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Documento BOE-A-2009-4422

Resolución de 8 de enero de 2009, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Aragón, para la mejora de las bibliotecas escolares, año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2009, páginas 26187 a 26189 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-4422

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma de Aragón, han suscrito una Adenda al Convenio de colaboración, para la mejora de las bibliotecas escolares, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicha Adenda.

Madrid, 8 de enero de 2009.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA LA MEJORA DE LAS BIBLIOTECAS ESCOLARES. AÑO 2008

En Madrid, a 12 de diciembre de 2008

REUNIDOS

De una parte D.ª Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, como Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte la Sra. D.ª María Victoria Broto Cosculluela, como Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, en virtud del acuerdo de Consejo de Gobierno de 2 de diciembre de 2008

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Uno. Que con fecha veintidós de noviembre de 2006, el entonces Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron un convenio para la mejora de las bibliotecas escolares, en cuya cláusula octava se determinaba que la disposición de nuevos créditos en ejercicios presupuestarios posteriores, podía dar lugar a la suscripción de Adendas que recogieran las nuevas aportaciones económicas junto con las modificaciones que se requieran.

Dos. El 16 de mayo de 2008, el Consejo de Ministros aprobó, de acuerdo con los criterios establecidos en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, la distribución a las Comunidades Autónomas de un crédito de 9.000.000 euros, destinado a la mejora de las bibliotecas escolares de los centros educativos, principalmente de los centros de enseñanzas artísticas, Escuelas Oficiales de Idiomas y centros específicos de Educación Especial.

Tres. Con fecha 23 de octubre de 2007 ambas partes suscribieron una Adenda en la que adquirían nuevos compromisos económicos y se ampliaba la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2009, para las nuevas aportaciones.

De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan suscribir una Adenda en el año 2008, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.–La presente Adenda tiene por objeto el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de acuerdo con las especificaciones contenidas en la misma, para seguir apoyando, con nuevas aportaciones económicas, las actuaciones de la Comunidad Autónoma en relación con la mejora de las bibliotecas escolares.

Segunda. Nuevas aportaciones económicas.

a) El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aportará en el año 2008 la cantidad total de 270.271 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.453, del correspondiente Presupuesto de Gastos del Departamento.

b) La Comunidad Autónoma de Aragón aportará la cantidad total de 270.271 euros, por los importes y en los ejercicios económicos que se indican a continuación:

Anualidades

Aplicaciones presupuestarias

Importes en euros

2008

18030/G/4222.229.000.91001

30.000

18030/G/4224.229.000.91001

35.000

18020/G/4227.229.000.91001

10.000

2009

18030/G/4221.229.000.91001

70.000

18030/G/4222.229.000.91001

40.000

18030/G/4223.229.000.91001

8.000

18030/G/4224.229.000.91001

3.000

18020/G/4225.229.000.91001

10.000

18020/G/4227.229.000.91001

64.271

Tercera. Distribución de los fondos económicos.–La Comunidad Autónoma de Aragón distribuirá los fondos económicos, aplicándolos a la ejecución de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda del Convenio, de modo que, al menos a los centros dependientes de las administraciones educativas que se indican a continuación, se les ofrezca la cantidad mínima indicada en cada caso, destinada a dotaciones bibliográficas, a reproducciones de audio y vídeo y a documentación en soporte informático de sus bibliotecas:

Centros de enseñanzas artísticas y Escuelas Oficiales de idiomas: 5.000 euros.

Centros específicos de Educación Especial: 2.000 euros.

Esta cantidad podrá ser incrementada de acuerdo con los criterios que establezca el Gobierno de Aragón que, en todo caso, atenderán a los aspectos enumerados en la cláusula segunda del convenio.

Para la ejecución de las actuaciones derivadas de esta Adenda se estará a lo estipulado en el convenio.

Cuarta. Instrumentación del pago.–El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón la aportación económica prevista en la cláusula segunda a la firma de la presente Adenda.

A efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de Aragón acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de los programas y a la justificación del gasto, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Esta documentación será aportada a la Comisión mixta de Seguimiento constituida según se señala en la cláusula séptima del Convenio.

Y en prueba y conformidad, firman la presente Adenda por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, M.ª Victoria Broto Cosculluela.

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