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Documento BOE-A-2016-7226

Orden ESS/1265/2016, de 20 de julio, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2016 a efectos del cómputo de plazos de resolución de concursos de provisión de puestos de trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 27 de julio de 2016, páginas 52287 a 52287 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-7226

TEXTO ORIGINAL

Actualmente se están tramitando varios procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario mediante concurso en el ámbito de este Departamento. Durante el mes de agosto puede verse comprometida la normal continuidad en la resolución de estos procesos. Esta circunstancia tiene especial importancia en relación con el cumplimiento del plazo de resolución establecido en las convocatorias.

Por ello, este Ministerio, en uso de las competencias que tiene atribuidas, resuelve:

Declarar inhábil el mes de agosto de 2016 a efectos del cómputo del plazo de resolución de los concursos que se relacionan a continuación:

Orden ESS/624/2016, de 25 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Orden ESS/869/2016, de 31 de mayo, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Orden ESS/966/2016, de 9 de junio, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo de Jefe de Equipo de Inspección.

Orden ESS/1022/2016, de 17 de junio, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Orden ESS/1080/2016, de 27 de junio, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.

Orden ESS/1131/2016, de 30 de junio, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992).

Madrid, 20 de julio de 2016.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P.D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

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