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Documento BOE-A-2015-13445

Resolución de 1 de diciembre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se amplía y se corrigen errores en la de 27 de octubre de 2015, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 2015, páginas 116891 a 116894 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-13445

TEXTO ORIGINAL

Advertida la necesidad de ampliar la Resolución de 27 de octubre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 276, de 18 de noviembre de 2015) para incluir nuevos puestos, ante las peticiones efectuadas por las Entidades Locales.

Asimismo, advertidos errores en el texto de la referida Resolución, respecto a la inclusión y exclusión de determinados puestos en la misma,

Esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, modificado por el Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre, ha resuelto ampliar, y corregir la Resolución de 27 de octubre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los términos que se expresan a continuación:

Primero.

Se incorporan al concurso unitario los puestos que se relacionan a continuación, por las causas que asimismo, se indican:

A) Por haberlo solicitado, de forma voluntaria, las Entidades Locales:

Página

Puesto

Entidad

Provincia

Requisito lengua

108472

Intervención de clase 1.ª

(Ayuntamiento) Vera.

Almería.

 

108489

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Garafía.

Santa Cruz de Tenerife.

 

108496

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Valderas.

León.

 

108513

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Palau-Saverdera.

Girona.

Nivel C o equivalente

B) Por encontrarse vacantes con anterioridad a 10 de febrero de 2015:

Página

Puesto

Entidad

Provincia

Requisito lengua

108474

Intervención de clase 2.ª

(Ayuntamiento) Baeza.

Jaén.

 

108494

Secretaría de clase 3.ª

(Agrupación de Secretaría)

Manganeses de la Lampreana.

Zamora.

 

108521

Intervención de clase 1.ª

(Ayuntamiento) Boiro.

Coruña, A.

Celga 4 o equivalente

108522

Secretaría de clase 1.ª

(Ayuntamiento) Boiro.

Coruña, A.

Celga 4 o equivalente

108522

Intervención de clase 2.ª

(Ayuntamiento) Cabana de Bergantiños.

Coruña, A.

Celga 4 o equivalente

108522

Secretaría de clase 2.ª

(Ayuntamiento) Cabana de Bergantiños.

Coruña, A.

Celga 4 o equivalente

108522

Intervención de clase 2.ª

(Ayuntamiento) Burela.

Lugo.

Celga 4 o equivalente

108522

Intervención de clase 2.ª

Ayuntamiento) Viveiro.

Lugo.

Celga 4 o equivalente

Segundo.

Se excluyen del concurso unitario los puestos que se relacionan a continuación, por encontrarse suprimidos, eximidos o afectados por procedimiento de amortización, exención, agrupación de Secretaría, desagrupación de Secretaría o modificación de la clasificación:

Página

Puesto

Entidad

Provincia

Requisito lengua

108472

Secretaría de clase 3.ª

(Agrupación de Secretaría) Illar.

Almería.

 

108477

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Alicún.

Almería.

 

108477

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Tres Villas, Las.

Almería.

 

108479

Tesorería

(Ayuntamiento) Gines.

Sevilla.

 

108484

Tesorería

(Ayuntamiento) Cangas del Narcea.

Asturias.

 

108486

Secretaría de clase 1.ª

(Ayuntamiento) Alcúdia.

Illes Balears.

Nivel C1 o equivalente

108496

Secretaría de clase 3.ª

(Ayuntamiento) Palenzuela.

Palencia.

 

108505

Secretaría eximida

(Ayuntamiento) Reíllo.

Cuenca.

 

108501

Oficial Mayor, clase 1.ª

(Diputación Provincial) Toledo.

Toledo.

 

108525

Secretaría de clase 3ª

(Mancomunidad) Manc. De Servicios del Suroeste de Madrid.

Madrid.

 

108525

Viceintervención, clase 3.ª

(Ayuntamiento) Colmenar de Oreja.

Madrid.

 

108531

Tesorería

(Ayuntamiento) Nules.

Castellón.

 

Tercero.

Se efectúan las siguientes correcciones de errores, advertidas en el texto de la Resolución:

Página 108486. Donde dice: «Secretaría de clase 1.ª del Ayuntamiento de Marratxí, (Illes Balears)», debe decir: «Secretaría de clase 1.ª del Ayuntamiento de Marratxí (Illes Balears). Requisito de la lengua: Nivel C1 o equivalente».

Página 108522. Donde dice: «Interventor Adjunto, clase 2.ª de la Diputación Provincial de Ourense. Requisito de la lengua: Celga 4 o equivalente», debe decir: «Interventor-Asesor, clase 2.ª de la Diputación Provincial de Ourense. Requisito de la lengua: Celga 4 o equivalente»».

Página 108450. El apartado 2.a) de la letra C. Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Decreto 75/1994, de 26 de mayo, de la Consejería de Gobernación del Gobierno de las Illes Balears y Decreto 48/2013, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno de las Illes Balears, por el que se modifica el anterior) se sustituye íntegramente por la siguiente redacción:

«a) Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional duodécima de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se valora como mérito el conocimiento de la lengua catalana de acuerdo con el siguiente baremo:

– Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (nivel E): 0,25 puntos.

– Certificado de nivel C2: 1,25 puntos.

– Certificado de nivel C1: 1 punto.

– Certificado de nivel B2: 0,75 puntos.

– Certificado de nivel B1: 0,50 puntos.

– Certificado de nivel A2: 0,25 puntos.

Solamente se valorará el certificado del nivel más alto que se acredite, además del certificado de conocimientos del lenguaje administrativo, la puntuación del cual se acumulará a la del otro certificado que se acredite. En relación a los puestos de trabajo con requisito de conocimientos de lengua catalana, se valorarán los certificados de nivel superior al que se exija como requisito.»

Página 108467. El apartado segundo de la letra N. Comunitat Valenciana. (Decreto 32/2013, de 8 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana y Decreto 76/2015, de 22 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana por el que se modifica el anterior) se sustituye íntegramente por la siguiente redacción: «2. Valoración de los méritos:

Experiencia profesional:

La experiencia profesional y permanencia se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según las reglas siguientes:

Servicios y permanencia desarrollados en puesto de trabajo del mismo grupo y subgrupo de funcionarios que el correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0’20 por año.

Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de grupo o subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitación nacional a la que se concursa: 0’10 por año.

Formación personal:

Se valorará hasta un máximo de 1,50 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propios de la organización territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.

La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:

De 100 o más horas: 1 punto.

De 75 o más horas: 0,75 puntos.

De 50 o más horas: 0,65 puntos.

De 25 o más horas: 0,50 puntos.

De 15 o más horas: 0,25 puntos.

Conocimientos de valenciano:

El conocimiento de valenciano se valorará hasta un máximo de 0,75 puntos, con arreglo a la siguiente escala:

Conocimiento oral: 0,25 puntos.

Conocimiento de grado elemental: 0,50 puntos.

Conocimiento de grado medio: 0,65puntos.

Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos.

Otros méritos:

Estos méritos se valorarán hasta un máximo de 0,25 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:

La valoración de la actividad docente será con arreglo a 0,02 puntos por hora impartida.

La valoración de las publicaciones será con arreglo a 0,10 puntos por publicación.

La valoración de las colaboraciones será con arreglo a 0,05 puntos por colaboración.»

Cuarto.

Para los puestos afectados por la presente Resolución queda abierto el plazo de presentación de instancias por el término de quince días naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinto.

En la página web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.seap.minhap.gob.es/index.html), (Apartado DESTACADO: Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional) se ofrece información adicional sobre este procedimiento.

Madrid, 1 de diciembre de 2015.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/12/2015
  • Fecha de publicación: 11/12/2015
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 27 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-12446).

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