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Documento BOE-A-2012-8504

Orden SSI/1366/2012, de 8 de junio, por la que se clasifica la Fundación de Asistencia al Enterramiento Musulmán y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2012, páginas 45137 a 45138 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-8504

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación de Asistencia al Enterramiento Musulmán resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación de Asistencia al Enterramiento Musulmán.

Fines: La Fundación tiene por objeto la realización de cualesquiera actividades que tenga por objeto la realización del fin fundacional consistente en:

Facilitar la asistencia e información sobre exequias fúnebres musulmanas y lugares de enterramiento en España y repatriación de cadáveres

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación se establece en la calle Esteban Manuel Villegas, n.º 16, bajo, C. P. 26004 de Logroño, y el ámbito de actuación donde desarrollará principalmente sus actividades será en todo el territorio del Estado español de conformidad con la naturaleza y fines de la Institución, sin perjuicio de llevar a cabo acuerdos de colaboración fuera del territorio nacional con otras entidades gubernamentales o no gubernamentales.

Fundadores: don Mourad Bettache Bouali, don Mourad Bouhara, don Alaa Mohamed Said Mohamed, don Mohammed Houari Alouch, don Mohamed Fetouh y don Antonio García Petite.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Desembolso inicial: Siete mil quinientos euros.

Desembolso pendiente: Veintidós mil quinientos euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante la notario de Santo Domingo de la Calzada (La Rioja), doña Nuria Sorribes Gracia, el 2 de abril de 2011, con el número 350 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, subsanada por otra escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Francisco Javier Vigil de Quiñones y Parga, el 28 de noviembre de 2011, con el número 3.203 de orden de su protocolo, ratificadas por otras escrituras otorgadas ante el notario de Calahorra, don Miguel Ángel Estebanez López, el 28 de marzo de 2012, con el número 486 de orden de su protocolo y ante el notario de Madrid, don Francisco Javier Vigil de Quiñones y Parga, el 19 de septiembre de 2011, con el número 2.379 de orden de su protocolo.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: don Mourad Bettache Bouali.

Secretario: don Mourad Bouhara.

Tesorero: don Alaa Mohamed Said Mohamed.

Vocales: don Mohammed Houari Alouch y don Mohamed Fetouh.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación de Asistencia al Enterramiento Musulmán cuyos fines de interés general son de asistencia social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 26-0105.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 8 de junio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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