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Documento BOE-A-2009-13541

Resolución de 23 de julio de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial correspondiente al año 2009 del VIII Convenio colectivo de Schweppes, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 15 de agosto de 2009, páginas 70541 a 70564 (24 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2009-13541
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2009/07/23/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2009 del VIII Convenio colectivo de la empresa Schweppes, S.A. (Código de Convenio n.º 9008652), publicado en el BOE de 24 de octubre de 2008, revisión salarial que fue suscrita, con fecha 29 de enero de 2009, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de julio de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ANEXO II
Tabla de horas extras y festivos para 2009 (en euros)
Central-Madrid
Personal jornada trabajo diurno

Categorías

Coefic.
salarial

H. extras

Festivos

Peones

100

13,62

95,33

Subalternos

110

14,98

104,87

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

15,67

109,65

Oficiales 2ª

120

16,34

114,42

Oficiales 1ª

130

17,71

123,94

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

19,07

133,49

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

23,15

162,07

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

27,24

190,69

Madrid-Área centro
Personal jornada trabajo diurno

Categorías

Coefic.
salarial

H. extras

Festivos

Peones

100

14,85

103,94

Subalternos

110

16,39

114,77

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

17,12

119,85

Oficiales 2ª

120

17,87

125,09

Oficiales 1ª

130

19,37

135,57

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

20,83

145,83

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

25,27

176,89

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

29,76

 208,32

Personal jornada trabajo nocturno

Categorías

Coefic.
salarial

H. extras

Festivos

Peones

100

18,53

129,57

Subalternos

110

20,35

142,48

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

21,22

144,93

Oficiales 2ª

120

22,20

155,41

Oficiales 1ª

130

24,04

168,33

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

25,93

181,53

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

31,44

220,13

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

36,98

258,90

Galaico-Astur
Personal jornada trabajo diurno y nocturno

Categorías

Coefic. salarial

H. extras

Festivos comercial

Festivos industrial

Peones

100

13,57

146,09

175,32

Subalternos

110

14,91

146,09

175,32

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

15,23

142,53

171,05

Oficiales 2ª

120

16,23

146,09

175,32

Oficiales 1ª

130

17,64

146,09

175,32

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18,94

146,09

175,32

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

0,00

0,00

0,00

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

0,00

0,00

0,00

Andalucía occidental
Personal jornada trabajo diurno

Categorías

Coefic.
salarial

H. extras

Festivos

Peones

100

12,02

84,20

Subalternos

110

13,25

92,79

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

13,84

96,88

Oficiales 2ª

120

14,44

101,02

Oficiales 1ª

130

15,66

109,57

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

16,83

117,88

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

20,43

143,04

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

24,07

168,39

Personal jornada trabajo nocturno

Categorías

Coefic.
salarial

H. extras

Festivos

Peones

100

14,95

104,69

Subalternos

110

16,45

115,14

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

17,18

120,18

Oficiales 2ª

120

17,94

125,62

Oficiales 1ª

130

19,43

136,08

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

20,97

146,75

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

25,45

178,06

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

29,91

209,25

ANEXO III
Salarios de convenio 2009 (euros)

Categorías

Coef.
salar.

Periodos

Salario basede convenio

Plus de
convenio

Retribución
de convenio

Aprendiz.

61

Anuales

6.699,97

2.355,63

9.055,59

Mensuales

418,75

147,22

565,98

Diarios

13,81

4,86

18,67

Peones.

100

Anuales

10.983,54

3.861,66

14.845,22

Mensuales

686,48

241,35

927,82

Diarios

22,65

7,96

30,61

Subalternos.

110

Anuales

12.081,90

3.510,62

15.592,52

Mensuales

755,12

219,41

974,53

Diarios

24,91

7,24

32,15

Ayudantes, espec. y aux. adtivos.

115

Anuales

12.631,07

3.357,97

15.989,04

Mensuales

789,45

209,87

999,31

Diarios

26,04

6,92

32,97

Oficiales 2ª.

120

Anuales

13.180,27

3.218,05

16.398,31

Mensuales

823,76

201,13

1.024,88

Diarios

27,18

6,64

33,81

Oficiales 1ª.

130

Anuales

14.278,60

2.970,50

17.249,10

Mensuales

892,42

185,65

1.078,06

Diarios

29,44

6,12

35,57

Enc., grupo y capataces.

140

Anuales

15.376,95

2.758,33

18.135,27

Mensuales

961,06

172,40

1.133,46

Diarios

31,71

5,69

37,39

E. sección, jefe sección, y tec. Tit. Medios.

170

Anuales

18.672,02

2.271,58

20.943,60

Mensuales

1.167,00

141,97

1.308,97

Diarios

38,50

4,68

43,18

Encargado general, Jefe de departamento y tec. Tit. Superior.

200

Anuales

21.967,10

1.930,83

23.897,93

Mensuales

1.372,94

120,67

1.493,63

Diarios

45,29

3,98

49,27

ANEXO IV
Tabla cálculo antigüedad para 2009 (euros)

Categorías

Coef.
salar.

Base
anual

Base
mensual

Base
diaria

Peones

100

8.578,11

536,13

17,69

Subalternos

110

9.435,93

589,74

19,46

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

9.864,84

616,56

20,34

Oficiales 2ª

120

10.293,75

643,36

21,22

Oficiales 1ª

130

11.151,56

696,97

22,99

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

12.009,39

750,59

24,76

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

14.582,82

911,43

30,07

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

17.156,26

1.072,26

35,37

ANEXO V
Antigüedad 2009

Años
empresa

F. ingreso

%
Antigüe.

2

2.007

5%

3

2.006

5%

4

2.005

10%

5

2.004

10%

6

2.003

10%

7

2.002

16%

8

2.001

16%

9

2.000

16%

10

1.999

22%

11

1.998

22%

12

1.997

22%

13

1.996

28%

14

1.995

28%

15

1.994

28%

16

1.993

34%

17

1.992

34%

18

1.991

34%

19

1.990

40%

20

1.989

40%

21

1.988

40%

22

1.987

46%

23

1.986

46%

24

1.985

46%

25

1.984

52%

26

1.983

52%

27

1.982

52%

28

1.981

58%

29

1.980

58%

30

1.979

58%

31

1.978

64%

32

1.977

64%

33

1.976

64%

34

1.975

70%

35

1.974

70%

36

1.973

70%

ANEXO VI
Tabla cálculo nocturnidad 2009 (euros)

Categorías

Coefic.
salarial

Base
anual

Base
mensual

Base
diaria

Peones

100

14.845,20

1.237,09

40,67

Subalternos

110

15.592,51

1.299,38

42,72

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

15.989,05

1.332,42

43,81

Oficiales 2ª

120

16.398,28

1.366,53

44,93

Oficiales 1ª

130

17.249,10

1.437,43

47,26

Enc. Grupo, y Capataces Turno

140

18.135,27

1.511,27

49,69

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios

170

20.943,60

1.745,30

57,38

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior

200

23.897,92

1.991,50

65,47

ANEXO VII
Prima de producción mensual para 2009 (euros)

La Prima de Producción está establecida para el personal de Industrial y todos aquellos trabajadores que habitualmente vienen percibiéndola con la categoría de Peones, Ayudantes Especialistas, Oficiales 2ª, Oficiales 1ª, Encargado de Grupo y Encargado de Sección, fijándose la cuantía mensual para cada una de las citadas categorías en la Tabla que a continuación se detalla:

% Rend.
mensual

100

Coef.
110-115

Coef.
120

Coef.
130

Coef.
140

Coef.
170

85

237,74

242,64

250,13

262,98

276,94

317,53

86

266,31

266,95

272,49

286,56

300,57

346,15

87

271,06

274,23

277,57

291,84

302,40

352,47

88

275,85

279,06

282,56

297,13

311,12

358,83

89

280,57

283,92

287,59

302,36

316,39

365,19

90

285,33

288,76

292,57

307,67

321,70

371,55

91

321,52

325,28

327,51

344,44

329,37

415,93

92

328,45

330,29

332,63

349,80

364,12

422,42

93

335,23

335,80

337,77

355,14

369,46

428,97

94

340,61

342,69

351,97

363,19

377,61

438,69

95

344,60

347,63

350,52

368,60

382,91

445,18

96

384,28

385,65

386,44

405,48

420,09

489,67

97

389,34

390,76

391,42

410,90

425,48

496,26

98

395,98

396,35

396,93

416,45

431,10

502,92

99

401,21

401,40

401,97

421,91

436,53

509,50

100

406,30

406,41

407,05

427,36

441,94

516,12

ANEXO VIII
Tabla de incentivos a empleados para 2009 (euros)

Categorías

Coef.
salar..

Cuantía
anual

Cuantía
mensual

Cuantía
diaria

Aprendiz.

61

4.454,33

371,20

12,20

Peones.

100

4.875,42

406,29

13,36

Subalternos.

110

4.876,99

406,41

13,36

Ayudantes Espec., y Aux. Adtivos.

115

4.876,99

406,41

13,36

Oficiales 2ª.

120

4.884,61

407,05

13,38

Oficiales 1ª.

130

5.131,07

427,59

14,06

Enc. Grupo, y Capataces Turno.

140

5.384,76

448,73

14,75

Enc. Sección, Jefes Sección, y Tec. Tit. Medios.

170

6.208,63

517,38

17,01

Enc. General, Jefes Departam., y Tec. Tit. Superior.

200

7.111,49

592,62

19,48

ANEXO IX
Sistema de Retribución Variable Incentivos de Ventas 2009
1. Objetivo

Regular la operativa y procedimientos del Sistema de Retribución Variable Incentivos de la Red Comercial de Schweppes, S.A.

2. Ámbito

Afecta a los siguientes colectivos de la Red de Ventas:

Grupo I: Vendedores de Hostelería Directo, Gestores de Punto de Venta de Alimentación.

Grupo II: Promotores de Indirecto Dirigido, Promotores de Indirecto Tradicional. Excepcionalmente Personal de Hostelería y Alimentación asimilado.

Grupo III: KA Regionales y KAR Noche de Hostelería.

Grupo IV: Trade Marketing Regional, Jefes de Venta Campo de Alimentación, Gestores de Cuentas de Alimentación. Excepcionalmente personal de Hostelería y Alimentación asimilado.

3. Vigencia

La norma tiene efectos desde el 1 de Enero de 2009 a 31 de Diciembre 2009.

4. Definición de conceptos

Objetivo Individual: aquellos medibles en función de la responsabilidad individual de cada uno de los trabajadores.

Objetivo Gerencia: programa correspondiente a una Gerencia determinada. En el caso del KA Regional y del Trade Marketing Regional, será el área Regional en lugar de la Gerencia.

Objetivo Nacional: programa del canal nacional alimentación.

Objetivo Grupal: programa de venta neta ampliada a nivel regional (hostelería) y nacional (alimentación).

Región: corresponde a cada una de las seis Regiones geográficas:

 

Región Centro

Región Norte

Región Levante Balear

Región Galas

Región Noreste

Región Sur

Dependencia: corresponde a una Gerencia de ventas o a un área Regional en el caso de los Trade Marketing Regionales.

Volumen: la unidad de medida son litros, a excepción del volumen Schweppes rellenable 200ml, Paolo Cristal, Pink-fish y Vida que será en cajas.

Venta Neta: venta bruta menos descuento fijo promocional y rappel.

Margen Bruto: incluye venta bruta menos descuentos fijos, promociones, rappel, trade promo, acuerdos de colaboración, valor añadido, descuento pronto pago, costes variables de producción (valorados a estándar), transporte y distribución.

5. Bases de percepción anual: Tablas - Anexos I a VIII

Anexo I: Vendedores de Hostelería Directo.

Anexo II: Promotores de Indirecto Dirigido. Promotores de Indirecto Tradicional. Excepcionalmente Personal de Hostelería asimilado.

Anexo III: KA Regionales y KAR Noche Hostelería.

Anexo IV: Trade Marketing Regional. Excepcionalmente Personal de Hostelería asimilado.

Anexo VI: Gestores Punto de Venta de Alimentación.

Anexo VII: Excepcionalmente Personal de Alimentación Asimilado.

Anexo VIII: Jefes de Venta Campo de Alimentación. Gestores de Cuentas de Alimentación. Excepcionalmente personal de Alimentación asimilado.

6. Normas comunes

I. En el sistema de incentivos se contemplan los criterios y elementos objetivos necesarios que permitan ofrecer las suficientes garantías respecto a las posibilidades reales de consecución de los objetivos marcados, para ello la Comisión de Seguimiento, formada por 4 miembros designados por el Comité Intercentros y 4 miembros por la Dirección de la Empresa, se encargará de supervisar la adecuada aplicación del sistema de incentivos, así como de garantizar que dichos criterios y elementos objetivos no sean objeto de futuras modificaciones arbitrarias.

II. Las partes se comprometen a mantener los principios y ejes fundamentales conformadores del nuevo sistema de incentivos, creado en el 2005, y acuerdan que para los años 2008 y 2009, una vez contrastado durante el 2007 el funcionamiento del sistema de incentivos, se negociarán las medidas conducentes a continuar aproximando el peso del variable respecto a la retribución total del personal comercial existente en nuestro sector (20 - 25%.)

III. En los supuestos de Incapacidad Temporal (enfermedad y accidente) superiores a 30 días de duración, del resultado de ventas trimestrales y regularización anual, se abonará la parte proporcional correspondiente al período de alta del trimestre y/o año.

IV. A efectos de Regularización Anual, se considerarán a trámite las incidencias en las que si el 75% del año el Comercial ha estado en una nueva responsabilidad, se le medirá por el Total del año de la nueva responsabilidad.

V. De manera excepcional, en los siguientes casos, el resultado del año anterior se establecerá como el 97% del valor del programa:

Si el programa es inferior al año anterior, se establecerá el 97% del programa como resultado del año anterior.

Si el programa es superior al 4% del año anterior, se establecerá el 97% del programa como año anterior.

Cuando no exista referencia válida de año anterior, se considerará como año anterior el 97% del programa.

7. Composición y definición de objetivos

7.1 Objetivos canal horeca.

7.1.1 Objetivo de Medición Individual.

Key account regional.

El peso del objetivo individual es del 90% sobre el total del incentivo para la categoría de KA Regional, siendo su composición la siguiente:

Peso 30% - Venta neta CC.NN. área regional.

Peso 20% - Venta neta CC.RR. propias.

Peso 15% - Volumen total CC.NN. área regional

Peso 25% - Volumen total Impulso área regional.

Key account regional noche.

Los KAR Noche tendrán los mismos objetivos y pesos que los promotores noche.

Promotor indirecto dirigido y promotor indirecto tradicional.

El peso del objetivo individual es del 80% sobre el total del incentivo para las categorías de Promotor ID y Promotor IT, siendo su composición la siguiente:

Peso 35% - Volumen en cajas Sch rell 200ml. *(1) de su objetivo individual. (1) En noche el objetivo es sobre Sch rell 200 ml. + Paolo.

Peso 25% - Volumen en cajas Paolo Cristal *(2) de su objetivo individual. *(2) En noche el objetivo es sobre Pink-Fish + Vida.

Peso 20% - Volumen en litros de su objetivo individual (excluido el volumen de lanzamientos no presupuestado en área ni en programas individuales).

Vendedor de directo.

El peso del objetivo individual es del 100% sobre el total del incentivo para la categoría de Vendedor de Directo, siendo su composición la siguiente:

Peso 35% - Volumen en cajas Sch rell 200ml. *(1) de su objetivo individual. (1) En noche el objetivo es sobre Sch rell 200 ml. + Paolo.

Peso 25% - Volumen en cajas Paolo Cristal *(2) de su objetivo individual. *(2) En noche el objetivo es sobre Pink-Fish + Vida.

Peso 20% - Volumen en litros de su objetivo individual (excluido el volumen de lanzamientos no presupuestado en área ni en programas individuales).

Peso 20% - Venta Neta del programa individual de preventa.

Los objetivos individuales se establecerán y medirán de la siguiente manera:

Gerente: por la suma de los programas de ventas de los distribuidores bajo su responsabilidad (SAP).

KA Regional: por el programa de ventas área regional (SAP).

KAR. Noche: por el programa de ventas de su «set de clientes» (SAP).

Vendedor de Directo: por programa de preventa.

Promotor de Indirecto Dirigido e Indirecto Tradicional: por programa de ventas de los distribuidores asignados (SAP).

Los objetivos de medición individual serán la suma de los valores de los programas de rutas (preventa o programa de distribuidores SAP) responsabilidad de cada persona.

7.1.2 Objetivo de Medición Gerencia ó Área Regional.

Key account regional.

El peso del objetivo de Medición Área Regional será del 10% sobre el total del incentivo para las categorías de KA Regional, con el siguiente peso:

Peso 10% - Venta Neta Área Regional.

Promotor ID y promotor IT.

El peso del objetivo de Medición Gerencia será del 20% sobre el total del incentivo para las categorías de Promotor de Indirecto Dirigido y Promotor de Indirecto Tradicional, con el siguiente peso:

Peso 20% - Programa de Venta Neta de la Gerencia.

Trade marketing regional.

El peso del objetivo de Medición de Área Regional será del 100% sobre el total del incentivo para la categoría de Trade Marketing, con la siguiente composición:

Peso 10% - Cuota tónica 200ml. rellenable área Regional *(1). *(1) Centro referenciada a AMM y Catalana a AMB.

Peso 30% - Volumen Sch 200ml rellenable y Paolo cristal regional.

Peso 10% - Cuota horeca área regional *(1).

Peso 50% - Distribución numérica interna.

10% Tónica rellenable 200 ml.

10% Trina 250 ml.

10% T! 250 ml.

10% Spirit naranja rellenable 200 ml.

10% Spirit limón rellenable 200 ml.

La medición de estos objetivos se llevará a cabo para Promotor I.D. e I.T. por SAP, KA Regional por SAP y Trade Marketing por SAP estadística de venta, datos preventa + Iris y Nielsen en su área Regional.

En relación con los objetivos medidos por Gerencia, cuando un empleado tenga más del 75% de peso en una de las Gerencias de su ámbito de responsabilidad, dicho objetivo se medirá exclusivamente por la Gerencia de mayor peso.

7.1.3 Objetivo Grupal.

El objetivo grupal de todas las categorías se regularizará y abonará a final de año como consecuencia del cumplimiento del 101% del objetivo, no siendo necesario haber cubierto los objetivos individuales o de gerencia, área regional o nacional.

Objetivo para todas las categorías: Venta Neta ampliada de la región. Se entiende por venta neta ampliada la venta bruta menos descuentos fijos, promocional, rappel, trade promo, descuentos por pronto pago acuerdos colaboración y valor añadido.

 

7.2 Objetivos canal alimentación.

7.2.1 Objetivo de Medición Individual.

Gestores de cuentas locales.

El peso del objetivo individual es del 100% sobre el total del incentivo para la categoría de Gestor de Cuenta Local, siendo su composición la siguiente:

Peso 30% - Venta neta de sus cuentas locales.

Peso 25% - Volumen Schweppes del programa de sus cuentas locales.

Peso 25% - Volumen marcas Trina del programa de sus cuentas locales.

Peso 20% - Volumen La casera (gaseosa y tinto) de sus cuentas locales.

Gestores punto de venta.

El peso del objetivo individual es del 20% sobre el total del incentivo para la categoría de Gestor de Punto de Venta, siendo su composición la siguiente:

Peso 20%: exposición controlada en los clientes (información capturas PDA).

La medición de estos objetivos será por ámbito individual, SAP y resultado económico.

7.2.2 Objetivo de Medición Nacional.

Gestores punto de venta.

El peso del objetivo de Medición Nacional será del 80% sobre el total del incentivo para las categorías de Gestor de Punto de Venta, con el siguiente peso:

Peso 40%: Programa de Volumen Schweppes del Canal Alimentación.

Peso 40%: Programa de Volumen marcas Trina (Clásico, Colada, T! y Vital) del Canal Alimentación.

Jefes de venta campo.

El peso del objetivo de Medición Nacional será del 100% sobre el total del incentivo para las categorías de Jefe de Venta Campo, con el siguiente peso:

Peso 25%: Programa de Volumen Schweppes del Canal Alimentación.

Peso 25%: Programa de Volumen Trina (Clásico, Colada, T! y Vital) del Canal Alimentación.

Peso 20%: Programa de Volumen La Casera (gaseosa y tinto) del Canal Alimentación.

Peso 30%: Programa de Venta Neta del Canal Alimentación

La medición de estos objetivos de Volumen y Venta Neta será por ámbito nacional canal Alimentación, SAP y resultado económico.

7.2.3 Objetivo de Medición Grupal.

El objetivo grupal de todas las categorías se regularizará y abonará a final de año como consecuencia del cumplimiento del 101% del objetivo, no siendo necesario haber cubierto los objetivos individuales o de gerencia, área regional o nacional.

Objetivo para todas las categorías: Venta Neta ampliada total canal. Se entiende por venta neta ampliada la venta bruta menos descuentos fijos, promocional, rappel, trade promo, descuentos por pronto pago acuerdos colaboración y valor añadido.

 
Cuadro resumen incentivos 2009 - Hostelería

A) Objetivos regulares:

KA regional: 90% individual y 10% regional.

 

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Venta neta CC.NN. área regional.

I

30

Ventas SAP área.

Venta neta CC.RR. propias.

I

20

Ventas SAP cuentas regionales.

Venta neta Región.

C

10

Ventas SAP cuentas regionales.

Volumen Total CC.NN. área regional.

I

15

Volumen SAP área regional.

Volumen Impulso Región.

I

25

Volumen SAP Impulso.

KA regional noche: 80% individual y 20% gerencia.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Volumen litros total.

I

20

Ventas SAP de «set clientes».

Volumen cajas Sch rellenable 200 ml +Paolo.

I

35

Ventas SAP de «set clientes».

Volumen cajas Pink Fish+Vida.

I

25

Ventas SAP de «set clientes».

Venta neta grupal de la gerencia

C

20

Ventas SAP de su gerencia.

Promotor: 80% individual y 20% gerencia.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Volumen litros total.

I

20

Ventas SAP del distribuidor/es.

Volumen cajas Schweppes rellenable 200 ml *(1).

I

35

Ventas SAP del distribuidor/es.

Volumen cajas Paolo cristal *(2).

I

25

Ventas SAP del distribuidor/es.

Venta neta grupal de la gerencia.

C

20

Ventas SAP de su gerencia.

*(1) Promotores noche el objetivo es Schweppes rellenable 200 ml+Paolo Cristal.

*(2) Promotores noche el objetivo es Pink-Fish+Vida.

Vendedor directo: 100% individual.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Volumen litros total.

I

20

Ruta de preventa (mercado).

Volumen cajas Schweppes rellenable 200 ml *(1).

I

35

Ruta de preventa (mercado).

Volumen cajas Paolo Cristal *(2).

I

25

Ruta de preventa (mercado).

Venta neta individual.

I

20

Ruta de preventa (mercado).

*(1) Vendedores directo noche el objetivo es Schweppes rellenable 200 ml+Paolo Cristal.

*(2) Vendedores directo noche el objetivo es Pink-Fish+Vida.

Representante comercial: 100% individual.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Venta neta individual.

I

10

Ventas de sus rutas (mercado).

Volumen cajas Schweppes rellenable 200 ml *(1).

I

40

Ruta de preventa (mercado).

Volumen cajas Paolo cristal *(2).

I

20

Ruta de preventa (mercado).

Volumen litros total.

I

30

Ruta de preventa (mercado).

*(1) RC. noche el objetivo es Schweppes rellenable 200 ml+Paolo Cristal.

*(2) RC. noche directo noche el objetivo es Pink-Fish+Vida.

Trade Marketing: 100% área regional.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Cuota tónica 200 ml rellenable regional *(1).

C

10

Nielsen.

Volumen en litros Schw. 200 ml rellenable y Paolo Cristal.

C

30

STV (SAP estadística de venta).

Cuota horeca regional *(1).

C

10

Nielsen.

Distribución numérica interna (5 productos al 10%).

C

50

Datos preventa+Iris.

*(1) Centro referenciadas a AMM y Catalana a AMB.

10% Tónica rellenable 200 ml.

10% Trina 250 ml.

10% T¡ 250 ml.

10% Spirit naranja rellenable 200 ml.

10% Spirit limón rellenable 200 ml.

B) Objetivos grupales:

Para todas las categorías:

Objetivo: Venta neta ampliada región.

Medición: G.

Peso %: 100.

Sistema de medición: Venta SAP/Resultado económico.

I: Individual.

N: Nacional.

C: Gerencia/área regional.

G: Grupal.

Cuadro resumen incentivos 2009 - Alimentación

A) Objetivos regulares:

Gestor de cuentas locales y karegional: 100% individual.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Venta neta de sus cuentas.

I

30

Ventas SAP y resultado económico de sus cuentas.

Volumen Schweppes de sus cuentas.

I

25

Volumen SAP de sus cuentas.

Volumen marca Trina de sus cuentas.

I

25

Volumen SAP de sus cuentas.

Volumen de sus cuentas de La Casera (gaseosa y tinto).

I

20

Volumen SAP de sus cuentas.

Jefe de Ventas Campo: 100% canal nacional.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Volumen La Casera (gaseosa y tinto) del canal.

N

20

Volumen SAP.

Volumen marca Schweppes del canal.

N

25

Volumen SAP.

Volumen marca Trina del canal.

N

25

Volumen SAP.

Venta neta del total canal.

N

30

Ventas neta SAP/resultado económico.

 

Gestor punto de venta: 20% individual y 80% canal nacional.

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Volumen marca Schweppes.

N

40

Volumen SAP.

Volumen marcas Trina (T!, Trina y Vital Trina).

N

40

Volumen SAP.

Objetivo total exposición controlada.

I

20

Información capturas PDA.

B) Objetivos grupales:

Para todas las categorías:

 

Objetivo

Medición

Peso %

Sistema de medición

Venta neta ampliada del total canal.

G

100

Venta SAP/resultado económico.

8. Forma de pago

8.1 Regularización individual anual.

En cada ciclo que se cumpla el objetivo trimestral, se adelantará el porcentaje que le corresponda del importe anual en base 70% del objetivo trimestral, con los siguientes pesos según trimestres: 20% 1er Trimestre, 30% 2º Trimestre, 30%, 3er Trimestre. Estos pesos trimestrales serán de aplicación para todos los grupos.

Queda por tanto una bolsa del 44% (incluye el 4ª trimestre), más la consecución de la escala, que se abonará logrando el Objetivo Anual.

Los ciclos no cubiertos serán regularizables a final de año si se consiguiera el objetivo anual.

Los importes que se abonan por trimestre por el cumplimiento de objetivos se especifican en los anexos I al VIII según grupos.

8.2 Regularización grupal anual.

Si se cumpliera el incentivo grupal sería en un único pago anual y formará parte de la regularización anual individual en el supuesto de generarse liquidaciones negativas anuales.

9. Anexos

En los Anexos del I al VIII, se adjuntan las tablas individuales y grupales por cada grupo de colectivos de la red de ventas afectado por este Sistema de Incentivos.

Así mismo se adjunta como Anexo IX el documento de protocolo y gestión de Cambios.

Anexo I
Sistema de retribución variable incentivos de venta 2009
Grupo I. Hostelería

100% base de la percepción anual: 5.117,97 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

716,52 €

1.074,77 €

1.074,77 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

1.177,13 €

0,00 €

1.177,13 €

B

1.996,01 €

0,00 €

1.996,01 €

C

2.814,88 €

0,00 €

2.814,88 €

PPTO.

5.117,97 €

0,00 €

5.117,97 €

101%

5.962,54 €

153,74 €

6.116,29 €

102%

6.760,98 €

215,25 €

6.976,23 €

103%

7.441,89 €

276,74 €

7.718,63 €

104%

8.092,07 €

338,24 €

8.430,31 €

105%

8.696,12 €

399,73 €

9.095,85 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo II
Grupo II. Hostelería

100% base de la percepción anual: 5.821,76 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

815,05 €

1.222,57 €

122,57 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

1.339,01 €

0,00 €

1.339,01 €

B

2.270,49 €

0,00 €

2.270,49 €

C

3.201,97 €

0,00 €

3.201,97 €

PPTO.

5.821,76 €

0,00 €

5.821,76 €

101%

6.865,86 €

341,66 €

7.207,52 €

102%

7.807,45 €

478,32 €

8.285,77 €

103%

8.765,45 €

614,97 €

9.380,42 €

104%

9.655,12 €

751,64 €

10.406,76 €

105%

10.442,29 €

888,30 €

11.330,58 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

 

Grupo III. Hostelería

100% base de la percepción anual: 7.549,28 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

1.056,90 €

1.585,35 €

1.585,35 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

1.736,33 €

0,00 €

1.736,33 €

B

2.944,22 €

0,00 €

2.944,22 €

C

4.152,10 €

0,00 €

4.152,10 €

PPTO.

7.549,28 €

0,00 €

7.549,28 €

101%

8.921,16 €

478,98 €

9.400,14 €

102%

10.149,35 €

670,58 €

10.819,92 €

103%

11.431,16 €

862,16 €

12.293,32 €

104%

12.617,17 €

1.053,75 €

13.670,92 €

105%

13.659,47 €

1.245,34 €

14.904,81 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo IV
Grupo IV. Hostelería

100% base de la percepción anual: 9.078,43 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

1.270,98 €

1.906,47 €

1.906,47 €

 

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

2.088,03 €

0,00 €

2.088,03 €

B

3.540,58 €

0,00 €

3.540,58 €

C

4.993,13 €

0,00 €

4.993,13 €

PPTO.

9.078,43 €

0,00 €

9.078,43 €

101%

10.737,42 €

594,48 €

11.331,89 €

102%

12.218,07 €

832,27 €

13.050,34 €

103%

13.779,85 €

1.070,06 €

14.849,91 €

104%

15.222,72 €

1.307,85 €

16.530,56 €

105%

16.487,24 €

1.545,64 €

18.032,88 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo VI
Grupo I. Alimentación

100% base de la percepción anual: 5.117,97 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

716,52 €

1.074,77 €

1.074,77 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

1.177,13 €

0,00 €

1.177,13 €

B

1.996,01 €

0,00 €

1.996,01 €

C

2.814,88 €

0,00 €

2.814,88 €

PPTO.

5.117,97 €

0,00 €

5.117,97 €

101%

5.962,54 €

153,74 €

6.116,29 €

102%

6.760,98 €

215,25 €

6.976,23 €

103%

7.441,89 €

276,74 €

7.718,63 €

104%

8.092,07 €

338,24 €

8.430,31 €

105%

8.696,12 €

399,73 €

9.095,85 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo VII
Grupo II. Alimentación

100% base de la percepción anual: 5.821,76.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

815,05 €

1.222,57 €

1.222,57 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

1.339,01 €

0,00 €

1.339,01 €

B

2.270,49 €

0,00 €

2.270,49 €

C

3.201,97 €

0,00 €

3.201,97 €

PPTO.

5.821,76 €

0,00 €

5.821,76 €

101%

6.865,86 €

341,66 €

7.207,52 €

102%

7.807,45 €

478,32 €

8.285,77 €

103%

8.765,45 €

614,97 €

9.380,42 €

104%

9.655,12 €

751,64 €

10.406,76 €

105%

10.442,29 €

888,30 €

11.330,58 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo VIII
Grupo IV. Alimentación

100% base de la percepción anual: 9.078,43 €.

Peso trimestral

70% cobro trimestral

1T
20%

2T
30%

3T
30%

Máximo trimestral

1.270,98 €

1.906,47 €

1.906,47 €

Tabla de consecución objetivo anual:

Consecución

Total individual+colectivo o nacional

Grupal

Total

AA-A

2.088,03 €

0,00 €

2.088,03 €

B

3.540,58 €

0,00 €

3.540,58 €

C

4.993,13 €

0,00 €

4.993,13 €

PPTO.

9.078,43 €

0,00 €

9.078,43 €

101%

10.737,42 €

594,48 €

11.331,89 €

102%

12.218,07 €

832,27 €

13.050,34 €

103%

13.779,85 €

1.070,06 €

14.849,91 €

104%

15.222,72 €

1.307,85 €

16.530,56 €

105%

16.487,24 €

1.545,64 €

18.032,88 €

Aclaraciones:

1. El valor (A) corresponde al resultado del año anterior de los diferentes objetivos y con el peso que les afecte.

2. Los valores (B) y (C) son puntos intermedios entre (A) y el presupuesto repartidos proporcionalmente.

3. Los pagos trimestrales por cumplimiento del nivel 100 o superior de los objetivos, serán en tres trimestres y con un máximo de un 56 %.

Se regularizará a final de año incluyendo el cuarto trimestre.

4. El objetivo grupal será abonado a final de año según el nivel de cumplimiento.

Anexo IX

Procedimiento de Petición de cambios.

En caso de cambio de responsabilidad, o disconformidad con los datos facilitados se usará la plantilla que se acompaña en la norma, «solicitud modificación ámbito de responsabilidad».

Será rellenada por el Comercial afectado con su Jefe de Ventas. El Jefe de Ventas será quien la entregue a su Gerente, y éste al Director de Hostelería de la Región o Director de Alimentación que corresponda, con los comentarios y observaciones que cada uno de ellos considere convenientes.

El Director Comercial responsable, junto con el Controller de Finanzas y el Gerente de RRHH del Área, una vez informada y firmada enviará la solicitud al Dpto. de RRHH de Central desde donde se someterá dicha solicitud a los miembros de la Comisión Paritaria de Control que, aplicando los acuerdos y criterios vigentes, procederá o no a las modificaciones solicitadas.

La decisión adoptada se comunicará a los Responsables de Comercial, Finanzas y RRHH de las Áreas para su transmisión a los interesados.

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Anexo X
Dietas para 2009 (euros)

Coeficientes salariales

Perceptores

Cuantía de la dieta y clase de alojamiento

Nivel D:

 

 

100-110-115-120 y 130

Personal encuadrado laboralmente en los coeficientes detallados.

48,47 euros/trabajador/día efectivo de trabajo y gastos de pernocta.

Nivel C:

 

 

140 y 170

Personal encuadrado laboralmente en los coeficientes detallados.

55,35 euros/trabajador/día efectivo de trabajo y gastos de pernocta.

Nivel B:

 

 

200

Personal encuadrado laboralmente en el coeficiente detallado.

62,30 euros/trabajador/día efectivo de trabajo y gastos de pernocta.

Nivel A:

 

 

200

Personal encuadrado laboralmente en el coeficiente detallado.

Abono total de los gastos efectuados y del alojamiento en hotel.

Media dieta para 2009 (euros)

Coeficientes salariales

Perceptores

Cuantía de la media dieta

Nivel D:

 

 

100-110-115-120 y 130

Personal encuadrado laboralmente en los coeficientes detallados.

24,23 euros/trabajador/día efectivo de trabajo.

Nivel C:

 

 

140 y 170

Personal encuadrado laboralmente en los coeficientes detallados.

27,68 euros/trabajador/día efectivo de trabajo.

Nivel B:

 

 

200

Personal encuadrado laboralmente en el coeficiente detallado.

31,14 euros/trabajador/día efectivo de trabajo.

Ayuda a comidas 2009

Coeficientes salariales

Perceptores

Cuantía de la ayuda a comidas trabajador/día efectivo de trabajo

Centro trabajo zona

Ventas y/o distribución en rutas de plaza

100-110-115

Vendedores.

11,21 €

Centro.

120-130-140

Promotores.

11,21 €

Catalana.

170-200

Inspectores.

11,45 €

Aragón.

 

Jefes de Ventas.

12,54 €

Balear.

 

 

11,21 €

Levante.

 

 

13,68 €

Norte.

 

 

11,21 €

Galaico/Astur.

 

 

11,21 €

And. occidental.

 

 

11,21 €

And. oriental-Mál.

 

 

11,45 €

Granada y Jaén.

Ventas y/o distribución en rutas de zona provincial

100-110-115

Vendedores.

11,21 €

Centro-Valladolid-Salamanca-Albacete.

120-130-140

Promotores.

11,45 €

Catalana.

170-200

Inspectores.

14,51 €

Aragón.

 

Jefes de Ventas.

12,54 €

Balear.

 

 

13,68 €

Levante.

 

 

13,68 €

Norte.

 

 

12,80 €

Galaico/Astur.

 

 

13,42 €

And. occidental y Mérida.

 

 

11,21 €

And. oriental-Mál.

 

 

11,45 €

Granada y Jaén.

Otros conceptos año 2009

Conceptos

Precio/hora

Precio
día/efectivo

Precio anual

Toxicidad

0,40

 

 

Puntualidad/asistencia

 

 

183,56

Plus transporte

 

1,81

 

Quebranto moneda

 

 

562,45

Ayuda guardería

 

 

225,10

Ayuda escolar

 

 

233,83

Economato laboral

 

 

24,21

Prestación por hijo

 

 

163,89

Prestación cónyuge

 

 

467,70

Nupcialidad

 

 

792,59

Natalidad

 

 

316,73

Disminuidos

 

 

3.167,25

Paquete navidad

 

 

145,40

Becas bachiller y f.p.

 

 

518,69

Becas e. superiores

 

 

857,35

Baja def. inv.-55%

 

 

36.900,00

Baja def. inv.-75%

 

 

24.600,00

Baja def. inv.-55% entre 6 y 12 I.T.

 

 

39.975,00

Baja def. inv.-75% entre 6 y 12 I.T.

 

 

28.700,00

Baja def. inv.-55% menos de 6 I.T.

 

 

45.100,00

Baja def. inv.-75% menos de 6 I.T.

 

 

33.825,00

2009

Edad de jubilación

Importe bruto euros

60 años

38.296,40

61 años

32.109,66

62 años

27.985,16

63 años

24.891,77

64 años

21.798,45

65 años

17.673,94

Representantes de Comercio: Comisiones año 2009 (euros)

Cajas/Año

Comisiones fijo

Comisiones variables por euros/caja

año 1.º

año 2.º

año 3.º

año 1.º

año 2.º

año 3.º

35.000

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,268

0,284

0,299

36.750

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,255

0,270

0,284

38.588

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,244

0,256

0,270

40.517

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,231

0,245

0,258

42.543

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,221

0,232

0,245

44.670

9.391,55

9.913,31

10.435,07

0,210

0,222

0,234

46.903

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,211

0,223

0,235

49.249

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,202

0,212

0,223

51.711

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,191

0,203

0,213

54.296

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,182

0,193

0,203

57.011

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,174

0,183

0,194

59.862

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,165

0,174

0,183

62.855

9.913,31

10.464,05

11.014,78

0,157

0,166

0,176

65.998

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,158

0,166

0,176

69.298

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,150

0,158

0,168

72.762

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,144

0,152

0,160

76.401

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,137

0,145

0,152

80.221

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,130

0,137

0,145

84.232

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,124

0,131

0,138

88.443

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,119

0,124

0,131

92.865

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,113

0,119

0,125

97.509

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,107

0,113

0,119

102.384

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,101

0,107

0,113

107.503

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,097

0,103

0,108

112.878

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,092

0,098

0,103

118.522

10.435,07

11.014,78

11.594,51

0,088

0,093

0,098

Anexo II
Rep. Com. 2009
1,025
Representantes de Comercio

Cajas/Año

Comisiones rutas clientes noches
(euros/caja)

25.728

0,070

27.082

0,066

28.508

0,064

30.008

0,060

31.588

0,058

33.250

0,055

35.000

0,051

36.750

0,049

38.588

0,047

40.517

0,044

42.543

0,042

44.670

0,041

46.903

0,039

49.249

0,038

51.711

0,035

54.296

0,034

57.011

0,031

59.862

0,030

62.855

0,028

65.998

0,027

69.298

0,026

72.762

0,025

76.401

0,024

80.221

0,023

84.232

0,022

88.443

0,021

92.865

0,019

97.509

0,018

102.384

0,018

107.503

0,017

112.878

0,016

118.522

0,016

Anexo III
Rep. Com.
Convenio 2009
Representantes de comercio: Euros-incentivos año 2009 (euros)

Cajas/Año

Incentivos por cumplimiento de objetivos en base 100%

Año 1.º

Año 2.º

Año 3.º

35.000

4.249,58

4.485,68

4.721,76

36.750

4.249,58

4.485,68

4.721,76

38.588

4.249,58

4.485,68

4.721,76

40.517

4.249,58

4.485,68

4.721,76

42.543

4.249,58

4.485,68

4.721,76

44.670

4.249,58

4.485,68

4.721,76

46.903

4.485,68

4.734,87

4.984,08

49.249

4.485,68

4.734,87

4.984,08

51.711

4.485,68

4.734,87

4.984,08

54.296

4.485,68

4.734,87

4.984,08

57.011

4.485,68

4.734,87

4.984,08

59.862

4.485,68

4.734,87

4.984,08

62.855

4.485,68

4.734,87

4.984,08

65.998

4.721,76

4.984,08

5.246,39

69.298

4.721,76

4.984,08

5.246,39

72.762

4.721,76

4.984,08

5.246,39

76.401

4.721,76

4.984,08

5.246,39

80.221

4.721,76

4.984,08

5.246,39

84.232

4.721,76

4.984,08

5.246,39

88.443

4.721,76

4.984,08

5.246,39

92.865

4.721,76

4.984,08

5.246,39

97.509

4.721,76

4.984,08

5.246,39

102.384

4.721,76

4.984,08

5.246,39

107.503

4.721,76

4.984,08

5.246,39

112.878

4.721,76

4.984,08

5.246,39

118.522

4.721,76

4.984,08

5.246,39

Anexo IV
Rep. Com.
Representantes de comercio: Incentivos por superación de programa año 2009 (euros)
1,025

%
s/progr.

1.er año

2.º año

3.er año

De 35.000 a 44.670
cajas/año

De 46.903 a 62855
cajas/año

De 65.998 a 118.522
cajas/año

De 35.000 a 44.670
cajas/año

De 46.903 a 62855
cajas/año

De 65.998 a 118.522
cajas/año

De 35.000 a 44.670
cajas/año

100

4.249,58

4.485,68

4.721,76

4.485,68

4.734,87

4.984,08

4.721,76

101

4.886,92

5.158,43

5.429,92

5.158,43

5.444,99

5.731,59

5.429,92

102

5.524,27

5.831,19

6.138,08

5.831,19

6.155,12

6.479,10

6.138,08

103

5.948,86

6.279,37

6.609,84

6.279,37

6.628,20

6.977,07

6.609,84

104

6.374,37

6.728,52

7.082,63

6.728,52

7.102,30

7.476,13

7.082,63

105

6.798,96

7.176,69

7.554,40

7.176,69

7.575,37

7.974,10

7.554,40

Anexo V
Rep. Com.
1,025
Representantes de Comercio 2009 (euros)

Cajas/Año

Gratificación por fecha de disfrute de vacaciones

Año 1.º

Año 2.º

Año 3.º

35.000

286,96

302,91

318,85

36.750

286,96

302,91

318,85

38.588

286,96

302,91

318,85

40.517

286,96

302,91

318,85

42.543

286,96

302,91

318,85

44.670

286,96

302,91

318,85

46.903

302,91

319,73

336,56

49.249

302,91

319,73

336,56

51.711

302,91

319,73

336,56

54.296

302,91

319,73

336,56

57.011

302,91

319,73

336,56

59.862

302,91

319,73

336,56

62.855

302,91

319,73

336,56

65.998

318,85

336,56

354,28

69.298

318,85

336,56

354,28

72.762

318,85

336,56

354,28

76.401

318,85

336,56

354,28

80.221

318,85

336,56

354,28

84.232

318,85

336,56

354,28

88.443

318,85

336,56

354,28

92.865

318,85

336,56

354,28

97.509

318,85

336,56

354,28

102.384

318,85

336,56

354,28

107.503

318,85

336,56

354,28

112.878

318,85

336,56

354,28

118.522

318,85

336,56

354,28

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/07/2009
  • Fecha de publicación: 15/08/2009
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de julio de 2005 (Ref. BOE-A-2005-16013).
Materias
  • Bebidas analcohólicas
  • Convenios colectivos

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