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Documento BOE-A-2002-11554

Orden TAS/1429/2002, de 30 de mayo, por la que se convoca concurso para la adjudicación de 345 plazas de alojamiento en la Residencia Universitaria «Colegio de Oviedo», de la Universidad de Salamanca, para el curso académico 2002/2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2002, páginas 21436 a 21438 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-11554

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de facilitar el alojamiento de jóvenes estudiantes de baja renta, desplazados de su lugar de origen por razón de sus estudios en la Universidad de Salamanca, se suscribió el 28 de abril de 1992 un Convenio entre el extinto Ministerio de Asuntos Sociales, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Salamanca y la Universidad de Salamanca.

Y es preceptivo, según se recoge en la estipulación quinta del Convenio, la oferta de las plazas a los y las jóvenes mediante Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuyas bases han sido previamente acordadas por el Comité de Dirección.

En su virtud, tengo a bien disponer:

Se convoca concurso para la adjudicación de 345 plazas de alojamiento en la Residencia Universitaria «Colegio de Oviedo», de Salamanca, que se regirá por las bases que figuran como anexo en la presente Orden.

Madrid, 30 de mayo de 2002.

APARICIO PÉREZ

ANEXO
Primera.

Se convocan a concurso público de méritos 345 plazas de residentes, para el curso académico 2002-2003, en la Residencia Universitaria «Colegio de Oviedo», que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.

Segunda.

Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:

a) Estudiantes de Primer y Segundo Ciclo, en cualquiera de las Diplomaturas y Licenciaturas de la Universidad de Salamanca.

b) Estudiantes de Tercer Ciclo y Becarios de Investigación y Ayudantes que realicen su labor con carácter transitorio en la Universidad de Salamanca y las personas aspirantes a dicha condición hasta la resolución de su vinculación definitiva con esta Universidad. Para este colectivo se reservará el 5 por 100 de las plazas ofertadas.

En cualquiera de los plazos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años, con bajo nivel de renta.

c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), el resto de las plazas podrán ser cubiertas por cualesquiera estudiantes de la Universidad de Salamanca, menores de treinta años de edad, no incluídos en el apartado a), aunque no reúnan los requisitos de renta o de distancia.

Tercera.

Las plazas de la residencia Universitaria «Colegio de Oviedo» que salen a concurso son las siguientes:

a) Doscientas cincuenta y cuatro plazas en 127 habitaciones dobles: El precio ordinario por alojamiento (sin extras) al que se ofrecen estas plazas es de 317,81 euros mensuales por residente. El precio subvencionado es de 247,50 euros/mes, si el nivel de renta familiar per cápita se halla entre los 5.216,48 euros y los 4.471,28 euros, y de 212,36 euros/mes, si el nivel de renta familiar per cápita es inferior a 4.471,27 euros.

b) Ochenta y nueve plazas en habitaciones individuales: El criterio de adjudicación será el baremo académico.

El precio ordinario al que se ofrecen estas plazas es de 400,22 euros/mes por residente. El precio subvencionado estará en función del nivel de renta familiar per cápita. Si la renta familiar per cápita se halla entre los 5.216,48 euros y los 4.471,28 euros será de 326,90 euros/mes; si la renta familiar per cápita no excede de 4.471,27 euros será de 290,21 euros/mes.

c) Dos habitaciones individuales para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100: El precio al que se ofrecen estas plazas será de 221,49 euros/mes.

Cuarta.

Las plazas de admisión se adjudicarán por una Comisión de Selección que realizará su asignación conforme a una valoración ponderada de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Para los estudiantes de primero y segundo ciclo que soliciten una de las plazas previstas en el punto a) de la base tercera, se aplicarán los siguientes índices de prioridad:

1. Nivel de renta per cápita:

De 5.216,48 a 4.471,28 euros: 5 puntos.

De 4.471,27 a 3.726,06 euros: 8 puntos.

De 3.726,05 a 2.980,86 euros: 12 puntos.

De 2.980,85 a 2.235,64 euros: 16 puntos.

De 2.235,63 a 1.490,43 euros: 20 puntos.

De 1.490,42 a 0 euros: 26 puntos.

2. Distancia del domicilio familiar al centro docente:

Entre 5 y 200 kilómetros: 6 puntos.

Entre 201 y 500 kilómetros: 10 puntos.

Más de 500 kilómetros: 12 puntos.

3. Expediente académico: Si se trata de una solicitud que inicia cursos universitarios, la puntuación será:

Aprobado: 4 puntos.

Notable: 8 puntos.

Sobresaliente: 12 puntos.

Matrícula de Honor: 16 puntos.

Si se trata de una solicitud con cursos universitarios iniciados, el expediente académico se valorará con el siguiente baremo:

Aprobado: 1.

Notable: 2.

Sobresaliente: 3.

Matrícula de Honor: 4.

b) Para las personas recogidas en el punto b) de la base segunda los criterios de preferencia serán los de renta económica y expediente académico (imprescindible un 5).

Quinta.

El otorgamiento de una plaza de residente es por el plazo de un curso académico. La readmisión no es un derecho. Aquellos que deseen continuar en la Residencia en el curso siguiente, deberán solicitar nuevamente su admisión al Centro para un período nuevo. La resolución sobre la nueva adjudicación se ajustará a las bases de la convocatoria correspondiente, teniendo en cuenta además las notas obtenidas en el curso anterior y el informe de la Dirección sobre el cumplimiento de la normativa vigente y el adecuado desenvolvimiento de la convivencia.

Los residentes aceptarán el reglamento de funcionamiento interno, cuya aplicación corresponde a la Dirección académica de la Residencia. Los residentes se comprometen a cumplir las normas de convivencia de la Residencia, así como el resto de las normas universitarias, además de las que se establezcan para el adecuado uso de los servicios y el funcionamiento general de la Residencia.

Sexta.

Todo posible beneficiario que desee ser admitido en la Residencia deberá dirigir a la Dirección de la Residencia Universitaria «Colegio de Oviedo», Campus «Miguel de Unamuno», Salamanca, su solicitud en el impreso previsto a tal efecto, que se le proporcionará en dicho Centro o presentar dicha solicitud en horario de mañana, en el Registro General de la Universidad de Salamanca, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta quince días hábiles después de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

A la vista de las solicitudes presentadas la Comisión de selección resolverá sobre la concesión de las plazas. La resolución de adjudicación de las plazas podrá ser recurrida mediante los procedimientos legales establecidos.

La Comisión podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a lo dispuesto en la base segunda c) del presente anexo.

Séptima.

a) Los estudiantes de primero, segundo, tercer ciclo, así como cualquier persona que aspire a una de estas categorías deberán presentar los siguientes documentos:

1. Solicitud debidamente cumplimentada.

2. Certificación académica oficial de los estudios realizados en 2001-2002, y en su caso, tarjeta de Selectividad o fotocopia compulsada de la misma.

3. Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infectocontagiosa.

4. Tres fotografías tamaño carnet (una puesta en la solicitud).

5. Documentación acreditativa de la renta del último ejercicio fiscal de todos los miembros perceptores de la unidad familiar, mediante fotocopia de la declaración de la Renta 2001 (en caso de no estar obligado a presentarla: Certificado de empresa, Seguridad Social u otro organismo pagador). Si el solicitante es independiente, deberá acreditar esta circunstancia mediante justificante de pago de alquiler de vivienda y justificante de ingresos propios (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

6. Certificado de empadronamiento que exprese la fecha desde la que reside en el municipio declarado como habitual; declaración jurada en que conste la distancia desde el domicilio familiar a la residencia (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

7. Fotocopia del Libro de Familia (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

8. Fotocopia del documento nacional de identidad y del número de identificación fiscal.

9. Documentación que acredite, en cada caso, la vinculación con la Universidad de Salamanca (resguardo de matrícula o impreso de preinscripción; acreditación de admisión o preadmisión a alguno de los cursos, así como cualquier otro documento que acredite su vinculación con la Universidad).

Esta acreditación será imprescindible, sin ella la solicitud de plaza no se considera válida.

b) Los becarios de investigación y ayudantes de la Universidad deberán remitir la misma documentación del apartado a), con la salvedad en el punto 2, que deberá ser sustituido por su currículum vitae.

Octava.

La efectiva ocupación de las plazas estará condicionada a la presentación del documento que acredite el pago de una fianza de 240 euros.

En el supuesto de que se produjese la renuncia voluntaria a la plaza de residente antes de que finalizase el plazo de terminación del curso académico, se perderá la fianza salvo que dicha plaza se abandone por causa de fuerza mayor.

En el supuesto de que algún residente causase, voluntaria o involuntariamente, daños a los bienes de la Residencia, se asignarán estas cantidades, así como las que les fueren reclamadas en su caso, a la reparación de los perjuicios ocasionados.

De no concurrir ninguna de las circunstancias expresas en los párrafos anteriores, así como las contempladas en el Reglamento de funcionamiento, se devolverán las cantidades señaladas una vez finalizado el curso académico.

En todo lo no recogido en esta convocatoria se aplicará como normativa supletoria la convocatoria de Becas de Régimen General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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