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Documento BOE-A-2017-11971

Real Decreto 911/2017, de 13 de octubre, por el que se autoriza al Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado a suscribir una Carta de Patrocinio a favor de la sociedad San Bartolomé Muinoa, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2017, páginas 101185 a 101186 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2017-11971

TEXTO ORIGINAL

El Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, es un ente instrumental de los regulados actualmente en los artículos 98 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio del Interior y directamente dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad, siendo creado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

En cumplimiento de las funciones que tiene legalmente atribuidas el citado Organismo, su Consejo Rector, por acuerdo de 26 de febrero de 2008, autorizó, la incorporación de la Gerencia a la sociedad mercantil San Bartolomé Muinoa, S.A., auspiciada por el Ayuntamiento de San Sebastián para el desarrollo urbanístico del área denominada A.I.U. CE 05 San Bartolomé del barrio de Aldapeta de la citada capital, en el que la Gerencia contaba con inmuebles puestos a su disposición, previa desafectación por el Ministerio del Interior. La participación de la Gerencia, con un 10,05% del capital social, tenía como base el previo convenio de colaboración suscrito el 16 de noviembre de 2005 entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de San Sebastián.

El Organismo Autónomo, por razón de los acuerdos societarios asumidos (estatutos de la sociedad y plan de negocio aprobado) viene obligado a apoyar el recurso al endeudamiento externo de San Bartolomé Muinoa, S.A. mediante la suscripción de créditos y/o préstamos requeridos en el desarrollo del plan de negocio de la mercantil. Por ello, se hace necesario ahora prestar una garantía para la novación de un contrato inicial de crédito que, por un período de vigencia de siete años, se concertó el 11 de mayo de 2010. Para la prestación de la garantía requerida para la referida novación del crédito, las entidades financieras han requerido la expedición de una carta de conformidad o patrocinio por parte de este Organismo, para lo que se hace necesaria la autorización del Gobierno, a tenor de lo establecido en la disposición adicional cuadragésima novena de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

Dicha disposición faculta al Gobierno para que, mediante Real Decreto, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, autorice a los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, para la formalización de garantías, a través de la suscripción de cartas de conformidad o de patrocinio solicitadas por las entidades financieras, en relación con las sociedades con participación directa de aquéllos.

El real decreto ha sido informado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del día 5 de octubre de 2017.

En su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de octubre de 2017,

DISPONGO:

Artículo primero. Objeto.

Autorizar al Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado a expedir en favor de la sociedad mercantil San Bartolomé Muinoa, S.A. la carta de conformidad o patrocinio requerida para prestar la garantía exigida por las entidades financieras para la novación del contrato de crédito necesario para el funcionamiento de la citada sociedad.

Artículo segundo. Límite de la responsabilidad.

La garantía se limitará a la participación de la Gerencia en la expresada sociedad, que asciende al diez con cero cinco por ciento (10,05%) de su capital social, que supone un máximo de 8.190.025,45 euros, en caso de disponer de la totalidad del importe de la línea de crédito hasta el año 2022, más los intereses ordinarios que se devenguen.

Artículo tercero. Entidades intervinientes.

El Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado suscribirá el contrato de novación modificativa de contrato de línea de crédito entre San Bartolomé Muinoa, S.A., como acreditada y Kutxabank, S.A.; Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.; Banco Sabadell, S.A.; Caixabank. S.A.; Banco Santander, S.A.; y Caja Laboral Popular Cooperativa de Crédito, como entidades acreditantes y Kutxabank, S.A. como Agente.

Disposición final. Efectos.

El presente real decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 13 de octubre de 2017.

FELIPE R.

El Ministro del Interior,

JUAN IGNACIO ZOIDO ÁLVAREZ

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