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Documento BOE-B-2005-219107

Resolución de la Generalitat de Cataluña, Departamento de Trabajo e Industria, Servicios Territoriales en Gerona, TRI/ /2005, de 5 de julio, por la que se concede la autorización administrativa y se aprueba un proyecto de instalación eléctrica en los términos municipales de Sils y Riudarenes (exp. 4309/2004-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 13 de septiembre de 2005, páginas 8241 a 8242 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2005-219107

TEXTO

La empresa «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada», con domicilio social en la Avenida Paralelo, 51, de Barcelona, ha solicitado la concesión de la autorización administrativa y la aprobación del Proyecto de instalación eléctrica de la nueva línea aérea 25 kV, 2 circuitos, Sils-Santa Coloma, entre la estación receptora de Sils y el soporte T46, en los términos municipales de Sils y Riudarenes. La empresa presentó el Proyecto debidamente visado y se efectuó la información pública preceptiva en el DOGC número 4200, de 19 de agosto de 2004. Han presentado alegaciones al proyecto los titulares de las fincas:

Finca 04: Manuel Font Veciana.

Finca 10: Pere Caselles Casals. Fincas 12-22-26: Marti Nogue Selva. Fincas 56-57: «Fite Patrimonial, Sociedad Anónima».

Todas estas alegaciones han sido desestimadas por motivos técnicos. Referente a las indemnizaciones, se valorarán en el proceso de expropiación.

De acuerdo con el artículo 147 del Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó informe a los organismos afectados. Estos han emitido sus informes, cuyas condiciones establecidas deberán cumplirse. En fecha 11 de junio de 2004, por resolución de la Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, se declara de no aplicación el trámite de evaluación de impacto ambiental de esta instalación, Visto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del Proyecto la necesidad de la instalación; Considerando que, de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, resultan de aplicación el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y el Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos; Considerando que, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, la competencia para otorgar la autorización solicitada corresponde a la directora de los Servicios Territoriales en Gerona del Departamento de Trabajo e Industria. Por todo ello, resuelvo:

Primero.-Autorizar a la empresa «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada», el Proyecto de instalación eléctrica consistente en la nueva línea aérea 25 kV, 2 circuitos, Sils-Santa Coloma, entre la estación receptora de Sils y el soporte T46, en los términos municipales de Sils y Riudarenes.

Segundo.-Reconocer, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica consistente en la nueva línea aérea 25 kV, 2 circuitos, Sils-Santa Coloma, entre la estación receptora de Sils y el soporte T46, en los términos municipales de Sils y Riudarenes. Declarar con carácter de urgencia la ocupación de los bienes y derechos afec-tados. Aprobar su Proyecto de ejecución, con las siguientes características:

Expediente: 4309/2004-AT.

Términos municipales: Sils y Riudarenes. Características técnicas: nueva línea aérea 25 kV, 2 circuitos, Sils-Santa Coloma, entre la subestación de Sils y la torre metálica número 46, de 7,802 km, conductor LA-110 y AL-240 y soportes metálicos. Finalidad: atender el crecimiento eléctrico de la zona y mejorar la calidad. Presupuesto: 270.732 euros.

La autorización queda sometida a las siguientes condiciones especiales:

Primero.-Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el Proyecto presentado por la empresa solicitante en fecha 9 de junio de 2004, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, y el acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.

Segundo.-La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984, la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de disposiciones de aplicación general. Tercero.-La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. Cuarto.-El plazo para la construcción y puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC. Quinto.-Los Servicios Territoriales en Gerona podrán realizar, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y pruebas que considere necesarias respecto al cumplimiento de las condiciones de la presente Resolución. Con esta finalidad, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la suficiente antelación, la fecha de inicio de las obras y su programación, las fechas de realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante. Sexto.-La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Gerona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al Proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán las actas de pruebas y controles reglamentarios. Séptimo.-La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad. Octavo.-La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique. Noveno.-Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras e instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Gerona, 5 de julio de 2005.-La Directora de los Servicios Territoriales en Gerona, Núria Arnay i Bosch.

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