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Documento BOE-A-2011-7832

Resolución de 5 de abril de 2011, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se concede el Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 2 de mayo de 2011, páginas 44602 a 44602 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-7832

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio, se establecen las bases reguladoras de los premios Alimentos de España y se convoca su concesión para el año 2008.

Por Resolución de 14 de octubre de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, se publica la convocatoria del Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010-2011.

Vista la propuesta de resolución del premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010-2011, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 20 de la Orden ARM/1915/2008, de 25 de junio.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, resuelve:

Primero.–Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premios a los Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra Campaña 2010-2011.

Categoría «Producción Convencional»:

Grupo «Frutados Verdes Amargos».

Premio: Manuel Montes Marín, de Priego de Córdoba (Córdoba).

Grupo «Frutados Verdes Dulces».

Premio: El Labrador, S. A. T. n.º 8064, de Fuente de Piedra (Málaga).

Grupo «Frutados Maduros».

Premio: La Canaleja, S.L., de Mérida (Badajoz).

Categoría «Producción Ecológica»:

Premio: Moli dels Torms, S.L., de Els Torms (Lleida).

Premio Alimentos de España al Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra de la Campaña 2010/2011: aceite presentado por Manuel Montes Marín, de Priego de Córdoba (Córdoba), en la categoría de producción convencional.

Segundo.–Desestimar el resto de las solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.–Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante el Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 5 de abril de 2011.–El Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, Josep Puxeu Rocamora.

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