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Documento BOE-A-2005-8735

Real Decreto 542/2005, de 13 de mayo, por el que se indulta a don Julio Burgos Delgado.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2005, páginas 17956 a 17956 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2005-8735

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Julio Burgos Delgado, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Zaragoza, en sentencia de 26 de noviembre de 2001, como autor de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años y tres meses de prisión y multa de 17 meses con una cuota diaria de 1.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos durante los años 1996 a 1997, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de mayo de 2005,

Vengo en conmutar a don Julio Burgos Delgado la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR

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