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Documento BOE-A-2009-16290

Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Tratamientos selvícolas y mejora de hábitats en Andévalo y Ribera del Chanza, Huelva.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 12 de octubre de 2009, páginas 86292 a 86296 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-16290

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su anexo III.

El proyecto Tratamientos selvícolas y mejora de hábitats en Andévalo y Riberas del Chanza (Huelva), se encuentra en el último de los supuestos citados.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

Las actuaciones proyectadas en la presa del Andévalo, tiene por objeto restaurar los ecosistemas forestales degradados, luchar contra la desertificación, conservar los suelos y la cubierta vegetal existente y la prevención de incendios forestales. En cuanto a las actuaciones previstas en la Ribera del Chanza, con su ejecución se persigue la adecuación de un tramo de la denominada Ruta del Contrabando y la restauración ambiental del entorno de la Ribera del Chanza. Así mismo, y en el ámbito de las dos zonas citadas, se proponen actuaciones para fomentar la regeneración de la fauna silvestre existente, para ello se proyecta la construcción de vivares para mejorar las poblaciones de conejo, ya que esta especie es la base de la cadena trófica en la zona.

El proyecto que nos ocupa, afecta a los términos municipales de Puebla de Guzmán y Paymogo, dentro de la comarca del Andévalo (Huelva) en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las actuaciones que se llevarán a cabo en la presa del Andévalo son las siguientes:

a) Actuaciones para la regeneración vegetal con: Eliminación de matorral principalmente de jara, con el objetivo de reducir la competencia por agua y nutrientes con las masas forestales existentes y con las nuevas masas de reforestación. Con esta actuación además, se propicia la remoción del terreno y la eliminación de material combustible del monte. Según las zonas afectadas se realizará con motodesbrozadora o con buldózer.

Erradicación del eucaliptal existente, incluyendo su destoconado y la preparación del suelo para la implantación de la vegetación autóctona.

Eliminación de restos vegetales mediante su quema o astillado, según su tipo y origen.

Reforestación de zonas, realce y resalveo de encinas existentes y vallado de protección.

b) Actuaciones para la regeneración de la fauna silvestre para ello resulta imprescindible, la mejora del hábitat del conejo. Se propone la construcción de vivares, con la instalación de comederos y bebederos en cada uno de ellos. De igual manera, se construirán varias pantanetas para garantizar el recurso hídrico para la fauna presente.

c) Vigilancia para la prevención de incendios forestales se contratará una unidad de vigilancia para la prevención de incendios forestales y el mantenimiento de las obras.

Las actuaciones que se llevarán a cabo en la Ribera del Chanza son las siguientes:

a) Adecuación de la Ruta del Contrabando mediante: Apertura de la antigua senda con la excavación de forma manual de 3500 m, aumentado su anchura hasta los 1,5 m. Se aprovecharán los pasos entre los afloramientos rocosos existentes.

Construcción de pasos saltabarrancos en aquellas zonas donde existan barrancos o escorrentías que crucen la senda, consistentes en solera de hormigón armado con chapado de piedra natural. Se construirán un total de 8 pasos saltabarrancos.

Instalación de elementos rústicos para facilitar el uso público de la senda, se llevará a cabo la instalación de bancos de madera, paso de pescador, talanquera de madera y cartelería informativa y direccional. También se instalará una pasarela de madera para salvar uno de los barrancos.

b) Actuaciones para la regeneración vegetal tales como: Eliminación selectiva de matorral con motodesbrozadora, respetando el matorral noble, afectando a una franja paralela al sendero de entre 50 y 100 m de anchura. Los restos del desbroce serán apilados y posteriormente quemados.

Reforestación del entorno de la Ribera del Chanza, con especies propias del monte mediterráneo de las zonas previamente desprovistas de matorral. La nueva plantación se protegerá de manera individualizada con malla cinegética. De igual manera, también se colocará un nuevo vallado en algunas zonas de repoblación, resistente a los ungulados.

c) Actuaciones para la regeneración de la fauna silvestre para ello se crearán pastizales y fajas de cereal. Se construirán un total de 13 vivares artificiales con sus comederos y bebederos, donde serán soltados 110 ejemplares de conejo.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2008, la Confederación Hidrográfica del Guadiana remite, con fecha 19 de febrero de 2009, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Con fecha 20 de marzo de 2009 se solicitó al organismo de cuenca, el envío de 16 copias de la documentación ambiental presentada, con el objeto de iniciar la fase de consultas previas a instituciones previsiblemente afectadas. Con fecha 26 de marzo de 2009, se reciben los ejemplares de la documentación ambiental previamente solicitados.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 14 de abril de 2009, solicitó informe a los siguientes organismos e instituciones:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

X

Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía

X

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía

Ayuntamiento de Paymogo (Huelva)

Ayuntamiento de Puebla de Guzmán (Huelva)

WWF/Adena

S.E.O. /BirdLife

Ecologistas en Acción de Andalucía

Greenpeace

Federación Andaluza de Asociaciones de Defensa de la Naturaleza

De las contestaciones a las consultas destacan las siguientes cuestiones:

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente. Junta de Andalucía adjunta el informe favorable de su Delegación Provincial de Huelva, donde se expone que las actuaciones se realizarán dentro de los LICs Andévalo Occidental (ES 6150010) y Ribera del Chanza (ES 6150022); menciona la presencia en la zona de diversos hábitats protegidos. Indica que la zona es de importancia lincera, con abundante población de conejos para el águila imperial y es el hábitat ideal para la nutria. Considera que las actuaciones proyectadas son positivas para los hábitats existentes. Durante el desarrollo del proyecto, exige el cumplimiento de las siguientes medidas:

En el destoconado de los pies de eucalipto, y en la realización de los saltabarrancos, se procurará alterar lo menos posible las márgenes de las riberas. Parte de los tocones de eucaliptos se amontonarán en puntos concretos, para su uso por parte de los conejos.

Las especies utilizadas en la reforestación deberán ser autóctonas y propias del lugar.

La cartelería informativa y direccional se llevará a cabo según el Manual de Señalización de Uso Público de Espacios Naturales de Andalucía.

El promotor después de analizar este informe, mediante oficio fechado el 17 de julio de 2009, asume plenamente el cumplimiento del ya referido condicionado ambiental.

La Delegación Provincial de Huelva. Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura. Junta de Andalucía no estima necesario realizar informe técnico, ya que las obras se concretan en espacios donde no se prevé afección al patrimonio. No obstante, expone que si durante la realización del proyecto se produjera un hallazgo arqueológico casual, será obligada su comunicación urgente a esta Delegación Provincial tal como se establece en el Decreto 19/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en la ley 14/2007, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008.

Características del proyecto. Las actuaciones proyectadas, tienen como objetivos principales restaurar ecosistemas degradados; la prevención de incendios forestales; la adecuación para el uso público de un tramo de la Ruta del Contrabando y fomentar la regeneración de la fauna silvestre existente.

Teniendo en cuenta la naturaleza de la actuación proyectada y sus dimensiones, no se prevén aumentos significativos ni en la utilización de recursos naturales, ni en la generación de residuos. Asimismo, con la ejecución del proyecto no se prevé un incremento de la contaminación ni del riesgo de accidentes.

Ubicación del proyecto. Las actuaciones proyectadas se localizan en los LICs Andévalo Occidental (ES 6150010) y Ribera del Chanza (ES 6150022), albergando hábitats y especies faunísticas protegidas, aunque no se prevé que puedan sufrir afecciones significativas. Cercana a la zona de actuación, se encuentra la IBA nº 264 Andévalo Occidental.

Según expone el promotor, con el desarrollo de las actuaciones no se producirán afecciones sobre bienes de interés cultural. De igual manera, se incide en que no se va a producir cambio alguno en el uso actual del suelo y se considera alta la capacidad de carga del medio para acoger dicha actuación. No existen en la zona áreas de gran densidad demográfica, ni paisajes relevantes que pudieran verse afectados.

Características del potencial impacto. Durante la fase de construcción se producirán afecciones ambientales de ámbito local, restringido y recuperable, debidas principalmente al desbroce y eliminación de arbolado y matorral, al tránsito de vehículos y al funcionamiento de maquinarias y a la quema de residuos vegetales producidos, que serán mitigadas con el cumplimiento de las medidas correctoras y protectoras contempladas en la documentación ambiental presentada y del condicionado ambiental impuesto por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. La ejecución del proyecto no supondrá una reducción significativa de la calidad y capacidad de los recursos naturales del área de actuación. En la documentación presentada, se contemplan diversas medidas tendentes a la integración ambiental del proyecto.

Una vez finalizadas las actuaciones proyectadas, se prevén efectos positivos sobre la zona de estudio, ya que se habrá comenzado la restauración de diversos ecosistemas degradados, favoreciendo a su vez la regeneración de la fauna silvestre presente y habilitando al uso público un nuevo tramo de la denominada Ruta del Contrabando.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.mamr.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contando desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia de Madrid.

Madrid, 28 de septiembre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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