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Documento BOE-A-2018-196

Resolución de 14 de diciembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Fundación General de la Universidad de Alcalá, para la selección y reproducción de documentos que se custodian en el Archivo General de la Administración dentro del proyecto de investigación "Fuentes documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá".

Publicado en:
«BOE» núm. 5, de 5 de enero de 2018, páginas 2437 a 2441 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-196

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Fundación General de la Universidad de Alcalá han suscrito, con fecha 30 de noviembre, un Convenio de colaboración, para la selección y reproducción de documentos que se custodian en el Archivo General de la Administración dentro del proyecto de investigación «Fuentes documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 14 de diciembre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Fundación General de la Universidad de Alcalá para la selección y reproducción de documentos que se custodian en el Archivo General de la Administración dentro del Proyecto de investigación «Fuentes Documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá»

En Madrid, a 30 de noviembre de dos mil diecisiete.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Luis Lafuente Batanero, Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, en virtud de Real Decreto 670/2016, de 9 de diciembre («BOE» del 10), en el ejercicio de sus competencias, conforme se dispone en la Orden ECD/602/2017, de 20 de junio, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte («BOE» del 26).

De otra parte, la Sra. doña María Teresa del Val Núñez, Directora General de la Fundación General de la Universidad de Alcalá, en virtud de poder otorgado ante el Notario de Madrid don José Javier Castiella Rodríguez el 7 de abril de 2014; en nombre y representación legal de la misma entidad, con CIF G-80090863 y domicilio social en calle Imagen, 1-3, 28801 Alcalá de Henares (Madrid); inscrita en el Registro General de Fundaciones de la Comunidad de Madrid como Fundación sin ánimo de lucro, con número de hoja personal 83, Tomo VII, folios 81 a 120, y Tomo LXXIII, folios 301 y siguientes.

EXPONEN

I. Corresponde a las Administraciones Públicas españolas, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales, promover el enriquecimiento, conservación y difusión del Patrimonio Bibliográfico y Documental Español, sin prejuicio de la colaboración de otras entidades públicas o personas físicas y jurídicas privadas poseedoras de dicho patrimonio con fines de investigación y promoción cultural.

De la legislación vigente sobre Patrimonio Histórico Español, Patrimonio de las Administraciones Públicas y, en su caso, Propiedad Intelectual se infiere la exigencia de formalizar convenios de colaboración en desarrollo de la función pública de difusión, conservación y defensa de la integridad del Patrimonio Bibliográfico y Documental Español, para una adecuada difusión de la procedencia de los fondos originales o de los centros que los custodian y para, en su caso, la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual, sin perjuicio del destino o función cultural de dicho Patrimonio.

II. El Archivo General de la Administración (Alcalá de Henares, Madrid), centro de titularidad y gestión estatal, dependiente de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, es un archivo de referencia sobre la participación española en la construcción del Canal de Panamá, al custodiar importantes fondos documentales generados y/o acumulados por instituciones y departamentos ministeriales del Gobierno de España, especialmente del Ministerio de Asuntos Exteriores y antiguo Ministerio de Obras Públicas. Dichos fondos ofrecen fuentes documentales de máximo interés para cualquier aspecto histórico, ya sea técnico o de colaboración internacional, relacionado con la construcción del Canal de Panamá (1881-1914).

III. La Fundación General de la Universidad de Alcalá ha manifestado su interés por la reproducción de varias fracciones documentales y otros documentos conservados en el Archivo General de la Administración, como base documental de estudio y análisis imprescindible para el desarrollo del Proyecto de investigación «Fuentes documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá», a cargo de María Rosa Cervera Sardá, Profesora Titular de la Universidad de Alcalá y directora del Grupo de Investigación «Eco-Futuring» (Desing Lab for the Green City); un grupo de investigación perteneciente a la Universidad de Alcalá, especializado en arquitectura, medio ambiente y urbanismo sostenible que trabaja en colaboración con el Departamento de Memoria Histórica del Canal de Panamá.

En consecuencia, ambas partes formalizan el presente Convenio que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

Es objeto del presente Convenio establecer la colaboración entre ambas partes para la selección y reproducción digital de aquellos documentos que sirvan de estudio y análisis imprescindible para el desarrollo del Proyecto de investigación «Fuentes documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá», promovido y desarrollado por la Fundación General de la Universidad de Alcalá, entre los agrupaciones documentales conservadas en el Archivo General de la Administración (Alcalá de Henares, Madrid) que se relacionan en anexo adjunto.

Segunda. Condiciones de la reproducción.

1. La Fundación General de la Universidad de Alcalá (en adelante FGUA), a través del Grupo de Investigación «Eco-Futuring», dirigido por la profesora María Rosa Cervera Sardá, realizará la selección de los documentos de su interés en la Sala de Consulta del Archivo General de la Administración, mediante personal debidamente autorizado y acreditado, siguiendo las normas generales del Centro, dentro del horario de funcionamiento del mismo y conforme con cualquier instrucción de su Dirección para la correcta conservación de los documentos.

2. Los trabajos de reproducción digital se realizarán en la sede del Archivo General de la Administración por personal de FGUA debidamente autorizado y acreditado, con carácter no contractual ni relación laboral alguna con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España.

3. Los trabajos de reproducción digital correrán a cargo de FGUA y no supondrán gasto adicional alguno para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España.

4. La reproducción se atendrá a la normativa técnica y demás recomendaciones de Organismos Internacionales aplicables en los Archivos adscritos al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España.

5. La copia digital master, en color en formato TIFF 6.0 (300 píxeles de resolución sin pérdida de información), en discos duros externos, se entregará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España, así mismo se cederá una copia en color en formato JPG 2000 (300 píxeles de resolución, con pérdida de información), en el Archivo General de la Administración para su conservación.

6. El master de la reproducción y la copia en JPG quedarán en posesión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, con cesión plena y total al Estado español, sin limitaciones de lugar y tiempo, de los derechos que pudieran corresponder, incluidos los de propiedad intelectual, en su caso, sobre el master de la reproducción; así como sobre la digitalización de las imágenes.

7. FGUA quedará en posesión de una copia de las imágenes digitalizadas en formato JPG 2000 (200 píxeles de resolución, con pérdida de información), para los fines indicados en la cláusula siguiente, sin posibilidad de transmisión alguna a otra persona física o jurídica.

Tercera. Finalidad de la reproducción.

1. Los documentos digitalizados podrán ser consultados, exclusivamente con fines de investigación y estudio, por los miembros del Proyecto de investigación. A excepción de los objetivos del Proyecto de investigación, FGUA no podrá distribuir o difundir esas mismas reproducciones para otros fines u otros usos futuros (por ejemplo, en exposiciones, publicaciones o en web) realizados por FGUA o por parte de terceros, quienes deberán dirigirse al Archivo General de la Administración dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España para tramitar la solicitud de reproducción o autorización que corresponda.

2. Corresponde al Estado español, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España, como titular patrimonial de los soportes originales y de la competencia de difusión del Patrimonio Histórico Documental de titularidad estatal, la autorización de cualquier forma de difusión, nacional o internacional, telemática o vía Internet y para cualquier finalidad, con independencia de los derechos de propiedad intelectual del Estado o de terceros y de las autorizaciones preceptivas, sin perjuicio de colaboraciones específicas que, en su caso, se establezcan con FGUA y otras personas físicas o jurídicas, mediante Convenio.

3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España, con el fin de promover el conocimiento internacional de los fondos del Archivo General de la Administración, autoriza a FGUA a presentar en su página Web exclusivamente los catálogos, índices analíticos y la descripción, a nivel de unidad documental, de los documentos digitalizados que su personal realice. En ningún caso se presentarán o incorporarán a la web las imágenes digitalizadas sin autorización expresa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España.

4. De acuerdo con la normativa vigente, la difusión de datos de personas que pudieran estar vivas, bien en publicaciones, bien a través de Internet, o en los trabajos de descripción citados en la cláusula anterior, requerirá el consentimiento expreso de los afectados, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

5. Asimismo, se autoriza a FGUA a incorporar a su página Web información relativa al Archivo General de la Administración, así como, en su caso, un enlace al Portal de Archivos Españoles (PARES) y al Censo Guía de Archivos de España e Iberoamérica, con el fin de que los usuarios puedan contactar con el archivo depositario de los documentos originales.

6. La reproducción de documentos o servicio de copias para terceros deberá ser solicitada al Archivo General de la Administración, como centro custodio de los fondos y/o documentos originales.

Cuarta. Difusión de la procedencia de los documentos.

1. FGUA se compromete a difundir, en todas las actuaciones relacionadas con el objeto de este Convenio, la colaboración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España recabándose, previamente, la conformidad del mismo en cuanto a la forma de difusión.

2. FGUA se compromete a citar la procedencia de cada uno de los documentos reproducidos de la siguiente forma: España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Archivo General de la Administración y la signatura correspondiente a cada documento.

Quinta. Financiación.

El presente Convenio no generará gasto adicional alguno para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cualquier gasto que pueda derivarse de la ejecución del mismo será asumido por FGUA.

Sexta. Vigencia del Convenio.

1. La reproducción de los documentos objeto de este Convenio podrá iniciarse a partir de la firma del mismo.

2. El presente Convenio estará en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» siendo de aplicación en cuanto a su vigencia y prórroga lo dispuesto en el artículo 49, letra h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público. La vigencia del presente Convenio finalizará a fecha de 31 de diciembre de 2018, en la que se prevé haya sido realizado su objeto y demás compromisos acordados.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Para la coordinación y supervisión del objeto del presente Convenio, se establecerá una Comisión de seguimiento de su aplicación, compuesta por doña Mercedes Martín-Palomino y Benito, Directora del Archivo General de la Administración, o persona en quien delegue, y por la profesora doña María Rosa Cervera Sardá, Directora del Grupo de Investigación «Eco-Futuring», o persona en quien delegue, en representación de FGUA.

La Comisión de seguimiento, que se constituirá a través de Acta, tendrá por finalidad resolver los problemas de interpretación y ejecución del Convenio y coordinar la planificación, metodología, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del Convenio, y se reunirá con la periodicidad que acuerden las partes.

Al finalizar las actuaciones derivadas del Convenio, la Comisión de seguimiento elaborará un informe sobre su desarrollo.

Octava. Causas de resolución.

Son causas de resolución del presente Convenio:

• El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo el final de plazo de vigencia.

• El acuerdo unánime de todos los firmantes.

• El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

• Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

• Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

• La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

Novena. Transparencia y acceso a la información pública.

El Convenio suscrito podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Décima. Interpretación, jurisdicción y fuero.

El presente Convenio tiene carácter administrativo y se rige conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación del presente Convenio, siendo de aplicación la legislación del Estado sobre Patrimonio Histórico, Patrimonio de las Administraciones Públicas y, en su caso, de Propiedad Intelectual, y siendo la Jurisdicción Contenciosa Administrativa o del Orden que resulte competente, en Madrid, la que resolverá en su caso, las cuestiones litigiosas.

Y en prueba de conformidad de las parte, firman el presente Convenio por duplicado, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, don Luis Lafuente Batanero.–Por la Fundación General de la Universidad de Alcalá, María Teresa del Val Núñez.

ANEXO QUE SE CITA

Relación de agrupaciones documentales objeto de selección y reproducción digital en el marco del Proyecto de investigación «Fuentes Documentales para la historia del Estrecho y Canal de Panamá», promovido y desarrollado por la Fundación General de la Universidad de Alcalá, que se encuentran conservadas en el Archivo General de la Administración (Alcalá de Henares, Madrid), centro adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural:

• Fondo Ministerio de Fomento (en especial las series técnicas de la antigua Dirección General de Obras Públicas con fechas extremas 1843-1931).

• Fondo Ministerio de Asuntos Exteriores (en especial las series de contabilidad, comercio y correspondencia con fechas extremas 1821-1914).

• Fondo Legación de España en Colombia (1881-1959): 148 cajas.

• Fondo Consulado de España en Lima-Callao (1880-1939): 10 cajas.

• Fondo de la Embajada de España en Panamá (1881-1971): 109 cajas.

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