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Documento BOE-A-2009-2486

Resolución de 28 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, por la que se acuerda abrir periodo de información pública en el expediente para la declaración de bien de interés cultural del Hipódromo de la Zarzuela, en Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2009, páginas 15492 a 15492 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2009-2486

TEXTO ORIGINAL

Se encuentra en tramitación el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la clasificación en el interior de su perímetro de diversas instalaciones que responden a la categoría de Monumento, a favor del Hipódromo de la Zarzuela, en Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 b) y 9.2 de la Ley 16/1985, corresponde al Ministerio de Cultura la incoación y tramitación del expediente, dado que el Hipódromo de la Zarzuela forma parte de los bienes adscritos a Patrimonio Nacional.

La tramitación del citado expediente, cuya incoación se llevó a cabo por Resolución del 21 de noviembre de 1980 (BOE de 17 de enero de 1981), se realiza de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, apartado 1, de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, llevándose a efecto según lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933, del Patrimonio Artístico Nacional, del Reglamento para su aplicación de 16 de abril de 1936, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

La zona afectada por la presente Resolución se ha delimitado en atención al examen directo y a los informes efectuados sobre dicho bien, y con objeto de preservar a éste de alteraciones o modificaciones que pudieran afectar a sus valores, contemplación, apreciación o estudio. La declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento afecta a las «Cuadras de Torroja», «Tribunas-Recinto de Carreras» y al «Depósito de la Copa» y, con categoría de Sitio Histórico, a las «Pistas».

El límite del entorno afectado por la presente declaración, a efectos de protección del Monumento citado, se establece en el Sector Oriental: Carretera de la Playa, Río Manzanares; en el Sector Septentrional: Monte de El Pardo, M- 40; en el Sector Occidental: Barriada de Valdemarín y en el Sector Meridional: Avenida del Padre Huidobro, N-VI. La descripción complementaria del bien, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en la planimetría y demás documentos que obran en el expediente de su razón.

Esta Dirección General ha acordado:

Primero.–Abrir período de información pública a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que estimen conveniente en orden a dicha declaración, durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, dirigiéndose a la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico, Ministerio de Cultura, Plaza del Rey, número 1, de Madrid.

Segundo.–Asimismo, se dará el oportuno trámite de audiencia a la Comunidad de Madrid, al Ayuntamiento de Madrid, a Patrimonio Nacional, a la Compañía Hipódromo de la Zarzuela S.A., y a la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España.

Tercero.–Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de noviembre de 2008.–El Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, José Jiménez Jiménez.

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