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Documento BOE-A-2009-16655

Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza a la Asociación de Investigación de las Industrias de la Construcción su actuación en el ámbito del reglamento de explosivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2009, páginas 87840 a 87841 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-16655

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por don Ramón Congost Vallés, en representación la Asociación de Investigación de las Industrias de la Construcción (AIDICO), con domicilio social calle Benjamín Franklin, número 17, Parque Tecnológico de Valencia, Paterna (Valencia), en el que solicita autorización para actuar como organismo de control para la evaluación de la conformidad con los requisitos reglamentarios previstos por la Orden PRE/174/2007, Instrucción Técnica Complementaria 8, Especificación Técnica 8.06, para el control de la fabricación de artificios pirotécnicos.

Vistos el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos, modificado por el Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo.

Resultando que en las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de Explosivos se prevé la actuación de organismos de control autorizados y de laboratorios de ensayo acreditado, en procedimientos de certificación y de ensayo, tales como pruebas de la serie 6 del Manual de Pruebas y Criterios de las Recomendaciones relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas, Certificación de tipo, Certificación de control de fabricación, etc.

Resultando que corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la autorización de las entidades citadas en el párrafo anterior.

Resultando que la Asociación de Investigación de las Industrias de la Construcción (AIDICO) ha presentado la documentación pertinente y que en ella se acredita que cumple con las exigencias generales establecidas en el Real Decreto 230/1998 para su actuación en el ámbito reglamentario citado en lo referente al control de la fabricación de artificios pirotécnicos.

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos reglamentarios.

En su virtud, vistos el Reglamento de Explosivos y demás preceptos de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Primero.–Autorizar a la Asociación de Investigación de las Industrias de la Construcción (AIDICO), como Organismo de Control para la evaluación de la conformidad con los requisitos reglamentarios previstos por la Orden PRE/174/2007, Instrucción Técnica Complementaria 8, Especificación Técnica 8.06, para el control de la fabricación de artificios pirotécnicos.

Segundo.–La presente autorización de actuación tiene una validez hasta el 31 de julio de 2013, debiendo solicitarse su renovación dentro del período de tres meses anterior a dicha fecha.

Tercero.–Cualquier variación de las condiciones o requisitos, que sirvieron como base para la presente autorización, deberán comunicarse al día siguiente de producirse a esta Dirección General.

Cuarto.–Esta autorización se concede sin perjuicio de la necesidad de disponer de las restantes necesarias para el desarrollo de la actividad.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecido en la disposición final tercera del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos, pudiendo interponerse, ante la Dirección General de Política Energética y Minas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.

Madrid, 28 de septiembre de 2009.–El Director General de Política Energética y Minas, Antonio Hernández García.

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