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Documento BOE-A-2003-8616

Orden APU/1000/2003, de 21 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 26 de abril de 2003, páginas 16254 a 16293 (40 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-8616

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para el año 2003, y con

el fin de atender las necesidades de personal de la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso o acceso

en los siguientes Cuerpos y Escalas, indicándose el número de

plazas y anexo correspondiente para cada uno de ellos:

Total

plazas

Sistema

general

Reserva

discapac. Anexo

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Ingreso Libre) .................. 1.166 1.126 40 I

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Promoción Interna para personal

funcionario) .................. 10 10 - II

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Promoción interna para personal

laboral fijo) ................... 100 97 3 III

Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado

(Promoción horizontal para

personal laboral fijo) ............... 150 145 5 IV

Cuerpo General Administrativo de

la Administración del Estado

(Promoción interna para

personal funcionario) ............... 1.733 1.681 52 V

Cuerpo General Administrativo de

la Administración del Estado

(Promoción horizontal para

personal laboral fijo) ............. 200 194 6 VI

Cuerpo Técnicos Auxiliares de

Informática de la

Administración del Estado y Escala de

Operadores de Ordenador de

Informática de la Seguridad Social

(Ingreso Libre) ................ 65 62 3 VII

Cuerpo Técnicos Auxiliares de

Informática de la

Administración del Estado y Escala de

Operadores de Ordenador de

Informática de la Seguridad Social

(Promoción interna para

personal funcionario) ............... 60 58 2 VIII

Cuerpo Gestión de la

Administración Civil del Estado (Ingreso

Libre) ........................ 186 176 10 IX

Cuerpo Gestión de la

Administración Civil del Estado

(Promoción interna para personal

funcionario) ..................... 98 95 3 X

Total

plazas

Sistema

general

Reserva

discapac. Anexo

Cuerpo Gestión de Sistemas e

Informática de la

Administración del Estado (Ingreso Libre). 41 39 2 XI

Cuerpo Gestión de Sistemas e

Informática de la

Administración del Estado (Promoción

interna para personal

funcionario) ........................... 20 19 1 XII

TOTAL ................... 3.829 3.702 127

Las bases de la convocatoria a la que se refiere esta Orden

serán comunes para todos los Cuerpos y Escalas, a excepción

de los aspectos específicos que vendrán recogidos en el

correspondiente anexo para cada uno de ellos.

Bases comunes

1. Puestos de trabajo con participación en el ejercicio

del poder público

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que supongan la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

excluidos de la posibilidad de ser elegidos por los aspirantes que

no tengan la nacionalidad española.

2. Fase de oposición

Los procesos selectivos constarán, en todo caso, de una fase

de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que

se especifican en el anexo correspondiente a cada uno de ellos.

3. Superación de ejercicios de esta convocatoria de los aspirantes

por promoción interna

Los aspirantes que en el turno de promoción interna hubieran

superado las pruebas, pero, al no reunir méritos suficientes, no

hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las

pruebas en la siguiente convocatoria. En la promoción del grupo D

al C, y siempre que no existan convocatorias de acceso libre para

ello, esta exención se extenderá a las dos siguientes convocatorias.

4. Programas

Los programas que han de regir las pruebas de la fase de

oposición, en su caso, son los que figuran en las normas específicas

recogidas en el anexo correspondiente a cada proceso selectivo.

5. Calendario de la fase de oposición

Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará entre

el 2 de junio y el 6 de octubre de 2003.

La duración máxima de la fase de oposición será de seis meses

contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

6. Nombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran

superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos,

serán nombrados funcionarios de carrera mediante Resolución de

la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el Boletín Oficial del Estado, con indicación del

destino adjudicado.

7. Requisitos de los candidatos

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta participación que

se señalan a continuación, así como los contenidos en las

correspondientes normas específicas:

7.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

7.2 Edad: Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

7.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener

el título exigido para el ingreso en cada Cuerpo, de acuerdo con

lo establecido en la norma específica correspondiente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá

estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

7.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de

las correspondientes funciones.

7.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones

Públicas, hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas, ni pertenecer al mismo cuerpo a cuyas pruebas selectivas

se presenten.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

7.6 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.

8. Solicitudes

8.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas (calle María

de Molina, n.o 50, Madrid-28006) o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán

a la Directora General de la Función Pública.

8.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud número 790

que será facilitado gratuitamente en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas y en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, n.o 50, Madrid), en Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm,

en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero.

8.3 Las instrucciones para cumplimentar la solicitud son las

siguientes:

En el recuadro correspondiente a "Centro gestor" se consignará

"Subsecretaría".

En el recuadro 18 "Ministerio/Organo/Entidad convocante", se

consignará "Ministerio de Administraciones Públicas".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que haya sido publicada la presente convocatoria.

En el recuadro 20, relativo a "Provincia de examen", los

aspirantes, a excepción de los del Cuerpo General Auxiliar de la

Administración del Estado, que deberán atenerse a sus normas

específicas, harán constar la ciudad en la que desean realizar los

ejercicios de la fase de oposición de entre las siguientes:

Albacete, Barcelona, Burgos, Cáceres, Ceuta, Córdoba, A

Coruña, Granada, León, Logroño, Madrid, Melilla, Murcia, Oviedo,

Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Pamplona,

Pontevedra, Salamanca, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Sevilla,

Toledo, Valencia, Valladolid, Vitoria, Zaragoza.

Los aspirantes quedan vinculados al lugar solicitado, pudiendo

únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado

dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

En el caso de que el número de aspirantes no justificase la

realización de exámenes en alguna de las ciudades citadas, la

Comisión Permanente de Selección convocará a los opositores

afectados a los oportunos lugares de examen.

En cualquier caso, de no especificarse en la solicitud el dato

del lugar de examen por el que se opta, se entenderá que el

aspirante desea realizar los ejercicios en Madrid.

En el recuadro 21 los aspirantes con minusvalía podrán indicar

el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar,

expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de

tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta

adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Administraciones Públicas. Derechos de examen". El ingreso podrá

efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad

bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

8.4 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea y del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que no está

separado de derecho de su cónyuge, y en su caso, del hecho de

que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

8.5 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

8.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

8.7 Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud

para cada uno de los procesos selectivos convocados ni solicitar

la realización de las pruebas por más de un lugar de examen.

Quienes solicitasen participar por el cupo de reserva de

discapacitados únicamente podrán presentarse por ese cupo. La

contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión

de los aspirantes que no la hubiesen observado.

9. Admisión de aspirantes

9.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Secretario de Estado para la Administración Pública, a propuesta

de la Directora General de la Función Pública, dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de

admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse

en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los aspirantes

excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos,

nombre y número de documento nacional de identidad o

pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar el

defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados a

partir del día siguiente a la publicación de la resolución. Asimismo,

se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta al público

la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora de comienzo

del primer ejercicio, con expresión de los opositores que se

convoquen en cada uno de los ámbitos territoriales, en su caso.

9.2 En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas

imputables a los interesados no procederá la devolución de los

derechos de examen.

10. Comisión Permanente de Selección

10.1 El órgano encargado de la selección será la Comisión

Permanente de Selección.

El procedimiento de actuación de la Comisión Permanente de

Selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en la Orden de 3 de octubre de 2001 por la que se regula la

Comisión Permanente de Selección y demás disposiciones vigentes.

10.2 Si en algún momento la Comisión Permanente de

Selección tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno

o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece

de errores o falsedades, que imposibilitaran su acceso al Cuerpo

correspondiente en los términos establecidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión a la autoridad convocante, comunicándole las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud

de admisión a las pruebas selectivas.

10.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la

Comisión Permanente de Selección o de sus Comisiones Delegadas

cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

10.4 La Comisión Permanente adoptará las medidas precisas

para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los

ejercicios.

En este sentido, para las personas con minusvalía que lo

soliciten en la forma prevista en la base 8.3 se establecerán las

adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, la Comisión Permanente podrá requerir informe

y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la

Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con minusvalía

que se haya presentado por el cupo de reserva de discapacitados

superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza,

y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes

del sistema de acceso general (libre o de promoción interna) será

incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso

general.

10.5 La Comisión Permanente de Selección podrá convocar

la realización de los ejercicios correspondientes a cada una de

las pruebas selectivas atendiendo a los principios de celeridad

y eficacia, de forma tal que puedan celebrarse en el mismo día

diversos ejercicios correspondientes a diferentes procesos

selectivos, incluyendo la posibilidad de coincidencia horaria entre

ingreso por el turno libre y acceso por promoción interna.

10.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la

Comisión Permanente de Selección tendrá su sede en la Dirección

General de la Función Pública, calle María de Molina, n.o 50,

Madrid, teléfonos (91) 586 40 77 y (91) 586 19 05, Fax (91)

586 40 81 y dirección de correo electrónico cpsUmap.es

10.7 En cada una de las pruebas selectivas, la Comisión

Permanente de Selección tendrá la categoría que corresponda al grupo

del Cuerpo correspondiente, de acuerdo con lo recogido en el

artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

11. Desarrollo de los ejercicios

11.1 Los exámenes se realizarán en las ciudades señaladas

en la base 8.3 y en las normas específicas correspondientes.

11.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de

14 de marzo).

11.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

11.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales

donde se haya celebrado el anterior y en la sede de la Comisión

Permanente de Selección señalada en la base 10.6, así como por

cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su

máxima divulgación.

11.5 La Comisión Permanente de Selección adoptará las

medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase

de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano

de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de

los aspirantes. La Comisión podrá excluir a aquellos opositores

en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o

signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

11.6 La Comisión Permanente de Selección fijará la

puntuación necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

12. Certificado de servicios para los aspirantes de acceso por

promoción interna y publicación de la valoración de méritos

12.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente

al que se hagan públicas las listas de aprobados del último ejercicio

de la fase de oposición, los funcionarios aspirantes de promoción

interna que lo hayan superado deberán presentar en el Registro

Auxiliar del Ministerio de Administraciones Públicas, C/ María

de Molina, 50, Madrid-28006, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios

de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o,

en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura

en el Anexo XIII, en la que, entre otros extremos se contenga:

Mención expresa del número total de años de servicio

completos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, referidos al

día de publicación de esta convocatoria.

Grado personal consolidado en dicha fecha y debidamente

formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por

la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo

de 20 días naturales indicado.

Nivel de complemento de destino correspondiente al puesto

de trabajo que desempeñen en la fecha de la publicación de la

convocatoria, según lo establecido para la valoración de la fase

de concurso en las normas específicas correspondientes.

En todo caso, la Comisión Permanente de Selección solicitará

de la Unidades competentes de las Administraciones Públicas la

emisión de los certificados correspondientes a cada uno de los

aspirantes.

12.2 Los certificados de servicios correspondientes al

personal laboral se realizarán conforme a lo dispuesto en la norma

específica del Anexo correspondiente.

12.3 La lista que contenga la valoración provisional de

méritos de la fase de concurso se hará pública mediante resolución

de la Dirección General de la Función Pública. Los aspirantes

dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir

del siguiente al de la publicación de dicha resolución, para alegar

las rectificaciones pertinentes.

Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga

la relación de las puntuaciones definitivas de la fase de concurso.

13. Listas de aprobados

13.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, la Comisión Permanente de Selección hará públicas, en

el lugar o lugares de celebración del ejercicio y en la sede de

la Comisión Permanente de Selección, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

13.2 Finalizada la fase de oposición o el concurso-oposición,

la Comisión Permanente de Selección elevará a la Secretaría de

Estado para la Administración Pública la relación definitiva de

aspirantes que han superado la fase de oposición o el

concurso-oposición por orden de puntuación. Dicha relación se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los aspirantes

propuestos de un plazo de 20 días naturales, para la presentación

de la documentación acreditativa de los requisitos establecidos

en la convocatoria.

13.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a

un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

13.4 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida, según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

13.5 Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de

discapacitados se acumularán a las generales de ingreso libre o de acceso

por promoción interna.

14. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de

Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde su publicación

o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de la Comisión Permanente de

Selección, conforme a lo previsto en la citada Ley.

Madrid, 21 de abril de 2003.-P. D. (Orden de 28 de marzo

de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 18 de abril), el Secretario

de Estado para la Administración Pública, Julio Gómez-Pomar

Rodríguez.

Ilmos. Sres. Directora General de la Función Pública y Presidente

de la Comisión Permanente de Selección.

ANEXO I

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar

de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema general

de ingreso libre será de 1.166 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 40 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/ 1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. Las plazas convocadas en las presentes pruebas selectivas

se desglosan de acuerdo con la siguiente distribución territorial:

Ámbito territorial Plazasconvocadas

A Coruña ...................................... 3

Alava .......................................... 1

Albacete ....................................... 5

Alicante ....................................... 34

Almería ........................................ 40

Asturias ....................................... 4

Avila .......................................... 1

Badajoz ........................................ 24

Barcelona ..................................... 172

Burgos ........................................ 3

Cáceres ........................................ 10

Cádiz .......................................... 23

Cantabria ...................................... 5

Castellón ...................................... 6

Ceuta .......................................... 6

Ciudad Real ................................... 7

Córdoba ....................................... 4

Cuenca ........................................ 4

Girona ......................................... 21

Granada ....................................... 7

Guadalajara ................................... 4

Guipúzcoa ..................................... 8

Huelva ......................................... 14

Huesca ........................................ 2

Illes Balears .................................... 84

Jaen ........................................... 6

Las Palmas de Gran Canaria .................... 131

La Rioja ....................................... 1

Lleida ......................................... 10

Lugo .......................................... 2

Madrid ......................................... 287

Málaga ........................................ 28

Melilla ......................................... 4

Murcia ......................................... 13

Navarra ........................................ 6

Ámbito territorial Plazasconvocadas

Ourense ....................................... 1

Palencia ....................................... 2

Pontevedra .................................... 4

Santa Cruz de Tenerife ......................... 98

Salamanca ..................................... 1

Segovia ........................................ 1

Sevilla ......................................... 22

Tarragona ..................................... 15

Teruel ......................................... 1

Toledo ......................................... 15

Valencia ....................................... 9

Valladolid ..................................... 5

Vizcaya ........................................ 7

Zaragoza ...................................... 5

TOTAL .................................. 1.166

3. El aspirante deberá hacer constar en su solicitud el lugar

de examen por el que opta entre los ámbitos territoriales señalados

en el párrafo anterior.

Este ámbito vincula al aspirante para la realización del primer

ejercicio de las pruebas del proceso selectivo, sin perjuicio de

lo establecido en la base común 8.3.

4. Si los aspirantes que superen las pruebas selectivas no

llegasen a cubrir las plazas, por renuncia u otras causas imputables

a los interesados, teniendo en cuenta la puntuación total obtenida

por cada uno de los aspirantes, se procederá a ofrecer las plazas

vacantes a quienes hayan obtenido mayor puntuación total y no

se les haya adjudicado plaza, y en su caso, a la adjudicación

correspondiente. En caso de empate entre distintos aspirantes, se

aplicará lo dispuesto en el apartado 8.2.5 de estas normas específicas.

5. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado

Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria

Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio de

Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar y

el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

6. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"L".

En el recuadro 20, "Provincia de examen", los aspirantes harán

constar necesariamente la ciudad en que desean realizar el primer

ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará en las capitales

de las provincias señaladas en la base 2 del presente anexo, en

Ceuta y en Melilla.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental,

Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional

de primer grado o equivalente.

Los derechos de examen serán 9,38 euros.

7. Desarrollo de los ejercicios

El primer ejercicio de la fase de oposición se desarrollará en

las ciudades señaladas en la base 2. En el caso de que el número

de aspirantes no justificase la realización de exámenes en alguna

de las ciudades citadas, la Comisión Permanente de Selección

convocará a los aspirantes afectados a los oportunos lugares de

examen.

El segundo ejercicio se realizará en el lugar que determine

la Comisión Permanente de Selección al hacer públicas las

relaciones de aspirantes que superen el primer ejercicio.

8. Ejercicios y valoración

8.1 La oposición constará de dos ejercicios, ambos de

carácter eliminatorio:

Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase

de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad

española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen,

deberán acreditar dicho conocimiento mediante la realización de

una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel

adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua.

Se calificará de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener

la valoración de "apto" para pasar a realizar las pruebas de la

fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Básico del Español como Lengua Extranjera

establecido por Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, o del

certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las

Escuelas Oficiales de Idiomas.

8.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un

cuestionario de noventa preguntas con cuatro respuestas alternativas,

siendo sólo una de ellas la correcta.

De las noventa preguntas, setenta versarán sobre las materias

del programa recogido en el apartado 9 de estas normas y veinte

sobre conocimientos gramaticales y de carácter aritmético propios

de las tareas a desempeñar por el Cuerpo General Auxiliar de

la Administración del Estado.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de sesenta minutos.

8.1.2 Segundo ejercicio: Constará de dos partes de carácter

práctico, a realizar en una misma sesión:

a) Primera parte: Consistirá en la transcripción de un texto

propuesto por la Comisión Permanente de Selección utilizando

el procesador de textos Word 97.

En esta parte se valorará el número de pulsaciones y su correcta

ejecución, así como la detección y corrección de las faltas de

ortografía que pudiera contener el texto facilitado.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de

quince minutos.

b) Segunda parte: Consistirá en la elaboración de un

documento a partir de otro que será facilitado al opositor, acompañado

de las instrucciones correspondientes, utilizando el procesador

de textos Word 97.

En esta parte se valorará la capacidad de los aspirantes para

la composición, modificación y corrección de documentos escritos

utilizando el citado procesador, así como el conocimiento de sus

funciones y utilidades.

El tiempo máximo para la realización de esta parte será de

treinta minutos.

En las dos partes de este ejercicio se facilitará a los aspirantes

los medios técnicos necesarios para su realización, si bien en el

procesador de textos Word 97 se desactivará la función

correspondiente a la corrección automática de textos.

8.2 Los ejercicios de la oposición se valorarán de la siguiente

manera:

8.2.1 Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de 0 a 50

puntos.

Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

8.2.2 Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos,

calificándose hasta 20 puntos la primera parte y hasta 30 puntos

la segunda. En la primera parte de este ejercicio, los errores

cometidos se valorarán negativamente.

La Comisión Permanente de Selección podrá determinar el

mínimo necesario a alcanzar en la primera parte para que pueda

evaluarse la segunda. Igualmente podrá determinarse el mínimo

de puntuación a alcanzar en la segunda parte para superar el

ejercicio.

8.2.3 En los dos ejercicios de la fase de oposición las

puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la

Comisión Permanente de Selección.

8.2.4 La Comisión Permanente de Selección determinará la

puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los

ejercicios.

8.2.5 La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos

ejercicios.

En el supuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran la misma

puntuación total se deshará el empate atendiendo a las

puntuaciones obtenidas en el ejercicio primero, segunda parte del

segundo ejercicio y primera parte del segundo ejercicio, por este orden.

9. Programa

1. La Constitución española de 1978: Características. Los

principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y

deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. El Tribunal Constitucional. Reforma de la Constitución. La

Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y Senado. El Defensor del Pueblo.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. Designación, duración

y responsabilidades del Gobierno.

6. La Administración General del Estado. El Consejo de

Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Los Secretarios

de Estado. Los Subsecretarios. Otros órganos administrativos.

7. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados

del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos

periféricos

8. La Organización territorial del Estado (I): Las Comunidades

Autónomas: Constitución, distribución de competencias entre el

Estado y las Comunidades Autónomas y Estatutos de Autonomía.

9. La Organización territorial del Estado (II): La

Administración Local: La Provincia, el Municipio y otras entidades.

10. Organismos públicos: Organismos autónomos y

entidades públicas empresariales.

11. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.

12. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Constitución, la Ley. Disposiciones normativas con

fuerza de ley. El Reglamento.

13. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

principios generales. Fases del procedimiento.

14. Los recursos administrativos: concepto y clases. La

jurisdicción contencioso-administrativa.

15. Organos superiores de la función pública. El Registro

Central de Personal. Programación de efectivos y Oferta de Empleo

Público.

16. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción

profesional. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios.

17. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario.

18. El régimen de la Seguridad Social de los funcionarios.

La MUFACE. El sistema de derechos pasivos.

19. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Derechos y deberes. Convenio único para el personal

laboral de la Administración General del Estado. Ambito de

aplicación y vigencia.

20. El presupuesto del Estado en España. Concepto y

estructura. Fases del ciclo presupuestario.

21. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

22. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

23. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones

del registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de

ordenación.

24. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización de la Administración Pública.

25. El ordenador personal: Concepto y funcionalidades

básicas.

26. Introducción al sistema operativo: El entorno Windows.

27. Estructura de almacenamiento de la información:

Archivos, directorios, ficheros. Almacenamiento externo: tipos de

soportes y características.

28. Aplicaciones de propósito general. Procesadores de texto:

Principales funciones y utilidades, grabación y recuperación de

ficheros, impresión, diseño de documentos.

29. Otras aplicaciones: Hojas de cálculo, bases de datos.

30. La Red Internet: Origen, evolución y estado actual.

Servicios en Internet: correo, ftp, etc.

ANEXO II

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción interna, de personal funcionario,

al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de

promoción interna de personal funcionario desde Cuerpos o Escalas

del grupo E será de 10 plazas.

2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria

Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o

equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio

de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar

y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo E incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados en el apartado

8 de estas normas específicas.

También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo E que estén

destinados en la Administración General del Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo E incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 8 de estas normas específicas.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo E, serán computables a efectos

de la antigüedad referida en el párrafo anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"P".

La fase de oposición se realizará en Madrid capital. Los

aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo

a la "Provincia de examen".

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental,

Enseñanza Secundaria Obligatoria - LOGSE, Formación

Profesional de primer grado o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se consignará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 8 de estas normas específicas, en el recuadro B) el

Ministerio u Organismo de destino y en el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán 4,69 euros.

5. Proceso de selección y valoración

El sistema selectivo será el de concurso-oposición al que seguirá

un curso selectivo de formación con las valoraciones, pruebas

y puntuaciones que se especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá

carácter obligatorio y eliminatorio y que consistirá en la

elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al

opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes,

utilizando el procesador de textos Word 97.

En este ejercicio se valorará la capacidad de los aspirantes

para la composición, modificación y corrección de documentos

escritos utilizando el citado procesador, el conocimiento de sus

funciones y utilidades, así como la velocidad de realización.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de treinta minutos.

En este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos

necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos

Word 97 se desactivará la función correspondiente a la corrección

automática de textos.

Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de

Selección determinará el mínimo de puntuación a alcanzar para

superar el ejercicio y adicionar al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

La puntuación mínima que se establezca resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije

la Comisión Permanente de Selección.

5.2 Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario en

Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos

prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,

a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios, hasta un

máximo de 11,5 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado

personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta

convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento

de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización

del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base

común 12, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 7, 8, 9 y 10: 1 punto.

Grado 11: 2 puntos.

Grados 12 y 13: 5 puntos.

Grados 14 y superior: 7 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado o en los órganos

constitucionales el día de publicación de esta convocatoria como

funcionario del Grupo E, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 10 y 11: 2 puntos.

Niveles 12 y 13: 5 puntos.

Niveles 14 o superior: 7 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo E.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado u órganos constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en servicio activo en órganos constitucionales, con

carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de

destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación del ejercicio de la convocatoria de 2002: 7

puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada

convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación

por la Comisión Permanente de Selección de acuerdo con lo

establecido en el apartado 5 del Anexo II de la Orden APU/1444/2002,

de 7 de junio de 2002 por la que se convocan pruebas selectivas

de acceso por promoción interna en el Cuerpo General Auxiliar

de la Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado", del

día 14).

6. Calificación del concurso-oposición

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado

y del trabajo desarrollado, por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Curso selectivo

Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán

seguir un curso selectivo de formación organizado por el Instituto

Nacional de Administración Pública.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo, que versará sobre aspectos generales de la función pública,

gestión pública y Constitución española.

El curso selectivo se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener, como mínimo, 10 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El curso selectivo, teniendo en cuenta el número de aspirantes

y su distribución territorial, podrá organizarse de forma presencial

o a distancia.

8. Relación de Cuerpos o Escalas

Código Cuerpo/Escala

137 Subalternos -Ley 23-1975- a extinguir.

219 C. Subalterno, a extinguir.

332 C. Subalterno del Museo del Prado.

440 C. Obreros de la 3.a Sección de la Maestranza Armada,

a extinguir.

442 C. Conserjes -Armada y Ejército del Aire-, a extinguir.

Código Cuerpo/Escala

1027 C. Celadores Costas, a extinguir (Ley 33-1974).

1028 C. Conductores, a extinguir (Ley 33-1974).

1153 E. Subalterna procedente de organismos autónomos

suprimidos.

1155 Ayudantes Artes Gráficas, a extinguir.

1156 C. Subalterno, a extinguir (Real Decreto-ley 23-1977).

1157 C. Subalterno del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1158 C. General Subalterno de la Administración del Estado.

1159 Personal Casa su Majestad el Rey grupo E, a extinguir.

1236 C. Personal Técnico Auxiliar de Sanidad.

1237 C. Auxiliares Sanitarios, a extinguir.

1239 Mozos Auxiliares Laboratorio, a extinguir.

1628 C. Subalterno de la Administración de la S. S.-Escala

General.

1629 C. Subalterno Admón. de la Seguridad S.-Escala de

Oficios Varios.

1645 E. Subalternos, a extinguir, de la Administracion de la

Seguridad Social.

1646 E. Oficios Varios, a extinguir, de la Administracion de

Seguridad Social.

1705 E. Subalterno de la MUNPAL.

5067 E. Telefonistas de organismos autónomos del MAPA.

5068 E. Conductores de organismos autónomos del MAPA.

5069 E. Capataces de organismos autónomos del MAPA.

5070 E. Mozos de Laboratorio de organismos autónomos del

MAPA.

5073 Subalternos Cofradías, a extinguir.

5074 Guardas Rurales, a extinguir, del IRA.

5075 Mecánicos, a extinguir, del ICONA.

5220 E. Taquilleras de los Teatros Nacionales.

5222 E. Mecánico de la Editora Nacional.

5339 E. Oficiales Canal de Experiencias Hidrodinámicas de

El Pardo.

5450 E. Ayudantes de Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5548 E. Operadores Mecánicos Patronato Apuestas Mutuas

Dep. Benef.

5549 E. Conductores del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5552 E. Telefonistas y Almaceneros del Parque Móvil

Ministerial.

5713 E. Conductores de la Jefatura Central de Tráfico.

5995 Subalterno, a extinguir, Comisión Admvo. Gr. Puertos.

5997 E. Laborantes del INCE.

6039 E. Subalterna de organismos autónomos.

6040 E. Conductores Mecánicos de AISS, a extinguir.

6041 E. Telefonistas de AISS, a extinguir.

6042 E. Subalternos de AISS, a extinguir.

6132 Auxiliar Psiquiátrico, a extinguir de AISNA.

6338 E. Conductores de OO. AA. del Ministerio de Trabajo

y S. Social.

6339 E. Telefonistas de OO. AA. del Ministerio de Trabajo

y S. Social.

6340 E. Servicios Especiales del Inst. Nal. Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

6341 Azafatas Inst. Nal. de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

6468 Escala de Subalternos del ICO.

ANEXO III

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción interna, de personal laboral fijo,

al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado,

de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional

vigesimoquinta de la Ley 30/1984

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por este sistema de

promoción interna, del personal laboral fijo, será de 100 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 3 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria

Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o

equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio

de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar

y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en lo

previsto en la Disposición adicional vigesimoquinta de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 215/2003, de

21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003.

3.3 Pertenecer, como personal laboral fijo, a la categoría

profesional de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único de la

Administración del Estado, o a la categoría y grupo profesional

equivalentes previstos en los restantes convenios colectivos de

personal laboral al servicio de la Administración General del Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados como personal laboral fijo en la categoría profesional

de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único o de otros convenios

de la Administración General del Estado en situación equivalente,

incluidos los servicios prestados en puestos que han sido

encuadrados en esta categoría.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará las letras

"PV".

La fase de oposición se realizará en Madrid capital. Los

aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo

a la "Provincia de examen".

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental,

Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional

de primer grado o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código de la

categoría del convenio del aspirante, en el recuadro B) el Ministerio

u Organismo de destino, y en el recuadro C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán 4,69 euros.

5. Proceso de selección y valoración

El sistema selectivo será el de concurso-oposición al que seguirá

un curso selectivo de formación con las valoraciones, pruebas

y puntuaciones que se especifican a continuación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá

carácter obligatorio y eliminatorio y que consistirá en la

elabo

ración de un documento a partir de otro que será facilitado al

opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes,

utilizando el procesador de textos Word 97.

En este ejercicio se valorará la capacidad de los aspirantes

para la composición, modificación y corrección de documentos

escritos utilizando el citado procesador, el conocimiento de sus

funciones y utilidades, así como la velocidad de realización.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de treinta minutos.

En este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos

necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos

Word 97 se desactivará la función correspondiente a la corrección

automática de textos.

Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de

Selección determinará el mínimo de puntuación a alcanzar para

superar el ejercicio y adicionar al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

La puntuación mínima que se establezca resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije

la Comisión Permanente de Selección.

5.2 Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos, hasta la fecha

de publicación de esta convocatoria:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado

público a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios,

hasta un máximo de 11,5 puntos.

b) Categoría profesional: Según el tiempo de pertenencia en

la categoría se otorgará la siguiente puntuación:

Categoría de Ordenanza del Grupo 7 del Convenio Único u

otras equivalentes previstas en los restantes convenios colectivos

de personal laboral al servicio de la Administración General del

Estado, incluidos los servicios prestados en puestos que han sido

encuadrados en esta categoría:

1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo

de 15 puntos.

6. Calificación del concurso-oposición

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, y de la categoría profesional,

por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Curso selectivo

Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán

seguir un curso selectivo de formación organizado por el Instituto

Nacional de Administración Pública.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo, que versará sobre aspectos generales de la función pública,

gestión pública y Constitución Española.

El curso selectivo se calificará de 0 a 20 puntos, siendo

necesario para superarlo obtener, como mínimo, 10 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El curso selectivo, teniendo en cuenta el número de aspirantes

y su distribución territorial, podrá organizarse de forma presencial

o a distancia.

8. Certificados de requisitos y méritos

La Comisión Permanente de Selección requerirá, de las

Subdirecciones de Recursos Humanos o unidades similares de los

Ministerios y otras Instituciones de las que dependan los aspirantes

con derecho a participar en estas pruebas selectivas, la emisión

del certificado que se acompaña como anexo XIV de esta

Convocatoria, en el que se harán constar los datos correspondientes.

En todo caso, los aspirantes podrán instar de las Unidades

administrativas competentes la emisión del certificado para su

envío a la Comisión Permanente de Selección.

La certificación habrá de contener la acreditación de que se

trata de personal laboral fijo perteneciente a la categoría

profesional de ordenanza del Grupo 7 del Convenio único, o situaciones

equivalentes previstas en otros convenios, así como la acreditación

de una antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados

en la misma, incluidos los prestados en puestos que han sido

encuadrados en esta categoría.

ANEXO IV

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción horizontal, de personal laboral

fijo, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema de

promoción horizontal del personal laboral fijo, prevista en el apartado

3 del art. 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, será de 150 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 5 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Enseñanza Secundaria

Obligatoria LOGSE, Formación Profesional de primer grado o

equivalente. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden del Ministerio

de Educación y Ciencia de 4 de noviembre de 1996, se consideran

equivalentes los títulos académicos oficiales de Graduado Escolar

y el Certificado de Estudios Primarios expedidos con anterioridad

a la finalización del año académico 1975-1976.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter

horizontal en lo previsto en el apartado 3.o del artículo 22 de

la Ley 30/84, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003.

3.3 Pertenecer como personal laboral fijo a los grupos

profesionales 5 ó 6 del Area de Administración del Convenio Único,

o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente

de otros Convenios de la Administración General del Estado y

desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas

en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo

General Auxiliar de la Administración del Estado, de acuerdo con

lo establecido en la base 7 de estas normas específicas.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados como personal laboral fijo en los grupos profesionales

5 ó 6 del Area de Administración del Convenio Unico o en una

categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros

Convenios de la Administración General del Estado, incluidos los

servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado",

código "1146".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"PH".

La fase de oposición se realizará en Madrid capital. Los

aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro 20, relativo

a la "Provincia de examen".

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Título de Graduado Escolar, Bachiller Elemental,

Enseñanza Secundaria Obligatoria-LOGSE, Formación Profesional

de primer grado o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código de la

categoría del convenio del aspirante, en el recuadro B) el Ministerio

u Organismo de destino y en el recuadro C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán 4,69 euros.

5. Proceso de selección y valoración

El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las

valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a

continuación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por un ejercicio que tendrá

carácter obligatorio y eliminatorio y que consistirá en la

elaboración de un documento a partir de otro que será facilitado al

opositor, acompañado de las instrucciones correspondientes,

utilizando el procesador de textos Word 97.

En este ejercicio se valorará la capacidad de los aspirantes

para la composición, modificación y corrección de documentos

escritos utilizando el citado procesador, el conocimiento de sus

funciones y utilidades, así como la velocidad de realización.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de treinta minutos.

En este ejercicio se facilitará a los aspirantes los medios técnicos

necesarios para su realización, si bien en el procesador de textos

Word 97 se desactivará la función correspondiente a la corrección

automática de textos.

Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión Permanente de

Selección determinará el mínimo de puntuación a alcanzar para

superar el ejercicio y adicionar al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

La puntuación mínima que se establezca resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije

la Comisión Permanente de Selección.

5.2 Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos hasta la fecha

de publicación de esta convocatoria:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado

público a razón de 0,6 puntos por año completo de servicios,

hasta un máximo de 11, 5 puntos.

b) Según el tiempo de pertenencia a las categorías

profesionales y grupos desempeñando funciones sustancialmente

coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico

a las del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado,

se otorgará la siguiente puntuación:

Grupo profesional 5 del Convenio Único del Area funcional

de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes

convenios colectivos de personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados

en puestos que han sido encuadrados en ellos:

1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo

de 15 puntos.

Grupo profesional 6 del Convenio Único del Area funcional

de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes

convenios colectivos de personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados

en puestos que han sido encuadrados en ellos:

0,7 puntos por cada año completo de servicios, hasta un

máximo de 15 puntos.

6. Calificación del concurso-oposición

La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, y de la puntuación obtenida en

la norma específica 5.2.b), por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Certificados de requisitos y méritos

La Comisión Permanente de Selección requerirá, de las

Subdirecciones de Recursos Humanos o unidades similares de los

Ministerios y otras Instituciones de la Administración del Estado,

de las que dependan los aspirantes con derecho a participar en

estas pruebas selectivas, la emisión del certificado que se

acompaña como anexo XV de esta Convocatoria, en el que se harán

constar los datos correspondientes.

En todo caso, los aspirantes podrán instar de las unidades

administrativas competentes la emisión del certificado para su envío

a la Comisión Permanente de Selección.

La certificación habrá de contener la acreditación de que se

trata de personal laboral fijo de los grupos profesionales 5 ó 6

del Área de Administración del Convenio Único, o de una categoría

y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios

de la Administración General del Estado y desempeñar funciones

sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido

profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Auxiliar

de la Administración del Estado, así como la acreditación de una

antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados en ellos,

incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en

los mismos.

Se entenderá que se desempeñan funciones sustancialmente

coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico,

cuando se preste servicios en el ámbito de aplicación del Convenio

Unico para el personal laboral de la Administración General del

Estado en puestos de trabajo que hayan sido clasificados, según

los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional

de dicho convenio de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001

o por sentencia judicial firme, en el área funcional de

administración y su categoría profesional de procedencia sea alguna de

las que se relacionan a continuación. En este caso, se deberá

acreditar, que desde la clasificación o la sentencia no se han

modificado sustancialmente las funciones que se desempeñan.

En los supuestos en los que se preste servicios en el área

funcional de administración del Convenio Único y la categoría de

procedencia no se corresponda con las recogidas en la relación

adjunta, así como en categorías laborales del ámbito de otros

convenios colectivos de la Administración General del Estado se

deberá acreditar que las funciones que se desempeñan son

sustancialmente coincidentes o análogas con su contenido profesional

y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Auxiliar.

A este respecto, no se considerarán en ningún caso, funciones

sustancialmente coincidentes en su contenido profesional ni en

su nivel técnico con las propias del Cuerpo General Auxiliar las

siguientes:

Realización de estudios de investigación sociológica y estudios

estadísticos.

Traducción e interpretación directa e inversa de distintos

idiomas.

Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo

tipo de documentos, publicaciones y libros.

Realización de trabajos de comunicación e información externa

e interna, de carácter literario, gráfico y audiovisual, de relaciones

públicas y publicitarias, así como campañas de información y

proyección institucional.

Diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de

aplicaciones informáticas.

Planificación y gestión técnica de programas de inserción laboral.

Relación de categorías profesionales de los Convenios Colectivos de origen cuyas funciones se consideran asimiladas a las del Cuerpo

General Auxiliar de la Administración General del Estado:

Cod.C.O. Convenioorigen Cod.Cat.

C.Orig. CategoriaCC. origen Cod. Cat. CU CategoríaConvenio Único Área

func.

Grupo

prof.

0180 AAEE. 30050 Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0180 AAEE. no existe Oficial segunda administrativo

(a ext.).

50125 Oficial de Administración. 1 5

0180 AAEE. 30060 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0180 AAEE. 20140 Auxiliar de Informática. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0685 Admón. S.S. 02503 Agente de ayudante URE (a

extinguir).

50125 Oficial de Administración. 1 5

0685 Admón. S.S. 02501 Oficial de 2.a Administrativo (a

extinguir).

50125 Oficial de Administración. 1 5

0685 Admón. S.S. 02601 Auxiliar Administrativo (a extinguir). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0685 Admón. S.S. 01602 Corresponsal S.S. (a extinguir). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0961 AG. 59055 Oficial 2.a admin.(a ext.). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0961 AG. 59050 Oficial 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0961 AG. 42150 Oficial de segunda de servicios. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0961 AG. 69080 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0961 AG. 59090 Auxiliar de Informática. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0961 AG. no existe Auxiliar Admvo. (a. N.4). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0961 AG. 69110 Auxiliar Servicios. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0771 ANAC. Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0771 ANAC. 31030 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0771 ANAC. 22050 Aux. Informática (a ext.). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0772 ANAC-INM. 31030 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0560 ANT. Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0560 ANT. 41040 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0999 AP-INAP. 50070 Oficial 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0999 AP-INAP. 50100 Codif. Oper. Máq. Bas. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0999 AP-INAP. 50101 Operador Máq. Básicas. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0925 Artes Graf. 04020 Operad. segunda informat.

reprograf. impr.

50125 Oficial de Administración. 1 5

0925 Artes Graf. 03020 Oficial segunda administrativo

reprograf.

50125 Oficial de Administración. 1 5

0925 Artes Graf. 04020 Operad. segunda informat.

reprograf. impr.

50125 Oficial de Administración. 1 5

0925 Artes Graf. 03030 Auxiliar admini. Repr. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0315 Asunt. Soc. 50010 Oficial de segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0315 Asunt. Soc. 60010 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0300 Ballet 30050 Oficial Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0340 C.S.I.C. Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0340 C.S.I.C. 30040 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0922 C. TUR. 60005 Auxiliar informático. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0922 C. TUR. 12004 Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0922 C. TUR. 60006 Operador informático. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0922 C. TUR. 12005 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0690 CIEMAT. no existe Administrativo (FPI). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0690 CIEMAT. no existe Auxiliar admón. (FPI). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0060 CSD 60005 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0E70 CSN. 30030 Oficial de 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0E70 CSN. 30080 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0E70 CSN. 30090 Auxiliar de Informática. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0980 Cultura. 20240 Grabador verif. Jefe. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0980 Cultura. 40095 Oficial 2.a administ.(a ext.). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0980 Cultura. 40090 Oficial 2.a administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0980 Cultura. 20290 Operador terminal. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0980 Cultura. 40090 Oficial Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0980 Cultura. 20250 Grabador verificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0771 D. G. INF. TR

(ADH. ANAC).

31030 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

No

existe.

D.G.R.A.J. no existe Oficial de 2.a administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

No existe D.G.R.A.J. no existe Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0191 DE Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0191 DE 16400 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0110 Educación. 10072 Codificador-verificador 2.a 50125 Oficial de Administración. 1 5

0110 Educación. 40230 Oficial 2.a administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0110 Educación. 10061 Perforista-grabador 1.a 50125 Oficial de Administración. 1 5

Cod.C.O. Convenioorigen Cod.Cat.

C.Orig. CategoriaCC. origen Cod. Cat. CU CategoríaConvenio Único Área

func.

Grupo

prof.

0110 Educación. 10062 Perforista-grabador 2.a 50125 Oficial de Administración. 1 5

0110 Educación. 10063 Perforista-grabador 3.a 50125 Oficial de Administración. 1 5

0110 Educación. Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0110 Educación. 31020 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0110 Educación. 10073 Codificador-verificador 3.a 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0110 Educación. 10055 Operador 5.a 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0110 Educación. 10064 Perforista-grabador 4.a 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0920 EH. 12050 Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0920 EH. 90112 Operador terminal. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0920 EH. no existe Operador terminal (a ext.). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0920 EH. 12060 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0920 EH. 90120 Auxiliar de Grabación. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0A50 IMSERSO. 50060 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0A50 IMSERSO. 50080 Grabador verificador datos. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0670 IN. 80091 Auxiliar de Informática. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0670 IN. 20015 Oficial administrativo (a ext.). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0670 IN. 20030 Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0670 IN. 20040 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0670 IN. 80110 Grabador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0A50 INSALUD. no existe Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0A50 INSALUD. 50060 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0A50 INSALUD. 50080 Grabador verificador datos. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0141 INSHT. 60010 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0070 Interior. 12014 Oficial 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0070 Interior. 13010 Operador Terminal no Autónomo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0070 Interior. 12020 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0A70 ISCIII. Oficial administrativo (a ext.). Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0A70 ISCIII. Oficial administrativo FPE. Oficial Administrativo FPE, a

extinguir.

1 5

0A70 ISCIII. 50080 Auxiliar Administrativo (a extinguir). 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0900 ITGE. 50020 Clasificador. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0900 ITGE. 20090 Monitor-Grabación. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0900 ITGE. 30020 Oficial de Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0900 ITGE. 30030 Auxiliar. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0900 ITGE. 20100 Auxiliar de Grabación. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0900 ITGE. 20040 Codificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0580 JU. 50020 Oficial de Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0580 JU. 23033 Terminalista. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0A20 M. Prado. no existe Oficial 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0950 MOPU. 30030 Oficial de Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0950 MOPU. 30035 Oficial de Segunda Administrativo (a

extinguir).

50125 Oficial de Administración. 1 5

0950 MOPU. 6012D Oficial de Segunda Cajas. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0950 MOPU. 20100 Codificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0950 MOPU. 20070 Codificador Perforista. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0950 MOPU. 60280 Operador Máquinas Básic. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0950 MOPU. 20090 Perforista-Verificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0950 MOPU. 30040 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0950 MOPU. 20080 Operador de Máquinas Básicas. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 30040 Oficial segunda administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0700 MTTC. 80030 Operador de 2.a 50125 Oficial de Administración. 1 5

0700 MTTC. 20110 Operador Terminal y T.A. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0700 MTTC. 20110 Operad. Terminal T.A. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0700 MTTC. 20150 Codificador-Grabador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 20160 Grabador verificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 30050 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 20100 Codificador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 20150 Codificador-Grabador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0700 MTTC. 20160 Verificador-grabador. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0370 MUFACE. 20020 Oficial 2.a administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0370 MUFACE. 20060 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0370 MUFACE. 10051 Grabador 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0991 OF. D. Madrid Oficial 2.a Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0640 PAL. CONG. M. 310 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0640 PAL. CONG. M. 270 Facturista cajero. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0921 PMM. no existe Ofic 2.a adm. (GIII-IV). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0921 PMM. no existe Ofic 2.a adm.(GIII-IV*). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0921 PMM. no existe Ofic. 2.a adm. (N5). 50125 Oficial de Administración. 1 5

0380 PR. 20020 Auxiliar 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0080 SC. Oficial Administrativo. Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0080 SC. Oficial administrativo (a ext.). Oficial Administrativo, a extinguir. 1 5

0080 SC. 10050 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

Cod.C.O. Convenioorigen Cod.Cat.

C.Orig. CategoriaCC. origen Cod. Cat. CU CategoríaConvenio Único Área

func.

Grupo

prof.

0720 SENPA. 40020 Operador Terminal. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0720 SENPA. 50010 Auxiliar de Informática. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0720 SENPA. 50110 Auxiliar Servicios. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0530 SGC. 33020 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

0101 Teatros. 20090 Oficial Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0101 Teatros. no existe Oficial Segunda Administrativo (a

ext.).

50125 Oficial de Administración. 1 5

0680 TR. 60040 Oficial de Segunda Administrativo. 50125 Oficial de Administración. 1 5

0680 TR. 60050 Auxiliar Administrativo. 60131 Auxiliar de Administración. 1 6

ANEXO V

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción interna al Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de

promoción interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo D será

de 1.733 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 52 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título

de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o

equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la

Universidad para mayores de veinticinco años, o alternativamente

poseer una antigüedad de diez años en Cuerpos o Escalas del

Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

o de cinco años y haber superado el curso específico a que se

refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los

Cuerpos o Escalas del Grupo D que se relacionan en el apartado 8

de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos y Escalas correspondientes a los

códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445, sólo serán

admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén

destinados en la Administración General del Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 8 de estas normas específicas o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo D y estar

destinados en la Administración General del Estado.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en los

apartados 3.1 y 3.4.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado", código "1135".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

que corresponda:

"A" si los aspirantes pertenecen a los Cuerpos o Escalas que

en el apartado 8 de estas normas específicas vienen señalados

con los códigos 0131; 0213; 1143; 1145; 1146; 1622; 1643;

1704; 6032 o 6033.

"B" el resto de los aspirantes.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4": Antigüedad superior a 10 años.

Dígito "5": Curso específico de la disposición adicional novena

del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 8 de estas normas específicas, en el recuadro B) el

Ministerio u Organismo de destino y en el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,25 euros.

5. Proceso de selección y valoración:

El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las

valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a

continuación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por un ejercicio único que constará de las dos partes que a

continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias.

La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes

conjuntamente.

5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas. Los

aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan a

los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas

específicas vienen señalados con los códigos número 0131; 0213;

1143; 1145; 1146; 1622; 1643; 1704; 6032 y 6033 (forma de

acceso "A") estarán exentos de las partes I y II del programa

contenido en estas normas específicas.

El número máximo de preguntas será de 50.

Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos

hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "B"

(forma de acceso "B"), el cuestionario de preguntas versará sobre

el contenido de la totalidad del programa. El número máximo

de preguntas será de 70.

5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un

supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos,

dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a

cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos

de las materias de Derecho Administrativo General, Gestión de

Personal y Gestión Financiera, a que hace referencia el programa

de estas normas específicas.

Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas con respuestas

alternativas.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 90

minutos para los aspirantes forma de acceso "A" y de 120 minutos

para los aspirantes forma de acceso "B".

Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por

preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja

de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de entre

aquellas que se les propongan.

5.1.3 Calificación de la fase de oposición.-Para todos los

aspirantes, la calificación se realizará de la forma siguiente:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la

segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la

puntuación obtenida en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de

las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una

contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario,

hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o

Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados

y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria

al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1

punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28

puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado

personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta

convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento

de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización

del plazo de presentación del certificado a que se refiere la base

común 12, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 9 e inferiores, y 10, 11 y 12: 11 puntos.

Grado 13: 12 puntos.

Grado 14: 13 puntos.

Grado 15: 14 puntos.

Grado 16: 16 puntos.

Grado 17: 17 puntos.

Grado 18: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado, excluidas las Entidades

Gestoras y Servicios Comunes de la Administración de la Seguridad

Social, así como en los Órganos Constitucionales el día de

publicación de esta convocatoria como funcionario del Grupo D, se

otorgara la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 15 puntos.

Nivel 13: 17 puntos.

Nivel 14: 18 puntos.

Nivel 15: 19 puntos.

Nivel 16: 21 puntos.

Nivel 17: 23 puntos.

Niveles 18 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado u Órganos Constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Órganos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Titulación académica: Por estar en posesión de una

titulación académica igual o superior a la exigida, en el

apartado 3.1 de estas normas específicas: 7 puntos.

e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria

de 2002: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada

convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación

por la Comisión Permanente de Selección, de acuerdo con lo

establecido en el apartado 5 del Anexo III de la Orden

APU/1444/2002, de 7 de junio de 2002 por la que se convocan

pruebas selectivas de acceso por promoción interna en el Cuerpo

General Administrativo de la Administración del Estado ("Boletín

Oficial del Estado" del 14).

6. Calificación final:

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso

y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese

el empate, éste se dirimirá a favor de la mayor puntuación

alcanzada en el mérito de antigüedad, y de persistir aún el empate

se atenderá a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y

al grado personal consolidado, por este orden. Finalmente se

dirimirá por el criterio de la antigüedad total en la Administración,

computándose los años, meses y días de servicio que consten

en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta

convocatoria.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la

Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración

General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración periférica del Estado. Los Delegados del

Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el

Tribunal de Cuentas. Efectos de la integración europea sobre la

organización del Estado español.

II. Organización de Oficinas Públicas

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración Pública.

III. Derecho Administrativo General

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas

con fuerza de Ley. El Reglamento.

2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación: Revisión, anulación y revocación. El principio de

legalidad en la actuación administrativa.

3. El procedimiento administrativo como garantía formal. La

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de

aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del

procedimiento administrativo. La interacción de los trámites de

gestión presupuestaria en el procedimiento administrativo.

4. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos

de alzada, reposición y extraordinario de revisión.

5. La jurisdicción contencioso-administrativa. Especial

referencia a la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales

de la persona. El recurso de amparo.

6. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

7. Organización te actividad de limitación, arbitral, de servicio

público y de fomento. Especial examen de las formas de gestión

de los servicios públicos.

IV. Gestión de Personal

1. Órganos superiores de la Función Pública. Composición

y atribuciones. El Registro Central de Personal. La distribución

de competencias en materia de personal: Departamentos

ministeriales, Secretaría de Estado para la Administración Pública y

Dirección General de la Función Pública. La Comisión Superior

de Personal.

2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera

y funcionarios de empleo. La selección de los funcionarios.

Programación y Oferta de Empleo Público.

3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de

ellas.

4. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del

Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción

profesional.

5. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas,

sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los

funcionarios. La MUFACE.

6. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El

contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación

laboral, conflictos y Convenios Colectivos.

7. El régimen de Seguridad Social del personal laboral.

Estructura del sistema de Seguridad Social. Afiliación. Cotización. Acción

protectora, concepto y clases de prestaciones.

V. Gestión financiera

1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios.

El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto

y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo

del proceso presupuestario.

2. El presupuesto del Estado en España: concepto y

estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las

modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de

crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito.

Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

3. El procedimiento administrativo de ejecución del

presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del procedimiento

y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios

posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia.

Realización del pago: Modos y perceptores.

4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del

personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas:

estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación.

Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias.

Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo

y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones

del personal en activo. Formas de pago.

5. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y

de suministros. La adquisición centralizada de bienes.

6. Los contratos de consultoría y asistencia y los contratos

de servicios. El procedimiento para la concesión de las

subvenciones. Formas de adjudicación. La justificación de las

subvenciones.

7. El control del gasto público. Especial referencia al control

de legalidad. El procedimiento de ejecución de los gastos

periódicos y repetitivos.

8. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0129 C. Guardería Forestal.

0131 C. Auxiliares (Ley 23-1975), a extinguir.

0213 C. Auxiliares, a extinguir.

0326 Personal Técnico de Cabina, a extinguir.

0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejército.

0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425 C. Grabadores de la Armada, a extinguir.

0426 C. Encargados 3.a Sección Maestranza de la Armada.

0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm.

0433 C. Capataces Segundos 1.a Sec. Maestranza

Armada, a E.

0439 Cuerpo de Mecánicos Conductores.

0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup.

1144 C. Aux. Cuerpo Intérpretes, Lenguas Procedentes de la

Zona Norte de Marruecos.

1145 C. Auxiliar, a Extinguir (Real Decreto-Ley 23-1977).

1146 C. General Auxiliar de la Administración del Estado.

1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación , E.

Clasificación y Reparto.

1442 C. Subalterno de Correos, a extinguir.

1443 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Primera.

1444 C. Auxiliares Técnicos -Escala de Auxiliares Técnicos

de Segunda.

1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a extinguir.

1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S.

1643 E. Auxiliar, a Extinguir de la Administración de la S.S.

1644 E. Telefonistas, A Extinguir de la Administración de la

S.S.

1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5052 E. Auxiliares de Laboratorio de Organismos Autónomos

del MAPA.

5053 E. Maquinista del SENPA.

5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a extinguir.

5056 E. Auxiliares Cofradías, a extinguir.

5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del

IRA.

5059 E. Guardas del ICONA.

5060 E. Proyectistas sin título y Maestros del INIA.

5061 E. Preparador de Primera y Segunda del INIA.

5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinámicas

del Pardo.

5330 E. Calcadores del INTA "Esteban Terradas".

5331 E. Preparadores Laboratorio INTA "Esteban Terradas".

5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de

la Marina.

Código Cuerpo/Escala

5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5443 E. Auxiliar de Investigación del CSIC.

5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del

MEC.

5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv.Vigilancia

Aduanera.

5551 Escala de Conductores y de Taller del PMM.

5627 E. Auxiliar Técnico del CIEMAT.

5628 E. Calcador del CIEMAT.

5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a extinguir del INI.

5949 E. Delineantes Segunda Conf.Hidrografica del

Guadalquivir.

5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autónomos del

MOPU.

5953 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J. Puerto

Algeciras-La Línea.

5954 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.Puerto

Gijón-Musel.

5956 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Junta Puerto

Ceuta.

5957 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.P. de A

Coruña.

5960 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. J.P. La Luz y Las

Palmas.

5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del

Taibilla.

5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del

Taibilla.

5970 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Admva. de

Grupos de Puertos.

5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033 E. Auxiliar de AISS, a extinguir.

6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

6349 E. Pers. a Ext. del Org.Regis.Entidades

AutorizadasAuxiliar.

6467 E. De Auxiliares del ICO.

- Matronas de la Dirección General de la Guardia Civil.

Plazas no escalafonadas.

ANEXO VI

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción horizontal, de personal laboral

fijo, al Cuerpo General Administrativo de la Administración

del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado por el sistema de

promoción horizontal del personal laboral fijo, prevista en el

apartado 3 del art. 22 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, será de 200

plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 6 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título

de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o

equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la

Universidad para mayores de veinticinco años.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter

horizontal en lo previsto en el apartado 3.o del artículo 22 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003.

3.3 Pertenecer como personal laboral fijo a los grupos

profesionales 3 ó 4 del Área de Administración del Convenio Único,

o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente

de otros Convenios de la Administración General del Estado y

desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas

en su contenido profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo

General Administrativo de la Administración del Estado, de

acuerdo con lo establecido en la base 8 de estas normas específicas.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados como personal laboral fijo en los Grupos Profesionales 3

ó 4 del Área de Administración del Convenio único, o en una

categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros

convenios de la Administración general del Estado, incluidos los

servicios prestados en puestos que han sido encuadrados en ellos.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado", código "1135".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

que corresponda: PH.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de

acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código de la

categoría del convenio del aspirante; en el recuadro B) el Ministerio

u Organismo de destino y en el recuadro C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,25 euros.

5. Proceso de selección y valoración:

El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las

valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a

continuación.

5.1 Fase de oposición: La fase de oposición estará formada

por un ejercicio único que constará de las dos partes que a

continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias.

La Comisión Permanente de Selección realizará ambas partes

conjuntamente.

5.1.1 Primera parte: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas. Estarán

exentos de las partes I y II del programa contenido en estas normas

específicas.

El número máximo de preguntas será de 50.

5.1.2 Segunda parte: Consistirá en la resolución de un

supuesto de carácter práctico a escoger entre tres propuestos,

dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a

cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos

de las materias de Derecho Administrativo General, Gestión de

Personal y Gestión Financiera, a que hace referencia el programa

de estas normas específicas.

Cada supuesto se desglosará en 12 preguntas con respuestas

alternativas.

El tiempo máximo de realización de este ejercicio será de 90

minutos.

Los cuestionarios de ambas partes estarán compuestos por

preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en la hoja

de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de entre

aquellas que se les propongan.

5.1.3 Calificación de la fase de oposición:

Para todos los aspirantes, la calificación se realizará de la forma

siguiente:

a) Primera parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

a alcanzar en esta primera parte para que pueda evaluarse la

segunda.

b) Segunda parte: Se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

para superar esta segunda parte y adicionar al candidato la

puntuación obtenida en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de

las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una

contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado

público, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta

un máximo de 28 puntos.

b) Según el tiempo de pertenencia a las categorías

profesionales y grupos desempeñando funciones sustancialmente

coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico

a las del Cuerpo General Administrativo de la Administración del

Estado se otorgará la siguiente puntuación:

Grupo profesional 3 del Convenio Único del Área funcional

de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes

convenios colectivos de personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados

en puestos que han sido encuadrados en ellos:

1 punto por cada año completo de servicios, hasta un máximo

de 14 puntos.

Grupo profesional 4 del Convenio Único del Área funcional

de Administración u otros equivalentes previstos en los restantes

convenios colectivos de personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado, incluidos los servicios prestados

en puestos que han sido encuadrados en ellos:

0,7 puntos por cada año completo de servicios, hasta un

máximo de 14 puntos.

6. Calificación final:

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso

y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, y en la puntuación obtenida en

la norma específica 5.2.b).

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la

Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración

General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración periférica del Estado. Los Delegados del

Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el

Tribunal de Cuentas. Efectos de la integración europea sobre la

organización del Estado español.

II. Organización de Oficinas Públicas

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración Pública.

III. Derecho Administrativo General

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas

con fuerza de Ley. El Reglamento.

2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación: Revisión, anulación y revocación. El principio de

legalidad en la actuación administrativa.

3. El procedimiento administrativo como garantía formal. La

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común: Contenido y ámbito de

aplicación. La iniciación, ordenación, instrucción y terminación del

procedimiento administrativo. La interacción de los trámites de

gestión presupuestaria en el procedimiento administrativo.

4. Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos

de alzada, reposición y extraordinario de revisión.

5. La jurisdicción contencioso-administrativa. Especial

referencia a la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales

de la persona. El recurso de amparo.

6. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

7. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

IV. Gestión de Personal

1. Órganos superiores de la Función Pública. Composición

y atribuciones. El Registro Central de Personal. La distribución

de competencias en materia de personal: Departamentos

ministeriales, Secretaría de Estado para la Administración Pública y

Dirección General de la Función Pública. La Comisión Superior

de Personal.

2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. El personal funcionario: Funcionarios de carrera

y funcionarios de empleo. La planificación y selección de los

funcionarios. La Oferta de Empleo Público.

3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de

ellas.

4. Provisión de puestos de trabajo en la Administración del

Estado. Los deberes y derechos de los funcionarios. La promoción

profesional.

5. Las incompatibilidades. Régimen disciplinario: Faltas,

sanciones y procedimiento. El régimen de la Seguridad Social de los

funcionarios. La MUFACE.

6. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El

contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación

laboral, conflictos y Convenios Colectivos.

7. El régimen de Seguridad Social del personal laboral.

Estructura del sistema de Seguridad Social. Afiliación. Cotización. Acción

protectora, concepto y clases de prestaciones.

V. Gestión financiera

1. El presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios.

El Ciclo presupuestario. El Presupuesto por programas: concepto

y fases. El presupuesto en base cero: Terminología y desarrollo

del proceso presupuestario.

2. El presupuesto del Estado en España: concepto y

estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las

modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de

crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito.

Transferencias de crédito. Incorporaciones de crédito.

3. El procedimiento administrativo de ejecución del

presupuesto de gasto. Órganos competentes. Fases del procedimiento

y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios

posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia.

Realización del pago: Modos y perceptores.

4. Las retribuciones de los funcionarios públicos y del

personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas:

estructura y normas de confección. Altas y bajas: su justificación.

Retribuciones básicas: sueldos, trienios, pagas extraordinarias.

Retribuciones complementarias y otras remuneraciones. Devengo

y liquidación de derechos económicos. El pago de las retribuciones

del personal en activo. Formas de pago.

5. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y

de suministros. La adquisición centralizada de bienes.

6. Los contratos de consultoría y asistencia y los contratos

de servicios. El procedimiento para la concesión de las

subvenciones. Formas de adjudicación. La justificación de las

subvenciones.

7. El control del gasto público. Especial referencia al control

de legalidad. El procedimiento de ejecución de los gastos

periódicos y repetitivos.

8. Certificados de requisitos y méritos:

La Comisión Permanente de Selección requerirá, de las

Subdirecciones de Recursos Humanos o Unidades similares de los

Ministerios y otras Instituciones de la Administración del Estado,

de las que dependan los aspirantes con derecho a participar en

estas pruebas selectivas, la emisión del certificado que se

acompaña como anexo XVI de esta Convocatoria, en el que se harán

constar los datos correspondientes.

En todo caso, los aspirantes podrán instar de las unidades

administrativas competentes la emisión del certificado para su envío

a la Comisión Permanente de Selección.

La certificación habrá de contener la acreditación de que se

trata de personal laboral fijo de los grupos profesionales 3 ó 4

del Área de Administración del Convenio Único, o de una categoría

y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios

de la Administración General del Estado y desempeñar funciones

sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido

profesional y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado así como la acreditación de una

antigüedad de, al menos, dos años de servicios prestados en ellos,

incluidos los prestados en puestos que han sido encuadrados en

los mismos.

Se entenderá que se desempeñan funciones sustancialmente

coincidentes en su contenido profesional y en su nivel técnico,

cuando se preste servicios en el ámbito de aplicación del Convenio

Único para el personal laboral de la Administración General del

Estado en puestos de trabajo que hayan sido clasificados, según

los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional

de dicho convenio de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001

o por sentencia judicial firme, en el área funcional de

administración y su categoría profesional de procedencia sea alguna de

las que se relacionan a continuación. En este caso, se deberá

acreditar, que desde la clasificación o la sentencia no se han

modificado sustancialmente las funciones que se desempeñan.

En los supuestos en los que se preste servicios en el área

funcional de administración del Convenio Único y la categoría de

procedencia no se corresponda con las recogidas en la relación

adjunta, así como en categorías laborales del ámbito de otros

convenios colectivos de la Administración General del Estado se

deberá acreditar que las funciones que se desempeñan son

sustancialmente coincidentes o análogas con su contenido profesional

y en su nivel técnico a las del Cuerpo General Administrativo.

A este respecto, no se considerarán en ningún caso, funciones

sustancialmente coincidentes en su contenido profesional ni en

su nivel técnico con las propias del Cuerpo General Administrativo

las siguientes:

Realización de estudios de investigación sociológica y estudios

estadísticos.

Traducción e interpretación directa e inversa de distintos

idiomas.

Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo

tipo de documentos, publicaciones y libros.

Realización de trabajos de comunicación e información externa

e interna, de carácter literario, gráfico y audiovisual, de relaciones

públicas y publicitarias, así como campañas de información y

proyección institucional.

Diseño, análisis, implantación, mantenimiento y soporte de

aplicaciones informáticas.

Planificación y gestión técnica de programas de inserción

laboral.

ANEXO VII

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

unitarias para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos

Auxiliares de Informática de la Administración del Estado y en

la Escala de Operadores de Ordenador de Informática de la

Administración de la Seguridad Social

1. El conjunto total de plazas a cubrir por el sistema general

de ingreso libre será de 65 plazas. De ellas, 46 plazas corresponden

al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la

Administración del Estado y 19 plazas a la Escala de Operadores de

Ordenador de Informática de la Administración de la Seguridad Social.

Del total de estas plazas se reservarán 3 para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller

Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, Título de

Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de Segundo Grado o

equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para

mayores de veinticinco años.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el punto 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15 "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

"L" correspondiente a acceso libre.

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3": Título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado o equivalente o tener aprobadas pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de 25 años.

El importe de la tasa correspondiente a los derechos de examen

será de 12,51 euros.

4. Proceso de selección:

El proceso de selección se realizará mediante el sistema de

oposición y constará de dos ejercicios, ambos obligatorios y

eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de hasta 100 preguntas basado en las materias del temario

que figura en el programa de estas normas específicas.

El tiempo de realización de este primer ejercicio será de sesenta

minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de tres supuestos

de carácter práctico cuyos contenidos estarán relacionados con

el Bloque IV (Materias Informáticas) del temario que figura en

el programa de estas normas específicas.

Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a

tecnología básica, diseño y desarrollo, operaciones y

comunicaciones.

Estos supuestos contendrán un cuestionario de preguntas con

respuestas alternativas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por

preguntas con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en

la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas

de entre aquellas que se les propongan.

5. Calificación de los ejercicios:

Los dos ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 50

puntos.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán.

En ambos ejercicios, la calificación resultará de las

puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije la

Comisión Permanente de Selección.

La calificación final vendrá dada por la suma de la puntuación

obtenida en los dos ejercicios.

Si existieran puntuaciones idénticas, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio

y, de persistir el empate, atendiendo a la mayor puntuación

obtenida en los supuestos primero, segundo y tercero, por este orden,

del segundo ejercicio.

6. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

2. Deberes y Derechos fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Reforma de la Constitución.

4. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

5. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y el Senado.

6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

7. El Gobierno y la Administración. La Administración Central

del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

8. La Administración periférica del Estado. Los Delegados y

Subdelegados del Gobierno. Otros órganos periféricos.

9. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

10. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas:

Tipos de personal y régimen jurídico. Derechos y deberes de los

funcionarios.

12. El sistema retributivo de los funcionarios públicos.

Retribuciones básicas, complementarias e indemnizaciones.

13. La organización de la Unión Europea. Instituciones

Comunitarias.

14. La integración de España en la CEE. El tratado de

adhesión. La convergencia hacia la Unión Económica y Monetaria.

II. Organización de Oficinas Públicas

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración pública.

III. Materias Tributarias y de Seguridad Social

1. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Fuentes. La

Ley General Tributaria: Principios generales.

2. Los Tributos: Concepto y clasificación. Los impuestos:

Clases. Hecho imponible. Devengo. Sujeto pasivo. Base imponible.

Cuota y Deuda Tributaria.

3. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas. El Impuesto

sobre el Valor Añadido. Impuestos Especiales.

4. La Seguridad Social en la Constitución Española de 1978.

Las Entidades Gestoras de la Seguridad Social. La Tesorería

General de la Seguridad Social. Especial referencia a la Subdirección

General de Gerencia de Informática de la Seguridad Social.

IV. Materias Informáticas

Bloque I. Tecnología Básica

1. Informática básica. Conceptos de datos e información.

Concepto de sistema de información. Elementos constitutivos de un

sistema. Características y funciones.

2. Arquitectura de ordenadores. Elementos básicos.

Funciones. La unidad central de proceso. La memoria principal.

3. Periféricos. Conectividad. Elementos de impresión.

Elementos de almacenamiento. Elementos de visualización y

digitalización.

4. Estructuras de datos. Organizaciones de ficheros.

Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

5. Sistemas operativos. Características y elementos

constitutivos. Sistemas Windows. Sistemas Unix.

6. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales.

Características y componentes. Sistemas de gestión de bases de datos

orientados a objetos.

Bloque II. Diseño y Desarrollo

7. El ciclo de vida de los sistemas informáticos. Modelos.

Metodología Métrica.

8. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y

relaciones. Reglas de modelización.

9. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo

lógico relacional. Normalización.

10. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción.

Descomposición en niveles. Flujogramas.

11. Diseño del interfaz de usuario. Principios de diseño de

interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario.

12. Lenguajes de programación. Representación de tipos de

datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y

recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y

registros. Estructura de un programa.

13. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar

ANSI SQL.

14. Lenguajes de programación. Características, elementos

y funciones de Java, C, y C++.

15. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo

de 3 capas. Componentes y operación.

16. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos,

clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque III. Operaciones

17. Administración del Sistema operativo y software de base.

Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los

programas de una instalación.

18. Administración de bases de datos. Funciones y

responsabilidades.

19. Administración de redes de área local. Gestión de

usuarios. Gestión de dispositivos.

20. Conceptos de seguridad de los sistemas de información.

Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades.

21. Organización de los departamentos de sistemas de

información. Áreas de desarrollo, producción, sistemas y

comunicaciones. Unidades de seguridad y calidad.

22. Derecho informático. Legislación de protección de datos.

Legislación de propiedad intelectual del software. Legislación

básica de telecomunicaciones.

Bloque IV. Comunicaciones

23. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de

comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y

conmutación.

24. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI,

xDSL. Sistemas inalámbricos.

25. El modelo de referencia de interconexión de sistemas

abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.

26. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios:

correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS

y SSL.

27. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes

de script.

28. Seguridad y protección en redes de comunicaciones.

Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

ANEXO VIII

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

unitarias para el acceso por promoción interna, al Cuerpo de

Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del

Estado y en la Escala de Operadores de Ordenador de

Informática de la Administración de la Seguridad Social

1. El conjunto total de plazas a cubrir será de 60. De ellas,

35 plazas corresponden al Cuerpo de Técnicos Auxiliares de

Informática de la Administración del Estado y 25 plazas a la Escala

de Operadores de Ordenador de Informática de la Administración

de la Seguridad Social.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 2 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión de la titulación exigida para ingreso

en Cuerpos o Escalas del Grupo C en el artículo 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato

Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación

Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas

pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años)

o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los

Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso

específico a que se refiere la disposición adicional novena del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal

al servicio de la Administración General del Estado y de provisión

de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios

civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los

Cuerpos o Escalas del Grupo D que aparecen en el apartado 8

de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos o Escalas correspondientes a los

códigos 1440, 1441, 1442, 1443, 1444 y 1445 sólo serán

admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos Cuerpos y estén

destinados en la Administración General del Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el

ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y

relacionados en el apartado 8 de estas normas específicas, o en

Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo D

y estar destinados en la Administración General del Estado.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en los

apartados 3.1 y 3.4.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Técnico Auxiliar de Informática", código "1188".

En el recuadro 17 destinado a "Forma de acceso" los aspirantes

que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8

de estas normas específicas vienen señalados con los Códigos

números 131, 213, 1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032

o 6033, consignarán necesariamente la letra "F". Los restantes

aspirantes consignarán la letra "G".

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Dígito "3". Título de Bachiller superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Bachiller - LOGSE, Formación Profesional de segundo

grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de 25 años.

Dígito "4". Antigüedad superior a diez años.

Dígito "5". Curso específico de la disposición adicional novena

del Real Decreto 364/1995 y cinco años de antigüedad.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante según se contiene en el

apartado 8 de estas normas específicas, en el recuadro B) el

Ministerio u Organismo de destino y en el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 6,25 euros.

5. Proceso de selección y valoración:

El sistema selectivo será el de concurso-oposición con las

valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican a

continuación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición estará formada por los dos ejercicios que

a continuación se indican, siendo ambos obligatorios y

eliminatorios.

5.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas con respuestas alternativas. Para los

aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos, pertenezcan

a los Cuerpos o Escalas que en el apartado 8 de estas normas

específicas vienen señalados con los Códigos números 0131,

0213, 1143, 1145, 1146, 1622, 1643, 1704, 6032, y 6033

(Forma de acceso "F"), este ejercicio estará basado en las materias

informáticas a que hace referencia el programa de estas normas

específicas.

Para los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos,

hayan consignado en el recuadro 17 de la solicitud la letra "G"

(forma de acceso "G"), este ejercicio consistirá en contestar por

escrito un cuestionario de preguntas basado en el contenido total

del programa de estas pruebas.

El tiempo máximo para la realización de este primer ejercicio

será de sesenta minutos para los aspirantes forma de acceso "F"

y de noventa minutos para los aspirantes forma de acceso "G".

5.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un

supuesto de carácter práctico, a escoger entre tres propuestos,

dirigido a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a

cabo las tareas administrativas relacionadas con los contenidos

de las Materias Informáticas a que hace referencia el Programa

de estas normas específicas.

Los ejercicios propuestos estarán orientados principalmente a

diseño y desarrollo, operaciones y comunicaciones.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuarenta

minutos.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por

preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas

correcta. Para su realización, los aspirantes deberán señalar en

la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas

de entre aquéllas que se les propongan.

5.1.3 Calificación de los ejercicios de la fase de oposición:

Para todos los aspirantes, la calificación de los ejercicios se

realizará de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para acceder al segundo ejercicio.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos. La

Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación mínima

necesaria para que se adicione al candidato la puntuación obtenida

en la fase de concurso.

Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de

las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones

erróneas se penalizarán con el 25 por 100 del valor de una

contestación.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos

siguientes:

a) Antigüedad:

Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de

publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

teniendo en cuenta los servicios prestados y reconocidos al amparo

de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de

publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo

de servicios una puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28

puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado:

Según el grado personal que se tenga consolidado el día de

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado",

y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado

por la autoridad competente, hasta la fecha de finalización del

plazo de presentación del certificado a que se refiere la base

común 12, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 9 e inferiores, 10 11 y 12: 11 puntos.

Grado 13: 12 puntos.

Grado 14: 13 puntos.

Grado 15: 14 puntos.

Grado 16: 16 puntos.

Grado 17: 17 puntos.

Grado 18: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al

puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del

Estado y en la Administración de la Seguridad Social como

funcionario del Grupo D el día de publicación de esta convocatoria,

se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 12 e inferiores: 15 puntos.

Nivel 13: 17 puntos.

Nivel 14: 18 puntos.

Nivel 15: 19 puntos.

Nivel 16: 21 puntos.

Nivel 17: 23 puntos.

Nivel 18 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

órganos constitucionales y a los funcionarios en situación de servicios

especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración

General del Estado y órganos constitucionales, el nivel del puesto

de trabajo en que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en los órganos

constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Titulación académica:

Se otorgarán siete puntos por la posesión de titulación

académica igual o superior a la exigida en el apartado 3.1 de estas

normas específicas.

e) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria de

2002: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio por la Administración a

aquellos candidatos que en la fase de oposición de la citada

convocatoria hubiesen alcanzado la puntuación fijada para su superación

por la Comisión Permanente de Selección de acuerdo con lo

establecido en el apartado 5 del Anexo V de la Orden APU/1444/2002,

de 7 de junio de 2002 por la que se convocan pruebas selectivas

de acceso por promoción interna en el Cuerpo de Técnicos

Auxiliares de Informática de la Administración del Estado ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), o la fijada en el Anexo I de la Orden

TAS/1154/2002, de 10 de mayo, por la que se convocan pruebas

selectivas para el ingreso en la Escala de Operadores de Ordenador

de Informática de la Administración de la Seguridad Social

("Boletín Oficial del Estado" del 24).

6. Calificación final:

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso

y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si aún fuese

necesario dirimir el empate, se atenderá a la puntuación obtenida

en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá

a favor de la mayor puntuación alcanzada en el mérito de

antigüedad y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá

a la puntuación otorgada al trabajo desarrollado y al grado

consolidado, por este orden. Finalmente se dirimirá por el criterio

de antigüedad total en la Administración, computándose los años,

meses y días de servicio que consten en el Registro Central de

Personal al día de publicación de la convocatoria.

7. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El

Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la

Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración Central

del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración Periférica del Estado. Los Delegados

del Gobierno y Subdelegados del Gobierno. Otros órganos

periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas: Constitución, competencias, Estatutos de Autonomía.

8. Administración Local: La provincia, el municipio y otras

entidades.

9. La organización de la Unión Europea. Instituciones: El

Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia. Efectos

de la integración europea sobre la organización del Estado

Español.

II. Organización de oficinas públicas

1. Atención al público: Acogida e información al ciudadano.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al ciudadano. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y del archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en la Administración Pública.

III. Materias Informáticas

Bloque I. Diseño y Desarrollo

1. El ciclo de vida de los sistemas informáticos. Modelos.

Metodología Métrica.

2. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y

relaciones. Reglas de modelización.

3. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo

lógico relacional. Normalización.

4. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción.

Descomposición en niveles. Flujogramas.

5. Diseño del interfaz de usuario. Principios de diseño de

interfaces. Presentación de la información y asistencia al usuario.

6. Lenguajes de programación. Representación de tipos de

datos. Operadores. Instrucciones condicionales. Bucles y

recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Vectores y

registros. Estructura de un programa.

7. Lenguajes de interrogación de bases de datos. Estándar

ANSI SQL.

8. Lenguajes de programación. Características, elementos y

funciones de Java, C, y C++.

9. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo

de 3 capas. Componentes y operación.

10. Programación orientada a objetos. Elementos: objetos,

clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes.

Bloque II. Operaciones

11. Administración del Sistema operativo y software de base.

Funciones y responsabilidades. Control de cambios de los

programas de una instalación.

12. Administración de bases de datos. Funciones y

responsabilidades.

13. Administración de redes de área local. Gestión de

usuarios. Gestión de dispositivos.

14. Conceptos de seguridad de los sistemas de información.

Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades.

15. Organización de los departamentos de sistemas de

información. Áreas de desarrollo, producción, sistemas y

comunicaciones. Unidades de seguridad y calidad.

16. Derecho informático. Legislación de protección de datos.

Legislación de propiedad intelectual del software. Legislación

básica de telecomunicaciones.

Bloque III. Comunicaciones

17. Comunicaciones. Medios de transmisión. Modos de

comunicación. Equipos terminales y equipos de interconexión y

conmutación.

18. Sistemas de comunicación. Frame Relay, ATM, RDSI,

xDSL. Sistemas inalámbricos.

19. El modelo de referencia de interconexión de sistemas

abiertos (OSI) de ISO. Protocolos TCP/IP.

20. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios:

correo electrónico, WWW, FTP, Telnet. Protocolos HTTP, HTTPS

y SSL.

21. Programación en Internet. Lenguajes HTML y lenguajes

de script.

22. Seguridad y protección en redes de comunicaciones.

Sistemas de cortafuegos. Redes Privadas Virtuales (VPN).

8. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código CuerpooEscala

0129 C. Guardería Forestal.

0131 C. Auxiliares (Ley 23-1975) a Extinguir.

0213 C. Auxiliares, a Extinguir.

0326 Personal Técnico de Cabina, a Extinguir.

0423 C. Damas Auxiliares de Sanidad Militar del Ejercito.

0424 C. Oficiales de Arsenales de la Armada.

0425 C. Grabadores de la Armada, a Extinguir.

0426 C. Encargados 3a. Sección Maestranza de la Armada.

0427 C. Maestros Primeros Primera Sección Maestranza Arm..

0433 C. Capataces Segundos 1a. Sec. Maestranza Armada,

A E.

0439 C. de Mecánicos Conductores.

0635 C. Auxiliar de Intervención de Puertos Francos de C.

1143 E. Auxiliar Procedente de Organismos Autónomos Sup..

1144 C. Aux. Cuerpo Interpret. Lenguas Proc. Zona N.

Marruecos.

1145 C. Auxiliar, A Extinguir (Real Decreto-Ley 23-1977).

1146 C. General Auxiliar de la Administración Del Estado.

1440 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Oficiales Postales y de Telecomunicación.

1441 C. Auxiliares Postales y de Telecomunicación, E.

Clasificación y Reparto.

1442 C. Subalterno de Correos, a Extinguir.

1443 C. Auxiliares Técnicos, E. Auxiliares Técnicos de

Primera.

1444 C. Auxiliares Técnicos, E. Auxiliares Técnicos de

Segunda.

1445 E. Radiotelegrafistas de Telecomunicación, a Extinguir.

1622 C. Auxiliar de la Administración de la S.S..

1643 E. Auxiliar, A Extinguir de la Administración de la S.S..

1644 E. Telefonistas, a Extinguir de la Administración de la

S.S..

1704 Subgrupo Auxiliar del Grupo de Administración General.

5052 E. Auxiliares de laboratorio de Organismos Autónomos

del Mapa.

5053 E. Maquinista del Senpa.

5055 E. Secretarios Cofradías Tercera Categoría, a Extinguir.

5056 E. Auxiliares Cofradías, a Extinguir.

5058 E. Secretarios Tercera Categoría Cámaras Agrarias del

Ira.

5059 E. Guardas del Icona.

5060 E. Proyectistas sin Titulo y Maestros del Inia.

5061 E. Preparador de Primera y Segunda del Inia.

5329 E. Auxiliares Lab. Canal Experiencias Hidrodinamicas

del Pardo.

5330 E. Calcadores del Inta Esteban Terradas.

5331 E. Preparadores Laboratorio Inta Esteban Terradas.

5333 E. Fotógrafos de la Junta Admva. Fondo Atenciones de

la Marina.

5442 E. Especialistas Servicios Generales de Enseñanzas

Integradas.

5443 E. Auxiliar de Investigacion del CSIC.

5444 E. Auxiliares Técnicos del Servicio de Publicaciones del

MEC.

5538 E. Marineros del Servicio de Vigilancia Aduanera.

5539 E. Agentes Investigación del Servicio de Vigilancia

Aduanera.

5550 E. Operadores Radiotelefonistas, Ext. Serv.Vigilancia

Aduanera.

Código Cuerpo oEscala

5551 E. de Conductores y de Taller del PMM.

5627 E. Auxiliar Técnico del Ciemat.

5628 E. Calcador del Ciemat.

5629 E. Técnica Subalterna de Tercera, a Extinguir del INI.

5949 E. Delineantes Segunda Conf.Hidrografica del

Guadalquivir.

5950 E. Patrones de Cabotaje de Organismos Autonomos del

MOPU.

5953 E. Celadores Guardamuelles, a Ext.J.Puerto Algeciras-la

Linea.

5954 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.Puerto

Gijon-Musel.

5956 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir Junta Puerto

Ceuta.

5957 E. Celadores Guardamuelles, a Extinguir J.P. De A

Coruña.

5960 E. Celadores Guardamuelles, A Ext. J.P. La Luz y Las

Palmas.

5968 E. Encargado de Obras Mancomunidad Canales del

Taibilla.

5969 E. Topógrafo Segundo Mancomunidad de Canales del

Taibilla.

5970 E. Celadores Guardamuelles, a Ext. Admva. De Grupos

de Puertos.

5971 E. Auxiliar Topógrafo Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5972 E. Auxiliar Cartográfico Confederación Hidrográfica del

Ebro.

5974 E. Calcador de la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5975 E. Fotógrafo del Servicio de Publicaciones.

5976 E. Auxiliar de Laboratorio del Servicio de Publicaciones.

5977 E. Ayudantes de Laboratorio del INCE.

6032 E. Auxiliar de Organismos Autónomos.

6033 E. Auxiliar de AISS, a Extinguir.

6124 E. Profesores de Educación Física de AISNA.

6125 E. Auxiliares de Investigación de Laboratorio de AISNA.

6349 E. Pers. A Ext. del Org.Regis.Entidades

Autorizadas-Auxiliar.

6467 E. de Auxiliares del I.C.O.

ANEXO IX

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas

selectivas para el ingreso libre al Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado por el sistema de acceso

libre será de 186 plazas.

Del total de estas plazas se reservarán 10 para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o

equivalente.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",

código "1122".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la clave

"L".

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Los derechos de examen serán 18,76 euros.

4. Proceso de selección y valoración.-El proceso selectivo

consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con

las pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación:

4.1 Fase de oposición:

4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes

ejercicios, obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario

que figura en el programa de estas normas específicas.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las

contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de los correspondientes del programa contenido en los bloques

II, III, IV y VI que figura en estas normas específicas.

El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública, pudiendo ésta realizar

cuantas preguntas considere necesarias durante un período

máximo de veinte minutos. En este ejercicio se valorarán la formación

y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la

capacidad de expresión.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y

durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico. Para

la realización del supuesto, la Comisión Permanente de Selección

podrá proponer a los aspirantes la posibilidad de elegir una entre

varias opciones, relacionada con las materias incluidas en los

bloques III, IV, V y VI.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en

sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos.

Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,

el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone

el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

La Comisión valorará la capacidad para ordenar y desarrollar

los procesos de gestión administrativa propuestos, la sistemática,

la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita y

oral del aspirante.

4.1.2 Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición se

calificarán de 0 a 50 puntos.

En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de

Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el

ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán

de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si esto no

fuera suficiente, en el primero y segundo, por este orden.

4.2 Curso selectivo: El curso selectivo, bajo la supervisión

de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, será

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública

y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos

en orden a la preparación específica de los aspirantes para el

ejercicio de sus funciones.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.

Su duración será como máximo de tres meses.

Su calendario y programa, así como las normas internas que

lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de

Administración Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al

Secretario de Estado para la Administración Pública las

evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas

a la calificación final de las pruebas selectivas.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

5. Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en el curso selectivo.

6. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y

atribuciones.

4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal

de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese

y responsabilidad.

8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

9. La Administración General del Estado. Órganos centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.

Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.

Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.

10. La Administración General del Estado. Órganos

territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del

Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración

única o común.

11. Los organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas

empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.

12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.

13. La delimitación de competencias entre el Estado y las

Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.

Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

14. La organización política y la administración de las

Comunidades Autónomas.

15. La Administración Local: La provincia y el municipio.

Otras entidades de la Administración Local.

II. La Unión Europea

1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y

naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios

y modificativos.

2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la

Unión: unión política y unión económica y monetaria; Política

Exterior y de Seguridad Común; Cooperación en los ámbitos de

Justicia e Interior. La ampliación.

3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo

Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y

funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados

miembros en las diferentes partes del proceso.

4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento

Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

5. El presupuesto comunitario. Los fondos estructurales. La

cohesión económica y social.

6. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y

decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario

y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

7. La adhesión española a la Comunidad Europea.

Problemática económica de la plena integración. La convergencia de

España con la Unión Europea.

8. Libre circulación de mercancías y política comercial

común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de

capitales.

9. Libre circulación de personas. Derecho de establecimiento

y libre prestación de servicios.

10. Políticas comunitarias comunes.

III. Derecho Administrativo General

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases

de fuentes. La jerarquía de las fuentes.

2. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del

ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.

3. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.

Los principios generales del Derecho. Los Tratados

Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.

4. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

5. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

6. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,

suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.

7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.

9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y

extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio

público.

10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.

11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento Administrativo común y su

alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general

y principios rectores.

12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

13. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo.

14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los Recursos Administrativos.

15. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y

características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.

17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,

capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del

proceso. La sentencia.

18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La

reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.

IV. La actuación de la Administración Pública

1. La gestión pública y la gestión privada. Nuevas formas

de gestión pública. Técnicas de gestión pública: la administración

por objetivos, la programación de proyectos y otros.

2. Las políticas públicas: análisis, ejecución y evaluación.

3. El control de la actuación pública: control estratégico,

control de gestión y control externo. Indicadores de gestión.

4. La Administración Pública española: principios de

organización y principios de actuación. La atención al ciudadano: los

servicios de información administrativa. La administración

prestadora de servicios: la calidad del servicio público.

5. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

6. La actuación administrativa en el marco presupuestario:

el déficit público. El gasto público: evolución y distribución actual.

7. Transportes y comunicaciones: desarrollo de las

infraestructuras y política de transportes. Ordenación y liberación del

sector de las comunicaciones.

8. El turismo: orígenes, evolución y características.

Distribución de competencias. La Administración turística del Estado:

organización y líneas de actuación.

9. Actuación administrativa relacionada con el medio

ambiente: impacto ambiental y ordenación del territorio; gestión de

residuos y reducción de la contaminación; conservación de la

biodiversidad y de los espacios naturales protegidos. Distribución

de competencias.

10. La Seguridad Social: estructura y financiación. Problemas

actuales y líneas de actuación. El sistema sanitario: gestión y

financiación.

11. El sistema educativo: estructura, gestión y financiación.

La política científica y tecnológica.

12. La evolución del empleo en España. Los servicios públicos

de empleo: régimen de prestaciones y políticas de empleo.

13. Política de inmigración. Régimen de los extranjeros en

España. Derecho de asilo y condición de refugiado.

14. Garantía de derechos y libertades. La legislación de

protección de datos de carácter personal. La Agencia de Protección

de Datos.

V. Administración de Recursos Humanos

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. Normativa vigente.

2. Las competencias en materia de personal.

3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la

Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.

Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición

de funcionario público.

4. Situaciones administrativas.

5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y

perfeccionamiento.

6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y

prevención de riesgos laborales.

7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón del servicio.

8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

9. La sindicación de los funcionarios públicos. La

representación de los funcionarios. Los Acuerdos con las Organizaciones

Sindicales.

10. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.

Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

11. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la

Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.

El convenio único para el personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado.

12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de

contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.

13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus

causas. El despido.

14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa

y Delegados de Personal.

15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los

servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y

su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.

VI. Gestión Financiera y Seguridad Social

1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación

de prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben

contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del

Estado. Características y estructura. El ciclo presupuestario. Gastos

plurianuales.

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

4. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,

gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia

técnica y servicios.

5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.

Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto

público en España. Especial referencia al control de legalidad.

El Tribunal de Cuentas.

6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan

General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de

aplicación y características. Criterios de valoración.

7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los

grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre

del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro público.

9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de

transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja

fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:

Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.

Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos

económicos.

12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del

sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.

La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características

de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción

y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de

trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos

obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de

la obligación de cotizar.

ANEXO X

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para el acceso por promoción interna, al Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado por el sistema de promoción

interna desde Cuerpos o Escalas del Grupo C será de 98 plazas.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 3 para ser

cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad

igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición

adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2. El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido, a efectos de promoción interna, en el

ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que aparecen relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

En el caso de los Cuerpos y Escalas Postales y de

Telecomunicación relacionados en el apartado 9 de estas normas específicas,

sólo serán admitidos los funcionarios que pertenezcan a dichos

Cuerpos y estén destinados en la Administración General del

Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y

estar destinados en la Administración General del Estado.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

serán computables a efectos de la antigüedad referida en el párrafo

anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado",

código "1122".

En el recuadro 17, "Forma de Acceso", se consignará la

siguiente clave:

"Y" si los aspirantes pertenecen a los siguientes Cuerpos o

Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas

con los códigos: 0207; 1128; 1132; 1135; 1616; 1640; 1703;

6025; 6026 y 6417.

"Z" el resto de los aspirantes.

En el recuadro 24, "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2": Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 9 de estas normas específicas, en el recuadro B) el

Ministerio u Organismo de destino y en el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 9,38 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El proceso de selección

será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo

de formación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los dos ejercicios que a

continuación se indican, siendo ambos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de

preguntas sobre las materias contenidas en el programa.

Los aspirantes que hayan consignado en el recuadro 17 de

la solicitud la letra "Y", por pertenecer a alguno de los Cuerpos

o Escalas que se relacionan a tal efecto en el apartado 4 de estas

normas específicas, estarán exentos de las partes I y IV del

programa. Para los aspirantes que hayan consignado en el

recuadro 17 de la solicitud la letra "Z", el cuestionario de preguntas

versará sobre el contenido de la totalidad del programa.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las

contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de noventa minutos para los aspirantes de la forma de acceso

"Y" y de 120 minutos para los aspirantes de forma de acceso "Z".

Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para

acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de los bloques II, III y V del programa contenido en estas normas

específicas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos.

En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos

generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria para

que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la fase

de concurso.

En los dos ejercicios de la fase de oposición las puntuaciones

mínimas que se establezcan resultarán de las puntuaciones

trasformadas que se deriven de los baremos que fije la Comisión

Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los siguientes

méritos:

a) Antigüedad:

Se valorará la antigüedad del funcionario hasta la fecha de

publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos

hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de

la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1 punto por

año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado:

Según el grado personal que se tenga consolidado el día de

la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado

y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado

por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del

plazo de presentación del certificado a que se refiere la base común

12.1 se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11, 12, 13, y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 14 puntos.

Grados 17 y 18: 16 puntos.

Grados 19 y 20: 17 puntos

Grados 21, 22 y siguientes: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado:

Según el nivel de complemento de destino correspondiente al

puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del

Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación

de esta convocatoria, como funcionario del Grupo C, se otorgará

la siguiente puntuación:

Niveles 11, 12, 13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 18 puntos.

Nivel 17: 19 puntos.

Nivel 18: 20 puntos.

Nivel 19: 22 puntos.

Nivel 20: 24 puntos.

Nivel 21, 22 o superior: 25 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del

puesto reservado en la Administración General del Estado u

Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de

servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la

Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, el nivel

del puesto de trabajo en que les correspondería al efectuar el

reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Órganos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria

de 2002: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio a aquellos candidatos que

en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen

alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión Permanente

de Selección de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 del

Anexo VII de la Orden APU/1444/2002, de 7 de junio de 2002,

por la que se convocan pruebas selectivas de acceso por promoción

interna en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6. Calificación del concurso-oposición.-La calificación

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en

la fase de concurso y de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las

puntuaciones obtenidas en el segundo ejercicio de la fase de

oposición, en el primer ejercicio de la fase de oposición, en la

valoración del mérito de antigüedad, del grado personal consolidado

y del trabajo desarrollado, por este orden.

De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en

la Administración, computándose los años, meses y días de servicio

que consten en el Registro Central de Personal al día de

publicación de esta convocatoria.

7. Curso selectivo.-Los aspirantes que superen el

concurso-oposición deberán seguir un curso selectivo de formación

organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación

de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas

lectivas.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo.

El curso selectivo se calificará como apto o no apto.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en la fase de concurso.

8. Programa:

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

La reforma de la Constitución.

2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y

suspensión.

3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y

atribuciones.

4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal

de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.

6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del

Congreso de los Diputados y del Senado.

7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el

Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese

y responsabilidad.

8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.

El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El

Ministerio Fiscal. La organización judicial española.

9. La Administración General del Estado. Órganos centrales.

El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.

Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.

Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.

10. La Administración General del Estado. Órganos

territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del

Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración

única o común.

11. Los organismos públicos. Creación, modificación y

extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas

empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.

12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.

13. La delimitación de competencias entre el Estado y las

Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.

Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

14. La organización política y la administración de las

Comunidades Autónomas.

15. La Administración Local: La provincia y el municipio.

Otras entidades de la Administración Local.

II. Comunidades Europeas

1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y

naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios

y modificativos.

2. El Tratado de la Unión Europea.

3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo

Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición

y funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los

Estados miembros en las diferentes partes del proceso.

4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento

Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

5. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho

originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y

decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario

y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

6. La adhesión española a la Comunidad Europea.

Problemática económica de la plena integración. El programa de

convergencia de España con la Unión Europea.

7. Libre circulación de mercancías y política comercial

común. Régimen sobre la competencia. Libre circulación de

trabajadores.

8. Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios.

Libertad de circulación de capitales. El Sistema Monetario

Europeo. La moneda única.

9. Políticas comunitarias comunes.

III. Derecho Administrativo General

1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases

de fuentes. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Tipos de leyes.

Reserva de ley. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de ley:

Decreto-ley y Decreto-legislativo.

2. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.

Los principios generales del Derecho. Los Tratados

Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.

3. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.

Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y

notificación. Revisión, anulación y revocación.

4. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio

de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras

alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos

administrativos.

5. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,

suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.

6. Procedimientos y formas de la actividad administrativa. La

actividad de limitación, arbitral, de servicio público y de fomento.

Especial examen de las formas de gestión de los servicios públicos.

7. La expropiación forzosa: Concepto, naturaleza y

elementos. Procedimiento general de expropiación. Garantías

jurisdiccionales. Idea general de los procedimientos especiales.

8. Los bienes de la Administración. Régimen básico.

9. El dominio público. El criterio de la afectación. Objeto y

extensión de la demanialidad. Utilización y protección del dominio

público.

10. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones

Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento

de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.

Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.

11. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y

caracterización. Procedimiento Administrativo común y su

alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general

y principios rectores.

12. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del

procedimiento.

13. Disposiciones generales sobre los procedimientos

administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del

procedimiento. La obligación de resolver. El silencio

administrativo.

14. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de

oficio. Los Recursos Administrativos.

15. El procedimiento económico-administrativo: Materias

impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la

revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en

única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.

16. El recurso contencioso-administrativo: Significado y

características. Evolución histórica. Organización jurisdiccional.

17. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,

capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del

proceso. La sentencia.

18. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La

reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.

IV. Administración de Recursos Humanos

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen jurídico. Normativa vigente.

2. Las competencias en materia de personal.

3. Selección de personal. Los procesos selectivos en la

Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.

Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición

de funcionario público.

4. Situaciones administrativas.

5. Provisión de puestos de trabajo en la Función Pública.

La carrera administrativa. Promoción interna. Formación y

perfeccionamiento.

6. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y

prevención de riesgos laborales.

7. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las

indemnizaciones por razón del servicio.

8. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

9. La sindicación de los funcionarios públicos. La

representación de los funcionarios. Los Acuerdos con las organizaciones

sindicales.

10. El régimen especial de la Seguridad Social de los

funcionarios civiles del Estado. MUFACE: Acción protectora.

Concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.

11. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Su régimen jurídico. Los convenios colectivos en la

Administración Pública y la determinación de las condiciones de trabajo.

El Convenio Único para el personal laboral al servicio de la

Administración General del Estado.

12. El contrato de trabajo. Modalidades. Sistemas de

contratación en la Administración Pública y ámbito jurídico.

13. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción. Sus

causas. El despido.

14. La sindicación del personal laboral. Comités de Empresa

y Delegados de Personal.

15. El derecho de huelga y su ejercicio. La huelga en los

servicios esenciales de la comunidad. Los conflictos colectivos y

su solución: Especial referencia a las Administraciones Públicas.

V. Gestión Financiera y Seguridad Social

1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por

programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en

base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión. Asignación

de prioridades.

2. Las leyes anuales de presupuestos. Materias que deben

contener según el Tribunal Constitucional. El presupuesto del

Estado. Características y estructura. El ciclo presupuestario. Gastos

plurianuales.

3. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de

crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de

créditos. Desglose de aplicaciones presupuestarias.

4. La ejecución presupuestaria y la contratación

administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,

gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia

técnica y servicios.

5. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.

Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto

público en España. Especial referencia al control de legalidad.

El Tribunal de Cuentas.

6. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan

General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de

aplicación y características. Criterios de valoración.

7. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los

grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre

del ejercicio. La Cuenta General del Estado.

8. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que

intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos.

Disposición de fondos del Tesoro público.

9. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de

transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

10. Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de Caja

fija. Pagos "a justificar". Justificación de libramientos.

11. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:

Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.

Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos

económicos.

12. La Seguridad Social: Evolución. Caracteres generales del

sistema español. El régimen general y los regímenes especiales.

La acción protectora de la Seguridad Social. Tipos y características

de las prestaciones. Régimen de incompatibilidades. Prescripción

y caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.

13. Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de

trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social. Sujetos

obligados y responsables de la cotización. Nacimiento y duración de

la obligación de cotizar.

9. Relación de Cuerpos o Escalas.

Código Cuerpo/Escala

0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122 Veedores Serv. Defensa contra el Fraude, a extinguir.

0207 C. Administrativo, a extinguir.

0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414 C. Traductores del Ejército del Aire.

0415 C. Delineantes del Ejército del Aire.

0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628 C. Delineantes.

0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería

Nacional.

0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

masculina.

0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

femenina.

Código Cuerpo/Escala

1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a

extinguir.

1020 Delineantes, a extinguir - Ley 33-1974-.

1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128 E. Administrativa OO. AA. suprimidos, a extinguir.

1129 Personal de la Casa de su Majestad el Rey Grupo C.

1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.

Marruecos.

1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1136 C. Delineantes.

1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. Del

Estado.

1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado Exterior.

1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del

Estado.

1428 C. Intérpretes Informadores.

1429 Observadores de Meteorología del Estado.

1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas.

1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432 Técnico Especialistas Aeronáuticos.

1433 Técnicos Especializados.

1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad

Social.

1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.

Social.

1640 E. Administrativa, a exting. de la Administración de la

S.Social.

1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admon.

de la S. Social.

1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a

extinguir.

1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703 Subgrupo Admtvo. del Grupo de Administración

General.

5023 E. Secret. Cofradías 2a. Categoría, a extinguir.

5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028 Contables, a extinguir del SENPA.

5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032 Trad .- Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab..

5033 E. Patrones de Embarc. Del Inst. Español de

Oceanografía.

5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036 E. Administrativos de Cofradías, a extinguir.

5037 E. Agentes Economía Domestica del Serv. de Extensión

Agraria.

5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión

Agraria.

5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias

del IRA.

5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas

Vivero.

5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y

Alimentarios.

5047 E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes

del SENPA.

5053 Maquinista del SENPA.

5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M.

Defensa.

5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban

Terradas.

Código Cuerpo/Escala

5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de

Enseñanzas Integradas.

5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.

Auton. Mec.

5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del Mec.

5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P. P. F. P. a extinguir.

5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera, a

extinguir.

5528 E. Patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera, a

extinguir.

5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia

Aduanera, a extinguir.

5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y

Energía.

5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del

CIEMAT.

5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820 E.Delegados Tribunales de la Obra de Protección de

Menores.

5821 Directores Instituc .Obra Protección de Menores.

5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de

Menores.

5933 Pat. Cab. y Fogon. Hab.(M. Naval.) N. Sent.

5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.

del MOPU.

5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales

del Taibilla.

5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica

Guadalquivir.

5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1, 2 y 3 - del

CEDEX.

5947 E. Programadores del CEDEX.

5948 E. Programadores Técnicos del INCE.

6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115 E. Delineantes de AISNA.

6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322 Técnicos - Admtvos., a extinguir del INAS.

6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417 E. Única Cuerpo Admtivo. O.M.4-7-81, a extinguir.

6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.

ANEXO XI

Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas

para ingreso libre al Cuerpo de Gestión de Sistemas

e Informática

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por

el sistema general de acceso libre será de 41 plazas.

Del total de estas plazas se reservarán 2 para ser cubiertas

por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública.

2. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

estar en posesión o en condiciones de obtener el título de

Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o

equivalente.

3. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la

Administración del Estado", código "1177".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la

clave "L".

En el recuadro 24 "Exigido en la convocatoria", se indicará,

de las siguientes opciones, el dígito que corresponda, de acuerdo

con la titulación académica que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Los derechos de examen serán de 18,76 euros.

4. Proceso de selección y valoración.-El proceso selectivo

consistirá en una fase de oposición y en un curso selectivo con

las pruebas y puntuaciones que se especifican a continuación.

4.1 Fase de oposición:

4.1.1 La fase de oposición constará de los siguientes

ejercicios obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario que no excederá de 100 preguntas sobre las materias

contenidas en el programa a que hace referencia el programa de

estas normas específicas.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90

minutos.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones

erróneas se valorarán negativamente.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

de los bloques I, II, III y IV del programa contenido en estas normas

específicas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos.

En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos

generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y

durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico. Para

la resolución del supuesto, el órgano de selección podrá proponer

a los aspirantes la posibilidad de elegir una, entre varias opciones,

relacionada con las materias que figuran en el programa de estas

normas específicas.

El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en

sesión pública ante la Comisión Permanente de Selección.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos, para lo cual se podrá disponer

de una pizarra o elemento similar.

Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,

el órgano de selección podrá decidir que el opositor abandone

el mismo si estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.

La Comisión valorará la calidad técnica de la solución

propuesta, la sistemática, la capacidad de análisis y la capacidad

de expresión escrita y oral del aspirante.

4.1.2 Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición se

calificará de 0 a 50 puntos.

En cada uno de los ejercicios, la Comisión Permanente de

Selección fijará la puntuación mínima necesaria para superar el

ejercicio. Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán

de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos

que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el

tercer ejercicio, y si esto no fuera suficiente, en el primero y

segundo, por este orden.

4.2 Curso selectivo:

El curso selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública, será organizado por el Instituto

Nacional de Administración Pública y tendrá como finalidad

primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación

específica de los aspirantes para el ejercicio de sus funciones.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo de presentación de documentos.

Su duración será como máximo de tres meses.

Su calendario y programa, así como las normas internas que

lo regulen, serán establecidos por el Instituto Nacional de

Administración Pública.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario

para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

El Instituto Nacional de Administración Pública elevará al

Secretario de Estado para la Administración Pública las

evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas

a la calificación final de las pruebas selectivas.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

5. Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en la fase de oposición y en el curso selectivo.

6. Programa:

Bloque I. Tecnología Básica (Grupo I)

1. Tecnologías actuales de ordenadores: de los dispositivos

de mano "palmtop" a los superordenadores. Base tecnológica.

Componentes, funcionalidades y capacidades.

2. Concepto de sistema operativo. Componentes y funciones.

Características y evolución. Protección de memoria. Gestión

multitarea. Sistemas de archivos. Vinculación e incrustación de

objetos. Plug and play. Interfaz de usuario.

3. Lenguajes actuales de programación. Características

técnicas. Especialidad funcional. Productividad. Estandarización.

4. Concepto de bases de datos. Principales componentes de

un entorno de bases de datos. Utilización de bases de datos en

la Organización: sistemas transaccionales, sistemas de

información de gestión (MIS), sistemas de soporte de la decisión (DSS),

almacenes de datos (Data Warehouse).

5. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales.

Antecedentes históricos. Características y elementos constitutivos. El

lenguaje SQL. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC.

6. Arquitecturas cliente-servidor. Tipología. Componentes.

Interacción entre los componentes. Ventajas e inconvenientes.

7. Minería de datos. Aplicación a la resolución de problemas

de gestión. Tecnología y algoritmos. Procesamiento analítico en

línea (OLAP).

Tecnología Básica (Grupo II)

1. Sistemas operativos de la familia Unix. Evolución histórica.

Características. Tipos de shell. Estructura de archivos. Interfaces

gráficos. Implementaciones comerciales y software libre.

2. Características técnicas y funcionalidades de otros sistemas

operativos: OS/390, OS/400, VM. Sistemas operativos de la

familia Windows.

3. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos:

Ordenación, Búsqueda, Recursión, Grafos. Organizaciones de

ficheros.

4. Sistemas ERP. Objetivos. Arquitectura. Elementos

funcionales. Peculiaridades en el desarrollo e implantación de sistemas

ERP. Interfaces con otros sistemas. Productos comerciales.

5. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y

funcionalidades. SGML, HTML, XML y sus derivaciones.

6. Tecnologías de impresión. Tecnologías de

almacenamiento. Tecnologías de monitores.

7. Nuevas tecnologías de interfaz: Reconocimiento óptico y

reconocimiento de voz. Fundamentos técnicos. Funcionalidades.

Ventajas e inconvenientes.

8. Tecnologías multimedia. Soportes. Formatos de vídeo, de

audio, de imagen y de texto. Compresión de datos. Cuestiones

legales y de propiedad intelectual.

9. Inteligencia Artificial. Evolución histórica. Sistemas

basados en reglas. Aprendizaje automático. Descubrimiento de

conocimiento. Redes neuronales.

Bloque II. Análisis y Desarrollo de Sistemas (Grupo I)

1. Concepto del ciclo de vida de los sistemas y fases. Modelo

en cascada, y modelo en espiral del ciclo de vida.

2. Gestión del proceso de desarrollo. Objetivos del desarrollo.

Actividades de gestión. Desarrollo en fases. Tareas y funciones

de los distintos agentes.

3. Planificación del desarrollo. Técnicas de planificación.

Metodologías de desarrollo: la metodología Métrica 3.

4. Técnicas de estimación de esfuerzo de desarrollo. Objetivos

de la estimación. Método de la suma de tareas. Regla

3-veces-programación. Modelo de líneas de código. Modelo de puntos

funcionales. Modelo del ciclo de vida.

5. Contexto organizativo. Factores críticos. Diagramas de

contexto: símbolos y niveles de abstracción.

6. Estrategias de determinación de requerimientos:

Entrevistas, Derivación de sistemas existentes, Análisis y Prototipos.

7. Diagramas de flujo de datos: elementos constitutivos y

reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas

de sistema. Diferencias entre Diagramas de Flujo de Datos,

Flujogramas de Sistema y Flujogramas de Programa.

Análisis y Desarrollo de Sistemas (Grupo II):

1. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos,

relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización.

Validación y construcción de modelos de datos.

2. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de

viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware.

Criterios.

3. Diseño del interfaz de usuario. Interacción

hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación

de la información. Asistencia y ayuda al usuario. Evaluación de

interfaces.

4. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC.

El modelo lógico relacional. Normalización.

5. Diseño de bases de datos. Diseño lógico. Diseño físico.

Problemas de concurrencia de acceso: lectura sucia, lectura

fantasma y bloqueo. Mecanismos de resolución de conflictos.

6. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Análisis

de transformación. Análisis de transacción. PDL (lenguaje de

definición de programas).

7. Construcción del sistema. Preparación de la instalación.

Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales

técnicos. Formación de usuarios y personal técnico: métodos y

materiales.

8. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja

negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba.

Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos.

9. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción

e instalación. Evaluación post-implementación Mantenimiento.

10. Diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos:

objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes. El

lenguaje de modelización unificado (UML). El modelo CORBA.

11. Control de calidad en el desarrollo de software. El Plan

General de Garantía de Calidad.

Bloque III. Gestión de Operaciones y Producción (Grupo I)

1. Administración del Sistema operativo y software de base.

Funciones y responsabilidades. Control de cambios.

2. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos.

Funciones. Responsabilidades. Administración de datos.

3. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones.

Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización

y gestión de capacidad.

4. Plan de seguridad. Plan de contingencias. Plan de

recuperación. Políticas de salvaguarda. El método MAGERIT de gestión

de la seguridad.

5. La contratación de bienes y servicios TIC en la

Administración del Estado. Normativa aplicable. Tipos de contratos.

Procedimientos de selección. Órganos intervinientes. Sistemas de

ayuda en la selección.

6. La gestión de recursos humanos en entornos TIC. Puestos

de trabajo. Funciones. Historia y organización de los Cuerpos TIC

en las Administraciones Públicas. Comparaciones internacionales.

7. Auditoría Informática. Objetivos, alcance y metodología.

Técnicas y herramientas. Normas y estándares.

Gestión de Operaciones y Producción (Grupo II)

1. Estructura y organización de un departamento de sistemas

de información. Alternativas. Roles y responsabilidades.

Segregación de tareas.

2. Planificación física de un centro de tratamiento de la

información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Instalaciones.

Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.

3. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios

magnéticos. Controles de cambios.

4. Los lenguajes de control de trabajos: Concepto, estructura,

elementos y funcionalidades. Las técnicas y herramientas de

operación automática.

5. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del

rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga.

Herramientas y técnicas utilizables.

6. Seguridad física de un sistema de información. Riesgos,

amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y

aseguramiento. Auditoría de seguridad física.

7. Seguridad lógica de un sistema de información. Riesgos,

amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y

aseguramiento. Auditoría de seguridad lógica.

8. Presupuestación y control de costes de un proyecto

informático. Técnicas de selección de proyectos alternativos: Payback,

VAN y TIR.

9. Documática. Archivo electrónico de documentos.

Organización funcional de los sistemas documáticos. Optimización de

consultas y recuperación de la información.

10. La normativa sobre protección de datos personales. La

Ley Orgánica 15/1999. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de

Protección de Datos.

11. Técnicas de redacción de informes de gestión. Técnicas

de análisis de datos: medidas de tendencia central y de dispersión;

medidas de correlación. Representaciones gráficas. Técnicas de

presentación oral. Ayudas visuales.

Bloque IV. Telecomunicaciones (Grupo I)

1. Medios de transmisión. Cables metálicos. Cable coaxial.

Fibra óptica. Tipología de redes de cable. Mocroondas. Sistemas

de transmisión por satélite.

2. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos

de acceso. Dispositivos de interconexión: hubs, bridges, switches,

routers.

3. Administración de redes locales. Gestión de usuarios.

Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico.

4. El modelo OSI de ISO.

5. El modelo SNA. Comparación con OSI. Arquitectura,

entidades y nodos. SNA de segunda generación: APPN. Componentes,

nodos y servicios.

6. El modelo TCP/IP. Arquitectura. Capas, interfaces y

protocolos. Encaminamiento en Internet.

7. La sociedad de la información. La iniciativa estratégica

Info XXI. Actuaciones estratégicas de la Administración General

del Estado.

Telecomunicaciones (Grupo II)

1. Elementos básicos de telecomunicación. Características de

canal. Codificación. Modulación. Multiplexación. Interfaces y

protocolos. Jerarquías digitales.

2. Conmutación. Conmutación de circuitos y paquetes. X25.

Frame Relay, ATM. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM.

Protocolos de encaminamiento.

3. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas

criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos.

4. La red Internet: arquitectura de red. Principios de

funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y tendencias.

5. Legislación básica de telecomunicaciones: La Ley 11/1998

General de Telecomunicaciones. Prestación de servicios y

explotación de redes. Obligaciones de servicio público y derechos.

Evaluación de conformidad de equipos. Dominio público

radioeléctrico. La administración de las telecomunicaciones.

6. RDSI. Concepto. Características técnicas. Estructura.

Modos de acceso. Señalización. Tramas. Tecnologías DSL.

Normativa reguladora. Características técnicas.

7. Telecomunicaciones por cable. Estructura de la red de

cable. Normativa reguladora. CATV. Organización de

demarcaciones. Operadores del mercado. Servicios de red.

8. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT.

Paging. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking.

Acceso sin hilos: WLL, LMDS. GSM: arquitectura y evolución de

datos. GPRS, HSCSD. Internet y WAP. Sistemas de tercera

generación: UMTS.

9. Comunicaciones emergentes: protocolos 802.11B Wi-Fi.

Características funcionales y técnicas. Sistemas de expansión del

espectro. Sistemas de acceso. Modos de operación. Seguridad.

Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes.

10. Comunicaciones emergentes: IP móvil. Fundamentos.

Fases. Encaminamiento. Problemas. Seguridad. Normativa

reguladora. Ventajas e inconvenientes.

11. Comunicaciones emergentes: PLC (Power Line

Comunications). Características técnicas. Modos de operación. Seguridad.

Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes

Bloque V. Organización del Estado y Derecho

Administrativo (Grupo I)

1. La Constitución española de 1978. Derechos y deberes

fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado.

La Corona. Funciones constitucionales del Rey.

2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los

Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición

y atribuciones. El Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las

funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes

Generales.

4. La Administración Pública: principios constitucionales

informadores. La Administración General del Estado: los órganos

superiores de la Administración General del Estado. Órganos

territoriales. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno.

5. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.

La Administración Local: regulación constitucional. Provincias,

municipios y otras entidades de la Administración Local.

6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de

las fuentes. La Ley. Las Disposiciones del Ejecutivo con fuerza

de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento:

concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

7. Los contratos administrativos: concepto, procedimiento de

adjudicación, tipos de contratos: obras, gestión de servicios

públicos, suministro, consultoría y asistencia y de servicios.

8. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Régimen Jurídico. Derechos y deberes de los funcionarios.

9. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen

disciplinario.

10. Situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

Retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios. La

sindicación de los funcionarios públicos.

ANEXO XII

Normas específicas de la convocatoria de las pruebas

selectivas para acceso por promoción interna, al Cuerpo

de Gestión de Sistemas e Informática

1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado por

el sistema de promoción interna desde Cuerpos o Escalas del

Grupo C será de 20 plazas.

Del total de estas plazas se reservará 1 para ser cubierta por

personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o

superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional

decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública.

2. El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con las

siguientes fases:

2.1 Fase de oposición.

2.2 Fase de concurso.

3. Además de los requisitos enumerados en el punto 7 de

las bases comunes de esta convocatoria, los aspirantes deberán

reunir los siguientes:

3.1 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto

Técnico o equivalente.

3.2 Estar incluido a efectos de promoción interna en el ámbito

de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado.

3.3 Pertenecer, como funcionario de carrera, a alguno de los

Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto que aparecen relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas.

También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y

Escalas Postales y de Telecomunicación relacionados en el apartado

9 de estas normas específicas que estén destinados en la

Administración General del Estado.

3.4 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios

prestados en Cuerpos o Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y relacionados

en el apartado 9 de estas normas específicas, o en Cuerpos o

Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al Grupo C y

estar destinados en la Administración General del Estado.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de

aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, serán computables

a efectos de la antigüedad referida en el párrafo anterior.

4. Además de las instrucciones generales de cumplimentación

de solicitudes que figuran en el apartado 8.3 de las bases comunes,

los aspirantes deberán observar las siguientes:

En el recuadro 15,"Cuerpo o Escala", los aspirantes harán

constar "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la

Administración del Estado", código "1177".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará de acuerdo

con las siguientes claves:

"T", si los aspirantes pertenecen a los siguientes Cuerpos o

Escalas indicados en el apartado 9 de estas normas específicas

con los códigos: 1188; 1633; 1640; 1654; y 5947.

"U", el resto de aspirantes.

En el recuadro 24, se indicará, de las siguientes opciones, el

dígito que corresponda, de acuerdo con la titulación académica

que posea el aspirante:

Dígito "1". Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o equivalente.

Dígito "2". Título de Diplomado Universitario, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

En el recuadro A) del epígrafe 25, "Datos a consignar según

las bases de la convocatoria", se especificará el código del Cuerpo

o Escala a que pertenece el aspirante, según se contiene en el

apartado 9 de estas normas específicas, en el recuadro B) el

Ministerio u Organismo de destino y en el C) el Centro Directivo.

Los derechos de examen serán de 9,38 euros.

5. Proceso de selección y valoración.-El proceso de selección

será el de concurso-oposición al que seguirá un curso selectivo

de formación.

5.1 Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los dos siguientes ejercicios,

obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas sobre las materias contenidas en el programa

de estas normas específicas.

Los aspirantes que pertenezcan a los Cuerpos y Escalas

relacionados en el apartado 4 (forma de acceso "T"), estarán exentos

del Grupo I de temas de cada bloque de materias del programa.

Para los aspirantes que pertenezcan al resto de los Cuerpos

o Escalas no mencionados en el párrafo anterior (forma de acceso

"U"), el cuestionario de preguntas de este ejercicio estará basado

en el contenido total del programa.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas

alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, y teniendo todas

ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se valorarán

negativamente.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90

minutos para los aspirantes de la forma de acceso "T" y de 120

minutos para los aspirantes de la forma de acceso "U".

Este ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima para acceder

al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema

entre dos propuestos por la Comisión Permanente de Selección

entre los correspondientes al Grupo II de cada bloque de materias

del programa contenido en estas normas específicas.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante la Comisión

Permanente de Selección en sesión pública.

Una vez leído, la Comisión Permanente de Selección podrá

realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un

período máximo de veinte minutos.

En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos

generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Este ejercicio se calificará de cero a 50 puntos. La Comisión

Permanente de Selección fijará la puntuación mínima necesaria

para que se adicione al candidato la puntuación obtenida en la

fase de concurso.

En ambos ejercicios las puntuaciones mínimas que se

establezcan resultarán de las puntuaciones transformadas que se

deriven de los baremos que fije la Comisión Permanente de Selección.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase.

5.2 Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad.-La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del Grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta

los servicios prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,

de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios una

puntuación de 1 punto hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado.-Según el grado

personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y formalizado a

través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad

competente, hasta la fecha de finalización del plazo de

presentación del certificado a que se refiere la base común 12.1, se

otorgará la siguiente puntuación:

Grados 11,12, 13 y 14: 12 puntos.

Grados 15 y 16: 13 puntos.

Grados 17 y 18: 16 puntos.

Grados 19 y 20: 17 puntos.

Grados 21, 22 o superior: 18 puntos.

c) Trabajo desarrollado.-Según el nivel de complemento de

destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en

la Administración General del Estado, Administración de la

Seguridad Social y en los Órganos Constitucionales el día de

publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 11,12,13 y 14: 14 puntos.

Nivel 15: 15 puntos.

Nivel 16: 18 puntos.

Nivel 17: 19 puntos.

Nivel 18: 20 puntos.

Nivel 19: 22 puntos.

Nivel 20: 24 puntos.

Niveles 21, 22 o superior: 25 puntos.

La valoración del nivel de complemento de destino corresponde

al puesto desempeñado como funcionario del Grupo C.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con

independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el

nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los

funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel

correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo

tuvieran, el nivel mínimo del Grupo C.

A los funcionarios que se encuentren en la situación de

excedencia por el cuidado de familiares se Órganos Constitucionales

y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con

derecho a reserva de puesto en la Administración General del

Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo

en que les correspondería al efectuar el reingreso.

A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto

de trabajo en situación de servicio activo en Organos

Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de

complemento de destino correspondiente a dicho puesto.

d) Superación de los dos ejercicios de la convocatoria

de 2002: 7 puntos.

Este mérito se valorará de oficio a aquellos candidatos que

en la fase de oposición de la citada convocatoria hubiesen

alcanzado la puntuación mínima fijada por la Comisión Permanente

de Selección, de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 del

Anexo IX de la Orden APU/1444/2002, de 7 de junio de 2002

por la que se convocan pruebas selectivas de acceso por promoción

interna en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de

la Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

6. Calificación del concurso-oposición.-La calificación del

concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En

caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de

oposición. De continuar el empate, se atenderá a la puntuación

obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, se atenderá

a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al grado

personal consolidado y al trabajo desarrollado, por este orden.

Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la

Administración, computándose los años, meses y días de servicio que

consten en el Registro Central de Personal al día de publicación

de la convocatoria.

7. Curso selectivo:

Los aspirantes que superen el concurso-oposición deberán

seguir un curso selectivo de formación organizado por el Instituto

Nacional de Administración Pública.

El curso no se iniciará antes de un mes ni después de tres

meses desde que finalice el plazo previsto para la presentación

de documentos y su duración será, al menos, de ochenta horas

lectivas.

El Instituto Nacional de Administración Pública establecerá el

calendario, programa y normas internas que regulen el curso

selectivo.

El curso selectivo se calificará como apto o no apto.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la

puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso de formación perderán

el derecho de su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y en la fase de concurso.

8. Programa:

Bloque I. Tecnología Básica (Grupo I)

1. Tecnologías actuales de ordenadores: de los dispositivos

de mano "palmtop" a los superordenadores. Base tecnológica.

Componentes, funcionalidades y capacidades.

2. Concepto de sistema operativo. Componentes y funciones.

Características y evolución. Protección de memoria. Gestión

multitarea. Sistemas de archivos. Vinculación e incrustación de

objetos. Plug and play. Interfaz de usuario.

3. Lenguajes actuales de programación. Características

técnicas. Especialidad funcional. Productividad. Estandarización.

4. Concepto de bases de datos. Principales componentes de

un entorno de bases de datos. Utilización de bases de datos en

la Organización: sistemas transaccionales, sistemas de

información de gestión (MIS), sistemas de soporte de la decisión (DSS),

almacenes de datos (Data Warehouse).

5. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales.

Antecedentes históricos. Características y elementos constitutivos. El

lenguaje SQL. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC.

6. Arquitecturas cliente-servidor. Tipología. Componentes.

Interacción entre los componentes. Ventajas e inconvenientes.

7. Minería de datos. Aplicación a la resolución de problemas

de gestión. Tecnología y algoritmos. Procesamiento analítico en

línea (OLAP).

Tecnología Básica (Grupo II)

1. Sistemas operativos de la familia Unix. Evolución histórica.

Características. Tipos de shell. Estructura de archivos. Interfaces

gráficos. Implementaciones comerciales y software libre.

2. Características técnicas y funcionalidades de otros sistemas

operativos: OS/390, OS/400, VM. Sistemas operativos de la

familia Windows.

3. Estructuras de datos: Tablas, listas y árboles. Algoritmos:

Ordenación, Búsqueda, Recursión, Grafos. Organizaciones de

ficheros.

4. Sistemas ERP. Objetivos. Arquitectura. Elementos

funcionales. Peculiaridades en el desarrollo e implantación de sistemas

ERP. Interfaces con otros sistemas. Productos comerciales.

5. Lenguajes de marca o etiqueta. Características y

funcionalidades. SGML, HTML, XML y sus derivaciones.

6. Tecnologías de impresión. Tecnologías de

almacenamiento. Tecnologías de monitores.

7. Nuevas tecnologías de interfaz: Reconocimiento óptico y

reconocimiento de voz. Fundamentos técnicos. Funcionalidades.

Ventajas e inconvenientes.

8. Tecnologías multimedia. Soportes. Formatos de vídeo, de

audio, de imagen y de texto. Compresión de datos. Cuestiones

legales y de propiedad intelectual.

9. Inteligencia Artificial. Evolución histórica. Sistemas

basados en reglas. Aprendizaje automático. Descubrimiento de

conocimiento. Redes neuronales.

Bloque II. Análisis y Desarrollo de Sistemas (Grupo I)

1. Concepto del ciclo de vida de los sistemas y fases. Modelo

en cascada, y modelo en espiral del ciclo de vida.

2. Gestión del proceso de desarrollo. Objetivos del desarrollo.

Actividades de gestión. Desarrollo en fases. Tareas y funciones

de los distintos agentes.

3. Planificación del desarrollo. Técnicas de planificación.

Metodologías de desarrollo: la metodología Métrica 3.

4. Técnicas de estimación de esfuerzo de desarrollo. Objetivos

de la estimación. Método de la suma de tareas. Regla

3-veces-programación. Modelo de líneas de código. Modelo de puntos

funcionales. Modelo del ciclo de vida.

5. Contexto organizativo. Factores críticos. Diagramas de

contexto: símbolos y niveles de abstracción.

6. Estrategias de determinación de requerimientos:

Entrevistas, Derivación de sistemas existentes, Análisis y Prototipos.

7. Diagramas de flujo de datos: elementos constitutivos y

reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas

de sistema. Diferencias entre Diagramas de Flujo de Datos,

Flujogramas de Sistema, y Flujogramas de Programa.

Análisis y Desarrollo de Sistemas (Grupo II)

1. Modelización conceptual. Elementos: entidades, atributos,

relaciones, identificadores, roles. Reglas de modelización.

Validación y construcción de modelos de datos.

2. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de

viabilidad. Personal, procedimientos, datos, software y hardware.

Criterios.

3. Diseño del interfaz de usuario. Interacción

hombre-máquina. Concepto. Principios de diseño de interfaces. Presentación

de la información. Asistencia y ayuda al usuario. Evaluación de

interfaces.

4. Diseño de bases de datos. La arquitectura ANSI/SPARC.

El modelo lógico relacional. Normalización.

5. Diseño de bases de datos. Diseño lógico. Diseño físico.

Problemas de concurrencia de acceso: lectura sucia, lectura

fantasma y bloqueo. Mecanismos de resolución de conflictos.

6. Diseño de programas. Diagramas estructurados. Análisis

de transformación. Análisis de transacción. PDL (lenguaje de

definición de programas).

7. Construcción del sistema. Preparación de la instalación.

Estándares de documentación. Manuales de usuario y manuales

técnicos. Formación de usuarios y personal técnico: métodos y

materiales.

8. Pruebas. Planificación y documentación. Pruebas de caja

negra. Pruebas de caja blanca. Utilización de datos de prueba.

Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos.

9. Instalación y cambio. Estrategias de sustitución. Recepción

e instalación. Evaluación post-implementación. Mantenimiento.

10. Diseño orientado a objetos. Concepto. Elementos:

objetos, clases, herencia, métodos. Ventajas e inconvenientes. El

lenguaje de modelización unificado (UML). El modelo CORBA.

11. Control de calidad en el desarrollo de software. El Plan

General de Garantía de Calidad.

Bloque III. Gestión de Operaciones y Producción (Grupo I)

1. Administración del Sistema operativo y software de base.

Funciones y responsabilidades. Control de cambios.

2. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos.

Funciones. Responsabilidades. Administración de datos.

3. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones.

Mantenimiento preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización

y gestión de capacidad.

4. Plan de seguridad. Plan de contingencias. Plan de

recuperación. Políticas de salvaguarda. El método MAGERIT de gestión

de la seguridad.

5. La contratación de bienes y servicios TIC en la

Administración del Estado. Normativa aplicable. Tipos de contratos.

Procedimientos de selección. Órganos intervinientes. Sistemas de

ayuda en la selección.

6. La gestión de recursos humanos en entornos TIC. Puestos

de trabajo. Funciones. Historia y organización de los Cuerpos TIC

en las Administraciones Públicas. Comparaciones internacionales.

7. Auditoría Informática. Objetivos, alcance y metodología.

Técnicas y herramientas. Normas y estándares.

Gestión de Operaciones y Producción (Grupo II)

1. Estructura y organización de un departamento de sistemas

de información. Alternativas. Roles y responsabilidades.

Segregación de tareas.

2. Planificación física de un centro de tratamiento de la

información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Instalaciones.

Dimensionamiento de equipos. Factores a considerar.

3. Gestión de librerías de programas. Gestión de medios

magnéticos. Controles de cambios.

4. Los lenguajes de control de trabajos: Concepto, estructura,

elementos y funcionalidades. Las técnicas y herramientas de

operación automática.

5. Control de la ejecución de los trabajos. Evaluación del

rendimiento. Planificación de la capacidad. Análisis de la carga.

Herramientas y técnicas utilizables.

6. Seguridad física de un sistema de información. Riesgos,

amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y

aseguramiento. Auditoría de seguridad física.

7. Seguridad lógica de un sistema de información. Riesgos,

amenazas y vulnerabilidades. Medidas de protección y

aseguramiento. Auditoría de seguridad lógica.

8. Presupuestación y control de costes de un proyecto

informático. Técnicas de selección de proyectos alternativos: Payback,

VAN y TIR.

9. Documática. Archivo electrónico de documentos.

Organización funcional de los sistemas documáticos. Optimización de

consultas y recuperación de la información.

10. La normativa sobre protección de datos personales. La

Ley Orgánica 15/1999. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de

Protección de Datos.

11. Técnicas de redacción de informes de gestión. Técnicas

de análisis de datos: medidas de tendencia central y de dispersión;

medidas de correlación. Representaciones gráficas. Técnicas de

presentación oral. Ayudas visuales.

Bloque IV. Telecomunicaciones (Grupo I)

1. Medios de transmisión. Cables metálicos. Cable coaxial.

Fibra óptica. Tipología de redes de cable. Mocroondas. Sistemas

de transmisión por satélite.

2. Redes locales. Tipología. Medios de transmisión. Métodos

de acceso. Dispositivos de interconexión: hubs, bridges, switches,

routers.

3. Administración de redes locales. Gestión de usuarios.

Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico.

4. El modelo OSI de ISO.

5. El modelo SNA. Comparación con OSI. Arquitectura,

entidades y nodos. SNA de segunda generación: APPN. Componentes,

nodos y servicios.

6. El modelo TCP/IP. Arquitectura. Capas, interfaces y

protocolos. Encaminamiento en Internet.

7. La sociedad de la información. La iniciativa estratégica

Info XXI. Actuaciones estratégicas de la Administración General

del Estado.

Telecomunicaciones (Grupo II)

1. Elementos básicos de telecomunicación. Características de

canal. Codificación. Modulación. Multiplexación. Interfaces y

protocolos. Jerarquías digitales.

2. Conmutación. Conmutación de circuitos y paquetes. X25.

Frame Relay, ATM. Integración voz-datos sobre FR, IP, ATM.

Protocolos de encaminamiento.

3. La seguridad en redes. Control de accesos. Técnicas

criptográficas. Mecanismos de firma digital. Intrusiones. Cortafuegos.

4. La red Internet: arquitectura de red. Principios de

funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y tendencias.

5. Legislación básica de telecomunicaciones: La Ley 11/1998

General de Telecomunicaciones. Prestación de servicios y

explotación de redes. Obligaciones de servicio público y derechos.

Evaluación de conformidad de equipos. Dominio público

radioeléctrico. La administración de las telecomunicaciones.

6. RDSI. Concepto. Características técnicas. Estructura.

Modos de acceso. Señalización. Tramas. Tecnologías DSL.

Normativa reguladora. Características técnicas.

7. Telecomunicaciones por cable. Estructura de la red de

cable. Normativa reguladora. CATV. Organización de

demarcaciones. Operadores del mercado. Servicios de red.

8. Comunicaciones móviles. Telefonía sin hilos y DECT.

Paging. Radiotelefonía privada. Sistemas celulares. Trunking.

Acceso sin hilos: WLL, LMDS. GSM: arquitectura y evolución de

datos. GPRS, HSCSD. Internet y WAP. Sistemas de tercera

generación: UMTS.

9. Comunicaciones emergentes: protocolos 802.11B Wi-Fi.

Características funcionales y técnicas. Sistemas de expansión del

espectro. Sistemas de acceso. Modos de operación. Seguridad.

Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes.

10. Comunicaciones emergentes: IP móvil. Fundamentos.

Fases. Encaminamiento. Problemas. Seguridad. Normativa

reguladora. Ventajas e inconvenientes.

11. Comunicaciones emergentes: PLC (Power Line

Comunications). Características técnicas. Modos de operación. Seguridad.

Normativa reguladora. Ventajas e inconvenientes

9. Relación de Cuerpos o Escalas:

Código Cuerpo/Escala

0010 Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera.

0122 Veedores Serv. Defensa contra el fraude, a extinguir.

0207 C. Administrativo, a extinguir.

0314 C. Aux. Archivos, Bibliotecas y Museos, a extinguir.

0319 C. Ayudantes Cinematográficos, a extinguir.

0320 Traductores Gabinete Prensa, a extinguir.

0414 C. Traductores del Ejército del Aire.

0415 C. Delineantes del Ejército del Aire.

0416 C. Maestros de Arsenales de la Armada.

0417 C. Cartógrafos de la Armada, a extinguir.

0626 C. Contadores del Estado, a extinguir.

0627 C. Administrativo de Aduanas, a extinguir.

0628 C. Delineantes.

0629 C. Especialistas Electromecánicos de la Lotería

Nacional.

0630 Estadísticos Técnicos a extinguir.

0918 Capellanes de Instituciones Penitenciarias.

0919 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

masculina.

0920 Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Escala

femenina.

1018 C. Técnicos Mecánicos de Señales Marítimas, a

extinguir.

1020 Delineantes, a extinguir -Ley 33-1974-.

1021 C. Delineantes de Obras Públicas y Urbanismo.

1128 E. Administrativa OO. AA. Suprimidos, a extinguir.

1129 Personal de la Casa de Su Majestad el Rey Grupo C.

1130 C. Técnicos de Interpret. Lengua Proc. Zona N.

Marruecos.

1132 C. Administrativo, a extinguir (Real Decreto-Ley 23).

1133 C. Administrativo del Patrimonio Nacional, a extinguir.

1134 C. Técnicos Especialistas Reproducción Cartográfica.

1135 C. General Administrativo de la Administración del

Estado.

1136 C. Delineantes.

1188 C. Técnicos Auxiliares de Informática de la Admón. del

Estado.

1230 Ag. Insp. Proced. Serv. Ins. Dis. Mercado exterior.

1427 Administrativos-Calculadores de Meteorología del

Estado.

1428 C. Intérpretes Informadores.

1429 Observadores de Meteorología del Estado.

1430 Técnico de Telecomunicaciones Aeronaúticas.

1431 C. Ejecutivo Postal y de Telecomunicación.

1432 Técnico Especialistas Aeronaúticos.

1433 Técnicos Especializados.

1516 C. Capellanes de la Beneficencia General.

1616 C. Administrativo de Administración de la Seguridad

Social.

1633 E. Operadores Ordenador Informática Admón. de la S.

Social.

1640 E. Administrativa, a extinguir. de la Administración de

la S. Social.

1641 E. Operadores Ordenador Informat., a extinguir Admón

de la S. Social.

1642 E. Delineantes Administración de la S. Social, a

extinguir.

1654 Plazas Operadores Ordenador, a extinguir ISM.

1703 Subgrupo Admtvo. Del Grupo de Administración

General.

5023 E. Secret. Cofradias 2.a Categoría, a extinguir.

5027 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MAPA.

5028 Contables, a extinguir del SENPA.

5029 E. Jefe de Silo, Centro de Selección y Almacenamiento.

5032 Trad.-Bibliot. Ser. Nal. Cul. y Ferm. Tab.

5033 E. Patrones de Embarc. del Inst. Español de

Oceanografía.

5034 E. Preparadores Instituto Español de Oceanografía.

5036 E. Administrativos de Cofradias, a extinguir.

5037 E. Agentes Economía Doméstica del Serv. de Extensión

Agraria.

5038 E. Monitores de Extensión Agraria Serv. de Extensión

Agraria.

Código Cuerpo/Escala

5039 E. Secretarios Segunda Categoría de Cámaras Agrarias

del IRA.

5040 E. Analista de Laboratorio del IRA.

5041 Auxiliar de Campo del ICONA.

5043 E. Operador de Restitución del IRYDA.

5044 E. Auxiliar Técnico del IRYDA.

5045 E. Inspector de Campos y Cosecha Inst. Semillas Plantas

Vivero.

5046 E. Periodista Inst. Estudios Agrarios Pesqueros y

Alimentarios.

5047 E. Técnica Comisaría Gral. de Abastec. y Transportes

del SENPA.

5053 Maquinista del SENPA.

5213 E. Técnico-Administrativo de la Editora Nacional.

5214 Delin. Patr. Alhambra y Generalife.

5317 E. Delineantes de Organismos Autónomos del M. Defensa.

5319 E. Especialistas Aviación INTA Esteban Terradas.

5320 E. Delineantes Proyect. INTA Esteban Terradas.

5321 E. Analistas y Operadores Laborat. INTA Esteban

Terradas.

5322 Personal de Taller del INTA Esteban Terradas.

5430 Escala de Expertos de Servicios Generales de

Enseñanzas Integradas.

5431 E. Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos de Org.

Auton. Mec.

5432 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MEC.

5433 Ayudantes de Investigación del CSIC.

5435 Aux. Ps. Inst. O. Educ. Prof. P.P.F. a extinguir.

5527 E. Inspectores del Servicio de Vigilancia Aduanera, a

extinguir.

5528 E. patrones del Servicio de Vigilancia Aduanera, a

extinguir.

5530 E. Mecánicos Navales del Servicio de Vigilancia

Aduanera, a extinguir.

5616 E. Delineantes Org. Autónomos Ministerio Industria y

Energía.

Código Cuerpo/Escala

5617 Escala de Especialistas Técnicos de Investigación del

CIEMAT.

5619 E. Administrativos, a extinguir del INI.

5620 E. Técnicos Subalternos de Primera, a extinguir del INI.

5621 E. Técnica Subalterna de Segunda, a extinguir del INI.

5820 E. Delegados Tribunales de la Obra de Protección de

Menores.

5821 Directores Instituc. Obra Protección de Menores.

5822 Educadores Instituciones de la Obra de Protección de

Menores.

5933 Pat. Cab. y Fogón. Hab. (M. Naval) N. Sent.

5934 E. Técnicos de Proyectos y Obras de Confed. Hidrograf.

Del MOPU.

5935 E. Delineantes de Organismos Autónomos del MOPU.

5936 E. Contramaestres de Puertos de OO.AA. del MOPU.

5940 E. Ayudante de Ingeniero Mancomunidad de Canales

del Taibilla.

5941 E. Topógrafo 1 Mancomunidad de Canales del Taibilla.

5943 E. Ayudantes de Obras Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5944 E. Encargado Gral. Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir.

5945 E. Auxiliares Técnicos del CEDEX.

5946 C. Traductores Taquígrafos -Grupos 1,2 y 3- del CEDEX.

5947 E. Programadores del CEDEX.

5948 E. Programadores Técnicos del INCE.

6025 E. Administrativa de Organismos Autónomos.

6026 E. Administrativos de AISS, a extinguir.

6115 E. Delineantes de AISNA.

6116 Terapeutas ocupacionales de AISNA.

6322 Técnicos-Admtvos., a extinguir del INAS.

6323 E. Delineación y Medios Audiovisuales del INEM.

6417 E. Unica Cuerpo Admtivo. O. de 4 de julio de 1981,

a extinguir.

6466 E. de Oficiales Administrativos del ICO.

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