Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de alzada para
unificación de criterio interpuesto por el Director
del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, contra el
acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Andalucía de 26 de febrero de
2001(reclamación 41/5542/99), en asunto relativo a
sucesión de la actividad empresarial Acuerda:
Desestimarlo, sin perjuicio de lo indicado en el último
de los Fundamentos de Derecho de la presente
resolución.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 2 de abril de 2003.-El Vocal Jefe de
la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&15.235.
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