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Documento BOE-A-2007-6508

Resolución de 20 de febrero de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental, sobre la evaluación del proyecto Línea eléctrica a 400 kv, doble circuito, Cabra-Guadalquivir Medio, en las provincias de Córdoba y Jaén, promovido por Red Eléctrica de España, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2007, páginas 13380 a 13388 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-6508

TEXTO ORIGINAL

La presente Resolución se adopta de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. El proyecto «Línea eléctrica a 400 kV, doble circuito, Cabra-Guadalquivir Medio» en las provincias de Córdoba y Jaén, se encuentra comprendido en el grupo 3.g) del anexo I del Real Decreto Legislativo citado.

1. Objeto y justificación del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.-El proyecto tiene como objeto la construcción de una línea eléctrica aérea, de doble circuito a 400 kV, de aproximadamente 70 km de longitud, que conectará la subestación eléctrica de Cabra (T.M. Cabra, Córdoba) con la subestación de Guadalquivir Medio (T.M. Marmolejo, Jaén).

La citada línea eléctrica formará parte del nuevo eje de la Red de Transporte «Arcos-La Roda-Cabra-Guadalquivir Medio» incluido en el documento «Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas. Desarrollo de las Redes de Transporte 2002-2011». Este eje reforzará eléctricamente la red de distribución de la región. Posibilitará la incorporación a la Red de Transporte de la nueva generación, tanto de tipo de ciclo combinado, como de tipo eólica, previstas en las provincias de Cádiz y Málaga; mejorará el mallado de la red de transporte de energía eléctrica para que aumente el nivel de seguridad y operatividad y posibilitará la alimentación eléctrica al futuro Tren de Alta Velocidad Córdoba-Málaga. El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España, siendo el órgano sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2. Tramitación de evaluación de impacto ambiental.-La tramitación se inició con fecha 17 de julio de 2003, al recibirse la memoria-resumen. El 18 de septiembre de 2003 se inicia el trámite de consultas previas. El resultado de las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) se trasladó al promotor el 5 de marzo de 2004. El inicio del trámite de información publica del proyecto y estudio de impacto ambiental se publicó en el BOE num. 33 de 8 de febrero de 2006. Con fecha 2 de octubre de 2006, la Dirección General de Política Energética y Minas remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el proyecto el estudio de impacto ambiental y la documentación generada en la información pública, quedando así cumplida la remisión del expediente completo. Posteriormente, con fecha 7 de febrero de 2007, la Dirección General de Política Energética y Minas remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, para su inclusión en el expediente, una alegación presentada por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. 3. Descripción del proyecto.-El proyecto consistirá en la instalación de una línea eléctrica aérea a 400 kV, de doble circuito trifásico y configuración triplex, entre la subestación de Cabra (provincia de Córdoba) y la subestación de Guadalquivir Medio (provincia de Jaén). Las principales características técnicas de la línea son:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz. Tensión nominal: 380 kV. Tensión más elevada: 420 kV. N.º de circuitos: Dos circuitos trifásicos. N.º de conductores por fase: Tres (configuración triplex). Tipo de cable de tierra: 2 cables de guarda de acero recubiertos de aluminio de 11 mm de diámetro. Apoyos: torres metálicas de celosía de acero galvanizado. Cada apoyo se adapta a la topografía sobre la que se iza mediante zancas o patas desiguales. Anchura media de las crucetas de los apoyos: 15,20 a 16 m. Altura media de los apoyos: 42 metros para los de suspensión y 46 para los de amarre. Vano medio: entre 400 y 500 metros, pudiendo llegar en caso máximo a una distancia de entre 800 y 900 metros en función de variables como la orografía y la vegetación. Distancia mínima de los conductores al terreno: 8 metros, siendo superior en cruces con carreteras, con otras líneas, eléctricas y de telecomunicaciones, cursos de agua, etc. Distancia de masa entre los conductores y accesorios en tensión y los apoyos: 3,5 m. Cimentaciones: Zapatas individuales de hormigón en masa independientes, uno por pata del apoyo. Longitud: 72.9 km.

Los términos municipales afectados son: Cabra, Nueva Carteya, Baena, y Cañete de las Torres en la provincia de Córdoba y Porcuna, Lopera y Marmolejo en la provincia de Jaén.

El trazado de la línea parte de la subestación de Cabra con dirección noreste, hasta cruzar la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada». Realizado el cruce, el trazado se mantiene próximo y paralelo a la misma salvo en determinados puntos en los que el paralelismo se rompe para evitar la afección a determinados enclaves. Al alcanzar el T.M. de Nueva Carteya, rebasado el arroyo de Carchena, el trazado se desvía al norte con objeto de evitar el área de yacimientos arqueológicos de Juan Frías-Santo Toribio y después volver a dirigirse hacia la línea «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada». Tras cruzar el río Guadalmoral el trazado se vuelve a separar del paralelismo con el fin de evitar un Punto de Interés Geológico (PIG) y varios cortijos en la vega del Guadajoz. Una vez cruzado el río Guadajoz vuelve a transcurrir próximo y en paralelo a la línea «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada» hasta las inmediaciones del T.M. de Lopera. Tras cruzar la vega del arroyo Salado el trazado evita el vertedero municipal de Lopera, varias casas y una ermita y posteriormente retoma la dirección noreste para dirigirse a la subestación de Guadalquivir Medio, cruzando en dos ocasiones el río Guadalquivir. El acceso a dicha subestación requiere un cambio de alineación para entrar, por el sur, en paralelo a la línea «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada». 4. Factores ambientales relevantes del entorno del proyecto:

Medio físico. La zona se caracteriza por relieves alomados y zonas llanas situadas en las vegas fluviales. El área pertenece a la Cuenca del río Guadalquivir, en concreto a las subcuencas de los ríos Guadalquivir, Guadajoz y Genil, representada esta última por el río Cabra. El trazado cruza diversos ríos y arroyos, destacando los cruces con los ríos Guadalquivir, Guadajoz, Guadalmoral y Cabra. En cuanto a la hidrogeología el ámbito se asienta sobre dos sistemas acuíferos principales, el Sistema Acuífero 30 «Jaén-Cabra» y el Sistema Acuífero EA «Aluvial de la Cuenca Baja del Genil». En las inmediaciones del proyecto se han identificado tres Puntos de Interés Geológico, aunque no están directamente afectados.

Medio biológico. La superficie del proyecto presenta una elevada influencia antrópica, con claro predominio del cultivo del olivar, intercalándose en algunos puntos, cultivos herbáceos en secano y viñedos. Los cultivos de regadío se encuentran en las vegas de los ríos Guadalquivir, Guadajoz y Cabra y del arroyo Salado de Porcuna. La vegetación natural se reduce exclusivamente, a vegetación de ribera, especialmente en los ríos Guadalquivir, Guadajoz y Cabra y en el arroyo Salado de Porcuna, a algunas manchas de matorral de degradación de la encina y tomillares de poca cobertura y a pequeñas formaciones de encinar esclerófilo en zonas elevadas. En el entorno del proyecto se han cartografiado los siguientes hábitats naturales de interés: matorrales termomediterráneos y pre-estépicos, bosques de galería de Salix alba y Populus alba y galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae), aunque el trazado solamente sobrevuela los dos últimos, en los cruces con el río Guadalquivir y Guadajoz, respectivamente. En cuanto a especie protegidas de flora, debido al grado de antropización, no es probable que existan especies protegidas, aunque se han descrito el Narcissus baeticus, Anchusa puechii y Sideritis lacaitae (incluidas en el Libro Rojo de las Especies Vegetales Amenazadas de España) y la Althenia orientales, Prunus instititia y Prunus mahaleb, Acer monspessulanum y Quercus canariensis (incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas). En cuanto a fauna, las zonas con mayor interés son los humedales existentes en las riberas del río Guadalquivir y afluentes, y en el embalse de Marmolejo. Los humedales acogen un gran contingente de aves durante los pasos migratorios, funcionando los cursos de agua como áreas de paso de dichos flujos. Entre las poblaciones de peces y anfibios, existen ciertos endemismos, algunos catalogados como amenazados. Asociadas a las formaciones de ribera pueden existir anfibios (galápago europeo) y mamíferos (musgaño de Cabrera, nutria y rata de agua) de interés. Los secanos del valle del Guadajoz, incluidos dentro del IBA «Campiña Alta de Córdoba», reúnen buenas condiciones como hábitat para especies esteparias. Dicho IBA presenta una de las últimas poblaciones de avutarda en Andalucía, transcurriendo parte del trazado de la línea por el área vital y de campeo de esta especie y sobrevolando un núcleo de verano/invierno. Otras aves características de estos ambientes son la ganga ortega, aguilucho cenizo, sisón, alcaraván y cernícalo primilla. Por su parte, los olivares pueden albergar poblaciones de aves amenazadas como el alzacola, paloma zurita y tórtola europea. Por último, fuera del ámbito de estudio, es posible encontrar en las escasas formaciones boscosas y adehesadas, aves rapaces (aguila culebrera, aguililla calzada, azor común, etc.) y mamíferos carnívoros (lobo, lince ibérico, gato montés) que pueden alcanzar el borde septentrional del trazado en sus movimientos de campeo. Espacios naturales protegidos. El trazado no afecta ningún espacio natural protegido ni ningún espacio incluido en la Red Natura 2000. La zona denominada «Huertas de Cabra» está incluida en el Plan Especial del Medio Físico, bajo la figura de «Paisaje Agrario Singular». Paisaje. La zona está incluida en las campiñas del río Guadalquivir, flanqueada al norte por las Sierras de Cardeña y Montoro y al sudeste por las Sierras Subbéticas. Los dos elementos que mejor definen estas zonas son el aprovechamiento agrícola (predominio del olivar y cultivos de secano) y el relieve (intercalación de valles fluviales y cerros). De las unidades paisajísticas presentes, las que presentan una mayor capacidad de absorción visual son los olivares en zonas llanas, y las de mayor fragilidad paisajística: ríos y riberas, embalses y matorrales en laderas, lomas y montes. Medio socioeconómico. Destacan en el territorio los cultivos, fundamentalmente de olivos y, en menor medida, herbáceos y viñedos. En cuanto a infraestructuras en el ámbito del proyecto se encuentra la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada», con la que el proyecto trata de mantener el paralelismo. Respecto al Patrimonio Cultural, se tiene constancia de la existencia de diversos yacimientos arqueológicos en los municipios afectados y numerosas vías pecuarias.

5. Tratamiento del análisis de alternativas. Selección de alternativa.-Para definir los posibles pasillos de las líneas eléctricas y para definir la ubicación de las subestaciones, se han tenido en cuenta diversos condicionantes ambientales y socioeconómicos. Durante el proceso de definición de pasillos y en la elección de la alternativa con menor impacto, se ha considerado el contenido de las contestaciones a las consultas previas realizadas por los distintos organismos consultados. En cuanto a los criterios seguidos para la selección, han sido, aprovechar la topografía del terreno para ocultar visualmente la línea; aprovechar lo máximo posible los trazados y el entorno de infraestructuras eléctricas y viarias ya existentes, en concreto se ha considerado la posibilidad de que transcurra manteniendo paralelismo total o parcial con la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada»; y prioritariamente, se ha considerado el evitar su paso por ZEPAs, LICs y, en la medida de lo posible IBAs, así como el resto de enclaves que albergan elementos naturales, recursos turísticos o elementos patrimoniales destacados. De igual modo se ha considerado prioritario evitar las zonas sensibles para la avutarda, las aves acuáticas, el águila perdicera y otras especies amenazadas. Hay que destacar que el IBA «Campiña Alta de Córdoba», de especial importancia por sus colonias de avutarda, ocupa todo un sector del ámbito de estudio, de Este a Oeste, por lo cual, se ha procurado plantear el paso de las alternativas por la zona menos sensible para las aves. Se han considerado como más sensibles, en primer lugar, las zonas ocupadas por los núcleos de reproducción y concentración y en segundo lugar, las áreas vitales. Por último, se ha considerado necesario evitar las infraestructuras que presentan restricciones al paso de líneas eléctricas, así como los derechos mineros y buscar el máximo alejamiento con núcleos de población.

En función de los condicionantes, se definen 18 tramos (del A al R), cuya combinación define 11 alternativas viables de trazado (de la I a la XI), en las que se ha tratado de eludir las zonas de mayor valor ambiental. La disposición espacial de los 18 tramos se muestra en el plano adjunto. Las principales características de los distintos tramos, que permiten establecer una evaluación y comparación de los mismos, son las siguientes:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

En general los pasillos presentan cierta homogeneidad, debiéndose sus principales diferencias a los cambios de trazado que implica la elección de las zonas de paso, entorno a los núcleos de población, así como aprovechamiento parcial de los pasillos generados por las líneas eléctricas existentes. Otro factor básico para la comparación de los pasillos, es su longitud total. La combinación de estos tramos genera once alternativas de trazado, de la siguiente forma

Alternativa

Tramos

I

A+B+G+J+L+O+R

II

A+B+G+J+L+P+Q+R

III

A+B+G+J+M+N+Q+R

IV

A+C+E+G+J+L+O+R

V

A+C+E+G+J+L+P+Q+R

VI

A+C+E+G+J+M+N+Q+R

VII

A+C+F+H+J+L+O+R

VIII

A+C+F+H+J+L+P+Q+R

IX

A+C+F+H+J+M+N+Q+R

X

A+C+F+I+K+N+Q+R

XI

A+D+K+N+Q+R

Un resumen de la evaluación de las afecciones de las distintas alternativas sobre los distintos elementos del medio natural y socioeconómico se muestra en el siguiente cuadro, a continuación:

Factores

Alternativas

I

II

III

IV

V

VI

VII

VIII

IX

X

XI

Suelo

-

+

+

-

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+

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+

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-

-

Hidrología

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++

Vegetación

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+

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Fauna

+

+

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+

+

++

+++

+++

+++

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++

Población y recursos turísticos

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Derechos mineros

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+

Infraestructuras

-

++

++

-

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++

++

+

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Planeamiento municipal

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++

++

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Planeamiento supramunicipal

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+

++

Espacios naturales

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-

-

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-

-

-

-

+

Patrimonio cultual

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++

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++

+

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+

+

+

++

Paisaje

+

+

+++

+

+

+

++

++

+

+

++

No existe afección:

Afección baja: +

Afección media: ++ Afección alta: +++

Tras analizar la incidencia de las distintas alternativas sobre los parámetros ambientales y teniendo en cuenta la relativa homogeneidad del territorio, la opción más favorable y que presenta en general mejores condiciones para su implantación es la Alternativa X, constituida por los tramos A+C+F+I+K+N+Q+R. Discurre paralela y próxima a la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada», lo que permite generar un corredor de infraestructuras eléctricas; mantiene mayores distancias con el conjunto de núcleos urbanos del entorno; es la más corta y discurre por áreas poco frecuentadas aunque con buena accesibilidad evitando seguir las divisorias de cuenca, con lo que el impacto visual es menor. Así mismo, no afecta a suelos urbanos o urbanizables y su incidencia es puntual sobre suelos no urbanizables protegidos, resultando inferior al resto de las opciones. No afecta a espacios naturales protegidos ni a recursos turísticos y mantiene cierta distancia con los principales conjuntos patrimoniales inventariados. En cuanto a vegetación natural, su baja incidencia se limita prácticamente a zonas de paso sobre las riveras fluviales y es una de las alternativas que menor superficie de hábitats naturales de interés, sobrevuela. Con respecto a la fauna, la Alternativa X no afecta a ningún humedal ni otros enclaves sensibles y, puesto que el pasillo discurre en cierta medida sobre el área vital de la avutarda, el trazado se ha diseñado de forma que el paso se realice por un área marginal, próximo y en paralelo a la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada».

6. Consultas previas.-En la tabla adjunta se recogen los organismos consultados por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el proyecto.

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Ministerio de Medio Ambiente

-

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

-

Delegación del Gobierno en Andalucía

-

Subdelegación del Gobierno en Córdoba

x

Subdelegación del Gobierno en Jaén

x

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

x

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

-

Dirección General de Bienes Culturales. Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía

x

Diputación Provincial de Córdoba

x

Diputación Provincial de Jaén

x

Ayuntamiento de Adamuz

-

Ayuntamiento de Aguilar

-

Ayuntamiento de Baena

-

Ayuntamiento de Benamejí

-

Ayuntamiento de Bujalance

x

Ayuntamiento de Cabra

x

Ayuntamiento de Cañete de las Torres

x

Ayuntamiento de Castro del Río

x

Ayuntamiento de Córdoba

x

Ayuntamiento de Doña Mencia

-

Ayuntamiento de El Carpio

-

Ayuntamiento de Espejo

-

Ayuntamiento de Lucena

-

Ayuntamiento de Luque

-

Ayuntamiento de Montemayor

-

Ayuntamiento de Montilla

x

Ayuntamiento de Montoro

x

Ayuntamiento de Monturque

-

Ayuntamiento de Moriles

-

Ayuntamiento de Nueva Carteya

-

Ayuntamiento de Palenciana

-

Ayuntamiento de Pedro Abad

x

Ayuntamiento de Puente Genil

x

Ayuntamiento de Santaella

-

Ayuntamiento de Valenzuela

-

Ayuntamiento de Villa del Río

x

Ayuntamiento de Zuheros

-

Ayuntamiento de Andujar

x

Ayuntamiento de Arjona

-

Ayuntamiento de Arjonilla

-

Ayuntamiento de Higuera de Calatrava

-

Ayuntamiento de Lopera

-

Ayuntamiento de Marmolejo

x

Ayuntamiento de Porcuna

-

Ayuntamiento de Santiago de Calatrava

-

Instituto Geológico y Minero de España

*

Departamento de Biología Vegetal y Ecología. Universidad de Sevilla

-

ADENA

-

Ecologistas en Acción

-

FAT

-

Greenpeace

-

SEO/BirdLife

-

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental

x

Andalus

-

Plataforma del Guadalquivir

-

Colectivo Wadakabir

-

Federación Ecologista Pacifista de Sevilla

-

Asociación Estudio y Protección de la Naturaleza

-

Grupo de Amigos Ecologistas de Porcuna (GAED)

-

Grupo Ecologista Alcaudón

-

Grupo Ecologista Enebro

-

Asociación Naturalista Lucentina

-

Asociación Amigos de la Naturaleza

-

* El Instituto Geológico y Minero de España, participa en la fase de traslado de consultas, asesorando al Ministerio de Medio Ambiente en la definición de las directrices a seguir por el promotor en la elaboración del estudio de impacto ambiental.

Un resumen de las principales sugerencias a tener en cuenta en el estudio de impacto ambiental obtenidas en las consultas previas es el siguiente:

Subdelegación del Gobierno en Córdoba y Subdelegación del Gobierno en Jaén.-En el EsIA deberá realizarse un estudio de alternativas de trazado con el objeto de definir el pasillo de menor impacto ambiental.

Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.-Aporta un listado donde se indican los espacios protegidos y vías pecuarias que podrían verse afectados por la actuación. En relación con los espacios protegidos indica que será necesario garantizar que ninguno de ellos sea afectado por las actuaciones, tomándose los mismos como prioritarios en la jerarquización de los elementos del inventario ambiental. Con respecto a las vías pecuarias indica que será necesario respetar en todo momento su anchura legal (no pudiendo construirse ningún elemento que altere el tránsito ganadero, ni impida los usos compatibles o complementarios), y se deberá solicitar el permiso de ocupación para la instalación de líneas aéreas cuando discurran o crucen la vía pecuaria. Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.-El EsIA debe contemplar con especial interés, afección a la avifauna ligada al ecosistema fluvial del Guadalquivir Medio y desembocadura del río Jándula, efecto acumulativo sobre el paisaje, afección a la red de vías pecuarias y efectos sobre los hábitats naturales. Así mismo expone que el Programa de Vigilancia Ambiental deberá tener duración y extensión adecuadas a la magnitud del proyecto ya a la importancia de los hábitats afectados, así como llevar a cabo un estudio de afección a la avifauna en la fase de construcción y al menos durante un año después de finalizar la misma. Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.-Con respecto a los elementos inventariados del Patrimonio Histórico de Andalucía, se deberá evaluar el grado de afección sobre los mismos y evitar los impactos, desviando afecciones directas o indirectas. Respecto de la zona afectada cuyo potencial patrimonial se desconoce, ha de realizarse una prospección arqueológica intensiva en las zonas donde se vayan a instalar los apoyos, para proceder en caso de detectarse algún yacimiento, del mismo modo. Por último informa de los procedimientos legales para la realización de todo el proceso. Diputación Provincial de Jaén.-Aporta información sobre los recursos existentes en el ámbito del proyecto (hidrogeológicos, fauna y flora, patrimonio histórico, infraestructuras) y realiza un análisis de las principales afecciones previsibles. Diputación Provincial de Córdoba.-Enumera como directrices genéricas las siguientes: seguir un trazado paralelo y lo más próximo posible a la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada», o a los ejes viarios existentes; considerar los Planeamientos Urbanísticos Municipales; alejamiento de los núcleos de población y por último analizar la localización de los apoyos con objeto de disminuir su incidencia visual, salvo que la línea vaya a discurrir en paralelo con la existente en cuyo caso, los apoyos deberían situarse junto a los existentes. Ayuntamientos de Bujalance, Montoro y Pedro Abad.-Adjuntan el informe emitido por la Diputación de Córdoba. El Ayuntamiento de Bujalance añade además, que se debe contemplar que el T.M. constituye uno de los últimos reductos de avutardas de la provincia de Córdoba. Ayuntamiento de Castro del Río.-Adjunta un catálogo de los yacimientos arqueológicos del T.M., así como las normas específicas de protección de los mismos. Ayuntamiento de Córdoba.-Envía una relación de factores a tener en cuenta en el EsIA. Ayuntamiento de Andujar.-Informa que el proyecto puede afectar a la ribera del Guadalquivir y a la desembocadura del río Jándula, espacios de elevado valor paisajístico y faunístico y propone el soterramiento de la línea para salvar los cauces. Ayuntamiento de Marmolejo.-Indica que la zona afectada del T.M. es la de menor valor paisajístico, considerando que los beneficios del proyecto superan los perjuicios de índole ambiental.

6.1 Integración de las consultas previas.-En el EsIA se relacionan y valoran todos los elementos del medio físico-biológico (clima, geología, hidrología, hidrogeología, fauna, flora, hábitats naturales, etc.) y socioeconómico (población, economía, espacios naturales protegidos, elementos del patrimonio cultural, paisaje, etc). En base a este estudio realiza un detallado análisis de pasillos viables y de alternativas, en el que, para seleccionar la alternativa de menor impacto ambiental, se han tenido en cuenta las recomendaciones expuestas en la fase de consultas. Así mismo se proponen una extensa relación de medidas preventivas y correctoras para minimizar el efecto sobre los elementos mencionados. Por último, el EsIA propone un Programa de Vigilancia Ambiental en el que, teniendo en cuenta entre otros las especificaciones resultantes de la fase de consultas, se recogen los objetivos a cumplir para cada una de las fases y actividades del proyecto, las actuaciones a realizar, los indicadores a utilizar para la detección de los impactos, los umbrales de alerta, y las medidas de prevención y corrección. Además, se designan los responsables de la ejecución del PVA que conforman el equipo técnico para el adecuado desarrollo del mismo y sus tareas concretas.

7. Alegaciones formuladas.-En el trámite de información pública se han recibido alegaciones de organismos públicos y privados, mostrándose a continuación, un resumen con las de contenido ambiental:

Provincia de Jaén. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Jaén.-Informa que no se autorizará la ubicación de apoyos o instalaciones asociadas en el Dominio Público Hidráulico de cauce público y/o su franja de servidumbre o en los cauces privados e indica que el cruce de cauces públicos y/o embalses se ajustarán a lo previsto en la Ley de aguas. El promotor, en su contestación, considera razonable el informe.

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.-Informa que el promotor deberá adoptar las siguientes medidas en la ejecución del proyecto. En relación con la protección de la avifauna, indica que se deberán instalar espirales salvapájaros, colocadas al tresbolillo cada 10 m, en el tramo de línea que atraviesa el río Guadalquivir, tanto en la zona correspondiente al meandro como 250 m antes y después del mismo. Establece que la instalación del tendido eléctrico no se deberá realizar entre los meses de febrero a julio, época de nidificación y que, en caso de colisión o electrocución, se deberá poner en conocimiento a la autoridad ambiental. Con respecto a la protección del suelo y la vegetación establece lo siguiente: no se construirán nuevos viales de acceso a la línea, cerrando y restituyendo los caminos temporales abiertos; los movimientos de tierras serán los mínimos imprescindibles y los sobrantes de tierra deberán ser depositados en vertedero; se procederá a la restauración de cualquier área afectada por el tránsito de maquinaria; en caso de ser necesaria la tala de especies o masa arbóreas se pondrá en contacto con el órgano ambiental competente, de acuerdo con la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y su Reglamento de desarrollo; se llevará a cabo la gestión in situ de los resto vegetales; se desarrollará un plan de prevención de incendios; las labores de mantenimiento de maquinaria se realizará en talleres autorizados. Con respecto al Patrimonio Cultural, solicita la realización de una prospección arqueológica superficial del área afectable y de una propuesta de medidas de corrección. Así mismo indica que la línea no seguirá trazados coincidentes con vías pecuarias y que los apoyos se colocarán fuera de las mismas, conforme a la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y su Reglamento de desarrollo. En el EsIA se recogen medidas preventivas y correctoras acerca de los aspectos citados. Concretamente se establece la señalización de los cables de tierra en los tramos de interés para la avifauna procediendo además, como medida complementaria, la señalización de la línea eléctrica a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada» existente en el tramo de interés para la avutarda. Así mismo, el promotor ha procedido a registrar, por medio de ARQUEPEC S.L., el Proyecto de Intervención y solicitud de Autorización Arqueológica, para la prospección del trazado. Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Jaén.-Informa de la existencia de 10 sitios arqueológicos en el ámbito del proyecto y que, como medida preventiva, deberá realizarse una prospección arqueológica superficial del área afectada y unas propuestas efectivas para corregir los impactos. En la fase de construcción, en caso de detectarse algún resto arqueológico, se paralizará la obra y se informará a la autoridad competente. En su contestación, REE toma razón de los 10 sitios arqueológicos y acuerda realizar las actividades propuestas. Comunica que, por medio de la empresa ARQUEPEC S.L., se ha registrado en esa Delegación Provincial de Cultura, el Proyecto de Intervención y la solicitud de Autorización Arqueológica para la prospección del trazado. Ayuntamiento de Porcuna.-Informa que el trazado discurre por zona de afección al asentamiento arqueológico catalogado «Los Colorines», por lo que toda actuación en la zona, se deberá poner en conocimiento de la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico Artístico y será preceptivo su informe. El promotor, REE acepta el informe y comunica que ha solicitado permiso de prospección arqueológica superficial del trazado y que, en cuanto a la afección a dicho yacimiento, se restringirá al vuelo de los conductores en una zona externa del área de protección, sin producir afección directa. Ayuntamiento de Lopera.-Informa que el cruce de cauces debe ser autorizado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, prohibiéndose actuaciones que pudieran dificultar el curso del agua en cauces y zonas inundables; añade que los trazados y emplazamientos se deben realizar teniendo en cuenta las condiciones geomorfológicas de la zona para evitar fenomenos erosivos, y en los cruces con vías pecuarias, indica el procedimiento a seguir. Por ultimo, informa que el trazado podría afectar a lugares con yacimientos arqueológicos en los cuales prohibe movimientos de tierras que pudieran afectar al mantenimiento e investigación del yacimiento. En ellos, si existieran, se deberá adjuntar además, un estudio arqueológico en el que se valoren las repercusiones sobre el yacimiento. El promotor, REE, toma razón del informe emitido.

Provincia de Córdoba.

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba.-Establece condiciones generales para la instalación de apoyos, altura de conductores en cruces aéreos y profundidad de enterramiento en cruces subterráneos. REE contesta que se actuará conforme al condicionado que establezca esta Confederación una vez desarrollado el Proyecto de Ejecución, con detalle pormenorizado de los cruces.

Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.-Indica que todas las alternativas presentadas cruzan una zona muy importante de avutarda, planteando las siguientes alternativas posibles: soterramiento de unos 16 km de línea a su paso por la zona de avutarda; que el trazado bordee la zona de avutarda por el E, desviando la línea unos 56 km y quedando perfectamente señalizada; que la línea discurra, por el pasillo denominado como de menor impacto, paralela a la línea «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada», siempre y cuando los postes estén separados 150-200 m y proyectados al tresbolillo con respecto a los postes existentes, y que se señalen los conductores y el cable de tierra con salvapájaros con una separación máxima de 2,5 m, colocados al tresbolillo. Por último, solicita que se realice una mejora de hábitat de avutarda, en coordinación con el Proyecto de Conservación desarrollado por el Museo de Ciencias Naturales. El promotor, REE, contesta que para la definición de las distintas alternativas de trazado se tuvieron en cuenta los aspectos ambientales y sociales del estudio, siendo el condicionante más singular la existencia de la línea eléctrica «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada», considerándose que lo más adecuado era realizar la nueva instalación en paralelo y próxima a esta, solución sugerida por la Diputación de Córdoba y diversos municipios. Indica que la realización de cualquiera de las otras dos alternativas propuestas, supondrían nuevos impactos no previstos, que pueden ser incluso de mayor magnitud. Respecto a las medidas correctoras propuestas en el caso de adoptar la tercera alternativa expuesta, expone que, según estudios realizados por REE, la señalización en líneas eléctricas es de escasa eficacia en el caso de la avutarda y que con la colocación de salvapájaros en cables de tierra y conductores, a una distancia de 5 metros ó menor y al tresbolillo, no es más eficaz la protección de esta especie. Pese a ello, en el EsIA se establece la señalización de los cables de tierra en todo el tramo de interés ya que puede ser beneficioso para otras aves. Así mismo indica que la colocación de los apoyos con una separación inferior a la proyectada y al tresbolillo con los postes existentes no garantiza la no colisión y sí un impacto visual elevado y un riesgo superior de colisión por la presencia de mayor número de obstáculos. Por otra parte expone que REE ha iniciado un proyecto de investigación en colaboración con el CSIC para analizar la incidencia de las líneas de transporte en la avifauna y la viabilidad de medidas de gestión de hábitat para disminuir el impacto. Por último señala que se ha adoptado, como medida complementaria la señalización de la línea eléctrica a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada» existente en el tramo de interés para la avutarda. Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.-Considera correcta la medida correctora de realizar una Actividad Arqueológica Preventiva (Prospección Arqueológica Superficial de todo el trazado) conforme al Reglamento de Actividades Arqueológicas y por arqueólogo competente; con los resultados de la Prospección, se establecerán las medidas correctoras necesarias. El promotor REE acepta realizar las actividades propuestas e informa que ha procedido a registrar, por medio de ARQUEPEC S.L., en esa Delegación, el Proyecto de Intervención y solicitud de Autorización Arqueológica, para la prospección del trazado. Ayuntamiento de Baena.-Informa que no se aprecian incidencias relevantes sobre elementos singulares del municipio, salvo la existencia cerca del cruce con el río Guadajoz, de un yacimiento arqueológico y la posible afección a los restos denominados «Casilla del Marqués». REE considera el informe emitido.

8. Integración del proceso de evaluación.-Analizados los elementos del proceso de evaluación ambiental, que incluye las consultas previas, el contenido del estudio de impacto ambiental y el expediente de información pública, se procede a enunciar los impactos significativos y las medidas correctoras con el fin de evitar, minimizar y corregir los potenciales impactos ambientales detectados. Afección al aire.-Los niveles sonoros y electromagnéticos emitidos, se adecuarán a la normativa, aplicable en estos casos, referida en el EsIA.

Afección al suelo.-Las alteraciones que se puedan generar aparecerán en su totalidad en la fase de construcción, por los movimientos de tierra que se realicen en la explanación y posterior colocación de las cimentaciones de los apoyos. Dado el relieve del terreno, predominantemente llano, los movimientos de tierra no serán relevantes ni se generarán taludes importantes, además el EsIA, establece medidas preventivas y correctoras para minimizar esta afección. En el pasillo de estudio se han cartografiado tres Puntos de Interés Geológico aunque ninguno es atravesado por la línea. Afección a la hidrología.-El efecto puntual sobre el agua se produce en la fase de construcción, desapareciendo en la fase de funcionamiento. Las actuaciones previstas en esa fase, podrían originar fenómenos erosivos en las márgenes de los cursos fluviales con la disminución en la calidad del agua, no obstante, el EsIA prevé que no se producirá ningún impacto ambiental sobre este recurso puesto que la ubicación de los apoyos se ha proyectado de manera que no se afecte a los cauces ni a la vegetación de ribera y para ello, se establecen medidas preventivas y correctoras. En esta declaración se establecen condiciones específicas para minimizar dicha afección. Afecciones a la vegetación.-Las alteraciones se producen, sobre todo, durante la fase de construcción. La red de caminos existente implica que, la necesidad de abrir nuevos caminos de acceso es escasa, lo que minimiza su afección y, en el caso de ser necesario su apertura, el acceso a la base de los apoyos, se podrá realizar a través de los campos de olivar. No se prevé instalación de ningún apoyo en zonas con vegetación natural, por lo que, en casi todo el ámbito del proyecto, esta afección se limita a la tala y/o poda de los olivos, imprescindible para la explanacion y posterior instalación de los apoyos. No se prevén afecciones a los olivos en el tendido de cables y los únicos puntos en los que se puede afectar vegetación natural, son los cruces con los ríos y en zonas en las que se atraviesan formaciones de matorral y encinar. En el primer caso, el trazado sobrevuela hábitats naturales de interés «bosques de galería de Salix alba y Populus alba» y «galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)» situados en los cruces con los ríos Guadalquivir y Guadajoz respectivamente, aunque no se prevé que sea necesaria la apertura de calle ya que los conductores se elevan a suficiente altura como para evitar el contacto. En el caso de que la vegetación de ribera posea un gran porte se priorizará la sobreelevación de los apoyos. Esta sobreelevación se pondrá en práctica en los dos cruces con el río Guadalquivir. Afecciones a la fauna.-El principal impacto se produce sobre la avifauna, fundamentalmente en la fase de funcionamiento por posibilidad de colisión con los cables de tierra. El trazado de la línea eléctrica ha tenido en cuenta las áreas de distinta sensibilidad faunística, con objeto de evitar las zonas más sensibles (lagunas de la Quinta y del Rincón del Muerto y los núcleos de reproducción de la avutarda) o bien para plantear el mejor paso si ello no fuera posible, como sucede con algunas formaciones de ribera o con el IBA «Campiña Alta de Córdoba». Así mismo se han tratado de evitar los corredores por los cuales discurren los principales flujos migratorios de aves, resultando inevitable interceptarles en determinados lugares, destacando por su importancia las riberas de los ríos Guadalquivir, Guadajoz, Guadalmoral y Cabra así como un sector situado entre los ríos Guadalmoral y Guadajoz, en el que la línea eléctrica pasa a alrededor de 100 metros de distancia, de un vertedero en el que se producen concentraciones de aves, Según el EsIA, para líneas del tipo como la proyectada no se prevé riesgo de electrocución, por las características de los apoyos y por la separación existente entre los conductores. Para evitar las muertes por colisión contra los cables de tierra, el promotor tiene previsto instalar espirales salvapájaros en los tramos más conflictivos, como se especifican en la condición 9.2 de la presente declaración, ya que tienen un diámetro sensiblemente inferior a los conductores y resultan menos visibles. Así mismo se señalizarán los tramos de la ya existente línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada» en las zonas de sensibilidad faunística alta. Afecciones al paisaje.-En la elección de alternativas se ha tenido en cuenta la calidad y fragilidad del paisaje para seleccionar el pasillo de menor impacto. Se disminuyen los tramos expuestos sobre crestas, salientes ó líneas de horizonte y se aprovechan lomas y accidentes topográficos para apantallar la actuación. Se aleja el tendido eléctrico de las zonas con más observadores potenciales y de los núcleos de población. Las medidas preventivas sobre la afección a la vegetación natural de ribera, disminuyen considerablemente el impacto paisajístico, salvando la vegetación arbórea. La escasa necesidad de apertura de accesos y el hecho de que los que sean necesarios se realicen a través de cultivos de olivar, disminuye considerablemente esta afección. Afecciones a espacios protegidos.-En la selección de alternativas del proyecto, uno de los principales condicionantes tenidos en cuenta, ha sido la no afección a espacios naturales protegidos. Por ello, la línea a 400 kV «Cabra-Guadalquivir Medio» no atraviesa ningún espacio natural protegido amparado por la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres o por la Ley 2/1989, de 18 de julio, de Espacios Naturales de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así mismo no se atraviesa ninguna zona declarada LIC o ZEPA. Afecciones al Patrimonio Cultural.-El diseño de los pasillos se ha llevado a cabo con el objetivo de evitar enclaves importantes por su importancia cultural o arqueológica. Uno de los criterios prioritarios para la selección de alternativas ha sido minimizar la afección sobre los yacimientos existentes. A pesar de ello, según la información aportada por la Consejería de Cultura y por los ayuntamientos y de lo desprendido en los resultados del informe de afección, el trazado de la línea sobrevuela alguno de los principales conjuntos patrimoniales definidos en el pasillo de estudio, en concreto alguno de los que se encuentran en los T.M. de Baena, Lopera y Nueva Carteya. Por su parte, el promotor ha solicitado autorización para la realización de un estudio de Prospección Arqueológica Superficial de todo el trazado de la línea, con el fin de concretar las afecciones. Como resultado, el promotor estudiará la posición concreta de los apoyos con el fin de evitar la posible afección sobre los yacimientos inventariados. En cuanto a las vías pecuarias, la línea sobrevuela varias de ellas, aunque en ningún caso los apoyos se situarán sobre las mismas. En el punto 9.4 se establecen condiciones específicas de protección sobre estos elementos. Afecciones a la población.-Durante la fase de construcción se generarán ruido, humos e incremento de partículas en suspensión, tratándose de afecciones temporales que han sido minimizadas mediante el alejamiento de los emplazamientos y trazados a núcleos de población y edificios aislados. El EsIA incluye medidas para la prevención y corrección de los impactos que en este sentido se puedan producir. Durante la fase de funcionamiento la línea de alta tensión generará campos electromagnéticos y ruido. Los valores de estas variables estarán por debajo de los recomendados por el Consejo Europeo en cuanto a salud pública, según lo expuesto en el EsIA. Además, uno de los criterios para el diseño de los pasillos y la selección de alternativas ha sido la búsqueda de la mayor distancia posible con los núcleos urbanos y la edificación aislada.

9. Condiciones específicas de protección ambiental.-Se adoptarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el estudio de impacto ambiental, así como las que se indican a continuación:

9.1 Protección del suelo y la vegetación: No se localizarán apoyos en las zonas con presencia de formaciones de matorral o encinar así como en la franja de vegetación de ribera de los cauces interceptados.

En los dos cruces previstos del Río Guadalquivir se procederá a la sobreelevación de los apoyos para mantener la distancia mínima de cruzamiento con las masas arboladas de vegetación de ribera. Se deberá aprovechar al máximo la red viaria existente o el acceso campo a través para evitar la generación de nuevas pistas de acceso. En ningún caso se podrán abrir nuevos accesos que afecten a zonas con inestabilidad de taludes ni a la vegetación natural, especialmente a las formaciones de matorral y encinar y a la vegetación de ribera. En caso de que se requiera la apertura de nuevos caminos de acceso a la obra se comunicará al órgano ambiental competente de la Junta de Andalucía. En caso de que fuera necesaria su construcción, estos se señalizarán de forma adecuada y tendrán carácter provisional, salvo que se justifique convenientemente la necesidad de mantenerlos en la fase de explotación. Se establecerán medidas para encauzar las aguas de escorrentía, evitando la acumulación de materiales en pendientes, barrancos o cauces que supongan un obstáculo al libre paso de las aguas y riesgo de arrastres de materiales y sustancias. En caso de que sea necesaria la tala de alguna especie o masa arbórea se actuará de acuerdo con la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y su Reglamento de desarrollo, poniéndolo en conocimiento del órgano ambiental competente. Se respetarán todos los ejemplares existentes en la zona de especies de flora declarada protegida por el Catálogo Nacional de Especies Protegidas y por el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas. En caso de que se prevea la afección inevitable a especies protegidas se deberá contar con la autorización del órgano ambiental competente de la Junta de Andalucía. El tendido de cables en estas zonas, y en las zonas con vegetación natural, especialmente cuando se sobrevuelan los hábitats naturales de interés «Bosques de galería de Salix alba y Populus alba», en el cruce con el río Guadalquivir y «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)» en el cruce del río Guadajoz, y la vegetación de ribera en general, se realizará a mano, evitando el paso de vehículos y de maquinaria pesada. Antes del comienzo de las obras se efectuará un estudio que incluirá un inventario detallado de los ejemplares que son necesarios talar por incompatibilidad con la línea. Este inventario deberá ser incluido en el Programa de Vigilancia Ambiental y será la base para la restauración ambiental. Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de las características de la vegetación de cada zona. Este Plan se integrará en el Programa de Vigilancia Ambiental. 9.2 Protección de la fauna: Conforme a lo expuesto por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, la instalación del tendido eléctrico en el tramo comprendido entre los cruces norte y sur sobre el río Guadalquivir, incluyendo los mismos, no se realizará en la época de nidificación de las aves, entre los meses de Febrero a Julio. En el área de campeo de la avutarda así como en sus áreas vitales, se limitará al mínimo imprescindible la construcción de nuevas pistas. Una vez acabada la construcción se cerrarán y recuperarán todas aquellas pistas que no resulten imprescindibles para el mantenimiento de la línea. Con anterioridad al inicio de las obras se recorrerá el trazado para detectar la presencia de zonas de cría/nidificación de especies protegidas, haciendo hincapié en los tramos con vegetación natural. En caso de detectarse la presencia de dichas especies se adoptarán las medidas protectoras y correctoras necesarias. En cuanto al impacto sobre la avifauna en la fase de explotación, se deberán seguir las prescripciones establecidas en el artículo 4 del Decreto 194/1990, de 19 de junio, por el que se establecen normas de protección de la avifauna para instalaciones eléctricas de alta tensión con conductores no aislados. Se instalarán espirales salvapájaros, tal como indica el EsIA, colocadas al tresbolillo cada 10 m en los siguientes tramos: vano del cruce sobre el río Cabra; desde el primer vano que cruza el río Guadalmoral (cruce sur) hasta el vértice 16 (cruces de los ríos Guadalmoral y Guadajoz y zona de paso al este del vertedero de la Diputación de Córdoba); desde el vano que se sitúa al este de la laguna de Butaquillas hasta el entorno del cortijo de Belvís, cerca del vértice 25 (paso del área vital de avutarda); vanos de ambos cruces sobre el río Guadalquivir (norte y sur), incluyendo al menos una longitud de 250 m antes y después de dichos cruces así como el interior del meandro que queda entre los mismos. En caso de que durante las fases de construcción y explotación de la línea se detectasen nuevos pasos de avifauna, se procederá a la señalización mediante salvapájaros de los vanos correspondientes. Así mismo se procederá, tal como señala el EsIA, a señalizar mediante salvapájaros, de la igual forma que la anteriormente mencionada, los siguientes tramos de la línea a 400 kV «Guadalquivir Medio-Tajo de la Encantada»: vanos entre los apoyos 4 y 7, vanos entre los apoyos 8 y 10, vanos entre los apoyos 55 y 60, vanos entre los apoyos 73 y 86, vanos entre los apoyos 98 y 107, vanos entre los apoyos 114 y 116. El promotor de la instalación, o en su caso el titular de la misma, pondrá en conocimiento de los Órganos ambientales competentes de la Junta de Andalucía de forma inmediata cualquier incidente que se produzca en las instalaciones objeto del presente proyecto, con relación a la avifauna existente en la zona (colisión, electrocución, intento de nidificación en los apoyos, etc.), al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias disponer, las cuales serán de obligado cumplimiento para el promotor o titular de las instalaciones. 9.3 Protección de los recursos hídricos: Conforme a lo expuesto por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, los apoyos en los cruces de la línea con los cursos de agua, los apoyos deberán situarse fuera de la zona de servidumbre del cauce, cinco metros por detrás de la franja que delimita la caja del mismo. La apertura de vías de accesos se realizará sin afectar al sistema hidrológico, evitando la tala de la vegetación de ribera y el vadeo de la maquinaria por el lecho de los cauces, se protegerán contra la erosión los taludes que se generen en las inmediaciones de los mismos y no se localizarán las instalaciones auxiliares de obra en las cercanías de los cursos fluviales. En la fase constructiva se tendrá especial cuidado en garantizar la no afección a la calidad de las aguas, evitando vertidos incontrolados. No se incorporarán a los cuerpos de agua materiales generados por la instalación de los apoyos producto del movimiento de tierras, aceites procedentes de la maquinaria, o residuos vegetales procedentes de talas, podas o desbroces. Se procederá a la limpieza de todos los restos que puedan interrumpir la red de drenaje, y a la revegetación de las superficies peladas en las que se puedan generar sólidos en suspensión. Se realizará un plan de seguimiento y control que garantice la aplicación de las medidas preventivas y correctoras y en cualquier caso aquellas que minimicen el riesgo de afección a las aguas superficiales o subterráneas. 9.4 Protección del patrimonio cultural y los elementos socioeconómicos: Se realizará una Prospección Arqueológica Superficial del trazado de la zona a ocupar por las bases de los apoyos y de las afectadas por movimientos de tierra en el área afectada por las obras. En caso de detectarse algún hallazgo, deberá ser comunicado a la Delegación de Cultura, de acuerdo con la Ley 1/1991, de Patrimonio Histórico de Andalucía, dando así mismo cuenta a la Delegación de Medio Ambiente. En el desarrollo de las obras se deberá contar con un seguimiento arqueológico por parte de personal técnico autorizado por los Órganos competentes de la Junta de Andalucía. Si durante los diferentes trabajos de ejecución del proyecto apareciera algún yacimiento, hallazgo suelto o indicios de los mismos que pudieran tener un significado arqueológico o paleontológico, la empresa responsable de obras, o las subcontratas, deberán paralizar cautelarmente las labores que pudieran suponer afección de los restos y/o evidencia de los mismos y remitir, de forma inmediata, a lo órganos competentes un informe del hecho para su valoración y determinación de si procede la realización de una excavación de urgencia para recuperar los restos arqueológicos. En cuanto a la afección a las vías pecuarias, se actuará conforme al Reglamento de Vías Pecuarias de 21 de julio de 1998, de forma que habrán de permanecer libres y expeditas de cualquier obstáculo de tipo permanente, de tal manera que en ningún caso podrán disponerse apoyos, centros de transformación, o cualquier otro elemento de carácter permanente asociado a la línea proyectada en terrenos de domino público de vías pecuarias. Si hubiera sido necesaria su utilización como vías de acceso quedarán convenientemente restauradas para su uso. 9.5 Restauración ambiental: Deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por el trazado que deberá contemplar todas las superficies afectadas por las obras incluyendo los accesos provisionales, las instalaciones anejas, los acopios de materiales sobrantes, el parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo su cronograma y financiación. 9.6 Programa de vigilancia ambiental: El promotor, completará el Programa de vigilancia ambiental (PVA) propuesto en el EsIA de manera que permita comprobar el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras indicadas en el estudio de impacto ambiental y las condiciones establecidas en esta declaración. Especificará los objetivos a cumplir para cada una de las fases y actividades del proyecto, las actuaciones a realizar, los indicadores a utilizar para la detección de los impactos, los umbrales de alerta, el tipo de inspecciones, su frecuencia, los informes de las inspecciones. Asimismo especificará la organización que pueda cumplir y controlar el PVA, se establecerá un técnico o responsable del PVA y se indicará su relación con el Director del Proyecto. Sin perjuicio de la información que corresponda remitir al órgano ambiental de la Junta de Andalucía, y con independencia de los informes de carácter interno necesarios para garantizar la aplicación y control del PVA, se emitirá, un informe semestral durante la fase de construcción y, una vez finalizadas las obras, un informe anual durante 3 años que recojan los aspectos supervisados. Estos informes incluirán los resultados obtenidos de los planes de restauración, y se contemplará la posibilidad de efectuar nuevas actuaciones si, durante este periodo, no se alcanzan los objetivos mínimos establecidos en el proyecto inicial. Los informes incluirán un capítulo de conclusiones la eficacia de las medidas correctoras adoptadas, las posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos y en su caso, propondrá medidas correctoras adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles realizados. Asimismo, al finalizar este periodo de 3 años, se propondrá el programa de vigilancia a cumplir en los años sucesivos. Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

10. Conclusión.-En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 19 de febrero de 2007, formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Línea eléctrica, a 400 kV, doble circuito, Cabra-Guadalquivir Medio», concluyendo que el proyecto es ambientalmente viable al no observarse impactos significativos adversos y debe realizarse conforme a las medidas previstas en el EsIA y las condiciones establecidas en la presente declaración.

Madrid, 20 de febrero de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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