución de fecha 8 de mayo de 2008 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, donde se considera que el proyecto es ambientalmente viable, y se establecen las medidas preventivas, correctoras y el programa de vigilancia ambiental.

Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Málaga.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2008.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1.- Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la nueva subestación a 400/220 kV de "Cártama", en la provincia de Málaga, cuyas características principales son:

La subestación de Cártama estará compuesta por dos parques, uno de 400 kV y otro de 220 kV.

Parque de 400 kV: Adoptará una configuración en interruptor y medio, con capacidad total, actual y futura, para cuatro calles, basada en dos tipos de embarrado: semiflexible con conexiones del aparellaje destinado a la interconexión principal y a la conexión del aparellaje entre sí y rígido a base de tubos de aluminio destinados a la conexión de barras principales.

En el momento presente, de las cuatro calles se equiparán: una de ellas completa con tres interruptores, calle 1 posiciones GIF-1 y GIF-2, siendo estas las que conectarán con la subestación de tracción del tren de alta velocidad, propiedad del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, cuya infraestructura no contempla el presente proyecto de ejecución; y tres calles semicompletas con dos interruptores por calle, calle 2, calle 3 y calle 4.

La disposición del parque de 400 kV será la siguiente:

Calle 1: Posición 11: GIF-1 Posición 21: GIF-2.

Calle 2: Posición 12: Línea Tajo Posición 22: Futura.

Calle 3: Posición 13: Línea Cabra Posición 23: Futuro AT-2.

Calle 4: Posición 14: AT-1 de 400/220 kV y 600 MVA Posición 24: Futura.

Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, transformadores de intensidad, seccionadores de barras, seccionadores de línea, seccionadores de aislamiento, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, pararrayos autoválvulas y aisladores de apoyo.

Parque de 220 kV: El parque de 220 kV tendrá un esquema de doble barra con acoplamiento constituido por módulos blindados tipo GIS de interior según normalización de Red Eléctrica de España, con capacidad actual para ocho posiciones (seis celdas de línea, una de transformador, y una de acoplamiento, medida y puesta a tierra) más tres posiciones futuras (dos celdas de línea y una de transformador). En total se equiparán ocho posiciones completas con una celda por posición (seis de línea, una de transformador, una de acoplamiento y una de medida y puesta a tierra).

Además se han previsto tres posiciones de reserva para tener la posibilidad en el futuro de instalar un segundo transformador y llevar a cabo la entrada/salida a la subestación de otro circuito de línea de 220 kV.

La disposición del parque será la siguiente:

Posición 1: Línea Tajo.

Posición 2: Línea Los Montes.

Posición 3: Línea Alhaurín.

Posición 4: Línea Los Ramos.

Posición 5: AT-1 de 400/220 kV y 600 MVA.

Posición 6: Acoplamiento, medida y puesta a tierra.

Posición 7: Línea Alhaurín 2.

Posición 8: Línea Nueva Casares.

Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, cuchillas de puesta a tierra de mantenimiento, cuchillas de puesta a tierra rápida, transformadores de intensidad, transformadores de tensión, seccionadores de barras, seccionadores de salida, seccionadores de aislamiento, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, y pararrayos autoválvulas.

Transformador de potencia 400/220 kV compuesto por tres unidades monofásicas.

Redes de tierras inferiores y superiores.

Las estructuras metálicas y soportes de la aparamenta de ambos parques se construirán con perfiles de acero normalizados de alma llena.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua.

Construcción de un edificio de control, un edificio de mantenimiento y cuatro casetas de relés.

Sistemas de control y protección.

Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

La finalidad de la instalación es reforzar eléctricamente la red de distribución de la región, mejorando el mallado de la red de transporte para incrementar el nivel de seguridad y operatividad, posibilitando, asimismo, la alimentación al futuro tren de alta velocidad Córdoba-Málaga.

Las posiciones de interruptor de la calle 1 del parque de 400 kV más próximas a las barras 1 y 2, correspondientes a las salidas de línea GIF-1 y GIF-2, quedan excluidos de los efectos retributivos establecidos en el Real Decreto 2818/1988, excepto de los de operación y mantenimientos, que serán asumidos por el Sistema.

2.- Declarar la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de enero de 2009.- El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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