Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-286125

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la subestación a 220 kV de «Salteras», el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Sevilla, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 2006, páginas 13326 a 13326 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-286125

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que enviadas separatas del proyecto y solicitada su conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo al Ayuntamiento de Salteras, y a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental del Ministerio de Fomento, por los mismos se ha emitido conformidad con el proyecto, no habiéndose recibido contestación alguna, tras la reglamentaria reiteración, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, por lo que se entiende su conformidad con el proyecto en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2, 131.2 y 146.1 del referido Real Decreto. Resultando que remitida separata del proyecto al Ayuntamiento de Salteras además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, a fin de que emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, por el mismo se emite informe favorable. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, emita informe favorable o desfavorable sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, no existe pronunciamiento alguno por la misma, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entiende evacuado dicho informe en sentido favorable. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla. Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 26 de julio de 2006. Resultando que por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», se presenta ante el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla adenda al proyecto de ejecución de la nueva subestación a 220 kV de Salteras y de la línea de entrada y salida en la misma desde la línea Guillena 1-Santiponce 1, al ser necesario modificar las afecciones tanto de la subestación como del camino de acceso a la misma desde la carretera autonómica SE-520, que pasan a ser 19.229 metros cuadrados para la subestación y 68 metros para el camino, con una superficie de 1.218 metros cuadrados y una ocupación temporal de 2161 metros cuadrados. Resultando que efectuada la correspondiente tramitación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125, 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, no se presenta alegación ni oposición alguna al proyecto. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Está Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la subestación a 220 kV de «Salteras», el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Sevilla cuyas características principales son: Adoptará una configuración en doble barra, con capacidad para seis calles, basada en dos tipos de embarrado: Semiflexible con conexiones tendidas y destinado a la interconexión principal y a la conexión del aparellaje entre sí, y rígido a base de tubos de aluminio destinados a las barras principales.

En una primera fase se equiparán cuatro calles completas con un interruptor por calle, habiéndose previsto las calles 1 y 2 de reserva para tener la posibilidad en el futuro de hacerla entrada/salida a la subestación de otros circuitos de línea. La disposición de la subestación será la siguiente:

Calle 1: Posición de reserva.

Calle 2: Posición de reserva. Calle 3: Posición de línea Cobre Las Cruces. Calle 4: Posición de línea Santiponce. Calle 5: Posición de línea Guillena. Calle 6: Posición de acoplamiento. Barras B1 y B2.

Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, transformadores de intensidad, seccionadores pantógrafos, seccionadores rotativos de tres columnas, seccionadores rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, seccionadores de aislamiento, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo y aisladores de apoyos y conductores.

Redes de tierras superiores e inferiores. Estructuras metálicas y soportes de la aparamenta de perfiles de acero normalizados de alma llena. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Construcción de un edificio de mando y control y dos casetas de relés. Sistemas de protecciones, de medida y de control. Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistemas de alumbrado y fuerza.

La finalidad de la subestación proyectada, junto con la correspondiente línea de entrada y salida, posibilitará la alimentación a la explotación minera de cobre, denominada «Cobre las Cruces, Sociedad Anónima» desde la Red de Transporte.

La posición de línea Cobre Las Cruces queda excluida de los efectos retributivos establecidos en el Real Decreto 2819/1998, excepto de los costes de operación y mantenimiento que serán asumidos por el sistema.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta resolución anula y sustituye a la de fecha 12 de septiembre de 2006.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley por 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 13 de noviembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid