Suscrito el Protocolo 2001 Adicional al Convenio de colaboración firmado el 30 de diciembre de 1999, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad de Ceuta, para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de enero de 2002.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.
En Madrid, a 21 de noviembre de 2001.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Juan Carlos Aparicio Pérez, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 561/2000, de 27 de abril («Boletín Oficial del Estado» número 102, del 28), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).
Y de otra parte, el excelentísimo señor don Mohamed Mohamed Chaib, Consejero de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Ceuta, nombrado por Decreto 12/2001, de la Presidencia, en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por delegación de competencias por Decreto de 16 de febrero de 2001.
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,
EXPONEN
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta suscribieron en fecha 30 de diciembre de 1999 Convenio de colaboración para la cofinanciación de programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.
Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de creación y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de acción social y servicios sociales.
Por otra parte, en la Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 29), y el Acuerdo Plenario de 25 de mayo de 2001 («Boletin Oficial de la Ciudad de Ceuta» extraordinario número 15, del 25 de mayo), de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.
Que, el Convenio citado, establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.
Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por la Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan
Que de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 19 de febrero de 2001, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de marzo de 2001, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de fecha 11 de abril, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario con una dotación de 714.000.000 de pesetas, incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.
Que habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2001, procede instrumentarlas a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Ciudad Autónoma de Ceuta y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.
Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 30 de diciembre de 1999 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Ciudad Autónoma de Ceuta ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo Adicional, el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
La Administración General del Estado y la Ciudad Autónoma de Ceuta incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 30 de diciembre de 1999 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2001, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.
La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la cláusula sexta del citado Convenio de colaboración suscrito en 1999, se establece para el año 2001 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.
Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo, es de 3.570.000 pesetas.
La Ciudad Autónoma de Ceuta, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100 aportando la cantidad de 3.570.000 pesetas. La Ciudad Autónoma de Ceuta ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.
La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2001, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo Adicional en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Juan Carlos Aparicio Pérez.–El Consejero de Bienestar Social, Mohamed Mohamed Chaib.
Cofinanciación de los proyectos del Plan de Acción año 2001
Comunidades Autónomas | Número |
Administración General – Pesetas |
Comunidades Autónomas – Pesetas |
Total proyectos – Pesetas |
|
---|---|---|---|---|---|
P * | U * | ||||
Andalucía. | 13 | 1.146 | 140.593.740 | 154.011.706 | 294.605.446 |
Aragón. | 3 | 175 | 24.740.100 | 37.110.150 | 61.850.250 |
Asturias. | 1 | 85 | 22.405.320 | 34.200.000 | 56.605.320 |
Baleares. | 6 | 267 | 13.787.340 | 50.623.662 | 64.411.002 |
Canarias. | 5 | 220 | 31.237.500 | 34.814.340 | 66.051.840 |
Cantabria. | 2 | 40 | 11.038.440 | 11.038.440 | 22.076.880 |
Castilla-León. | 3 | 316 | 54.492.480 | 54.492.480 | 108.984.960 |
Castilla-La Mancha. | 2 | 120 | 37.634.940 | 37.634.940 | 75.269.880 |
Cataluña. | 1 | 600 | 101.552.220 | 101.552.220 | 203.104.440 |
Extremadura. | 10 | 1.532 | 24.690.120 | 24.690.120 | 49.380.240 |
Galicia. | 9 | 464 | 59.726.100 | 59.726.100 | 119.452.200 |
Madrid. | 3 | 187 | 82.081.440 | 200.826.184 | 282.907.624 |
Murcia. | 8 | 1.659 | 21.105.840 | 36.136.613 | 57.242.453 |
La Rioja. | 1 | 50 | 10.710.000 | 10.710.000 | 21.420.000 |
Valencia. | 6 | 1.192 | 71.064.420 | 71.064.420 | 142.128.840 |
Ceuta. | 1 | 70 | 3.570.000 | 3.570.000 | 7.140.000 |
Melilla. Totales. | 1 | 20 | 3.570.000 | 4.743.452 | 8.313.452 |
75 | 8.143 | 714.000.000 | 926.944.827 | 1.640.944.827 | |
* P: Número de proyectos. * U: Número de usuarios. |
Proyectos Plan Acción año 2001
Comunidad Autónoma de Ceuta
Denominación y provincia | Entidades | Tipología proyecto | Financiación | |||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Centros | Apoyo familiar | Vida autónoma |
Comunidad Autónoma – Pesetas |
Administración General – Pesetas |
Total – Pesetas |
|||||
Número proyectos |
Número usuarios |
Número proyectos |
Número usuarios |
Número proyectos |
Número usuarios | |||||
Centro ocupacional psíquicos. | – | 1 | 70 | – | – | – | – | 3.570.000 | 3.570.000 | 7.140.000 |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid