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Documento BOE-A-2004-4296

Resolución de 9 de febrero de 2004, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, a determinadas formaciones deportivas de deportes de montaña autorizadas por la Dirección General de Deporte, de la Comunidad Autónoma Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2004, páginas 10585 a 10587 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-4296

TEXTO ORIGINAL

Publicado en el Boletín Oficial del Estado de 23 de enero de 1998, el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, configuró como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, y aprobó las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas.

La Disposición transitoria primera del mencionado Real Decreto 1913/1997, prevé que, hasta el momento en que se produzca la implantación efectiva de las enseñanzas en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, las formaciones de entrenadores que lleven a cabo las Federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en la misma modalidad o especialidad, pueden obtener, además del efecto federativo, el efecto académico de correspondencia formativa con las enseñanzas deportivas de régimen especial, previsto en el artículo 18.2 del propio Real Decreto.

Para obtener tal efecto académico, las formaciones han de cumplir una serie de requisitos: contar con la previa autorización administrativa del órgano competente de las Comunidades Autónomas, prevista en el punto 3 de la ya citada Disposición transitoria primera, del Real Decreto 1913/1997; ajustarse a lo dispuesto en la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre; y contar también con el reconocimiento del Consejo Superior de Deportes, previsto en el apartado vigésimo octavo de la ya mencionada Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre.

Este reconocimiento ha de otorgarlo el Consejo Superior de Deportes, cuando proceda, a solicitud del órgano competente de la Comunidad Autónoma, y conforme a lo previsto en la Orden de 30 de julio de 1999, que regula el procedimiento para el reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos a las que se refieren el artículo 42 y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.

Dado que ya se encuentran implantadas las enseñanzas de régimen especial en los deportes de montaña y escalada, la Secretaría General para el Deporte, de la Comunidad Autónoma Valenciana ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones que previamente autorizó en los citados deportes, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre,

He resuelto:

Primero.

A los efectos de correspondencia formativa de las formaciones llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, se otorga el reconocimiento al que se refiere el apartado Vigésimo octavo de la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre a las formaciones de entrenadores y técnicos de los deportes de montaña y escalada, autorizadas por la Dirección General de Deportes, de la Comunidad Autónoma Valenciana, e impartidas por la Federacio d’Esports de Muntanya de la Comunitat Valenciana, que se detallan en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo.

A los efectos de correspondencia formativa a los que se refiere el apartado Primero, quedarán inscritas en el Consejo Superior de Deportes las formaciones reconocidas conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que dieron lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 9 de febrero de 2004.–El Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, Juan Antonio Gómez-Angulo Rodríguez.

ANEXO
Formaciones que se reconocen, autorizadas por la Dirección General de Deportes, de la Comunidad Autónoma Valenciana, e impartidas por la Federacio d’Esports de Muntanya de la Comunitat Valenciana

A. Cursos que se reconocen

Diploma de Iniciador al Montañismo. Nivel 1

Curso autorizado por Resolución de 23/12/1999. Fechas: 18/09/99 al 7/12/99. Código de plan: PT1699N1MOME01.

Total de cursos reconocidos: 1.

A) Diploma de Técnico Iniciador al Montañismo. Nivel 1

Curso autorizado por Resolución de 10/04/2000. Fechas: 10/09/00 al 10/12/00. Código de plan: PT1600N1MOME01.

Curso autorizado por Resolución de 12/04/2001. Fechas: 08/09/01 al 09/12/01. Código de plan: PT1600N1MOME01.

Curso autorizado por Resolución de 11/10/2002. Fechas: 04/05/02 al 24/11/02. Código de plan: PT1600N1MOME02.

Total de cursos reconocidos: 3.

B) Diploma de Técnico Deportivo. Guía Acompañante de Montaña. Nivel II

Curso autorizado por Resolución de 11/10/2002. Fechas: 06/04/02 al 08/12/02. Código de plan: PT1602N2MOAL01.

Total de cursos reconocidos: 1.

Diploma de Técnico Deportivo (Escalada). Nivel II

Curso autorizado por Resolución de 11/10/2002. Fechas: 13/04/02 al 20/10/02. Código de plan: PT1602N2MOES01.

Total de cursos reconocidos: 1.

Diploma de Técnico Deportivo (Barrancos). Nivel II

Curso autorizado por Resolución de 11/10/2002. Fechas: 13/04/02 al 29/09/02. Código de plan: PT1602N2MOBA01.

Total de cursos reconocidos: 1.

Diploma de Técnico Guía de Alta Montaña. Nivel III

Curso autorizado por Resolución de 29/05/2003. Fechas: 26/04/03 al 31/12/03. Código de plan: PT1603N3MOAL01.

Total de cursos reconocidos: 1.

B. Planes de formación que se reconocen

Código: PT1699N1MOME01

Requisitos de acceso:

Edad: 18 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Licencia federativa en vigor.

Bloque común:

Área de fundamentos biológicos: 25 h.

Área del comportamiento y del aprendizaje: 30 h.

Área de teoría y práctica del entrenamiento: 14 h.

Área de organización y legislación del deporte: 6 h.

Bloque específico:

Área de formación técnica, táctica, reglamento: 54 h.

Área de didáctica de la modalidad deportiva: 15 h.

Área de seguridad e higiene en el deporte: 33 h.

Área de desarrollo profesional: 11 h.

Área de medio ambiente: 27 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 415 horas.

Código: PT1600N1MOME01

Requisitos de acceso:

Edad: 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Licencia federativa en vigor.

Bloque común:

Área de fundamentos biológicos: 25 h.

Área del comportamiento y del aprendizaje: 30 h.

Área de teoría y práctica del entrenamiento: 14 h.

Área de organización y legislación del deporte: 7 h.

Bloque específico:

Área de formación técnica, táctica, reglamento: 54 h.

Área de didáctica de la modalidad deportiva: 15 h.

Área de seguridad e higiene en el deporte: 33 h.

Área de desarrollo profesional: 11 h.

Área de medio ambiente 27 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 416 horas.

Código: PT1600N1MOME02

Requisitos de acceso:

Edad: 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Licencia federativa en vigor.

Bloque común:

Área de fundamentos biológicos: 25 h.

Área del comportamiento y del aprendizaje: 30 h.

Área de teoría y práctica del entrenamiento: 14 h.

Área de organización y legislación del deporte: 7 h.

Bloque específico:

Área de formación técnica, táctica, reglamento: 60 h.

Área de didáctica de la modalidad deportiva: 20 h.

Área de seguridad e higiene en el deporte: 37 h.

Área de desarrollo profesional: 11 h.

Área de medio ambiente: 27 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 431 horas.

Código: PT1602N2MOAL01

Requisitos de acceso:

Edad: 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Licencia federativa en vigor.

Diploma federativo del nivel 1.

Bloque común:

Área de fundamentos biológicos II: 50 h.

Área del comportamiento y del aprendizaje: 40 h.

Área de teoría y práctica del entrenamiento: 40 h.

Área de organización y legislación del deporte: 11 h.

Bloque específico:

Área de formación técnica, táctica, reglamento: 53 h.

Área de didáctica de la modalidad deportiva: 35 h.

Área de entrenamiento específico: 45 h.

Área de seguridad e higiene en el deporte: 28 h.

Área de desarrollo profesional: 11 h.

Área de medio ambiente: 28 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 541 horas.

Código: PT1602N2MOES01

Requisitos de acceso:

Edad: 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Diploma federativo de nivel 1.

Licencia federativa en vigor.

Bloque común:

Fundamentos biológicos I: 50 h.

Comportamiento y del aprendizaje: 40 h.

Teoría y práctica del entrenamiento: 40 h.

Organización y legislación del deporte: 10 h.

Bloque específico:

Formación técnica, táctica, reglamento: 53 h.

Didáctica de la modalidad deportiva: 35 h.

Seguridad e higiene en el deporte: 28 h.

Desarrollo profesional: 11 h.

Entrenamiento específico: 45 h.

Medio ambiente 28

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 540 horas.

Código: PT1602N2MOBA01

Requisitos de acceso:

Edad: 16 años.

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Pruebas específicas de acceso.

Diploma federativo de nivel 1.

Licencia federativa en vigor.

Bloque común:

Fundamentos biológicos I: 50 h.

Comportamiento y del aprendizaje: 40 h.

Teoría y práctica del entrenamiento: 40 h.

Organización y legislación del deporte: 10 h.

Bloque específico:

Conducción en barrancos: 30 h.

Didáctica de la modalidad deportiva: 50 h.

Seguridad e higiene en el deporte: 40 h.

Medio ambiente: 30 h.

Desarrollo profesional: 10 h.

Entrenamiento específico: 20 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 520 horas.

Código: PT1603N3MOAL01

Requisitos de acceso:

Edad: 21 años.

Título de Bachiller o equivalente.

Currículo deportivo y Entrenador federativo durante al menos: 2 años. Licencia federativa en vigor.

Diploma federativo de montaña de nivel 2.

Bloque común:

Área de fundamentos biológicos I: 50 h.

Área del comportamiento y del aprendizaje: 40 h.

Área de teoría y práctica del entrenamiento: 40 h.

Área de organización y legislación del deporte: 30 h.

Bloque específico:

Área de formación técnica, táctica, reglamento: 165 h.

Área de didáctica de la modalidad deportiva: 35 h.

Área de seguridad e higiene en el deporte: 28 h.

Área de desarrollo profesional: 25 h.

Área de entrenamiento específico: 35 h.

Área de medio ambiente: 72 h.

Período de prácticas: 200 h.

Total carga lectiva: 720 horas.

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