Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-15638

Decreto 340/2006, de 7 de septiembre, de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cataluña y de su disolución.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 8 de septiembre de 2006, páginas 31963 a 31963 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2006-15638
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ct/d/2006/09/07/340

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo que dispone el artículo 75 del Estatuto de autonomía de Cataluña; De conformidad con lo establecido en el artículo 56 y la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; en los artículos 46.c) y 60 de la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalidad, y en la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, decreto:

Artículo 1. Convocatoria.

Se convocan elecciones al Parlamento de Cataluña, que tendrán lugar el día 1 de noviembre de 2006.

Artículo 2. Disolución del Parlamento.

Queda disuelto el Parlamento de Cataluña elegido el día 16 de noviembre de 2003.

Artículo 3. Diputados.

De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña, las circunscripciones electorales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona elegirán, respectivamente, 85, 17, 15 y 18 diputados.

Artículo 4. Campaña electoral.

La campaña electoral durará 15 días, comenzará a las cero horas del día 16 de octubre de 2006 y acabará a las veinticuatro horas del día 30 de octubre de 2006.

Disposición adicional.

Las elecciones convocadas mediante este Decreto se regirán por lo establecido en los artículos 56 y 75 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; por las normas correspondientes a la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general; por el Decreto de normas complementarias de estas elecciones y por las otras disposiciones legales de aplicación a este proceso electoral.

Disposición final.

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 7 de septiembre de 2006.-Presidente de la Generalidad de Cataluña, Pasqual Maragall i Mira.

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 07/09/2006
  • Fecha de publicación: 08/09/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 08/09/2006
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
  • Publicada en el DOGC núm. 4715, de 8 de septiembre de 2006.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, dictando normas sobre la colaboración del servicio de correos: Orden FOM/2810/2006, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-2006-16005).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 46.a) y c) de la Ley 3/1982, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-1982-10330).
    • Disposición transitoria 4 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1979-30178).
  • CITA Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Cataluña
  • Elecciones autonómicas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid