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Documento BOE-A-2006-18950

Orden INT/3327/2006, de 9 de octubre, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 31 de octubre de 2006, páginas 37846 a 37847 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2006-18950

TEXTO ORIGINAL

El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, dispone que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquéllas en las que concurran los siguientes requisitos: que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general; que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados; que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas; que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios; y que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Según se establece en el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la asociación, del Consejo Superior de Deportes si se tratase de asociaciones deportivas y, en todo caso, del Ministerio de Economía y Hacienda. En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, se acuerda:

Primero.-Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:

Denominación

CCAA

N.º Reg. CCAA

Associació Catalana de Fibrosi Quística

Cataluña.

10164

Associació Castellví Solidari-Junts Podem

Cataluña.

20310

Associació Disminuïts Físics D'Osona

Cataluña.

5750

Segundo.-Declarar de utilidad pública a las siguientes Federaciones de Asociaciones, inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:

Denominación

CCAA

N.º Reg. CCAA

Federació de Persones Sordes de Catalunya (FESOCA)

Cataluña.

22

Madrid, 9 de octubre de 2006.-El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), la Secretaria General Técnica del Ministerio del Interior, María Ángeles González García.

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