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Documento BOE-A-2016-9872

Resolución de 7 de octubre de 2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan los Campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas para el año 2017 y se establece el procedimiento para su desarrollo.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 27 de octubre de 2016, páginas 74842 a 74849 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-9872

TEXTO ORIGINAL

El artículo 8 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte establece, entre las competencias del Consejo Superior de Deportes (en adelante CSD), la de «j) coordinar con las Comunidades Autónomas la programación del deporte escolar y universitario, cuando tenga proyección nacional e internacional». Y en su apartado c) la de «acordar, con las federaciones deportivas españolas sus objetivos, programas deportivos, en especial los del deporte de alto nivel, presupuestos y estructuras orgánicas y funcional de aquéllas suscribiendo al efecto los correspondientes convenios. Tales convenios tendrán naturaleza jurídico-administrativa».

En relación con lo anterior, desde hace años se vienen convocando los Campeonatos de España en edad escolar como programa de competición de ámbito estatal que se constituye al más alto nivel para jóvenes deportistas, que son seleccionados y seleccionadas por las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas y Federaciones Deportivas Españolas y Autonómicas.

La línea prioritaria de actuación es procurar la participación de nuestros deportistas con un mayor nivel de aptitud física y técnica, agrupados en torno a selecciones autonómicas, en una competición a nivel estatal que tiene como objetivo, en un primer ciclo de edades (11-13 años), una primera toma de contacto con la competición, con una mayor exigencia en cuanto al rendimiento, así como proteger y preservar los propios valores educativos que tiene toda competición en edad escolar. En un segundo ciclo de edades (14-17 años), la participación en la competición estatal responde a unos criterios de especialización, de exigencia física y técnica que darán el valor real de aquellos/as deportistas que tienen como objetivo el alto rendimiento.

El enriquecimiento deportivo y personal que conlleva la concentración simultánea de jóvenes de edades similares procedentes de diversas Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas, que practican distintas modalidades deportivas, sería difícil de lograr de no ser por la celebración de estos campeonatos, en cuya organización debe destacarse el trabajo desarrollado por las distintas instituciones implicadas en la organización de los mismos, que vienen proyectando estos eventos a una altura notable.

Dado que se trata de competiciones de carácter nacional, se considera fundamental la aportación técnica de las Federaciones Deportivas Españolas de ámbito estatal y su colaboración plena en la organización de las mismas. Para asegurar la viabilidad técnica de los proyectos de organización que puedan presentar las entidades interesadas, en la documentación de la solicitud debe incluirse obligatoriamente el aval de la Federación Española de ámbito estatal correspondiente, según el modelo de anexo que se incluye en esta convocatoria.

Esta convocatoria está contemplada dentro del Plan 2020 de apoyo al deporte base, reconocido como actividad de excepcional interés público mediante la disposición Adicional sexagésima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, el cuál impulsará las iniciativas empresariales de mecenazgo hacia el Deporte Base, en el marco de las competencias del CSD.

En consecuencia, y con el objetivo de culminar los programas de competición iniciados en el ámbito autonómico con sus deportistas en edad escolar, el CSD en coordinación con las Federaciones Deportivas Españolas de ámbito nacional y las Direcciones Generales de Deportes de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas u otros órganos con competencias en esta materia, resuelve convocar los Campeonatos de España en Edad Escolar por selecciones autonómicas para el año 2017 con las siguientes características:

Primero. Modalidades y categorías convocadas.

1. En los citados campeonatos podrán celebrarse competiciones relativas a las modalidades deportivas y categorías que a continuación se relacionan.

Categoría juvenil: campo a través en categoría masculina y femenina.

Categoría cadete: atletismo, bádminton, baloncesto, balonmano, campo a través, ciclismo en ruta y btt, judo, orientación, tenis de mesa, triatlón, voleibol y voley playa en categorías masculina y femenina y gimnasia rítmica en categoría femenina.

Categoría infantil: bádminton, baloncesto, balonmano, ciclismo en ruta, judo, orientación, tenis de mesa, y voleibol en categorías masculina y femenina y ajedrez en categoría open.

Categoría alevín-infantil: natación, en categoría masculina y femenina.

Deporte adaptado: baloncesto en silla de ruedas, campo a través para deportistas con discapacidad intelectual, ciclismo para deportistas con discapacidad visual, judo para deportistas con discapacidad visual y natación para deportistas con discapacidad física, intelectual, cerebral o visual, todas ellos tanto en categoría masculina como femenina.

Segundo. Participación: normativa aplicable.

1. En los Campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas para el año 2017 podrán participar las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas a través de equipos de selecciones autonómicas, de acuerdo con lo regulado en esta convocatoria y en las correspondientes Normas Generales de organización y desarrollo que se elaboren.

2. La Dirección General de Deportes del CSD, elaborará las Normas Generales de organización y desarrollo de las competiciones programadas. En las mismas se determinará asimismo la normativa aplicable en cuanto a disciplina deportiva y reglamentos técnicos de competición.

3. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas que deseen tomar parte en las competiciones convocadas deberán comunicar a la organización, a petición de esta y con el fin de facilitar los trámites organizativos, todos los datos que les soliciten en su momento.

Tercero. Aspectos generales para el desarrollo de las competiciones.

1. Las entidades organizadoras deberán salvaguardar la imagen corporativa del Consejo Superior de Deportes en todo tipo de documentación o soportes gráficos que elaboren respecto al desarrollo de los Campeonatos de España en edad escolar convocados por el CSD, que deberá aparecer siempre de forma preeminente en los mismos, así como reservar zonas preferentes en las instalaciones deportivas, zonas de competición y de entrega de premios para la colocación de su logotipo oficial. Con este objetivo, el CSD aportará a las organizadoras el Manual de imagen correspondiente.

2. El CSD aportará las medallas y trofeos para los premiados en cada competición, que reflejarán los datos del campeonato de España en edad escolar del que se trate.

3. El CSD suscribirá una póliza de responsabilidad civil subsidiaria respecto de los miembros de las selecciones autonómicas participantes, jueces y árbitros de la competición y personal de la organización debidamente acreditada, que les cubra en el ámbito de su actuación y durante la realización de las actividades dentro del mismo.

4. La gestión de los gastos derivados de la dirección técnica, derechos de jueces y árbitros y su desplazamiento hasta la sede de competición, será responsabilidad de la Federación/es Deportiva/as Española/as de ámbito estatal, salvo que la entidad solicitante de la organización refleje en el proyecto presentado que se hace cargo de los mismos.

Ahora bien, cuando venga establecido en las Normas Generales de organización y desarrollo que una Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma participante debe aportar un número determinado de jueces y/o árbitros, estos se desplazarán como un miembro más de la selección autonómica.

5. Las entidades organizadoras, asimismo, correrán con los gastos de alojamiento y manutención de los jueces o árbitros necesarios para el correcto desarrollo de la competición, así como del transporte interno de los mismos para el desarrollo de las competiciones.

6. La gestión de los desplazamientos de las selecciones autonómicas participantes hasta la sede del campeonato y los desplazamientos internos de las mismas desde sus lugares de alojamiento hasta la/s zona/s de competición corresponderá a las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas participantes, que podrán financiarlos directamente o mediante acuerdos que realicen con sus Federaciones Autonómicas u otras Entidades o Instituciones.

7. El coste del alojamiento de los deportistas y oficiales acompañantes corresponderá a las selecciones participantes, que podrán financiarlos directamente o mediante acuerdos que realicen con otras entidades o instituciones, salvo en el caso de que la entidad organizadora refleje en su proyecto de organización que se hace cargo de los mismos.

8. Por último y tras la celebración del evento, en el plazo máximo de un mes, las organizadoras de cada campeonato deberán presentar una memoria detallada de la competición en cuestión.

Cuarto. Plazo y procedimiento de solicitud de organización de las competiciones convocadas.

1. Para todo lo relacionado con el procedimiento administrativo aplicable, habrá que atenerse en lo estipulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes.

3. Podrán solicitar la organización de los campeonatos convocados las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Se valorará positivamente la presentación de candidaturas conjuntas formalizadas por una Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma y una o varias Federaciones Deportivas Españolas de ámbito estatal, así como aquellos proyectos que incluyan más de una modalidad deportiva. La selección de entidad adjudicataria de la organización de estas competiciones tendrá carácter competitivo.

4. Las solicitantes deberán incluir obligatoriamente el aval o visto bueno de la Federación/es Española/s correspondiente/s, pudiendo ésta, avalar varias candidaturas.

5. El Consejo Superior de Deportes considera fundamental para seguir avanzando en los programas para deportistas con algún tipo de discapacidad, que los proyectos de organización que se presenten incluyan la celebración de la modalidad adaptada en aquellos casos previstos en la convocatoria, y así lo valorará de forma positiva.

6. La presentación de solicitudes deberá atenerse a lo estipulado en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La presentación de modo telemático se podrá realizar en la Sede Electrónica del CSD que se encuentra en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es en la opción Catálogo de Trámites cumplimentando el anexo I (modelo de solicitud descargable exclusivamente mediante el trámite virtual n.º 055020, de la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual).

Para la presentación en modo telemático ante el Registro Electrónico del CSD será necesario alguno de los certificados válidos indicados en la Sede Electrónica. El envío de la solicitud y sus anexos, en su modo telemático, podrá hacerse de dos formas:

a) Con alguno de los certificados válidos indicados en la Sede Electrónica, en cuyo caso, el Registro electrónico proporcionará justificante legal de la presentación de la solicitud en el Consejo Superior de Deportes.

b) Si se realiza el envío de la solicitud y sus anexos sin certificado electrónico, se deberá presentar sólo el impreso de solicitud en soporte físico y debidamente firmado ante el Registro del Consejo Superior de Deportes, o en cualquiera de los lugares señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

7. El plazo para la presentación de las solicitudes finaliza a los diez días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto. Documentación a presentar en las solicitudes.

1. Todas las solicitudes presentadas (Anexo I) deben ir acompañadas de un proyecto técnico-deportivo (Anexo II), de un presupuesto detallado (Anexo III) y del aval de la Federación Deportiva Española de ámbito estatal (Anexo IV).

2. El proyecto técnico-deportivo del Anexo II deberá contener la información solicitada en el mismo:

a) Datos generales: competición solicitada, fechas de competición, sede/s propuestas y si se presenta el aval federativo solicitado en la convocatoria.

b) Breve introducción-explicación del proyecto presentado.

c) Instalaciones deportivas previstas, que deberán reunir todos los requisitos técnicos y legales para albergar competiciones de este nivel, incluida la cobertura de posibles incidencias en cuanto a responsabilidad civil.

d) Número de árbitros y/o jueces indispensables para el correcto desarrollo de la competición, así como del personal auxiliar (mesas, anotadores, ayudantes, etc.): previsión del número de ellos que deberá alojarse.

e) Actividades de promoción y/o formación que se prevé desarrollar durante los días de competición.

f) Cobertura médico-sanitaria prevista: personal médico-sanitario y ambulancias para atención y traslados durante la competición y/o actos paralelos que promueva la organización.

g) Entidades públicas o privadas que colaborarán en la organización y en los costes de la misma.

h) Información adicional sobre el proyecto que se presenta: utilización de nuevas tecnologías, alojamientos previstos para organización y equipos…).

3. El presupuesto detallado que contempla el Anexo III, con el correspondiente desglose por conceptos, cantidades estimadas e Instituciones implicadas, teniendo en cuenta que es de máxima importancia velar por la máxima rigurosidad y austeridad económica en todos los conceptos de gasto:

3.1 Conceptos de gasto generales de la organización:

a) Gastos ocasionados para el montaje técnico y adecuación de las Instalaciones deportivas y zonas de competición, incluidos los necesarios para el montaje y funcionamiento de la Secretaría Técnica.

b) Material deportivo fungible necesario para la competición.

c) Gastos necesarios para el montaje y funcionamiento de la Secretaría General.

d) Gastos de cobertura médico-sanitaria.

e) Alojamiento, manutención y transporte interno para la competición de árbitros/jueces.

f) Gastos de material gráfico específico para el campeonato.

g) Costes de nuevas tecnologías aplicadas a la competición.

h) Gastos protocolarios.

i) Gastos diversos u otros imprevistos de organización.

3.2 Costes de los derechos arbitrales (sin incluir su alojamiento/manutención). Este dato deberá aportarlo a la organización las Federaciones Deportivas correspondientes.

3.3 Estimación de los gastos de alojamiento y manutención de los participantes: coste persona/día y total, especificando si alguna entidad de la organización asumirá parte o el total del coste de este concepto.

3.4 Previsión de ingresos para cubrir el presupuesto, con la estimación de las aportaciones de entidades públicas y/o privadas que colaborarán en los costes de la competición.

4. El aval de la Federación Deportiva Española de ámbito estatal según modelo contemplado en el Anexo IV, debidamente sellado y firmado.

5. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sexto. Valoración de las solicitudes de organización presentadas y propuesta provisional de entidades organizadoras.

1. En el CSD se constituirá una comisión que valorará la calidad y viabilidad de los proyectos presentados. La Comisión de Valoración será nombrada por la Dirección General de Deportes entre personal de la Dirección General, y estará formado por un Presidente y cuatro vocales, uno de los cuales hará las funciones de secretario de la misma con voz y voto.

a) La Comisión tendrá en cuenta, tal como se menciona en el apartado Cuarto punto 5 de esta convocatoria, que los proyectos de organización incluyan la celebración de la modalidad adaptada en aquellos casos previstos en la convocatoria y la necesaria coordinación con las Federaciones Deportivas Españolas de ámbito nacional en estos casos.

b) La comisión creada estudiará todos los aspectos técnicos incluidos en los proyectos presentados, valorando positivamente su interacción con los programas de tecnificación deportiva estatales y/o autonómicos y si prevén la celebración de actividades de formación y/o promoción complementarias.

c) La comisión creada estudiará, asimismo, todos los aspectos económicos incluidos en el desglose presupuestario de los proyectos presentados, especialmente en lo que respecta a la cofinanciación de los campeonatos y la aportación para ayudar a la participación de los equipos.

2. La Comisión, a la vista de la calidad y viabilidad de los proyectos presentados, elevará para su aprobación por la Dirección General de Deportes, la propuesta provisional de resolución que incluirá el informe técnico y la relación de competiciones con sus entidades organizadoras y posibles sedes de cada una de ellas.

Séptimo. Trámite de audiencia y propuesta definitiva de entidades organizadoras.

1. La propuesta provisional de resolución será comunicada a todas las solicitantes concediéndose un plazo de diez días naturales para la presentación de alegaciones y trámite de audiencia, del que se podrá prescindir cuando no figuren ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni alegaciones que las aducidas por los interesados. Si antes del vencimiento del plazo los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite.

2. Una vez finalizado el trámite de audiencia, el Presidente de la Comisión de Valoración propondrá a la Dirección General de Deportes del CSD la resolución definitiva en el plazo de siete días naturales para elevarla al Presidente del CSD.

Octavo. Resolución del procedimiento.

1. El Presidente del CSD dictará Resolución por la que se aprueben las competiciones a celebrar, especificando la Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma sede y las Federaciones Deportivas Españolas de ámbito nacional que organizarán las mismas, lo que se comunicará a las entidades elegidas y al resto de interesados.

2. El plazo máximo para la resolución del procedimiento, será de tres meses computados a partir del día siguiente a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, entendiéndose desestimada una vez transcurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución.

3. En el caso de que no haya un proyecto adecuado para la organización de alguna/as de las modalidades deportivas convocadas, la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, si se considera de interés, podrá establecer las actuaciones necesarias para llevar a cabo las competiciones.

4. Asimismo, la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, podrá establecer las actuaciones necesarias para llevar a cabo competiciones en otras modalidades no señaladas en el apartado Primero, siempre que la Federación Española competente manifieste su interés y se haya consultado a las Comunidades Autónomas.

Noveno. Ayudas del csd para colaborar con los gastos de financiación de las competiciones.

1. El CSD podrá colaborar, con sujeción a la tramitación y disponibilidad presupuestaria oportuna, en la financiación de los gastos de la organización de los campeonatos para el año 2017, mediante una convocatoria de ayudas.

2. En el caso de disponer de fondos mediante acuerdos alcanzados en el Marco del Programa de Apoyo al Deporte Base (ADB) y que pudiesen ser destinados a financiar gastos de organización, material deportivo, etc., la entidad organizadora deberá formalizar un compromiso por escrito, accediendo a facilitar las acciones que puedan plantear los mecenas durante la celebración del campeonato.

3. Asimismo, en esa u otra convocatoria de ayudas, y de permitirlo la disponibilidad presupuestaria para 2017, el CSD podrá determinar el procedimiento y cuantía de las subvenciones destinadas a sufragar parte de los gastos derivados por la participación de los diferentes equipos, siempre y cuando la organización haya asumido todo o parte de los mismos y así lo refleje en el presupuesto presentado.

4. En el caso de disponer de fondos mediante acuerdos alcanzados en el Marco del Programa de Ayuda al Deporte Base (ADB) y que pudiesen ser destinados a financiar gastos derivados por la participación de los diferentes selecciones, estas deberán formalizar un compromiso por escrito, accediendo a facilitar las acciones que puedan plantear los mecenas relacionadas con su participación en los Campeonatos.

Décimo. Recursos.

1. La Resolución que ponga fin al procedimiento de adjudicación de las entidades organizadoras de las competiciones convocadas pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo organismo que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida ante los mismos Órganos y en los mismos plazos que figuran en el párrafo anterior.

Madrid, 7 de octubre de 2016. El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

ANEXO I
Formulario de solicitud

Organización Campeonatos de España en edad escolar 2017

Datos del solicitante:

Nombre completo:

NIF / NIE:

En representación de:

CIF:

Cargo:

Canales de comunicación (domicilio de notificación, fax, teléfono, e-mail):

Dirección:

Localidad:

CP y Provincia:

Teléfono:

Fax:

Móvil:

Correo electrónico:

Objeto de la solicitud:

Organizar el Campeonato de España en edad escolar de:

Documentación que adjunta:

Anexo II: Proyecto técnico-deportivo

Anexo III: Presupuesto detallado

Anexo IV: Aval FFEE

Fecha y firma del solicitante:

DIRIGIDO A DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES.

Cláusula de protección de datos:

Los datos personales recogidos en el presente formulario, serán tratados conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Su finalidad es la tramitación de su solicitud y sus datos no serán cedidos ni usados para otro fin. El responsable de este fichero es el Consejo Superior de Deportes, ante el cual podrá ejercitar, debidamente acreditado, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos personales, dirigiendo su petición a C/Martín Fierro, 5 28040 de Madrid o al correo electrónico arco@csd.gob.es

ANEXO II
Proyecto técnico-deportivo de organización

Campeonatos de España en edad escolar 2017

1. Datos generales:

Competición que se solicita:

Fechas de competición:

Sede/s propuesta/s:

Proyecto avalado por la Federación Española (SÍ/NO)

2. Introducción-explicación del proyecto presentado:

3. Instalaciones deportivas previstas:

4. Número total de árbitros y/o jueces (incluido personal auxiliar, mesas, ayudantes…):

Total estimado desglosado por funciones.

De la relación anterior, previsión del número que deberá ser alojado en la sede/s de competición.

5. Actividades de promoción-formación que se desarrollarán (si están previstas):

6. Cobertura médico-sanitaria:

7. Entidades Públicas o Privadas que colaborarán en la organización y en los costes de la misma:

8. Información adicional sobre el proyecto que se presenta (nuevas tecnologías, alojamiento previsto…):

ANEXO III
Presupuesto detallado del proyecto de organización

1. Conceptos de gasto generales de organización:

Montaje técnico de la competición y adecuación de instalaciones.

Material deportivo fungible.

Montaje y funcionamiento Secretaría General.

Cobertura médico-sanitaria.

Alojamiento/manutención y transporte árbitros y/o jueces.

Material gráfico específico del campeonato.

Nuevas tecnologías aplicadas a la competición.

Gastos protocolarios.

Gastos diversos o imprevistos.

Total estimación de gastos.

2. Costes derechos arbitrales sin incluir alojamiento/manutención (información que deben aportar las Federaciones correspondientes):

Coste persona/jornada.

Total coste estimado por persona.

Total estimación de gasto.

3. Alojamiento/manutención de los equipos participantes:

Previsión coste persona/día.

Total coste estimado con participación máxima.

¿Ayudará la organización en los costes por este concepto? (Sí/No).

Si la respuesta anterior es afirmativa, especificar la Entidad e importe de la ayuda prevista.

4. Previsión de ingresos de Entidades Públicas o Privadas que colaborarán en la organización y en los costes de la misma para cubrir el presupuesto:

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