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Documento BOE-A-2009-698

Resolución de 2 de octubre de 2008, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo por la que se incoa procedimiento de declaración del bien de interés cultural con la categoría de monumento, el retablo mayor de la Iglesia de San Juan Bautista, en Carbonero el Mayor (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2009, páginas 4663 a 4665 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2009-698

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su articulo 8, señala: «los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de esta Ley serán declarados Bienes de Interés Cultural». A tales efectos, y por lo que se refiere a los bienes inmuebles, establece, que serán declarados de interés cultural atendiendo a las siguientes categorías: monumento, jardín histórico, conjunto histórico, sitio histórico, zona arqueológica, conjunto etnológico y vía histórica.

En dicho artículo, concretamente en el apartado 3.a), se dispone que tendrá la consideración de monumento: «La construcción u obra producto de actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones o accesorios que expresamente se señalen como parte integrante de él, y que por sí solos constituyan una unidad singular».

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 7.2 de la citada Ley, «…tienen la consideración de bienes inmuebles, además de los enumerados en el artículo 334 del Código Civil, todos aquellos elementos que puedan considerarse consustanciales con los edificios y formen parte de ellos o la hubiesen formado en otro tiempo, aunque en el caso de poder ser separados constituyan un todo perfecto de fácil aplicación a otras construcciones o usos distintos del suyo original, cualquiera que sea la materia de que estén formados y aunque su separación no perjudique visiblemente el mérito histórico o artístico del inmueble al que están adherido».

Los retablos son estructuras arquitectónicas, más o menos monumentales, que albergan bienes muebles, lo que les dota de un carácter dual entre mueble e inmueble, determinado por una materialmente posible movilidad y una, en ocasiones deseable inmovilidad.

El retablo de San Juan Bautista, constituye uno de los más relevantes retablos del renacimiento Castellano, con influencias flamencas e italianas. Destaca tanto por la pintura de sus tablas como por su mazonería, obra de la primera mitad del siglo XVI. Fue realizado por Baltasar Grande y Diego de Rosales, para la iglesia Parroquial de Carbonero el Mayor (Segovia), destino que aún mantiene en la actualidad.

Perfectamente integrado en el inmueble en que se ubica, el retablo es parte consustancial de la Iglesia Parroquial de Carbonero el Mayor, forma parte de ella, y por ello debería ser inseparable del inmueble para el que fue construida.

En consecuencia, atendiendo a la consideración que sobre los bienes inmuebles y a la propia definición de Monumento realiza la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y atendiendo a las circunstancias y características de este Retablo, su relación con la iglesia que lo acoge, le sirve de contenedor y de la que forma parte consustancial desde su creación, su consideración como bien inmueble y su declaración dentro de la categoría de Monumento, resulta la calificación más oportuna y conveniente para su conservación y protección.

El procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en el artículo 9 y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el Título II, Capítulo I del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración de Bien de Interés Cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural.

Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación establecidas, en el plan básico de protección para el acrecentamiento del patrimonio protegido, previsto en el Plan PAHIS aprobado por Acuerdo 37/2005, de 31 de marzo de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelve:

Primero. Incoar procedimiento de declaración del retablo mayor de la Iglesia de San Juan Bautista, en la localidad del Carbonero el Mayor (Segovia), como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento de acuerdo con la descripción que consta en el anexo que acompaña a esta resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.

Segundo. Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor cultural y, por tanto, susceptible de ser incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho Inventario, conservando los trámites realizados.

Valladolid, 2 de octubre de 2008.–El Director General de Patrimonio Cultural, Enrique Saiz Martín.

ANEXO
Retablo mayor Iglesia de San Juan Bautista en Carbonero el Mayor (Segovia)

El retablo de Carbonero el Mayor, constituye uno de las obras más sobresalientes del renacimiento en Castilla.

Obra maestra de pintura y escultura, el retablo de Carbonero dedicado a San Juan Bautista, se encuentra situado en el altar mayor de la Iglesia Parroquial de la localidad segoviana de Carbonero el Mayor. El valor principal de esta iglesia es el de ser contenedor de esta joya renacentista, a la que se encuentra unido de forma permanente desde su creación.

Los restos más antiguos que se conservan de la iglesia de San Juan Bautista, están datados en el siglo XIII. A finales del XV, coincidiendo con el esplendor económico segoviano, se produjo la transformación del templo al gusto gótico. Luego, entre 1731 y 1736, se efectuaron nuevas obras, adecuándose la iglesia al estilo barroco. Es en esta época, cuando se produce el traslado del retablo, desde su primera ubicación a la nueva cabecera, y en consecuencia el orden originario de las tablas fue trastocado.

El retablo aúna lo flamenco, propio de las circunstancias históricas durante las que fue creado, primera mitad del siglo XVI, con la herencia italiana. Dos estilos diferentes de representación artística magníficamente relacionados. Independientemente de sus relevantes valores artísticos, el retablo presenta a través de una función doctrinal, un marcado carácter antropológico en el que predomina la exaltación de la fe.

El retablo está formado por un conjunto de veintiuna tablas que se distribuyen en el retablo organizado en cinco calles, con banco, cuerpo de tres pisos y ático.

En el banco aparecen representados los cuatro evangelistas con sus respectivos símbolos alados, separados en el centro por el hueco del sagrario. Destaca por su realismo la figura de San Lucas.

En el primer cuerpo y en la calle central se encuentran las historias principales de este retablo. En el primer cuerpo con escenas de la vida de San Juan Bautista. En la calle central se refieren escenas de la vida de Jesús.

El resto de los huecos muestra una serie de santos, mártires y arcángeles sin nexo narrativo alguno, que puede responder al nuevo ensamblaje con motivo del traslado ya reseñado, que dio lugar a una alteración del orden original. De esta forma encontramos que las tablas referidas al «Abrazo de San Joaquín y Santa Ana ante la Puerta Dorada» y «El lavado de los pies de Jesús por la Magdalena en casa del fariseo» aparecen fuera de contexto. La Virgen –contrariamente al auge de su representación en siglos posteriores– sólo se referencia a través de la tabla del «Abrazo ante la Puerta Dorada», en la que se anuncia el nacimiento de la madre del Mesías, y en un medallón que forma pareja con el de un ángel en los extremos del ático.

Los cinco cuerpos están separados por frisos con bajorrelieves y altorrelieves, con cresterías que coronan las tablas. Las calles, a su vez, están separadas por pilastras a candelieri o con diversos motivos como águilas y puttis; delante de ellas, columnas abalaustradas. Todo ello con una rica policromía. La obra se remata con la figura del Padre Eterno en la calle central y dos veneras a los lados.

Todo este bello conjunto pictórico, compartimentado por columnillas, pilastras y frisos con relieves historiados o motivos de ángeles, se encuentra enmarcado en los laterales por dos grandes columnas abalaustradas, ricamente decoradas, que se levantan sobre sendos plintos con relieves de seis profetas (dos de ellos en la sacristía), y que se coronan con dos ángeles de bulto tocando la trompeta.

Delimitación del entorno de protección

Perfectamente integrado en el inmueble en que se ubica, el retablo es parte consustancial de la Iglesia Parroquial de Carbonero el Mayor, forma parte de ella, y en consecuencia es inseparable del inmueble para el que fue construida.

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