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Documento BOE-A-2004-4277

Resolución de 26 de enero de 2004, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se recogen modificaciones de becas de la convocatoria general de becas MAE-AECI, curso 2003-2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2004, páginas 10560 a 10560 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2004-4277

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resoluciones de la Agencia Española de Cooperación Internacional de fecha 8 de agosto de 2003 (B.O.E. 28-08-03) y 2 de septiembre de 2003 (B.O.E. 3-10-03) se concedieron las becas de la convocatoria general de «Becas MAE-AECI» para ciudadanos extranjeros y españoles para verano 2003 y curso 2003-2004 (Resolución de fecha 22 de noviembre 2002, B.O.E. 11-12-02). Habiéndose producido circunstancias que aconsejan determinadas modificaciones, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,

Esta Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional ha resuelto:

Primero.

Conceder ayuda de matrícula por un importe no superior a 1.200 euros a los becarios que se relacionan, cuyos programas de estudio implican un coste por dicho concepto y que por omisión no se les adjudicó:

Nombre y apellidos País Programa Período de beca concedido
Claudia Gianella González. Bolivia. VI.A. 1-10-03/30-9-04
Lizary Rodríguez Ríos. Puerto Rico. VI.A. 1-10-03/30-9-04
Alejandro R. Veliz Llaguno. Venezuela. II.B. 1-10-03/30-9-04
Segundo.

Ampliar las fechas de disfrute de beca a los siguientes becarios, por el período adicional que se indica en cada caso, con el fin de que coincida con la duración de los estudios que realizan en España:

Nombre y apellidos País Programa Fechas iniciales concedidas Periodo adicional
Ventura Checa Salazar. España. VI.C. 1-1-04/30-9-04 1-10-04/31-12-04
Laia Villegas Torrás. España. III.B. 1-10-03/31-5-04 1-6-04/30-9-04
Silva Pereira Ginga. Angola. II.A. 1-10-03/31-1-04 1-2-04/30-4-04

La dotación es de 900 euros mensuales y seguro médico, no farmacèutico, durante el período de vigencia de la beca.

Nombre y apellidos País Programa Fechas iniciales concedidas Periodo adicional
Lídice Romero Amondaray. Cuba. II.B. 1-10-03/31-3-04 1-4-04/30-4-04

La dotación es de 420 euros mensuales y alojamiento en régimen de pensión completa en un colegio de la Fundación Colegios Mayores MAE-AE-CI, cuyo coste es de 740 euros mensuales, y seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca.

Tercero.

Modificar las fechas de duración de beca, para que los candidatos que se relacionan la disfruten durante el periodo que se indica en cada caso:

Nombre y apellidos País Programa Fechas iniciales concedidas Fechas modificadas
Luciano Felicio Fernándes. Brasil. II.B. 1-1-04/31-1-04 1-7-04/31-7-04
Beatriz R. Martínez Daramas. Cuba. II.B. 1-7-03/31-10-04 1-3-04/30-6-04

La dotación es de 900 euros mensuales y seguro médico, no farmacéutico, durante el período de vigencia de la beca.

Cuarto.

Conceder beca para el programa II.C, a D.a Viviane Nery Vaz Cabral (Brasil), desde 1-2-04 a 30-6-04.

La dotación es de 420 euros mensuales y alojamiento en régimen de pensión completa en un colegio de la Fundación Colegios Mayores MAE-AECI, cuyo coste es de 740 euros mensuales, ayuda de viaje de 1000 euros y seguro médico, no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de la beca.

Quinto.

Dejar sin efecto las siguientes becas por renuncias de los interesados:

Zenaide Sachet (Brasil).

Rolando de Jesús González Peña (Cuba).

Juan Enrique Tacoronte Morales (Cuba).

Sulay Loy Acosta (Cuba).

Elis Regina Delgadillo Arana (Nicaragua).

Sexto.

Ordenar la publicación en el B.O.E de las becas reconocidas en esta Resolución en los términos previstos por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y citada Resolución de 22 de noviembre de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 26 de enero de 2004.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, BOE 12.02.01), el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director General de Relaciones Culturales y Científicas.

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