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Documento BOE-A-2018-4681

Orden EIC/351/2018, de 7 de marzo, de autorización administrativa a Expertia, Seguros de Decesos, SA, para ampliar la actividad aseguradora a los ramos de enfermedad, asistencia y defensa jurídica.

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 5 de abril de 2018, páginas 35970 a 35970 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2018-4681

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo a lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, la entidad Expertia, Seguros de Decesos, SA ha presentado solicitud de autorización administrativa para ampliar la actividad aseguradora a los ramos de enfermedad, asistencia y defensa jurídica, ramos 2, 18 y 17 de la clasificación prevista en el anexo de la mencionada Ley.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se concluye que la entidad Expertia, Seguros de Decesos, SA ha dado cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 7 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para la ampliación de la actividad a los citados ramos.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Autorizar a la entidad Expertia, Seguros de Decesos, SA para operar en los ramos de enfermedad, asistencia y defensa jurídica, ramos 2, 18 y 17 de la clasificación prevista en el anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 7 de marzo de 2018.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Irene Garrido Valenzuela.

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