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Documento BOE-B-2006-178124

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400 kV de «Güeñes» y la adecuación de los servicios auxiliares de la misma, en el término municipal de Güeñes, en la provincia de Vizcaya, y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 2006, páginas 8153 a 8154 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-178124

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación y adecuación de la instalación que se cita. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica durante el plazo reglamentario, no presentándose alegación alguna. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Güeñes, en cuyo término radica la subestación, solicitando informe y condicionados, de conformidad con los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, solicitando al mismo tiempo la emisión de informe favorable o desfavorable sobre la adaptación de la ampliación al planeamiento urbanístico que le sea de aplicación de acuerdo con lo previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no se emite informe alguno pasados los plazos reglamentarios, por lo cual, de conformidad con los artículos anteriores ha de entenderse emitido en sentido favorable. Resultando que enviado un ejemplar del proyecto al Departamento de Ordenación del Territorio y de Urbanismo del Gobierno Vasco y a la Diputación Foral de Vizcaya, solicitando informe favorable o desfavorable de acuerdo con la Ley 13/2003, por el Departamento de Relaciones Municipales y Urbanismo de la Diputación Foral se emite informe en el que manifiesta que desde el punto de vista de su competencia no existe nada que objetar a la instalación. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Vizcaya. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 22 de junio de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de política Energética y Minas ha resulto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400 kV de Güeñes y la adecuación de los servicios auxiliares de la misma, en el término municipal de Güeñes, en la provincia de Vizcaya, que consiste básicamente en: Equipamiento de las nuevas posiciones de línea Abanto 1 y Abanto 2, en las Calles 4 y 2, respectivamente.

Construcción de dos casetas de relés CR-1-2 y CR-3-4. Renovación de los servicios auxiliares, cuadro general de corriente alterna y corriente continua, centro de transformación de media tensión y 400 kVA y grupo electrógeno de 200 kVA y 400/230 V. Línea de acometida en media tensión para la alimentación al centro de transformación de 400 kVA. Renovación del sistema de control digital pasando a un sistema de control integrado en las posiciones de Red Eléctrica de España. Ampliación de las diferenciales de barras de 400 kV al incorporar las nuevas posiciones. Aparamenta:

En la Calle 2, posición de línea Abanto 2, se instalará un interruptor, dos seccionadores rotativos de tres columnas, un seccionador rotativo de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, tres transformadores de intensidad, tres transformadores de tensión capacitivos y dos bobinas de bloqueo.

En la Calle 4, posición de línea Abanto 1, se instalará la misma aparamenta que en la Calle 2, posición de línea Abanto 2. La finalidad de la ampliación es la de formar un anillo de infraestructuras eléctricas a 400 kV (líneas y subestaciones) en la parte occidental del País Vasco, reforzar la incorporación a la red de transporte de la evacuación de la energía de las centrales térmicas de Santurce y Ciérvana y aumentar las posibilidades de intercambio de energía eléctrica entre el País Vasco y el resto de zonas.

2. Declarar, en concreto, de utilidad pública, la instalación cuya ampliación se autoriza a los efectos establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 3 de julio de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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