Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-6506

Resolución de 9 de mayo de 2018, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte llamado Emprius de Sant Miquel, la Carrera y la Serra, propiedad del Ayuntamiento de La Vall d'en Bas, situado en el término municipal de La Vall d'en Bas.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 15 de mayo de 2018, páginas 50765 a 50766 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2018-6506

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de deslinde parcial del monte Emprius de Sant Miquel, la Carrera y la Serra, propiedad de la Generalidad de Cataluña, situado en el término municipal de La Vall d’en Bas.

De acuerdo con la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Catalunya, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del patrimonio de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 323/1983, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley del patrimonio de la Generalidad de Cataluña.

Visto el informe de la Sección de Bosques y Recursos Forestales de los Servicios Territoriales en Girona y a propuesta de la Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio, resuelvo:

1. Aprobar el deslinde parcial del monte llamado Emprius de Sant Miquel, la Carrera y la Serra, propiedad del Ayuntamiento de La Vall d’en Bas, situado en el término municipal de La Vall d’en Bas, de acuerdo con las actas y la cartografía que constan en el expediente.

2. Los límites del monte objeto del deslinde son los que detalla el plano anexo.

3. Comunicar a la Dirección General del Catastro esta Resolución de revisión parcial de deslinde a los efectos de la debida constancia catastral de la nueva descripción de la finca.

4. La presente Resolución de deslinde será título suficiente para que la Administración inmatricule los bienes de dominio público cuando lo estime conveniente.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes.

Madrid, 9 de mayo de 2018.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, (de conformidad con el Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre), Isabel García Tejerina.

ANEXO

1

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid