Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de 22 de mayo de 2003
(BOE y DOG de 19/06/03), para cubrir las plazas vacantes para
Secretarías de Juzgados de Paz entre Secretarios de Paz a extinguir
de más de 7.000 habitantes y Oficiales de la Administración de
justicia,
Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del Poder Judicial, en el Reglamento Orgánico del Cuerpo
de Secretarios de la Justicia Municipal, aprobado por Decreto
de 12 de junio de 1970 y en el capitulo III del título IV del
Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes
de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto
249/1996, de 16 de febrero, dispone:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que participaron
en el concurso de traslados convocado por resolución de fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la resolución de la convocatoria.
Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios
que en el anexo II se relacionan.
Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no obtuvieron
destino, por lo que no se tendrán en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un
centro de trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista
en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por
funcionarios de nuevo ingreso.
Quinto.-El cese deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el Boletín
Oficial del Estado o Diario Oficial de Galicia si es simultánea,
debiendo tomar posesión del nuevo destino obtenido por concurso
en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio
de localidad, o en los diez días naturales siguientes, en caso
contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración
competente respecto a la plaza obtenida en el concurso.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia, el plazo posesorio deberá comenzar a contar
desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en
el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial de Galicia, si es
simultánea, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido,
ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en el Cuerpo
de Secretarios de Paz u oficiales y por tanto no puede computarse
como de servicios efectivos.
Si no se lograra la simultaneidad de las publicaciones de la
resolución, los plazos se contarán desde el día siguiente al de
la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del
presente concurso se encontraran en activo en otro cuerpo y no
quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la
Administración, dada la necesidad de contar con el tempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en
caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el
permiso podrá ser de hasta tres días (art. 66.1.g) del Reglamento
Orgánico), teniéndolos por cesados en su anterior destino con
fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva
plaza de reingreso.
Esta Comunidad Autónoma competente les concederá la
excedencia de oficio en el cuerpo de procedencia si ésta se produce
en un cuerpo al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo
destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de
su posesión en el cuerpo de oficiales al objeto de evitar la
interrupción en la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la
posesión del titular.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo
de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14
y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa ; o bien recurso potestativo de
reposición ante este órgano en el plazo de un mes, según lo
establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ambos plazos
contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado o Diario Oficial de Galicia, si es simultánea.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2003.-El
Director general, Juan José Martín Álvarez.
ANEXO I (Ver imagen página 35517)
Concurso de traslados: Convocatoria de la Resolución de 22 de mayo de 2003 (BOE y DOG de 31/07/02)
Destinos adjudicados en la Comunidad de Galicia
Escalafón1.oapellido 2.oapellido Nombre DNI Cuerpo Preferencia A M D ID Total
puntos Destinoadjudicado Destinoactual
Costas Portela Fco. Javier 76.806.404 Oficial 2789 Derecho 14 6 10 6 20,53 Secretaría Jdo. Paz
Bueu (Pontevedra).
Jdo. Paz Nigrán
(Pontevedra).
Crespo Aladrén Rosalía 17.101.840 Secret. 0 1 10 6 6,11 Secretaría Jdo. Paz
Camariñas (A Coruña).
Excedente.
Ferreiro Vázquez Juan Carlos 32.786.604 Oficial 0 0 1 0 0,00 Secretaría Jdo. Paz
Carnota (A Coruña).
Excedente.
Loureiro Pena José Manuel 32.426.220 Oficial 0 0 1 6 6,00 Secretaría Jdo. Paz
Mazaricos (A Coruña).
Excedente.
Rama Rey Gumersindo 76.331.069 Oficial Derecho 0 0 1 6 6,00 Secretaría Jdo. Paz
Muxia (A Coruña).
Excedente.
ANEXO II
No hay excluidos.
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