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Documento BOE-A-2007-15748

Resolución de 18 de julio de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Ampliación del Sistema Automático de Información Hidrológica en la Cuenca del Segura (sistema postrasvase Tajo-Segura).

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 2007, páginas 35657 a 35658 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-15748

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su Anexo III. El proyecto Ampliación del SAIH en la Cuenca del Segura (sistema postrasvase Tajo-Segura) se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el epígrafe A del grupo 4 del referido Anexo II y por poder afectar a los lugares Natura 2000: ES6200023 Sierra de la Tercia; ES0000173 Sierra Espuña; ES6200045 Río Mula y Pliego; ES6200026 Sierra de Ricote-La Navela; ES6200005 Humedal de Ajauque y Rambla Salada; ES6200028 Río Chícamo; ES5213026 Sierra de Orihuela; ES5212012 Sierra de Escalona y Campoamor. Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto.-Promotor y órgano sustantivo.

Las actuaciones proyectadas se basan en la actualización y ampliación del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Cuenca Hidrográfica del Segura. El proyecto tiene como objeto ampliar y actualizar a las nuevas tecnologías los puntos de medición y control, para mejorar la gestión del recurso agua en toda la Cuenca, tanto en cantidad como en calidad, para las aguas superficiales, subterráneas y las distintas aportaciones al Sistema (fundamentalmente pluviometría, pero también la entrada de agua procedente del Trasvase ATS y las desaladoras). Los objetivos concretos que se quieren alcanzar con este proyecto son:

Telemedida de los caudales detraídos en las tomas (tipo gravedad e impulsión) y aportaciones en los Canales del Postrasvase.

Telemedida en los embalses y balsas de regulación, con transmisión de señal de entrada y salida de caudales y nivel en el embalse. Integración de los puntos de telecontrol existentes relacionados directa o indirectamente con la explotación del Trasvase. Sensorización en la ubicación de las actuales compuertas y telemedida de los valores medidos y a medir. Telemando de las compuertas: Recepción de señales y transmisión de ordenes desde los distintos centros de control previstos. Actualización, adaptación e integración de los telemandos locales ya operativos. Integración de la nueva red de control en el Sistema de Comunicaciones prevista para este proyecto. Se prevé dotar de un medio de comunicaciones redundante, que sea alternativo al previsto para los distintos servicios de la Confederación. Dos nuevos centros de control local en: El partidor de la Fortuna y la Balsa del Cabezo. Nuevo aforador en la cola del Canal de Crevillente. Ejecución de dos nuevas líneas eléctricas con una longitud total de 57,6 km, de los cuales casi 8 km serán subterráneas (a su paso por espacios de la Red Natura 2000) y cuyo trazado coincide con el trazado de los canales existentes.

El ámbito territorial del proyecto se engloba en terrenos de la Cuenca Hidrográfica del Segura, de las provincias de Almeria, Murcia y Alicante y se desarrolla sobre las infraestructuras existentes del trasvase Tajo-Segura.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente. 2. Tramitación y consultas.-El Ministerio de Medio Ambiente ha solicitado informe a diferentes organismos e instituciones relacionadas con el proyecto:

Relación de Consultados

Respuestas recibidas

Relación de Consultados

Respuestas Recibidas

D.G. del Medio Natural de la Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Región de Murcia.

D. G. de Planificación y Ordenación del Territorio de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat de Valencia.

D.G. para la Biodiversidad del Ministerio de Medio ambiente.

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El contenido ambiental de las respuestas recibidas es el siguiente:

La Dirección General para la Biodiversidad no considera necesario someter el proyecto al procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental, aunque en su informe incorpora una serie de recomendaciones, en forma de medidas preventivas y correctoras, para una mayor protección de la fauna del ámbito del proyecto.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se detectaron impactos sobre la fauna presente en el ámbito del proyecto. A la vista de lo cual, el promotor realiza modificaciones al proyecto según acredita su documentación de fecha 12 de julio de 2007, consistentes en:

Planificación de las obras en función de los taxones presentes en los diferentes espacios de la Red Natura del ámbito del proyecto.

Instalación de elementos salvapájaros en los tramos aéreos de las líneas eléctricas proyectadas. Diseño adecuado de los apoyos (torretas) de forma que se minimice el riesgo de electrocución para las aves.

3. Análisis según los criterios del anexo III.-Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: Gran parte de las actuaciones previstas, afectan a la sustitución o ampliación de instalaciones de telemando, electrónicas y similares, dentro de las zonas ya habilitadas para ello, por lo que la potencial afección ambiental es inapreciable.

En las otras actuaciones previstas, como son las nuevas casetas de control y las líneas eléctricas necesarias, se han proyectado minimizando la generación de residuos y la utilización de recursos en el primer caso y disminuyendo el riesgo de accidentes en el segundo, soterrando incluso los nuevos tendidos a su paso por los espacios de la Red Natura.

Ubicación del proyecto:

De forma general, las actuaciones de este proyecto se ejecutarán en torno a los canales y otras infraestructuras ya existentes y estarán localizadas en su entorno. A ambos lados de cada canal existe una banda de terreno de Dominio Público Hidráulico y un camino de servicio que pertenecen a la propia Confederación, para mantenimiento y explotación de los canales. Estas serán las zonas donde se ubicarán la mayoría de las nuevas infraestructuras y por donde se realizará el acceso a los puntos de control.

Los canales existentes del trasvase se encuentran, en algunos de sus tramos, incluidos en áreas de la Red Natura, por lo que algunas de las infraestructuras proyectadas se ejecutarán en el interior de estos espacios protegidos. Sin embargo, al tratarse de la modernización de equipamientos existentes y a la ejecución de nuevas infraestructuras próximas a las actuales, no siendo necesario el trazado de nuevos caminos, se evita la existencia de impactos significativos en estas áreas.

Características del potencial impacto:

El potencial impacto viene determinado fundamentalmente por la ejecución de la obra civil necesaria para las nuevas infraestructuras hidráulicas y por los nuevos tendidos eléctricos que se pretenden ejecutar.

La ocupación del terreno, aunque mínima, con el desbroce de la vegetación existente, la contaminación atmosférica provocada por el movimiento de tierras y el trasiego de maquinaria, así como el potencial impacto de las nuevas líneas eléctricas, fundamentalmente sobre la avifauna presente en el ámbito de actuación, serían las principales afecciones que podrían producirse con la ejecución y explotación de este proyecto. De cualquier forma, la dimensión del proyecto y la magnitud y probabilidad de los potenciales impactos previstos, quedan perfectamente atenuados con las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor, como son: control de emisiones, riegos periódicos de las superficies de obra, soterramiento de parte de los nuevos tendidos, instalación de elementos salvapájaros y diseños adecuados de los apoyos eléctricos para evitar electrocuciones de la avifauna.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 17 de julio de 2007, se concluye que el proyecto, en su versión modificada según se ha señalado con anterioridad, es viable ambientalmente al no observarse impactos adversos significativos, por lo que resuelvo:

No someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través de, Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 18 de julio de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

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