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Documento BOE-A-2010-8768

Orden EDU/1431/2010, de 27 de abril, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Instituto Euroárabe de Educación y Formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 1 de junio de 2010, páginas 47625 a 47627 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-8768

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Antonio Sánchez Montero, solicitando la inscripción de la Fundación Instituto Euroárabe de Educación y Formación en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como el otorgamiento de poderes a favor del Director de la fundación.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Liga de Estados Árabes y el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España, en Madrid, el 22 de diciembre de 2008, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Ignacio Ramos Covarrubias, con el número 6.926 de orden de protocolo, complementada en la escritura autorizada el 26 de octubre de 2009 por el notario de Madrid don Javier Fernández Merino, número 618, y subsanada en la escritura número 2.367 otorgada el 26 de marzo de 2010 ante el notario Madrid don Ignacio Ramos Covarrubias.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en el edificio situado en la calle San Jerónimo, número 27, de la ciudad de Granada y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de ciento cincuenta y tres mil noventa y cuatro euros con diecisiete céntimos (153.094,17 euros). La dotación, íntegramente desembolsada por la Fundación Euroárabe de Altos Estudios consiste en ciento dieciocho mil quinientos diecisiete euros con veintidós céntimos (118.517,22 euros) en metálico ingresado en entidad bancaria, y treinta y cuatro mil quinientos setenta y seis euros con noventa y cinco céntimos (34.576,95), valor de los bienes relacionados en la tasación realizada por la entidad Peritajes y Tasaciones Judiciales, incorporada a la escritura de subsanación número 2.367.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución, con las modificaciones protocolizadas en la escritura de subsanación número 2.367, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Fomentar las relaciones culturales y económicas entre España y el mundo árabe a través de la formación y la difusión de los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos originados en las Universidades y otros Centros educativos, tanto españoles como de otros países, para lo que podrá promover la organización de cursos y programas formativos, estudios e investigaciones, foros de exposición, discusión y debate. Con carácter principal, la fundación tendrá como finalidad fomentar la formación práctica en gestión pública y, eventualmente, privada, con especial atención a las áreas prioritarias para el desarrollo, la gestión de servicios públicos y la gobernanza en el mundo árabe.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé, por razón de su cargo de Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación del Gobierno de España; Vicepresidente: Don Amr Moussa, por razón de su cargo de Secretario General de la Liga de los Estados Árabes; don Ángel Lossada Torres Quevedo, por razón de su cargo de Secretario de Estado de Asuntos Exteriores del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España; doña María Soraya Rodríguez Ramos, por razón de su cargo de Secretaria de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España; don Antonio Martínez Caler, por razón de su cargo de Presidente de la Diputación de Granada; don José Torres Hurtado, por razón de su cargo de Alcalde de Granada; don Francisco González Lodeiro, por razón de su cargo de Rector de la Universidad de Granada; don Meer Abdel Fatah Hamza, por razón de su cargo de Decano del College of Management and Technology de la Arab Academy for Science and Technology; don Hassine Bouzid; don Saud Bin Naif Bin Abdulaziz Al-Saud, doña Hissa Al-Otaiba, don Zaid Al-Lozi y don Mohamed Ridha Kechrid. Secretario no patrono: Don Antonio Sánchez Montero.

En la escritura de constitución y en la complementaria, número 618, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

En la reunión del patronato celebrada el 8 de junio de 2009, según consta en la certificación unida a la escritura de 26 de octubre de 2009, se acordó designar a don Manuel Piñeiro Souto como Director de la fundación y conferir los poderes a que se ha hecho referencia.

La Comisión Ejecutiva queda formada inicialmente por los siguientes seis miembros: Presidente el Secretario de Estado de Asuntos Exteriores del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, Vicepresidente don Saud Bin Naif Bin Abdulaziz Al-Saud, el Rector de la Universidad de Granada, el Decano del College of Management and Technology de la Arab Academy for Science and Technology, don Hassine Bouzid, y la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/24/2010, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en la Subsecretaria las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Instituto Euroárabe de Educación y Formación en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Instituto Euroárabe de Educación y Formación, de ámbito estatal, con domicilio el edificio situado en la calle San Jerónimo, número 27, de la ciudad de Granada, así como el Patronato y otros órganos estatutarios que figuran en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones los poderes conferidos a favor del Director de la fundación, según consta en la en la escritura otorgada el 26 de octubre de 2009 ante el notario de Madrid don Javier Fernández Merino, número 618 de orden de su protocolo.

Madrid, 27 de abril de 2010.–El Ministro de Educación, P.D. (Orden EDU/24/2010, de 13 de enero), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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