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Documento BOE-B-2001-313045

Anuncio de subasta de bienes inmuebles de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 2001, páginas 13774 a 13775 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-313045

TEXTO

El Jefe de la Unidad Regional de Recaudación de

la Agencia Estatal de Administración Tribuntaria

de Canarias,

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990,

de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdo

con fecha 20 de noviembre de 2001 decretando

la venta de los bienes embargados en procedimiento

administrativo de apremio, seguido contra el deudor

"Gestoria Financiera Inmobiliaria, Sociedad

Anónima", con NIF A35231273, se dispone la venta

de los bienes que se detallan a continuación,

mediante subasta que se celebrará el día 6 de marzo de

2002, a las diez horas, en el salón de actos de

la Delegación Especial de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Canarias (plaza

Derechos Humanos, sin número, tercero).

Bienes objeto de subasta

Lote uno: Urbana. Solar situado en la calle

Fernando Guanarteme, de Las Palmas de Gran

Canaria, hoy señalado con el número 179. Mide 380

metros cuadrados. Linda: Norte o frontis, con calle

Fernando Guanarteme; sur, barranquilo de la

Ballena. Sobre este solar hay un edificio de una sola

planta, en estado ruinoso, anteriormente destinado

a taller industrial, hoy libre de uso. Este solar está

sujeto a la Unidad de Actuación "UA-08.1" del

PGMO de Las Palmas de Gran Canaria. Finca

número 7.389, tomo 1.799, libro 83, folio 125 del

Registro número 5 de Las Palmas.

Cargas preferentes: Hipoteca, inscripción 17, a

favor de "Coordinadora de Negocios de Canarias,

Sociedad Limitada", en garantía de 30.000.000 de

pesetas, incluidos intereses y costas, hipoteca,

inscripción 18, a favor de "Coordinadora de Negocios

de Canarias, Sociedad Limitada", en garantía de

11.250.000 pesetas, incluidos intereses y costas.

Valor de tasación: 111.530.000 pesetas. 670.308,8

euros.

Cargas preferentes: 41.250.000 pesetas.

247.917,49 euros.

Tipo subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 70.280.000 pesetas. 422.391,31

euros.

Lote dos: Urbana. Parcela de terreno situada en

la calle General Bravo, hoy señalada con los

números 67, 69, 71, de la urbanización industrial

"Barranquillo de la Gallina" en el pago de "Jinamar",

municipio de Telde. Mide 2.114,6 metros cuadrados

sobre esta parcela se ha construido una nave

industrial de tres cuerpos que ocupa toda la superficie.

Linda: Norte o fondo, calle de la urbanización; sur

o frente, calle General Bravo; naciente, terrenos del

Conde de la Vega Granda. Finca número 43.811,

tomo 1.664, libro 738, folio 122 del Registro número

1 de Telde.

Cargas preferentes: Hipotecas, según su

inscripción 9.a, a favor de "Comercial Financiera

Inmobiliaria, Sociedad Anónima", en garantía de

35.080.000 pesetas incluidos intereses y costas.

Según consta en autos del procedimiento artículo

131 Ley Hipotecaria 314/2000, seguido en el

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Telde, el

titular de las citadas hipotecas es don Rodrigo Vega

Holgado.

Valor de tasación: 114.829.320 pesetas.

690.138,11 euros.

Cargas preferentes: 35.080.000 pesetas.

210.835,05 euros.

Tipo subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 79.749.320 pesetas. 479.303,07

euros.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta, de lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Los licitadores podrán enviar o

presentar sus ofertas, en sobre cerrado, desde el anuncio

de subasta hasta una hora antes del comienzo de

ésta, sin perjuicio de que puedan participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas, serán registradas en el Registro General

de la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria de Las Palmas y deberán ir

acompañadas de cheque conformado, extendido a

favor del Tesoro Público, por el importe del

depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de Subasta, depósito de garantía, en

metálico o cheque conformado a favor del Tesoro

Público, que será de al menos el 20 por 100 del tipo

de aquélla, depósito que se ingresará en firme en

el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

de remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

Quinto.-En el caso de que no resulten

adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa

de Subasta podrá realizar una segunda licitación,

si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de

subasta en el 75 por 100 del importe de la primera

licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación.

Sexto.-El valor de las pujas, según el tipo

establecido, se incrementará de acuerdo con las

siguientes escalas:

Tipo para subasta

-Euros

Incremento pujas

Hasta 600 euros 50 euros 8.319 ptas.

De 600,1 a 3.000 100 euros 8.319 ptas.

De 3.000,1 a 6.000 300 euros 16.639 ptas.

De 6.000,1 a 30.000 600 euros 99.832 ptas.

De 30.000,1 a 60.000 1.200 euros 199.663 ptas.

De 60.000,1 a 150.000 3.000 euros 499.158 ptas.

De 150.000,1 en adelante 6.000 euros 499.158 ptas.

El adjudicatario deberá entregar en el acto, o

dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de la

adjudicación.

Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

Mesa de Subastas.

Los interesados deberán enviar o presentar sus

ofertas en sobre cerrado, serán registradas en el

Registro General de la Delegación de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria de Las Palmas

y deberán ir acompañadas de cheque conformado

extendido a favor del Tesoro Público, que cubra,

al menos, el 10 por 100 del tipo en primera

licitación.

Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro

si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate

en el plazo de cinco días, procediéndose, en su

caso, a la adjudicación al siguiente postor (si la

oferta se considera suficiente) o a la apertura de

un nuevo plazo para presentar ofertas, sin perjuicio

de la responsabilidad en que incurrirán por los

mayores perjuicios que sobre el importe depositado

origine la inefectividad de la adjudicación.

Transcurrido un mes, desde el inicio y en plazo

máximo de cinco días hábiles, a contar desde el

último día de dicho mes, se reunirá la Mesa de

Subastas para proceder a la apertura de los sobres

con las ofertas presentadas, si las hubiere, pudiendo

proceder a la adjudicación de los bienes si alguna

de ellas se considera suficiente en ese momento.

En caso contrario, se anunciará la extensión a un

mes más para la presentación de nuevas ofertas,

o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la

validez de las ofertas presentadas hasta ese

momento, y así sucesivamente, con el límite total de seis

meses.

El acto de apertura de ofertas será público y tendrá

lugar en el salón de actos de esta Delegación de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria de

Las Palmas.

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en primera licitación cuando no

se haya considerado procedente celebrar una

segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación,

no habrá precio mínimo.

Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado, del bien

que no hubiese sido objeto de remate, conforme

a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en las

oficinas de la Dependencia de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria de Las Palmas de

Gran Canaria hasta el día anterior a la celebración

de la subasta. En caso de no estar inscritos los

bienes en el Registro, la escritura de adjudicación

es título, mediante el cual puede efectuarse la

inmatriculación en los términos previstos en el artículo

199 b) de la Ley Hipotecaria y en los demás casos

se atendrán a lo dispuesto en el Título VI de dicha

Ley.

Décimo.-Todos los gastos en impuestos

derivados de la transmisión, incluidos los derivados de

la inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas no

preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.

Undécimo.-El procedimiento de apremio,

aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá

en los términos y condiciones señaladas en los

artículos 135 y 136 de la Ley General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de noviembre

de 2001.-El Jefe de la Unidad Regional de

Recaudación, Fernando Rodríguez Tuñas.-61.912.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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