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Documento BOE-A-2009-3827

Resolución de 29 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica el Anexo al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el desarrollo del programa de cooperación territorial para alumnos Rutas científicas durante 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2009, páginas 22906 a 22908 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3827

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno de las Illes Balears han suscrito un anexo al Convenio para el desarrollo del programa de cooperación territorial para alumnos Rutas científicas durante 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho anexo.

Madrid, 29 de diciembre de 2008.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

ANEXO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 27 DE DICIEMBRE DE 2007 ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA Y EL GOBIERNO DE LAS ILLES BALEARS PARA EL DESARROLLO DEL programa DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS CIENTÍFICAS DURANTE 2008
REUNIDOS

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, doña Bárbara Galmés Chicón, Consejera de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears, en virtud del Decreto 10/2007, de 6 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 11 de la Ley 3/2003 de 26 de marzo de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

EXPONEN

1. Con fecha 27 de diciembre de 2007, el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de las Illes Balears suscribieron un Convenio para el desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial: Rutas Literarias, Escuelas Viajeras e Inmersión Lingüística, en cuya base sexta se determinaba una vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2007, recogiendo la posibilidad de prórroga por períodos anuales sucesivos previo acuerdo de las partes, incorporando un anexo a dicho Convenio.

2. El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno de las Illes Balears, acuerdan incluir entre los programas de cooperación territorial en los que colaboran, el programa Rutas científicas para el que se aplicarán las mismas normas generales acordadas en el Convenio de 27 de diciembre de 2007, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente anexo.–El presente anexo al Convenio de colaboración suscrito el 27 de diciembre de 2007, tiene por objeto especificar los datos de participación y aportaciones en base a los que ha de ejecutarse el programa Rutas científicas, teniendo en cuenta que todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto 2008 recogidos en el presente anexo, están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes.

Segunda. Descripción del programa.–El programa Rutas científicas consiste en que grupos compuestos por 2 Profesores y 20 a 24 alumnos que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, recorran los itinerarios del programa educativo Rutas científicas establecidos en otras Comunidades Autónomas. Durante la actividad los alumnos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears convivirán con alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas.

Por su parte, grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorrerán la ruta científica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

La ruta científica tendrá una duración de una semana, girará en torno a distintos temas de interés científico y tendrá como objetivo complementar la formación que se imparte en el aula, ofreciendo a los alumnos que la recorran un mejor conocimiento de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El programa de 2008 se desarrolla en el otoño del curso 2008/2009.

Tercera. Compromisos de las partes.

A) Corresponderá al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

1. Asegurar, mediante la cofinanciación con el Gobierno Balear, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

2. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con el desarrollo del programa elaborando las oportunas instrucciones para la participación.

3. Determinar el itinerario y fechas concretas de participación de los alumnos procedentes de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en función de la distribución prevista en la convocatoria de ayudas.

B) Corresponderá al Gobierno Balear:

1. Diseñar en colaboración con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la ruta científica, proporcionando toda la información sobre aspectos educativos, organizativos y administrativos a las restantes Comunidades Autónomas, con el fin de garantizar la debida coordinación en su desarrollo.

2. Asegurar, mediante la cofinanciación del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el alojamiento, manutención y desarrollo de las actividades de los participantes.

3. Poner a disposición del programa un coordinador responsable tanto de la participación de los grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas, como de los grupos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Poner a disposición del programa el personal de apoyo que resulte necesario que como mínimo incluirá un responsable que acompañará a los grupos durante el desarrollo de todas las actividades.

5. Adoptar las medidas que resulten necesarias para garantizar el correcto desenvolvimiento de las actividades ya sean las visitas programadas, el transporte durante la ruta, que en ningún caso deberá sobrepasar los 250 km de recorrido o las diez horas de duración, etc.

6. Seleccionar, de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, los grupos de su Comunidad que participarán en el programa.

C) Alumnos y Profesores participantes:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que participarán en otra Ruta científica: 4.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la Ruta científica de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares: 4.

D) Recursos financieros:

1. Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

a) Gastos del programa de la Ruta científica de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta una cuantía máxima de 12.960,00 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra al Gobierno Balear el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la Ruta científica asignada, que ascienden a un máximo de 21.184,00 euros

Las ayudas concedidas se financiarán por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2008 por un importe máximo de 34.144,00 euros.

2. Por parte del Gobierno Balear: Cofinanciar con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte los gastos derivados de la ejecución del programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de Baleares) que se imputarán a la partida presupuestaria 13601.421D01.22606.00.13233 por una cuantía máxima de 12.000,00 euros.

Cuarta. Ejecución del programa.–En la ejecución del programa serán de aplicación las bases acordadas en el Convenio suscrito con fecha de 27 de diciembre de 2007.

Quinta. Naturaleza.–El presente anexo al Convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Sexta. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este anexo al Convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.–El presente anexo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008.

Madrid, 26 de diciembre de 2008.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Conserjería de Educación y Cultura del Gobierno de las Illes Balears, Bárbara Galmés Chicón.

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