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Documento BOE-A-2014-5321

Resolución de 5 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Mejora y consolidación de la Comunidad de Regantes de Andévalo Pedro Arco, término municipal de Villanueva de los Castillejos (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 19 de mayo de 2014, páginas 38798 a 38810 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-5321

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1), procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular, por delegación del Ministro, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es la «Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A.» (SEIASA) y el órgano sustantivo es la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

El objeto del proyecto es garantizar el abastecimiento de agua de riego y permitir un ahorro energético en los periodos de máximas necesidades hídricas de 914,69 hectáreas de cultivos de dos comuneros (don Antonio Ponce Román y «Cítricos del Andévalo, S.A.») de la comunidad de regantes de Andévalo Pedro Arco, ubicadas en el término municipal de Villanueva de los Castillejos, perteneciente a la comarca Andévalo Sur-Occidental, de la provincia de Huelva.

En la actualidad, el agua de riego se bombea desde el azud de Matavacas (0,3 hm3 de capacidad y 120,5 m de cota) y se conduce, a través de la tubería principal de impulsión (11,5 km de longitud y unos 2.500 m3/h de capacidad de bombeo), a la zona regable, que cuenta con una balsa denominada Dehesilla 1 (322.901 m3 de capacidad y 160 m de cota). Las instalaciones mencionadas se localizan en los términos municipales de Sanlúcar de Guadiana, El Granado y Villanueva de los Castillejos.

La comunidad de regantes dispone de una concesión en precario de 2.041.999 m3/año de aguas públicas superficiales derivados del sistema Andévalo-Chanza-Piedras, concretamente del azud de Matavacas, que estima insuficiente para cubrir las necesidades hídricas de los cultivos en la actualidad y en un futuro próximo (2-3 años), debido al estado vegetativo de las plantaciones y a los regímenes de bombeo que la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua realiza desde la presa del Chanza, que alimenta al citado azud.

Para resolver esta situación, se proyecta la construcción de dos nuevas balsas de regulación y reserva de agua que permitan bombear agua desde el azud de Matavacas hasta la comunidad de regantes en franjas horarias de menor coste energético; así como la reutilización de las aguas depuradas de la planta de transformación de cítricos de propiedad de «Cítricos de Andévalo, S.A.», situada en la finca «La Dehesilla», que cuenta con autorización para el uso de riego agrícola. Las aguas depuradas serán conducidas a la balsa existente, Dehesilla 1, y se utilizarán en el riego de aquellas hectáreas con mayor requerimiento hídrico por tener un desarrollo vegetativo superior.

Las obras proyectadas se declararon de interés general mediante el Real Decreto-ley 12/2011, de 26 de agosto, por el que se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero.

De forma independiente, la comunidad de regantes está tramitando la concesión administrativa definitiva para cubrir las necesidades de los cultivos en plena producción (4.939.335,15 m3/año).

Las principales características de las balsas proyectadas son las siguientes:

Balsa Dehesilla 2, con una cota de coronación de 165,5 m y una cota de cimentación de 156,5 m, siendo, por tanto, la altura sobre cimientos de 9 m. Tendrá una capacidad de 93.393 m3 y ocupará una superficie de 16.164 m2, a nivel máximo normal (NMN), siendo la superficie de ocupación total (incluidos los taludes) de 26.707 m2. La coronación tendrá una longitud de 506 m y una anchura de 5 m. Dispondrá de un canal de hormigón como aliviadero (cota inicial 164,5 m y caudal máximo de 6 m3/s) y de dos tuberías de polietileno de alta densidad (de 500 mm de diámetro y 100 m de longitud) como desagüe de fondo.

Balsa CRPA 3, con una cota de coronación de 176,5 m y una cota de cimentación de 167,5 m, siendo, por tanto, la altura sobre cimientos de 9 m. Tendrá una capacidad de 579.090 m3 y ocupará una superficie de 83.726 m2, a nivel máximo normal (NMN), siendo la superficie de ocupación total (incluidos los taludes) de 113.861 m2. La coronación tendrá una longitud de 1.191 m y una anchura de 5 m. Dispondrá de un canal de hormigón como aliviadero (cota inicial 175,5 m y caudal máximo de 6 m3/s) y de dos tuberías de polietileno de alta densidad (de 700 mm de diámetro y 65 m de longitud) como desagüe de fondo.

Para la construcción de las nuevas balsas, se han previsto dos superficies para los acopios temporales, una colindante con la balsa Dehesilla 2, de 2,42 ha, y otra sobre la que se construirá la balsa CRPA 3, de 15,15 ha; superficies que ya cuentan con accesos.

Además, el proyecto contempla la instalación de las siguientes conducciones:

Conducción de conexión de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de la planta de transformación de cítricos con la balsa Dehesilla 1, de polietileno de alta densidad (PEAD), de 1.185 m de longitud y 160 mm de diámetro.

Conducción de conexión de la nueva balsa Dehesilla 2 con la tubería principal de impulsión existente, de acero al carbono (AC), de 428 m de longitud y 700 mm de diámetro.

Dos conducciones de conexión de la nueva balsa CRPA 3 con la tubería principal de impulsión existente, una de llenado y otra de vaciado, de AC, de longitud total aproximada de 228 m y 700 mm de diámetro.

Para incorporar las aguas de riego al sistema actual, se prevé la instalación de los siguientes equipos de bombeo:

Estación de bombeo junto a la balsa Dehesilla 2, para bombear el agua limpia del azud de Matavacas a la red existente. Irá alojada en una nave y contará con dos grupos de bombeo horizontales, de 50 m3/h de caudal y 20 CV de potencia, cada una, y con una batería de filtrado.

Equipo de bombeo junto a la balsa Dehesilla 1 existente, para bombear el agua recuperada de la EDAR a la citada balsa, formada por dos bombas sumergibles tipo achique, de 30 m3/h de caudal y 3 CV de potencia, cada una. Además, se instalará un filtro en la EDAR para acondicionar el agua.

El suministro eléctrico del bombeo de la balsa Dehesilla 2 se realizará mediante una nueva línea eléctrica subterránea en baja tensión, de 92 m de longitud, desde el centro de transformación existente junto al bombeo de la balsa Dehesilla 1. En cambio, el equipo de bombeo de la EDAR utilizará la instalación existente.

Para adaptar el bombeo principal existente en el azud de Matavacas a las condiciones de bombeo de la Agencia Andaluza de Medio Ambiente, se prevé la eliminación del colector de aspiración existente y la construcción de una arqueta intermedia, entre otras actuaciones, sin modificar las características ni el número de los equipos de bombeo existentes.

Finalmente, en el proyecto se prevé la ampliación del sistema de telecontrol existente en la comunidad de regantes.

Las alternativas previstas en el estudio de impacto ambiental para la mejora y consolidación de la comunidad de regantes son las siguientes, incluida la alternativa 0 o de no actuación:

Alternativa 1. Construir una presa-embalse en el arroyo Manaderos en la finca «La Dehesilla», dentro del perímetro de la comunidad de regantes, para almacenar el agua de escorrentía de lluvia y utilizarla en el riego de algunos sectores y, además, bombearla hasta la balsa Dehesilla 1.

Alternativa 2. Aumentar la capacidad de la estación de bombeo del azud de Matavacas y, por tanto, el diámetro de la tubería de impulsión existente y el transporte hasta la balsa Dehesilla 1.

Alternativa 3. Aumentar la capacidad de embalse en la zona de influencia de la comunidad de regantes, buscando la mayor cercanía posible a la tubería actual de impulsión.

Se descartan las alternativas 0, 1 y 2 porque, respectivamente: no permite garantizar el riego; no cuenta con la aprobación de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, al ser el arroyo Manaderos tributario de la presa del río Piedras; no hay disponible mayor potencia eléctrica a la concedida en la actualidad para la estación de bombeo.

Por tanto, se adopta la alternativa 3 y se selecciona, entre los posibles, el emplazamiento más adecuado, técnica, económica y ambientalmente, para las balsas: La balsa Dehesilla 2, próxima a la balsa existente, y en una zona desprovista de vegetación de valor y cultivo de cítricos; y la balsa CRPA 3, próxima, tanto el punto de captación como a la zona de riego. Además, ambas balsas se ubicarían en la finca «La Dehesilla», propiedad de uno de los comuneros de la comunidad de regantes, «Cítricos del Andévalo, S.A.».

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Las actuaciones proyectadas se ubicarán en la comarca Andévalo Sur-Occidental de la provincia de Huelva, al sur del núcleo urbano de Villanueva de los Castillejos, próximas a la carretera A-499 que une el citado núcleo urbano con San Silvestre de Guzmán.

La hidrología superficial de la zona se caracteriza por la presencia de los siguientes cursos de agua: la rivera de los Montes y los arroyos del Gabanejos, del Murtales y del Carnerillo; todos ellos pertenecientes a la cuenca hidrográfica (subcuenca) del río Piedras, de la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras. En lo que respecta a la hidrología subterránea, en la zona de actuación se identifica el acuífero de interés local 062.1.04 Villanueva de los Castillejos, formado por materiales de baja permeabilidad.

La vegetación potencial se caracteriza por las especies quejigo (Quercus canariensis) y encina (Quercus rotundifolia), así como por formaciones de matorrales y pastizales. Sin embargo, la zona de actuación está ocupada fundamentalmente por cultivos cítricos en regadío y situada a 1,7 km al noreste de la zona esteparia más próxima. Según el estudio de impacto ambiental, en la superficie que ocupará la balsa Dehesilla 2 existen, fundamentalmente, jaras, rodeadas de plantaciones de naranjos. En la superficie que ocupará la balsa CRPA 3 también existen jaras, fundamentalmente, con algún pie disperso de piruétano (Pyrus bourgaeana) y acebuche (Olea europaea var. sylvestris), rodeada de zonas adehesadas y plantaciones de naranjos.

En el entorno inmediato del área del proyecto, en zonas encharcadas y cursos de agua temporales, se han identificado especies de flora de interés como: Marsilea batardae, Marsilea strigosa y Isoetes durieui, incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (creado por la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres; y modificado por el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitat), bajo las categorías de en peligro de extinción, la primera, y vulnerable, las otras dos; Pilularia minuta, incluida en el Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección (Decreto 23/2012, de 14 de febrero); así como Eryngium corniculatum y Eryngium galioides. Además, en el emplazamiento previsto para la balsa CRPA 3 se han identificado un grupo de ejemplares de la especie Armeria linkiana.

Las especies Marsilea batardae,Marsilea strigosa y Isoetes durieui están incluidas en el plan de recuperación y conservación de helechos (anexo IV del Acuerdo de 13 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los planes de recuperación y conservación de determinadas especies silvestres y hábitat protegidos), si bien las superficies ocupadas por las obras no se encuentran dentro del ámbito de aplicación del plan.

En cuanto a la fauna, las actuaciones se desarrollarán en una Zona Importante para las Aves Esteparias (ZIAE) de Andalucía, Andévalo Occidental (número 1), que incluye una zona de cortejo (lek) y cría de avutarda común (Otis tarda); y dentro del ámbito de aplicación del plan de recuperación y conservación de aves esteparias (anexo IV del Acuerdo de 18 de enero de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los planes de recuperación y conservación de determinadas especies silvestres y hábitat protegidos) para las especies siguientes: avutarda común, ganga ortega (Pterocles orientalis) y sisón común (Tetrax tetrax), incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas bajo las figuras de en peligro de extinción, la primera, y de interés especial, las otras dos. Además, parte de las actuaciones, salvo las actuaciones asociadas a la balsa CRPA 3 (incluida la superficie para acopios temporales), se desarrollan dentro del ámbito de aplicación, un área potencial (zona potencial de dispersión de la especie) del plan de recuperación del lince ibérico (Lynx pardinus) (anexo I del citado Acuerdo de 18 de enero de 2011), catalogado en peligro de extinción. La zona de actuación puede ser lugar de alimentación y dispersión de rapaces como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), entre otras, catalogada en peligro de extinción y que cuenta con plan de recuperación (anexo II del citado Acuerdo de 18 de enero de 2011), si bien las obras no se desarrollan dentro de su ámbito de aplicación.

Los hábitat de interés comunitario (anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad) presentes en la zona de actuación, y coincidentes con la zona regable, son: 6310 Dehesas perennifolias de Quercusspp. y 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae). Sin embargo, las obras sólo coinciden, concretamente las asociadas a la balsa CRPA 3 (incluida la superficie para acopios temporales), con el primero de los hábitat citados.

Ni las obras proyectadas ni la propia zona regable coinciden con ningún espacio natural protegido ni de la Red Natura 2000, siendo el espacio más próximo el lugar de importancia comunitaria (LIC) ES6150010 Andévalo Occidental, situado a casi 2 km de la obra más próxima y a algo más de 400 m de la parcela de la zona regable más próxima. Únicamente las instalaciones de la estación de bombeo y la estación remota del azud de Matavacas se localizarán dentro de los límites del citado espacio.

Además, todas las obras así como la zona regable, se encuentran dentro del área importante para las aves (IBA) de SEO/BirdLife denominada Andévalo Occidental (número 264).

Fuera de la zona regable se localiza el monte público Dehesilla Municipal (HU-70025-AY), dentro del cual se ubican, la zona esteparia y zona de avutarda citada, situadas a 1,7 km de distancia, como mínimo. Además, se identifican dos vías pecuarias, la colada de Espada y la vereda del Charco de La Puebla, a unos 2 km de distancia de la zona de actuación.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental:

3.1.1 Entrada documentación inicial.–La tramitación se inició con fecha 31 de octubre de 2012, momento en que tiene entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente el documento ambiental del proyecto.

3.1.2 Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones.–Con fecha 1 de febrero de 2013 se inicia el trámite de consultas, en el que se pidió la opinión a los siguientes organismos, indicando con una «X» aquellos que remitieron informe en relación con el documento ambiental del proyecto:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Subdelegación del Gobierno en Huelva.

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

X

Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

X

Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

X1

Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

X2

Diputación Provincial de Huelva.

Ayuntamiento de Villanueva de los Castillejos.

Ecologistas en Acción de Andalucía.

SEO/BirdLife.

WWF/ADENA.

1 Responde la Dirección General de Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

2 Responde el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva.

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Dirección General de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.–Indica que las actuaciones objeto de evaluación se encuentran incluidas íntegramente en un proyecto que fue sometido al procedimiento de Autorización Ambiental Unificada, autorización cuya Modificación Sustancial se resolvió de forma favorable por la Delegación Territorial de Huelva de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, con fecha 22 de agosto de 2012. Por tanto, considera que la citada resolución favorable puede constituir el informe solicitado. En el anexo III de la citada Modificación Sustancial de la Autorización Ambiental Unificada, la Delegación Territorial de Huelva establece una serie de medidas preventivas y correctoras a adoptar por el promotor, entre los que se citan el cruce del cauce Rivera de los Montes, la vegetación natural forestal y riparia y las especies protegidas de flora y fauna, destacando, entre las primeras, las especies asociadas a zonas encharcadas y cursos de agua temporales (Marsilea batardae, Pilularia minuta, Eryngium corniculatum y Eryngium galioides) y, entre las segundas, las aves esteparias (avutarda, sisón común y ganga ortega) y rapaces (águila imperial ibérica, águila culebrera, etc.).

La Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía solicita la remisión de la documentación ambiental del proyecto, dado que no pueden acceder a ella a través de la sede electrónica.

La Dirección General de Estructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía considera que la documentación no aporta información sobre el ahorro de energía y agua que supondrá el proyecto así como del impacto de la calidad de las aguas y de los residuos de productos fitosanitarios que pudieran ser arrastrados o disueltos en el agua sobre las zonas vulnerables afectadas. No obstante, la citada Dirección General informa favorablemente el proyecto, al considerarlo de interés para el desarrollo socioeconómico de la zona.

El Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva de la Junta de Andalucía informa que, una vez analizada la documentación remitida, no se ha concretado afección patrimonial alguna, no siendo necesario la realización de informe técnico al respecto. No obstante, recuerda la obligada comunicación a la Delegación Provincial de Cultura, en el transcurso de 24 horas, de cualquier hallazgo arqueológico, tal y como establece el artículo 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en los términos del artículo 50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

3.1.3 Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.–Con fecha 5 de julio de 2013 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente comunicó a SEIASA la amplitud y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, destacando los aspectos más relevantes, y le remitió las respuestas recibidas en el periodo de consultas previas del documento ambiental del proyecto. Con esta misma fecha, se remitió a la Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente copia del citado escrito, incluyendo un listado de las administraciones y entidades que debería consultar durante el periodo de información pública, como órgano sustantivo del proyecto.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental. Información pública y consultas a administraciones ambientales afectadas. Resultado.–Con fecha 22 de noviembre de 2013 se publica en el «Boletín Oficial del Estado» número 280 la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), por la que se acuerda someter a información pública el estudio de impacto ambiental y proyecto de Mejora y consolidación de la C.R. Andévalo Pedro Arco, Villanueva de los Castillejos (Huelva).

Durante el periodo de información pública, la Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua, MAGRAMA, remitió, con fecha 20 de noviembre de 2013, oficios de consulta a todos los organismos previamente consultados.

Con fecha 11 de febrero de 2014 se recibe, en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural (DGCyEAyMN), MAGRAMA, el expediente de información pública, incluyendo informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; y de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva de la Junta de Andalucía.

La Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva realiza las mismas observaciones que en su informe de consultas previas. Por su parte la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir informa que el término municipal de Villanueva de los Castillejos (Huelva) no pertenece a su cuenca hidrográfica.

Por tanto, y a instancia de la DGCyEAyMN, el promotor SEIASA solicita, con fecha 12 de marzo de 2014, a la Confederación Hidrográfica del Guadiana que emita informe relativo al estudio de impacto ambiental. El 8 de abril de 2014, se recibe respuesta de la citada Confederación Hidrográfica, en la que afirma que corresponde, a la comunidad autónoma de Andalucía, emitir informe en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las cuencas andaluzas vertientes al litoral atlántico.

Asimismo, el 27 de marzo de 2014, se recibe oficio de la Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua, MAGRAMA, adjuntando copia de un informe de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de enero de 2014. En este informe se reitera que el proyecto que incluía las actuaciones proyectadas había sido sometido al procedimiento de Autorización Ambiental Unificada en la Delegación Territorial de Huelva, por lo que se considera que ya ha sido sometido a su preceptivo procedimiento de evaluación de impacto ambiental y que el pronunciamiento ambiental contenido en la citada autorización puede constituir las consideraciones solicitadas en el trámite de información pública.

4. Integración de la evaluación

4.1 Impactos significativos de la alternativa elegida. Medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias. Seguimiento ambiental.–A continuación se recogen los impactos más significativos y las medidas protectoras y correctoras diseñadas por el promotor para su prevención o minimización. Para ello se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental y los informes recibidos como respuesta a los trámites de consultas previas e de información pública y de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.

Red Natura 2000. Según la descripción de las obras incluida en el estudio de impacto ambiental, sólo las actuaciones previstas en la estación de bombeo (desmontaje de bombas, eliminación de colector, impermeabilización de arqueta, realización de tabiques antivortex y de arqueta intermedia, colocación de carretes y filtros en las bombas y su reinstalación) y la estación remota (ampliación de la estación para integrar un enrutador de comunicaciones radio) del azud de Matavacas se localizarán dentro de los límites del citado espacio.

Además, la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía informa, con fecha 28 de enero de 2014, que las actuaciones proyectadas se encuentran incluidas de forma íntegra en la Modificación Sustancial de la Autorización Ambiental Unificada, con resolución favorable de la Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en la que no se menciona la posibilidad de que el proyecto pueda generar afecciones sobre la Red Natura 2000.

No obstante, el estudio de impacto ambiental incorpora, como anexo, la Declaración de la Autoridad Responsable del Seguimiento de la Red Natura 2000, la entonces Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 12 de enero de 2012, en la que se informa que no es probable que el proyecto denominado Modernización de la Comunidad de Regantes Andévalo Pedro Arco, a desarrollar en el municipio de Villanueva de los Castillejos, tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000, porque no se desarrollará en ningún espacio protegido de la Red Natura 2000; y por lo que se indica que no se ha considerado necesario efectuar la evaluación requerida en el artículo 6 (3) de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres

Recursos hídricos e hidrología. El proyecto al que se refiere esta resolución se ha dimensionado de acuerdo con las necesidades hídricas de los cultivos existentes en 914,69 ha de la comunidad de regantes de Andévalo Pedro Arco establecidas por el promotor en su informe agronómico, que se cifran en 5.400,01 m3/ha.año, lo que supone un volumen total de 4.939.335,15 m3/año, cantidad solicitada en la concesión administrativa definitiva que se está tramitando.

Sin embargo, la concesión en precario autorizada para el año hidrológico 2013/14 (del 1 de octubre de 2013 al 30 de septiembre de 2014) es de 2.041.999 m3 de aguas públicas superficiales.

El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras (aprobado por el Real Decreto 1329/2012, de 14 de septiembre) establece una dotación neta de 5.400 m3/ha.año para el cultivo de cítricos, lo que supondría una dotación neta de 4.939.326 m3/año para la superficie de riego objeto de mejora y consolidación.

Además, la comunidad de regantes prevé la reutilización de las aguas depuradas de la EDAR de la planta de transformación de cítricos de propiedad de «Cítricos de Andévalo, S.A.», que, según el estudio de impacto ambiental, genera unos 1.000 m3/día. Este uso cuenta con autorización de la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua, cumpliendo con los parámetros para uso agrícola establecidos en el anexo I del Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de aguas depuradas.

Según el estudio de impacto ambiental, el proyecto no supone la modificación ni ampliación de riego de la comunidad de regantes ni de sus necesidades, cultivos existentes y métodos de riego actuales.

Por otra parte, la instalación de la tubería subterránea proyectada entre la balsa existente Dehesilla 1 y la EDAR de la fábrica de zumos de «Cítricos del Andévalo, S.A.», implicará el cruce del cauce rivera de los Montes y el cruce de uno de sus tributarios; mientras que la tubería subterránea prevista entre la balsa Dehesilla 2 y la tubería principal existente, también supondrá el cruce con un tributario del citado cauce. Además, las dos tuberías de entrada y salida proyectadas entre la balsa CRPA3 y la tubería principal existente también interceptarán un tributario del arroyo de los Murtales. Asimismo, las superficies de acopios temporales de las balsas Dehesilla 2 y CRPA3 se situarán próximas a los citados cauces rivera de los Montes y arroyo de los Murtales, respectivamente, que es donde se verterán las aguas de drenaje de las propias balsas.

En el estudio de impacto ambiental figura que los cruces subterráneos citados serán perpendiculares a los cauces, se señalizarán y contarán con un sistema de arquetas adecuado y con una estructura para proteger la tubería. Además, se prevé el jalonamiento del perímetro de las citadas superficies de acopios temporales, en las que se diferenciará una zona de acopio de materiales, tierra vegetal retirada y residuos generados; y otra de mantenimiento y limpieza de la maquinaria de obra; el techado y la impermeabilización de las zonas de acopio de residuos. También se construirán cunetas perimetrales que garanticen el drenaje de estas superficies.

Una vez finalizadas las obras, se prevé el acondicionamiento de las superficies de acopios temporales como terreno apto para el cultivo, a través de la retirada de residuos y sobrantes, la descompactación del suelo, subsolado de entre 30 y 50 cm de profundidad y, la aportación de la capa de tierra vegetal retirada, de 30 cm.

Además, durante la fase de construcción se realizará un control de las operaciones de excavación y cimentación para identificar la aparición del nivel freático en las mismas.

Vegetación y flora. La construcción de las balsas Dehesilla 2 y CRPA3, así como el acondicionamiento de las superficies de acopios temporales asociadas a ellas, supondrá el desbroce de superficies de terreno con presencia de jaras, fundamentalmente, según el estudio de impacto ambiental.

No obstante, en el emplazamiento previsto para la balsa CPRA3, y su superficie de acopios temporales asociada, existe un grupo de ejemplares de la especie Armeria linkiana, algún ejemplar disperso de piruétano y acebuche, y una tesela del hábitat de interés comunitario 6310 Dehesas perennifolias de Quercusspp.», de escasa representatividad en esta parcela concreta, según el estudio de impacto ambiental. Este emplazamiento está rodeado de zonas adehesadas, con presencia de encinas, alcornoques y algarrobos; a diferencia del previsto para la balsa Dehesilla 2, que está rodeado de naranjos.

Además, en la zona de actuación no se puede descartar la presencia de ejemplares de la especie protegida Marsilea batardae y existen registros de poblaciones de otras especies mencionadas con anterioridad.

Sin embargo, entre las medidas preventivas y correctoras previstas en el estudio de impacto ambiental, se encuentran las siguientes: presencia de un Agente de Medio Ambiente en las labores de replanteo para localizar ejemplares de flora protegida; jalonamiento de las zonas de trabajo estrictamente necesarias para afectar sólo a la superficie vegetal prevista en el proyecto; desbroce selectivo del matorral de jaras presente en las zonas afectadas, respetando los pies arbóreos forestales y la vegetación riparia; comunicación inmediata a la Delegación Territorial de Huelva de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente del hallazgo de ejemplares de especies protegidas en la zona de actuación, procediendo a su transplante en las condiciones que ésta establezca; trasplante de los pies arbóreos de encina, acebuche piruétano o algarrobo, en buen estado de conservación, que vayan a resultar afectados por las obras y plantación de especies compatibles con la flora de la zona en las zonas de mayor impacto.

Además, en el estudio de impacto ambiental también se prevé el control de la vegetación afectada y la vigilancia de la conservación de la vegetación adulta presente en los tajos de trabajo, pudiendo plantearse, como medida adicional, la alteración y replanteo del trazado previsto.

Fauna. La construcción y puesta en funcionamiento de las instalaciones proyectadas supondrá la alteración de los hábitat de las especies faunísticas presentes en la zona de actuación o que la frecuentan, existiendo el riesgo de que queden atrapados ejemplares en algunos de sus elementos como zanjas, tuberías, balsas, etc. Esta circunstancia adquiere especial relevancia en el caso de especies protegidas como la avutarda, entre las aves; o de especies de movilidad algo más limitada que éstas, como los anfibios, reptiles y pequeños mamíferos.

No obstante, en el estudio de impacto ambiental, se ha previsto que las actuaciones que puedan suponer mayores molestias sobre la avifauna local más sensible (movimientos de tierra, excavaciones, apertura de zanjas, etc.) se realicen fuera de los periodos críticos de reproducción y cría, concretamente entre febrero y junio para la avifauna esteparia, y la realización de un seguimiento de las comunidades faunísticas en la zona de actuación y sus inmediaciones, para verificarlo.

El cierre inmediato de las zanjas y excavaciones de cimientos realizadas a medida que se terminen los trabajos, mencionado en el estudio de impacto ambiental, minimizará el riesgo de caída o atrapamiento de fauna en su interior.

Las balsas proyectadas contarán con un cerramiento perimetral de alambre que impida el acceso de la fauna a las mismas; con un sistema de acceso y escape, en las márgenes, para anfibios, reptiles y pequeños mamíferos (escalas o mallas de cuerda); y con pequeñas islas flotantes en su interior, de fabricación artesanal, para el refugio, descanso y nidificación de las aves.

Además, se instalarán filtros en las bocas de aspiración existentes en las balsas, para impedir la entrada de organismos acuáticos a las conducciones; y los trabajos de limpieza de las mismas se realizarán fuera del periodo general de cría de los anfibios (de marzo a principios de julio).

Patrimonio arqueológico y vías pecuarias. Aunque el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva no ha identificado ninguna afección patrimonial, en el estudio de impacto ambiental se recoge la presencia a pie de obra de un técnico cualificado competente para el control de los movimientos de tierra, de forma que se comunique cualquier hallazgo arqueológico a la Delegación Provincial de Cultura, en el transcurso de 24 horas, tal y como establece el artículo 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en los términos del artículo 50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Además, en el programa de vigilancia ambiental se incluye el control del proyecto para proteger los yacimientos arqueológicos y las vías pecuarias del entorno, con la posibilidad de replanteo del trazado de las conducciones, como medida adicional para evitar la afección.

5. Condiciones al proyecto. Medidas preventivas y correctoras

Además de diseñar y presupuestar, a nivel de proyecto, las medidas preventivas y correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental y establecidas en la Resolución de la Delegada Territorial en Huelva de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente relativa a la solicitud de Modificación Sustancial de la Autorización Ambiental Unificada del proyecto (de fecha 22 de agosto de 2012) que le sean de aplicación, se adoptarán las siguientes:

Red Natura 2000. Las obras de acondicionamiento previstas en la estación de bombeo del azud de Matavacas, incluido dentro de los límites del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES6150010 Andévalo Occidental, se realizarán de acuerdo con las prescripciones que establezca la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, junto con la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, con carácter previo al inicio de las obras y durante la ejecución de las mismas.

Recursos hídricos e hidrología. El proyecto adoptará todas las condiciones y los objetivos establecidos en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, aprobado mediante el Real Decreto 1329/2012, de 14 de septiembre.

Se instalarán dispositivos o contadores de medición de los volúmenes de agua captados, de acuerdo con lo establecido por la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo.

Por otra parte, el diseño y localización de los cruces previstos de las tuberías subterráneas con los cauces rivera de los Montes, arroyo de los Murtales y los tributarios de ambos, así como de los vertidos de aguas de drenaje de las propias balsas, deberán ser autorizados por la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía. Además, se acordarán con la citada Dirección General las medidas a adoptar durante la ejecución de las obras, como la instalación de barreras de retención de sedimentos (láminas filtrantes, balas de paja, ramajes o sacos terreros) en las inmediaciones de los citados cauces.

Vegetación y flora. El trasplante de los ejemplares arbóreos de encina, acebuche piruétano o algarrobo, en buen estado de conservación, que vayan a resultar afectados por las obras se realizará de acuerdo con las indicaciones que la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva estime oportunas.

Se estudiará la posibilidad de ubicar la superficie para los acopios temporales de la balsa Dehesilla 2 en el mismo emplazamiento de la citada balsa, tal y como sucede con la balsa CRPA3, con el fin de reducir las superficies afectadas.

Fauna. Los periodos biológicos críticos de las especies protegidas presentes en la zona de actuación, en los que no se podrán realizar los trabajos con mayor incidencia acústica, serán establecidos por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva.

Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el Boletín Oficial del Estado en el que se publica la declaración de impacto ambiental.

Seguimiento. Con el objeto de contribuir a la sostenibilidad y planificación de los regadíos en la cuenca hidrográfica mediante el aporte de información de la fracción consumida y de la fracción reusable, el seguimiento ambiental del proyecto incluirá el análisis en el uso y consumo del agua tras la modernización. Se incluirá asimismo información sobre la aplicación de buenas prácticas agrícolas. Se realizará una evaluación previa de la situación, y su evolución tras las actuaciones de modernización; Se realizará un informe anual durante los diez primeros años que incluya un balance de humedad de los suelos cultivados en una parcela representativa para cada grupo de cultivo, que considere la lámina de escorrentía y la lámina de percolación.

Se incluirán los siguientes indicadores:

Volumen de agua utilizado en la zona regable modernizada mensual y anual (hm3/año).

Tipo de cultivo por polígono y parcela al comienzo de la temporada de riego y actualización en el tercer mes.

Fertilizantes y pesticidas (tipo de producto; nombre comercial; fabricante; kg/ha empleado en las campañas de riego).

Consumo energético en kWh/m3 agua utilizada.

Se remitirá copia de los citados informes a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Huelva y a la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Mejora y consolidación de la Comunidad de Regantes de Andévalo Pedro Arco, término municipal de Villanueva de los Castillejos (Huelva),al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa 3 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Medio Natural y Política forestal para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 5 de mayo de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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