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Documento BOE-A-2018-9842

Resolución de 5 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Gestión de Centros Culturales, SA, "La Casa Encendida", la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública, el Instituto Municipal Coruña Espectáculos, el Ayuntamiento de Murcia, el organismo Instituto del Teatro de la Diputación de Barcelona, la Comunidad de Madrid, la Fundación British Council España y la Embajada del Reino de los Países Bajos, para la organización de las X Jornadas sobre la inclusión social y la educación en las artes escénicas 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2018, páginas 70918 a 70923 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-9842

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la empresa de gestión de centros culturales S.A. «La Casa Encendida» de la Fundación Montemadrid; La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía; la asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de titularidad pública; el Instituto Municipal Coruña Espectáculos del Ayuntamiento de A Coruña; el Excmo. Ayuntamiento de Murcia; el organismo autónomo Instituto del Teatro de la Diputación de Barcelona; la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid; la Fundación British Council España y la Embajada del Reino de los Países Bajos, han suscrito, con fecha 30 de abril de 2018, un Convenio, para la organización de las x jornadas sobre la inclusión social y la educación en las artes escénicas 2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de julio de 2018.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Montserrat Iglesias Santos.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música; la Empresa de Gestión de Centros Culturales S.A. «La Casa Encendida» de la Fundación Montemadrid; la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía; la Asociación «Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública; el Instituto Municipal Coruña Espectáculos del Ayuntamiento de A Coruña; el Excmo. Ayuntamiento de Murcia; el Organismo Autónomo Instituto del Teatro de la Diputación de Barcelona; la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid; la Fundación British Council España y la Embajada del Reino de los Países Bajos, para la organización de las X Jornadas sobre la inclusión social y la educación en las artes escénicas 2018

En Madrid, a 30 de abril de 2018.

De una parte, doña Montserrat Iglesias Santos, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, Nº 1 (28004) de Madrid, y CIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto Real Decreto 856/2014, de 3 de octubre, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 6.2. c) del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE Nº 306, de 20 de diciembre).

De otra parte, doña Lucía Casani Fraile, en representación de GECESA, Gestión de Centros Culturales, S.A.U. (de ahora en adelante La Casa Encendida), provista de C.I.F. n.º A80618127 y con domicilio social a efectos de notificaciones en Ronda de Valencia n.º 2, 28012 Madrid, en virtud de los poderes otorgados ante el Notario de Madrid, D. José Blanco Losada, con fecha 28 de julio de 2017 y número 3.105 de su protocolo.

De otra parte, don Alberto Mula Sánchez, Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en virtud del Decreto 130/2011, de 19 de abril, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y de conformidad con la delegación de funciones autorizada por el Consejo Rector en sesión celebrada el día 7 de diciembre de 2012, dentro del punto 7 del Orden del día, actuando en nombre y representación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, entidad adscrita a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, constituida en la Ley 3/1991 de 28 de Diciembre, y Decreto 46/1993, transformada en Agencia Pública Empresarial en el artículo 20.1 de la Ley 1/2011 de 17 de febrero, aprobándose sus estatutos en Decreto 103/2011 de 19 de abril, con domicilio en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja s/n, 41092 Sevilla, con CIF Q-9155027-G.

De otra parte, don Carlos Morán Arostegui, con DNI: 14947032E, en calidad de Presidente de la Red Española de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública (de ahora en adelante LA RED), con domicilio en C/ Carretas, 14-8ºF, 28012-Madrid, con C.I.F. G- 82577685, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por acuerdo de la Asamblea General del 14 de diciembre de 2017.

De otra parte, don Xulio Xosé Ferreiro Baamonde, con NIF 32819926F, en calidad de Presidente del Instituto Municipal Coruña Espectáculos (de ahora en adelante IMCE), con domicilio para estos efectos en la Avda. La Marina, 18 -Casa Paredes-, A Coruña, 15001, y con CIF Q1500358E, titular del Teatro Rosalía Castro de A Coruña.

De otra parte, don Jesús Francisco Pacheco Méndez, con DNI nº 37.784.610-P, Concejal Delegado de Empleo, Turismo y Cultura, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, con CIF nº P-3003000-A y con domicilio social en Murcia, C.P. 30004, Glorieta de España, 1.

De otra parte, doña Magdalena Puyo Bove, Directora General del Instituto del Teatro, organismo autónomo de la Diputación de Barcelona, asistida por el Sr. Francesc Bartoll Huerta, secretario delegado, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto de la Presidencia de la Corporación, de fecha 28 de julio de 2016 (BOPB de 3 de agosto de 2016), con domicilio en la Plaza Margarita Xirgu, s/n de Barcelona y NIF P-5800024-A.

De otra parte, don Rafael van Grieken Salvador, Consejero de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid, en representación de esta, cargo para el que fue nombrado según lo establecido por el Decreto 55/2017, publicado en el BOCM el 25 de septiembre de 2017. El domicilio a efectos de este convenio será la Real Escuela Superior de Arte Dramático (RESAD), Avda. de Nazaret, 2, 28009 Madrid y con CIF: Q-2818026-C.

De otra parte, don Andrew John Mackay, Director de la Delegación en España de la Fundación British Council, y domicilio con efectos a este convenio en el Paseo General Martínez Campos, 31, 28010 de Madrid, y con CIF: W0061076F.

Y de otra parte, don Bartjan Wegter, Ministro Plenipotenciario de la Embajada del Reino de los Países Bajos en Madrid, con domicilio a efectos de este convenio en Paseo de la Castellana 259-D. 28046, Madrid, y con NIF Nº: N0032259E.

EXPONEN

Que todas las partes están interesadas en la organización de las «X Jornadas sobre la Inclusión Social y la Educación en las Artes Escénicas–Madrid, 2018», y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de este Convenio es establecer las bases de colaboración entre el INAEM, La Casa Encendida, La Red, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, el Ayuntamiento de Murcia, el IMCE del Ayuntamiento de A Coruña, el Instituto del Teatro, la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación e Investigación), a través de la RESAD, el British Council España y la Embajada del Reino de los Países Bajos en España, con objeto de organizar conjuntamente las X Jornadas sobre la Inclusión Social y la Educación en las Artes Escénicas, en la ciudad de Madrid.

Las X Jornadas se celebrarán los días 9, 10 y 11 de mayo de 2018 y tendrán como lema general de trabajo «Retos». La sede principal de las Jornadas será el Teatro Valle Inclán del Centro Dramático Nacional, aunque también se utilizarán otros espacios y recintos de la ciudad de Madrid, necesarios para la actividad. Los contenidos consistirán en diversas ponencias, talleres, espectáculos y foros de debate con la participación de prestigiosos profesionales, artistas y colectivos vinculados a las artes escénicas y la música, tanto de España como de otros países. La asistencia a las Jornadas será por convocatoria abierta a profesionales de toda España y la matrícula gratuita se otorgará por parte de la organización, previa selección de las solicitudes recibidas.

Segunda. Régimen jurídico.

El presente Convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Compromisos de las partes y financiación.

A) Las instituciones firmantes acuerdan designar a Dña. Almudena Heredero Borreguero, con DNI 50724526G (Ulalume S.L. C.I.F. B-87011128), para la coordinación general de las Jornadas de 2018, encargándose de diversas facetas de la producción y de mantener abierto y activo el canal oficial de comunicación con las instituciones, las organizaciones y los profesionales interesados en participar en dichas Jornadas.

Asimismo las instituciones acuerdan designar a Dña. Eva García Moreno (DNI 44.358233-L) y Dña. Mercedes Pacheco Pavón (DNI 52187514-P) como asesoras de contenidos artísticos de las X Jornadas de 2018.

B) Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

C) Todas las instituciones firmantes del presente convenio se comprometen a elaborar conjuntamente y por consenso la programación de contenidos de las X Jornadas sobre la Inclusión Social y la Educación en las Artes Escénicas e implicarse directamente en su organización, difusión, desarrollo y balance final.

D) El INAEM asumirá diversos gastos de producción de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cuantía máxima de treinta y un mil ochocientos euros (31.800,00 €), IVA incluido. Esta cuantía se articulará a través de contratos específicos o pagos con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.22606 del INAEM.

En concreto y de forma específica el INAEM asumirá los gastos correspondientes a posibles viajes y alojamientos de la coordinadora general de las X Jornadas, doña Almudena Heredero Borreguero, y de las dos asesoras de contenidos: Doña Eva García Moreno y doña Mercedes Pacheco Pavón, para actividades específicas de la organización de las X Jornadas.

El INAEM se compromete además a poner a disposición de las X Jornadas sobre la Inclusión Social y la Educación en las Artes Escénicas las instalaciones, el personal y los recursos técnicos y de producción del Teatro Valle Inclán, sede del Centro Dramático Nacional en Madrid, como sede principal del evento.

E) La Casa Encendida asumirá diversos gastos de producción de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cantidad máxima de cuatro mil euros (4.000,00 €), IVA incluido.

Además asumirá, por un importe máximo de mil euros (1.000,00 €) IVA incluido, gastos de producción y técnicos de las actividades programadas específicamente por las X Jornadas en la sede de La Casa Encendida, en la semana del 7 al 11 de mayo de 2018, ambos incluidos.

F) El Ayuntamiento de Murcia asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión Organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

G) La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión Organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

H) La Red asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

I) El IMCE asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

J) El Instituto del Teatro asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

K) La Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid, a través de la RESAD, asumirá diversos gastos de producción y pago a proveedores de las X Jornadas, según la distribución que se decida en la Comisión organizadora, por una cantidad máxima de cinco mil euros (5.000,00 €), IVA incluido.

L) La Fundación British Council España asumirá los gastos de las personas participantes del Reino Unido, según el acuerdo de la comisión organizadora, para la asistencia a las X Jornadas. Estos gastos consistirán en el pago de los viajes y los honorarios previstos por su actividad en las X Jornadas.

M) La Embajada del Reino de los Países Bajos en Madrid, asumirá los gastos de la persona participante del Reino de los Países Bajos, según el acuerdo de la comisión organizadora, para la asistencia a las X Jornadas. Estos gastos consistirán en el pago de viajes, los honorarios previstos por su actividad en las Jornadas y el alojamiento en Madrid.

N) Los gastos generados por viajes, alojamientos y dietas de las personas designadas por las distintas instituciones coorganizadoras para la organización, desarrollo y posterior balance de las X Jornadas, no serán imputados al presupuesto general del evento, siendo asumidos por cada una de las instituciones en su propio presupuesto general de la institución.

Cuarta. Inscripciones y distribución de ingresos.

La inscripción de los participantes en las X Jornadas sobre la Inclusión Social y la Educación será gratuita.

Los posibles ingresos obtenidos por venta de localidades de los espectáculos programados en la X edición de las Jornadas, revertirán en su integridad a la institución donde se programe el espectáculo, que se encargará de gestionar los pagos correspondientes por los derechos de autor que se generen.

Quinta. Promoción y difusión.

1. Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión del evento tanto en el ámbito local como estatal.

2. El INAEM pondrá a disposición de las Jornadas una dirección de correo electrónico corporativo denominada jornadasinclusionsocial@inaem.mecd.es y una cuenta en la red social twitter «@Jdas_Inclusion», que podrán ser administradas por la persona encargada de la coordinación de las Jornadas.

3. En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente acuerdo habrá de figurar el nombre y el logotipo de las diez instituciones involucradas, que aparecerán bajo el epígrafe «Organizan», formando en su conjunto una unidad de imagen institucional, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

4. A las diez instituciones organizadoras de las X Jornadas podrán añadirse otras instituciones públicas y privadas como «colaboradoras» o «patrocinadoras» del conjunto del evento o de una parte o sección de ellas. Estas aportaciones serán comunicadas y aprobadas en el seno de la Comisión Organizadora.

Sexta. Contratos derivados del presente acuerdo.

Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente acuerdo sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público o la legislación en materia de contratos del sector público que esté en ese momento en vigor.

Séptima. Control y seguimiento.

1. Las instituciones participantes acuerdan crear una Comisión Organizadora, con al menos un representante por cada una de ellas, que se encargarán del diseño de los contenidos de las Jornadas 2018, la distribución de competencias para la gestión y producción de las mismas, la distribución final de las partidas de gasto entre las instituciones y de la organización general del evento cultural.

2. Las instituciones firmantes se comprometen a realizar un cierre definitivo de las X Jornadas con una memoria de actividades y un informe de gestión económica que permita cerrar adecuadamente las actividades y proceder al cierre de la propia Comisión Organizadora.

3. La Comisión Organizadora resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.

Octava. Vigencia y modificación.

El presente convenio se perfecciona en la fecha en la que se firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta 31 de diciembre de 2018, incluido.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio requerirá del acuerdo unánime de las partes, y la formalización de la correspondiente adenda.

Novena. Extinción.

El presente convenio podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución anticipada, las partes podrán acordar, a propuesta de la Comisión Organizadora, la continuación y finalización de las actuaciones previstas en la cláusula primera que se encontraran en curso de ejecución y se consideraran oportunas, y establecerán un plazo improrrogable para su finalización.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente acuerdo, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en la normativa que resulte de aplicación.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Décima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente acuerdo.

Undécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Duodécima. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Decimotercera. Información al Ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia.

Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, en diez ejemplares y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Montserrat Iglesias Santos, Directora General del INAEM.–En representación de GECESA S.A. «La Casa Encendida», Lucía Casani Fraile, Directora de «La Casa Encendida».–En representación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de la Junta de Andalucía, Alberto Mula Sánchez, Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Cultural.–En representación de La Red de Teatros, Auditorios, Circuitos y Festivales de Titularidad Pública, Carlos Morán Arostegui, Presidente de La Red.–En representación del Ayuntamiento de Murcia, Jesús Francisco Pacheco Méndez, Concejal Delegado de Empleo, Turismo y Cultura.–En representación del Instituto Municipal Coruña Espectáculos-Ayuntamiento de A Coruña, Xulio Xosé Ferreiro Baamonde, Presidente del Instituto Municipal Coruña Espectáculos.–En representación del Instituto del Teatro de la Diputación de Barcelona, Magdalena Puyo Bove, Directora general del Instituto del Teatro, asistida por el Secretario Delegado, Francesc Bartoll Huerta.–En representación de la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid, Rafael van Grieken Salvador, Consejero de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid.–En representación de la Fundación British Council en España, Andrew John Mackay, Director de la Delegación en España.–En representación de la Embajada del Reino de los Países Bajos en España, Bartjan Wegter, Ministro Plenipotenciario de la Embajada del Reino de los Países Bajos.

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