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Documento BOE-A-2002-11504

Orden ECO/1422/2002, de 10 de junio, por la que se aprueban dos convocatorias de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, una por el sistema de turno libre y otra por el sistema de promoción interna, contemplado en el artículo 5 del Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2002, páginas 21285 a 21293 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-11504

TEXTO ORIGINAL

Ambas convocatorias se regirán por las mismas bases. Los

aspirantes deberán optar por presentarse únicamente a una de las

dos convocatorias. En ningún caso las plazas que pudieran quedar

vacantes en la convocatoria de promoción interna podrán

acumularse a la convocatoria del turno libre.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto

198/2002, de 15 de febrero, ("Boletín Oficial del Estado" del 16),

por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año

2002, y con el fin de atender las necesidades de personal del

Ministerio de Economía, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 1 a) del Real Decreto 1084/1990, de

31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre),

previo informe favorable de la Dirección General de la Función

Pública, este Ministerio acuerda convocar pruebas selectivas para

el ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, código 0603,

con sujeción a las siguientes

Bases de las convocatorias

1. Normas generales

1.1 En la convocatoria para turno libre se convocan pruebas

selectivas para cubrir tres plazas.

1.2 En la convocatoria para promoción interna, se convocan

pruebas selectivas para cubrir dos plazas de las previstas en el

artículo 5 del Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero ("Boletín

Oficial del Estado" del 16).

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto

198/2002, de 15 de febrero, y lo dispuesto en las presentes

convocatorias.

1.4 Cada proceso selectivo constará de una fase de oposición,

con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I, y de otra fase consistente en un curso

selectivo.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de estas convocatorias.

1.6 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

antes del día 15 de octubre de 2002 y la duración máxima de

esta fase será de ocho meses, contados a partir de la realización

del primer ejercicio.

1.8 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad competente. Estos funcionarios en

prácticas deberán superar el curso selectivo que se determina en

el anexo I.B), el cual comenzará en el plazo máximo de dos meses,

a partir de la terminación del fijado en la base 8.1 de las presentes

convocatorias.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de

fuerza mayor debidamente justificada, y apreciada por la

Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, una

vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial,

intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con

la puntuación obtenida.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, de acuerdo

con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

1.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

convocatoria. Cualquier propuesta de aprobados superior al

número establecido será nula de pleno derecho. Por tanto, este número

no podrá ser superior a tres en la convocatoria de acceso libre,

ni superior a dos en la convocatoria de promoción interna.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones propias del Cuerpo de Inspectores del

SOIVRE.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualesquiera de las Administraciones

Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por la

convocatoria de promoción interna deberán pertenecer el día de la

publicación de las presentes convocatorias en el "Boletín Oficial

del Estado" a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, estar

incluidos en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo

1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tener una antigüedad de,

al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a la que pertenezcan

al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes

y reunir los demás requisitos exigidos en estas convocatorias.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades

semejantes a los de los Cuerpos o Escalas del Grupo B serán

computables, a efectos de antigüedad, para participar en la

convocatoria de promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, y 2.2,

deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

2.4 Aquellos aspirantes que reúnan la condición de

funcionarios de organismos internacionales habrán de ajustarse a los

requisitos y condiciones que, para el acceso a los mismos en los

Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado establece el

Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de

funcionarios de nacionalidad española de organismos internacionales

a los Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en la instancia (modelo 790) que será

facilitada gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno

en las provincias, en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General

de la Función Pública, en el Instituto Nacional de Administración

Pública, en la Subdirección General de Recursos Humanos y

Organización del Ministerio de Economía y en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero.

Junto con la instancia deberán adjuntarse dos fotocopias del

Documento Nacional de Identidad.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso 790, son las

que se detallan a continuación:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Economía.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor, consigne

Subsecretaría.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria,

señale 02.

En el recuadro 15. Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o

Categoría, consigne el texto del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE

y el Código 0603.

En el recuadro 17. Forma de acceso: Consigne la letra

mayúscula tomando la que corresponda con arreglo a la siguiente clave:

Letra: L. Forma de acceso: Libre/nuevo ingreso.

Letra: R. Forma de acceso: Promoción interna.

Letra: S. Forma de acceso: Promoción interna/Cuerpo

Ingenieros Técnicos del SOIVRE.

En el recuadro 18. Ministerio/Organismo/Entidad convocante.

Consigne el Ministerio de Economía.

En el recuadro 19. Fecha de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" de esta convocatoria.

En el recuadro 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje del grado

de minusvalía según dictamen del órgano competente.

En el recuadro 25. En el apartado A) debe consignarse la

titulación poseída; en el apartado B) el idioma elegido para la

realización de la parte voluntaria del segundo ejercicio y en el

apartado C) el Cuerpo de pertenencia.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Ministerio de Economía, Paseo de la Castellana, número

162, de Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, desarrollado por el Real Decreto 772/1999, de

7 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 22), en el plazo de

veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación

de estas convocatorias en el "Boletín Oficial del Estado", y se

dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Economía.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizarán los recuadros números 21y

22 de la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en

el recuadro número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y

medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación

sea necesaria.

3.4 La tasa por derechos de examen será de 24,52 euros

y se ingresará en efectivo en cualquier banco, caja de ahorros

o cooperativa de crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria.

Los aspirantes que presenten su solicitud en el extranjero

ingresarán los derechos de examen en la cuenta corriente número

0182-9091-51-020234503 del BBVA.

Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas de

la convocatoria para promoción interna gozarán de una

bonificación del 50 por 100 de la tasa, siendo su cuantía 12,26 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

publicación de las presentes convocatorias. Será requisito para

el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no

hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen

negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de

promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo,

carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario

mínimo interprofesional. La certificación relativa a la condición

de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley,

se solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional

de Empleo o en los órganos competentes de las Comunidades

Autónomas. En cuanto a la acreditación de las rentas, se efectuará

mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante.

Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las entidades

mencionadas supondrá sustitución del trámite de presentación, en

tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la

base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario de Economía dictará Resolución en el plazo máximo

de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y

excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el "Boletín

Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentran

expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes

admitidos y excluidos, y se determinará el lugar o lugares y la

fecha de realización del primer ejercicio. Dichas listas deberán

ser expuestas, en todo caso, en los Servicios Centrales del

Ministerio de Economía, en las Delegaciones del Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno en las

provincias, así como en la Dirección General de la Función Pública

y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas. En las listas deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del Documento Nacional

de Identidad, así como , en su caso, la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un

plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de

la publicación de la Resolución, para subsanar el defecto que haya

motivado la exclusión u omisión.

Contra la Resolución definitiva, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el mismo

órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente de acuerdo

con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), y en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado, por lo que el supuesto

de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los

documentos exigidos en las convocatorias, no dará lugar a la devolución

de los derechos de examen.

En el caso de que proceda el derecho a la devolución de la

tasa, en aplicación de la Orden del Ministerio de Economía y

Hacienda de 22 de marzo de 1991 sobre devolución de ingresos

indebidos, que desarrolla el Real Decreto 1163/1990, de 21 de

septiembre, corresponderá al Departamento ministerial

convocante proceder al reconocimiento de dicho derecho y llevar a cabo

la posterior tramitación para su abono. A estos efectos, se aplicará

el procedimiento descrito en el apartado 15 de la Orden del

Ministerio de Economía y Hacienda de 4 de junio de 1998, modificada

por la Orden del Ministerio de Hacienda de 11 de diciembre de

2001. La iniciación de un expediente de devolución podrá

realizarse bien de oficio por la Administración o a instancia del

interesado mediante solicitud dirigida al Departamento ministerial

convocante, según los casos.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a estas convocatorias.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Economía,

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el

artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o si

hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas

selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de estas

convocatorias.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", la Orden por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de

celebración de sesiones, deliberaciones, toma de acuerdos, y para

actuaciones posteriores, se requerirá la presencia del Presidente

y Secretario, o en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad

al menos de sus miembros, titulares o suplentes. Se celebrará

la sesión de constitución, previa convocatoria del Presidente, en

el plazo máximo de treinta días a partir de su designación, y como

mínimo diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El

procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento

a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada

por Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6 El Tribunal podrá solicitar la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores corresponderá al Subsecretario de

Economía, a propuesta del Tribunal a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos y Organización.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales o de las Comunidades Autónomas competentes.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización del

Ministerio de Economía, Paseo de la Castellana, 162,

planta 14, de Madrid. A efectos de información, se dispone de los

teléfonos (91) 583 54 66, (91) 583 54 67 y (91) 583 53 34.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 Contra los actos dictados por el Tribunal podrá

interponerse recurso de alzada ante la autoridad convocante, en el

plazo de un mes, en los términos previstos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 462/2002, de 24 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"

del 30).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 18 de marzo de 2002 ("Boletín Oficial

del Estado" de 2 de abril de 2002), por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 8 de marzo de 2002.

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "S", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "T", y

así sucesivamente.

6.2 En cualquier momento del proceso selectivo, los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con

la finalidad de acreditar su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y por cualesquiera

otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima

divulgación, con al menos veinticuatro horas de antelación a la señalada

para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo

ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya

celebrado la prueba anterior, en la citada sede del Tribunal y por

cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas,

al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por las presentes

convocatorias, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario de Economía, comunicándole,

asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en

la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la Resolución que declara la exclusión del aspirante

podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el

plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su

notificación, ante el mismo órgano que la dicta, o recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano

Judicial competente de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública,

en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como

en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos

otros lugares que estime oportuno, las relaciones independientes

de aspirantes aprobados, tanto en la convocatoria de acceso libre

como en la promoción interna por orden de puntuaciones

alcanzadas, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará, a través de la Subdirección

General de Recursos Humanos y Organización, copias certificadas

de ambas listas de aprobados al Subsecretario de Economía,

especificando igualmente el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios. Dichas listas se publicarán en el "Boletín Oficial

del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el

día en que las relaciones definitivas sean publicadas en el "Boletín

Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar

en la Secretaria General Técnica del Ministerio de Economía,

Subdirección General de Recursos Humanos y Organización, paseo

de la Castellana, número 162, planta 14, Madrid, los siguientes

documentos:

A) Fotocopia del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención del título.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo IV a estas

convocatorias.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo formular opción por la remuneración que deseen

percibir durante su condición de funcionarios en prácticas de

conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10

de febrero, "Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo. Igualmente,

deberán hacerlo así quienes tengan la condición de personal

laboral o funcionario interino.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor no presentasen la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.4 Por Orden de la autoridad convocante, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes

aprobados deberá realizarse una vez finalizado el curso selectivo, previa

oferta de los mismos. Los opositores de la convocatoria de

promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos

vacantes sobre los aspirantes de la convocatoria de turno libre.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado, cuyo número no podrá exceder, en ningún caso, al de plazas

convocadas, serán nombrados, a propuesta del Subsecretario de

Economía, funcionarios de carrera mediante Resolución del

Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará

en una única relación en el "Boletín Oficial del Estado", en la

que figurarán los aspirantes aprobados en el proceso selectivo

ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con

expresión de los destinos que se les adjudiquen y la convocatoria (libre

o de promoción interna) por la que hayan accedido.

8.7 La toma de posesión como funcionario de carrera de los

aspirantes aprobados se efectuará en el plazo máximo de un mes,

contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su

nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública, y en

colaboración con los Centros de Formación de funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en las que obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

Las presentes convocatorias y cuantos actos administrativos

se deriven de ellas y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de junio de 2002.-El Vicepresidente Segundo del

Gobierno y Ministro de Economía, P. D. (Orden de 3 de agosto

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" del 11), El Subsecretario,

Miguel Crespo Rodríguez.

Ilmos. Sres. Secretario general Técnico del Ministerio de Economía

y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

El procedimiento de selección para el acceso al Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE, constará de dos fases:

A) Fase de oposición.

B) Curso selectivo.

A) Fase de oposición

EJERCICIOS Y VALORACIÓN

1. Ejercicios

Constará de cinco ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto

la parte voluntaria del examen de idiomas.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, en

el tiempo máximo de seis horas, de cuatro temas. Cada uno de

los temas se elegirá al azar, para todos los opositores, de cada

uno de los grupos formados por los siguientes temas:

El primero incluirá los temas 1 al 21.

El segundo del 22 al 36.

El tercero del 37 al 55.

El cuarto del 56 al 70.

Posteriormente se procederá a la lectura pública, por parte

del opositor, de su texto escrito. El Tribunal podrá formular

preguntas y solicitar las aclaraciones que considere oportunas para

una mejor valoración de sus conocimientos sobre los temas

escritos.

En la convocatoria de promoción interna, los funcionarios

pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE estarán

exentos de realizar el tema correspondiente al primer grupo, por

lo que sólo desarrollarán tres temas, en un tiempo máximo de

cuatro horas y media, correspondientes al segundo, tercero y

cuarto de los grupos señalados.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas

extranjeros, debiendo demostrar el opositor el conocimiento del

inglés, de forma obligatoria. De forma voluntaria podrá escoger

entre: Francés, alemán, italiano, portugués y ruso. Para ello se

realizarán las siguientes pruebas:

a) Lectura a los opositores de un texto en el idioma de que

se trate, durante un tiempo máximo de quince minutos, pudiendo

aquellos, si así lo desean, tomar notas durante la misma. A

continuación, realizarán una composición por escrito, en el mismo

idioma, durante un tiempo máximo de noventa minutos, sobre

el contenido del texto leído y sobre las preguntas que el Tribunal

formule sobre el citado texto. Se permitirá el uso del diccionario.

b) Prueba oral, consistente en la lectura por el opositor,

durante un plazo máximo de cinco minutos, de un texto en el idioma

de que se trate debidamente seleccionado por el Tribunal, seguida

de una exposición oral en el mismo idioma durante un tiempo

máximo de diez minutos, sobre el tema del texto leído y sobre

las preguntas que formule el Tribunal en relación con aquél.

Asimismo se procederá a la lectura de la prueba escrita a la que

se refiere el párrafo anterior.

De forma voluntaria el opositor podrá escoger uno o más de

entre los idiomas ya mencionados y el desarrollo del ejercicio

voluntario de idiomas será igual al del idioma obligatorio.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral, en la que los

opositores desarrollarán, en el plazo máximo de una hora, tres

temas, de la parte del programa señalada para este ejercicio. Uno

del grupo de temas del 1 al 17, otro del 18 al 36 y otro del

37 al 55. Para ello el opositor elegirá de cada grupo un tema

entre dos extraídos al azar. Los opositores contarán con quince

minutos de preparación previa y, al término de su exposición,

el Tribunal podrá dialogar con los mismos sobre cuestiones

relacionadas con los temas desarrollados.

Cuarto ejercicio: Será de carácter práctico, con una duración

máxima de cuatro horas y consistirá en la resolución de un

conjunto de supuestos prácticos preparados por el Tribunal, sobre

asuntos relacionados con el contenido de la parte del temario

correspondiente a los ejercicios primero y tercero.

Finalizada por parte del opositor la lectura pública de la

resolución de los supuestos prácticos, el Tribunal podrá formularle

cuantas preguntas considere pertinentes para una adecuada

valoración de sus conocimientos.

En la convocatoria de promoción interna, los aspirantes

pertenecientes al Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE, estarán

exentos de la realización de este ejercicio.

Quinto ejercicio: Consistirá en el desarrollo, por escrito, de

tres temas, durante un plazo máximo de cuatro horas, de la parte

del temario correspondiente al quinto ejercicio. Los citados temas

se elegirán al azar, por el Tribunal, de entre los tres grupos

siguientes:

El primero incluirá los temas del 1 al 18.

El segundo del 19 al 38.

El tercero del 39 al 55.

En la convocatoria de promoción interna, todos los aspirantes

estarán eximidos de realizar el tema correspondiente al tercer

grupo, por lo que sólo se desarrollarán dos temas en un tiempo

máximo de dos horas y media.

2. Valoración

Todos los ejercicios son eliminatorios, excepto la parte

voluntaria del ejercicio de idiomas. En todos los ejercicios que se

califiquen por el sistema de puntos será imprescindible para superarlos

haber obtenido un mínimo del 50 por 100 de la puntuación máxima

asignada a cada ejercicio y no ser calificado en ningún tema con

cero puntos.

Primer ejercicio: Se calificará de cero a cuarenta puntos.

Segundo ejercicio: El ejercicio de inglés se puntuará entre cero

y 15 puntos y cada uno de los idiomas voluntarios que haya elegido

el opositor se puntuarán entre cero y 5 puntos. Los puntos

obtenidos por los opositores en los idiomas de los que se examine

voluntariamente solamente serán computables en la puntuación

global del ejercicio cuando alcance, como mínimo, el 50 por 100

de la puntuación máxima posible de este ejercicio voluntario.

Tercer ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero

a 10 puntos.

Cuarto ejercicio: Se calificará con "Apto" o "No apto".

Quinto ejercicio: Se calificará cada uno de los temas de cero

a 10 puntos.

Calificación final: Vendrá determinada por la suma total de

las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la

fase de oposición. Si al obtener dicha puntuación hubiere dos

o más aspirantes con la misma calificación, se determinará el orden

de prelación por la mayor puntuación alcanzada en el primer

ejercicio; si hubiere igualdad por la mayor del quinto ejercicio y si

aún persistiere el empate por la del segundo ejercicio. En el caso

de que el empate continuase, se determinará a continuación por

la puntuación del tercer ejercicio y del cuarto ejercicio,

sucesivamente.

B) Curso selectivo

El curso selectivo será organizado por la Subsecretaría de

Economía, de acuerdo con la Secretaría General de Comercio Exterior,

y en colaboración con instituciones privadas y públicas de

formación de funcionarios. Se iniciará en el plazo máximo de dos

meses desde que finalice el previsto en la base 8.1 para la

presentación de documentos, y tendrá como finalidad primordial la

adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica

de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del

Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

La duración máxima del curso selectivo será de dos meses.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de unas pruebas prácticas en relación con las áreas básicas

de formación que se imparten.

El curso se calificará con "Apto" o "No apto", siendo necesario

para superarlo obtener la calificación de "Apto".

La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por

la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición,

tomando en cuenta únicamente aquellos aspirantes calificados de

"Aptos" en el curso selectivo.

ANEXO II

Primer ejercicio.-Conocimiento de productos. Normalización,

control y certificación:

1. Frutos cítricos.

2. Frutas de hueso y pepita.

3. Frutos tropicales y subtropicales.

4. Otras frutas: Fresas, uvas, melón, sandía.

5. Hortalizas frescas aprovechables por sus frutos.

6. Hortalizas frescas aprovechables por sus hojas, tallos e

inflorescencias.

7. Hortalizas frescas aprovechables por sus tubérculos,

bulbos y raíces.

8. Frutos secos.

9. Granos y semillas de consumo humano, harina, sémolas

y pastas alimenticias.

10. Condimentos y especias.

11. Conservas y semiconservas, productos de la Cuarta gama

a base de frutas y hortalizas. Aceitunas de mesa.

12. Mostos, zumos y néctares de frutas y hortalizas, bebidas

refrescantes y aguas de bebidas envasadas.

13. Vinos, cerveza, alcoholes y bebidas espirituosas.

14. Productos apícolas, azúcares y melazas.

15. Aceite de oliva y demás aceites vegetales comestibles,

grasas (animales, vegetales y anhidras).

16. Carnes.

17. Pescados, moluscos y crustáceos.

18. Leche y derivados lácteos. Huevos y ovoproductos.

19. Conservas, semiconservas y salazones cárnicas,

embutidos crudos y curados.

20. Conservas, semiconservas y salazones de pescado.

21. Platos preparados y precocinados, alimentos dietéticos

y de régimen.

22. Aditivos alimentarios. Descripción, clasificación,

legislación aplicable, listas, toxicidad, identificación.

23. Plaguicidas. Descripción, clasificación, toxicidad y uso.

Legislación aplicable.

24. Especimenes de origen vegetal sujetos al Convenio sobre

comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora

silvestres (CITES): Especial referencia a las especies de plantas

ornamentales y a las especies maderables.

25. Especimenes de origen animal sujetos al Convenio

CITES (I): Generalidades. Principales grupos zoológicos. Especial

referencia al comercio de animales vivos.

26. Especímenes de origen animal sujetos al Convenio

CITES (II): Comercio de partes, derivados y manufacturas.

27. Envases y embalajes. Legislación y normalización de

envases. Materiales en contacto con alimentos. Interacciones

producto-envase. Ensayos y defectos. Procedimientos de control.

Legislación europea sobre residuos de envases. Implicaciones

comerciales.

28. Normalización internacional (I): La Comisión Económica

para Europa de Naciones Unidas (CEPE/UN).Actividades de la

División de comercio: Comité de Comercio, Grupo de Trabajo de

Normalización y Productos perecederos. Procedimiento de trabajo.

Protocolo de Ginebra y Normas-Cuadro.

29. Normalización internacional (II): El Régimen OCDE para

la aplicación de la Normalización Internacional. Antecedentes.

Funcionamiento. Participación. Actividades. Procedimientos de

ampliación y aplicación al control.

30. Normalización internacional (III): Actividad

normalizadora en el seno de la Comisión de la Unión Europea. Las

Organizaciones Comunes de Mercado sectoriales. Normalización de

productos. Ámbito de aplicación y alcance de las normas

comunitarias. Sistema de adopción.

31. Normalización internacional (IV): El CODEX. Programa

conjunto FAO/OMS sobre normas alimentarías. La Comisión y

Comité Ejecutivo Codex. Los Comités Regionales y Horizontales.

Los Comités Sectoriales y de Productos. Procedimientos de

elaboración de normas.

32. Organismos internacionales y nacionales de

Normalización, con carácter privado. Especial referencia a AENOR:

Organización, funcionamiento y actividades. ISO, CEN, CENELEC,

otros.

33. Armonización y reorganización de actividades

normalizadoras en el ámbito internacional. Mandatos y procedimientos

de armonización. Simplificación de tareas y reorganización

internacional. Aplicabilidad de las normas.

34. Control oficial de productos alimenticios. Directiva

89/397/CEE y su transposición nacional. El reglamento (CE) de

control de frutas y hortalizas frescas. Autocontrol de operadores

comerciales.

35. Certificación y homologación en el Comercio

Internacional. Los servicios de control. Los organismos certificadores

acreditados. Los certificados OCDE y UE para el comercio internacional

de frutas y hortalizas.

36. Calidad. Evolución del concepto y de su valoración.

Normalización de la calidad comercial. Razón y utilidad. Aspectos

de la calidad en los alimentos. Evaluación y certificación de la

calidad comercial.

37. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (I):

Identificación. Descripción. Composición físico-química y nutricional

de los alimentos. Características mínimas. Clasificación por

categorías comerciales de calidad. Factores y parámetros de calidad.

38. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (II):

Etiquetado y marcado de envases de productos alimenticios. Criterios

generales y específicos. Directiva 79/112/CEE y su transposición

nacional. Casuística de los preenvasados de frutas y hortalizas.

El etiquetado nutricional.

39. Criterios normalizadores de Calidad Comercial (III):

Residuos de plaguicidas, de medicamentos veterinarios, de

finalizadores y de disolventes de extracción. Contenidos de aditivos

alimentarios. Contaminantes y toxinas. Límites y dosis máximas

admisibles.

40. Criterios normalizadores de calidad comercial (IV):

Condiciones microbiológicas de la calidad. Microbiología de alimentos

tratados por el calor. Microbiología de alimentos tratados por el

frío. Parámetros de calidad: Calidad higiénica, microorganismos

indicadores, estándares microbiológicos.

41. Acreditación: Concepto y regulación en España. Entidad

Nacional de Acreditación (ENAC). Procedimientos de acreditación.

42. Aseguramiento de la calidad en la industria alimentaría.

El grupo de normas ISO 9000 (EN 29000). Conceptos básicos,

definiciones y ámbito de aplicación de este grupo de normas. Su

articulación con el grupo de normas EN 45000.

43. Control higiénico-sanitario. Concepto y principios básicos

del sistema ARCPC (análisis de riesgos y control de puntos

críticos). Aplicación del sistema ARCPC en la industria

agroalimentaria de productos no transformados y transformados.

Directiva 93/43/CEE y su transposición nacional.

44. Variable aleatoria. Función de probabilidad. Función de

distribución. Medidas de centralización y dispersión.

Distribuciones probabilísticas más usuales.

45. Muestreo: connotaciones del muestreo físico y del

muestreo estadístico. Población y muestra. Tipos de muestreo. Fases

o etapas del muestreo. Muestreo probabilístico. Estimadores.

Estimación de la media y el total. Precisión de las estimaciones.

Tamaño de la muestra.

46. Estimación por intervalos. Intervalos de confianza de un

parámetro poblacional. Casos. Test de hipótesis. Errores y

regiones críticas. Tratamiento matemático de datos experimentales.

Fuentes y tipos de error. Tratamiento estadístico del error.

Conceptos básicos. Cálculo de errores.

47. Inspección del muestreo por atributos lote a lote. Planes

de muestreo simple, doble y múltiple. Clasificación de los planes

de muestreo. Tablas: breve descripción de las mismas y referencia

especial al plan de muestreo del MIL-STD-105D.

48. Inspección del muestreo por variable lote a lote: Criterios

generales de inspección. Estimación del porcentaje defectuoso.

Especial referencia al plan para inspección por variables

MIL-STD-414.

49. Control estadísticos de procesos. Tipos básicos de

diagramas de control y supuestos más frecuentes de su aplicación

en la industria alimentaría. Concepto y determinación o cálculo

de la estabilidad y de la capacidad de los procesos, y de los límites

estadísticos superior e inferior.

50. Análisis de resultados: Pruebas de significación.

Comparación de una media experimental con un valor conocido.

Comparación de las medias de dos muestras. Test de t. Test de F.

Análisis de varianza. Comparación de varias medias. ANOVA.

51. Errores en análisis instrumental: regresión y correlación.

Gráficas de calibración en análisis instrumental. Coeficiente de

correlación. Rectas de regresión. Errores en la pendiente y

ordenada en el origen de la recta de regresión. Cálculo de una

concentración.

52. Límites de detección. Método de las adiciones estándar.

Comparación de métodos analíticos.

53. Control de calidad en laboratorios: Gráficos de control.

Definición y conceptos generales. Muestras de control. Tipos de

gráficos de control y su construcción. Aplicaciones de los gráficos

de control. Evaluación externa de la calidad de un laboratorio:

Ejercicios interlaboratorio. Cuestiones generales. Evaluación

estadística de los resultados.

54. Validación de métodos. Criterios fundamentales de

validación. Exactitud. Precisión. Linealidad. Sensibilidad. Límite de

detección. Límite de cuantificación. Selectividad y Especificidad.

Cálculo de la incertidumbre de un método.

55. Números índice: Objeto, propiedades y clases. Índices

de precios, de cantidad y de valor. Índices más importantes

elaborados en España.

56. Análisis sensorial. Valoración de los atributos de la

calidad a través del examen organoléptico. Paneles de cata. Otros

métodos de análisis sensorial aplicados al ámbito alimentario.

57. Determinación de propiedades físicas en productos

alimenticios. Densidad. Peso específico. Viscosidad. Dureza.

Resistencia. Instrumentación necesaria en cada caso.

58. Disoluciones químicas. Concepto y tipo de disoluciones.

Concentración y solubilidad: factores de que dependen.

Preparación de disoluciones. Formas de expresar la concentración.

59. Técnicas de preparación de muestras. Extracciones.

Mineralizaciones por vía seca y por vía húmeda. Precipitaciones. Otras

técnicas preparativas. Fundamentos. Instrumental necesario para

cada técnica. Aplicaciones al análisis en el campo alimentario.

60. Ensayos fisicoquímicos (I). Gravimetría. Volumetría.

Instrumentación necesaria en cada caso. Descripción, fundamentos

e instrumentación necesaria. Calibración del instrumental

necesario. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

61. Ensayos fisicoquímicos (II). Potenciometría.

Conductimetría. Polarografía. Fundamentos, descripción, e instrumentación

necesaria en cada caso. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

62. Técnicas ópticas. Microscopía. Refractometría.

Polarimetría. Fundamentos, descripción e instrumentación necesaria en

cada caso. Calibración del instrumental necesario. Aplicaciones

en el ámbito alimentario.

63. Técnicas de análisis cromatográfico (I): Fundamentos

generales de la cromatografía. Cromatografía en placa fina.

Cromatografía en columna. Cromatografía de intercambio iónico.

Aplicaciones en el ámbito alimentario.

64. Técnicas de análisis cromatográfico (II): Cromatografía

de Gases. Fundamentos y descripción. Sistemas de inyección y

de detección. Métodos de identificación y cuantificación.

Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.

65. Técnicas de análisis cromatográfico (III): Cromatografía

líquida de alta resolución. Fundamentos y descripción. Sistemas

de detección. Métodos de identificación y cuantificación.

Aplicaciones al análisis en el ámbito alimentario.

66. Técnicas espectrofotométricas. Fundamentos generales

de la espectrofotometría. Espectrofotometría de

ultravioleta-visible. Espectrofluorimetría. Procedimientos de calibración. Métodos

de identificación y de cuantificación. Aplicaciones en el ámbito

alimentario.

67. Espectrometría de emisión y absorción atómica.

Fundamentos y descripción. Análisis por llama, cámara de grafito y

generador de hidruros. Procedimientos de calibración. Métodos de

cuantificación. Aplicación en el ámbito alimentario.

68. Otras Técnicas espectrométricas: Espectrometría de

masas. Espectrometría de infrarrojos. Fundamentos y descripción.

Procedimientos de calibración. Métodos de identificación y

cuantificación. Aplicaciones en el ámbito alimentario.

69. Electroforésis y enfoque isoeléctrico. Descripción y

fundamentos. Cuantificación densitométrica. Aplicaciones en el

ámbito alimentario.

70. Técnicas de análisis aplicables al control de especímenes

sujetos al Convenio CITES. Especial referencia a pruebas genéticas

de consanguinidad. Pruebas para la identificación de especies.

Contenido de los temas (1 a 20):

Designación y descripción de los principales productos

incluidos en el tema. Principales variedades, especies, razas o clases

en su caso.

Factores que determinan su calidad comercial o

correspondencia con sus normas reguladoras. Condicionantes de estos factores,

en su caso. Alteraciones de la misma.

Normativa aplicable. Referencia a normativa de producción

ecológica, integrada y UNE, en su caso.

Análisis sectorial de los mismos: Producción española.

Comercio exterior. Principales países competidores. Organización

Común de Mercados específica, en su caso.

Tercer ejercicio.-Comercio exterior e interior:

1. El comercio internacional. Marco general y principales

magnitudes. Tendencia evolutiva: globalización y concentración.

Principales áreas de integración económica y comercial.

2. Teoría y practica del comercio internacional. La teoría del

comercio internacional: la ventaja comparativa. La relación real

de intercambio. Librecambio y proteccionismo.

3. El comercio exterior español: Principales rasgos. La

exportación y la importación españolas: índices representativos,

estructura sectorial, destinos principales, tendencia evolutiva y

perspectivas futuras.

4. La empresa ante el comercio internacional.

Particularidades de la empresa exportadora española: formas y grados de

internacionalización de la empresa; tamaño y número de empresas;

propensión exportadora; organización de la empresa; ventajas y

desventajas genéricas del país; países competidores; organización

del departamento de marketing internacional.

5. El marketing internacional. Concepto y funciones. La

investigación de mercados y las fuentes de información. El marketing

mix: Concepto y componentes.

6. Las formas de acceso a los mercados. La venta directa.

La venta compartida con recurso a intermediario. La venta

subcontratada.

7. Otras estrategias de actuación en los mercados

internacionales. Las empresas conjuntas. La cesión de tecnología

industrial. La franquicia internacional. Las Agrupaciones Europeas de

Interés Económico. La implantación integral: sucursales y filiales

extranjeras.

8. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (I). El

Crédito Oficial. Características principales; el crédito

suministrador y el crédito comprador; el Consenso OCDE; el Convenio de

Ajuste Recíproco de Intereses.

9. Instrumentos financieros de apoyo a la exportación (II).

El Seguro de Crédito. Características generales. Riesgos

susceptibles de cobertura: clasificación. La Compañía Española de Seguro

de Crédito a la Exportación. Principales modalidades de póliza.

10. Instrumentos comerciales de apoyo a la exportación.

Instituciones involucradas. Principales actuaciones: especial

referencia al Plan 2.000; el Plan Cameral.

11. Instrumentos fiscales no aduaneros de apoyo a la

exportación. Los impuestos especiales. El IVA en el comercio exterior

y la aplicación del INTRASTAT. Bonificaciones y deducciones en

el Impuesto de Sociedades a la actividad exportadora.

12. El Factoring, el Leasing y el Forfaiting. Concepto,

características generales y operativa.

13. El Fondo de Ayuda al Desarrollo y el Fondo de Estudio

de Viabilidad. Objeto y características generales. Marco regulador.

14. Financiación de las operaciones de comercio exterior:

Operaciones en el mercado de divisas y cobertura del riesgo de

cambio. Concepto de divisa, convertibilidad y formación de los

cambios. El riesgo de cambio y su cobertura: el seguro de cambio;

las opciones sobre divisas; futuros de divisas y autoseguros.

15. Financiación de la importación y de la exportación.

Generalidades. Financiación de la importación en euros y en divisas.

Financiación de la exportación en euros y en divisas.

Prefinanciación.

16. Medios de pago y cobro internacionales (I):

Generalidades. Billetes de banco. Cheque personal y bancario. Transferencia

bancaria. Orden de pago. Remesas simples y documentarias.

17. Medios de pago y cobro internacionales (II): Crédito

documentario: características, clasificación, procedimiento de utilización,

cláusulas y operaciones especiales. La carta de crédito comercial.

18. Contratación internacional (I): Generalidades. Los

contratos de intermediación comercial. Contrato de mediación o

corretaje. Contrato de representación. Contrato de agencia. Contrato

de comisión. Contrato de distribución. Contratos de exportación

de plantas llave en mano. Contratos de arrendamiento financiero.

19. Contratación internacional (II): Los INCOTERMS.

20. Contratación internacional (III): Incumplimiento de

obligaciones y resolución de conflictos. Casos más frecuentes de

incumplimiento. Prevención de conflictos. Resolución de

conflictos: especial referencia al arbitraje comercial.

21. El comercio de compensación. Concepto, clases de

acuerdos de comercio compensado. Sus riesgos y costes.

22. Inversiones extranjeras en España: Características

generales, evolución y formas de inversión. Inversiones españolas en

el extranjero: características generales, evolución y formas de

inversión. Instrumentos de apoyo a la inversión española en el

exterior. Medidas Fiscales. Instrumentos financieros. Instrumentos

de garantía. Otros instrumentos.

23. El régimen aduanero del comercio exterior (I): la política

aduanera comunitaria. El código aduanero. El arancel de aduanas.

24. El régimen aduanero del comercio exterior (II): economía

arancelaria; el origen de las mercancías; el valor en aduana.

25. Los destinos aduaneros comunitarios. Generalidades y

tipos. El despacho a libre práctica. El tránsito. La exportación.

26. Los regímenes aduaneros económicos. El depósito

aduanero. El Perfeccionamiento Activo. El Perfeccionamiento Pasivo.

Transformación bajo control aduanero. Admisión temporal.

27. Trámites a seguir en los procedimientos de exportación

e importación. Principales documentos utilizados.

28. El transporte internacional marítimo. Aspectos generales.

Formas de contratación: carga masiva y carga fraccionada.

Responsabilidad sobre los gastos de carga y/o descarga. Documentos

utilizados en el transporte marítimo.

29. El transporte internacional aéreo. Aspectos generales.

Contratación de la carga aérea. El Conocimiento Aéreo y las

responsabilidades del porteador aéreo.

30. El transporte internacional por carretera y ferrocarril.

Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte

por ferrocarril. El Convenio CMR y el régimen TIR para el

transporte por carretera. Documentos de transporte: La Carta de Porte.

31. Balanza de Pagos. Concepto. Presentaciones,

metodología y estructura. Equilibrio y desequilibrio de la Balanza.

32. Barreras comerciales: Evolución y caracterización de las

mismas en la actualidad. Obstáculos técnicos al comercio.

33. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (I): Acuerdo sobre obstáculos técnicos al Comercio.

Contenido y evolución del acuerdo. Órganos. Consultas y solución

de diferencias en la OMC.

34. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (II): Acuerdo sobre aplicación de medidas sanitarias y

fitosanitarias. Contenido y evolución del acuerdo. Funcionamiento.

35. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (III): Medidas de armonización y transparencia en la

Unión Europea, Directiva 98/34 (CE). Procedimiento de queja e

infracción.

36. Medidas de armonización y transparencia en el marco

multilateral (IV). La Base de Datos de Acceso al Mercado de la

Comisión. Estructura y funciones. Gestión de la base de datos.

37. Reglamento de obstáculos comerciales (ROC). Contenido.

Funcionamiento. Procedimientos de queja.

38. Política comunitaria en materia de normas y evaluación

de la conformidad. Directivas de Enfoque global y de nuevo

enfoque. El marcado CE. El principio de reconocimiento mutuo.

39. Acuerdos de reconocimiento mutuo sobre evaluación de

la conformidad (ARM). Instrumento comercial para la

armonización internacional de normas y reglamentos técnicos. Objetivos

y beneficios comerciales. Base legal en el ámbito internacional

y comunitario. Requisitos y características técnico-comerciales.

Acuerdos suscritos y sectores cubiertos. Protocolos sobre

Evaluación de la Conformidad a los Acuerdos Europeos (PECAS).

40. El Convenio CITES: Objetivos. Contenido del Convenio.

41. La reglamentación comunitaria relativa a la protección

de especies de fauna y flora silvestre a través de la protección

de su comercio. Su aplicación en España.

42. El Convenio CITES como instrumento de política

comercial. Su relación con el GATT. Medidas de regulación comercial

específicas del Convenio y la reglamentación comunitaria de

aplicación.

43. Controles aduaneros y policiales del comercio exterior

de productos de fauna y flora silvestre. Normativa comunitaria

e internacional. Relación con la Organización Mundial de Aduanas

e Interpol. La legislación sancionadora en España.

44. La Ordenación del Comercio Minorista y su desarrollo

reglamentario. Competencias y legislación estatal y autonómica.

45. Los nuevos instrumentos de la política del comercio

interior: El plan marco de modernización del comercio y el

Observatorio de la Distribución Comercial.

46. El comercio mayorista en España. La red de Unidades

Alimentarías. La Empresa Nacional MERCASA. Centrales de

distribución y canales alternativos.

47. La estructura del comercio minorista en España. Análisis

de los distintos formatos comerciales.

48. La distribución comercial en España y en la Unión

Europea; su importancia económica.

49. Las nuevas formas de venta: Venta directa, venta a

distancia, "vending". El comercio electrónico.

50. Las ventas en régimen de franquicia. Las tiendas de

conveniencia. El comercio ambulante.

51. El impacto de la introducción del euro en el comercio

interior.

52. Información y seguimiento de precios en el mercado

interior. El Indice de Precios de Consumo.

53. El Sistema Cameral español. Las Cámaras Oficiales de

Comercio, Industria y Navegación; sus Consejos Superiores.

54. La protección al consumidor. Estructura competencial de

las Administraciones Central, Autonómica y Local en la inspección

del mercado interior.

55. La defensa de la libre competencia en España y su

regulación. Principales objetivos. Órganos que intervienen. Normas

aplicables a las empresas: conductas restrictivas de la

competencia; fusiones y adquisiciones. Normas aplicables a las ayudas

públicas. Competencia Desleal.

Quinto ejercicio.-Estructura económica española. Unión

Europea y Organismos internacionales. Derecho Administrativo y

Constitucional:

1. La agricultura, ganadería y sector forestal en España.

Política agraria. Situación actual y perspectivas.

2. El sector pesquero en España. Situación actual y

perspectivas.

3. La industria y la política industrial en España. Valoración.

Referencia a la política medioambiental y a la política tecnológica.

4. El sector energético y minero en España. Política

energética.

5. Sectores de bienes intermedios: Siderúrgico, químico y

materiales no férreos.

6. Sectores de la industria agroalimentaria y de los bienes

de consumo.

7. Sectores de bienes de equipo y de alta tecnología. El sector

del automóvil.

8. El sector servicios: características y análisis actual.

Políticas de liberalización.

9. Los sectores de transportes y telecomunicaciones. Política

de transportes y telecomunicaciones.

10. El turismo en España. Evolución y situación actual.

Análisis de la política turística.

11. Desequilibrios territoriales y política de desarrollo

regional en España.

12. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. El Tratado

de Maastricht. El Tratado de Amsterdam.

13. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo

Europeo. El Consejo de Ministros. La Comisión. El Parlamento europeo.

El Tribunal de Justicia.

14. Política comunitaria de la calidad: Indicaciones

Geográficas y denominaciones de origen.

15. La política agrícola de la Unión Europea: Objetivos,

instrumentos, normas y procedimientos. Proceso de reforma.

16. La política pesquera de la Unión Europea:

Funcionamiento. Normas y procedimientos. Futuro de la política pesquera.

17. Política de protección de los consumidores y de su salud.

Historia de la protección de los consumidores en Europa. Objetivos

y futuro de la política de los consumidores.

18. Política económica y monetaria de la Unión Europea:

Objetivos. Coordinación de políticas económicas y presupuestarias

de los Estados miembros. Criterios de convergencia. Integración

financiera. El programa de convergencia de España. Aspectos

esenciales de la introducción del euro.

19. Política industrial de la Unión Europea: Objetivos.

Fomento de la competitividad.

20. Política empresarial de la Unión Europea: Objetivos y

acciones. Crecimiento, competitividad y empleo.

21. Política de medio ambiente de la Unión Europea:

Objetivos e instrumentos. Seguridad nuclear y protección civil. Calidad

medioambiental y recursos naturales. Industria y medio ambiente.

22. La Política Comunitaria de Competencia. Principales

objetivos. Normativa aplicable a las empresas: conductas

restrictivas de la competencia; adquisiciones y fusiones. Normativa

aplicable a las ayudas concedidas por los Estados. Procedimiento y

control.

23. La política regional de la Unión Europea. Los fondos

estructurales. La cohesión económica y social. Situación especial

de Canarias, Ceuta y Melilla tras la adhesión.

24. El principio de libre circulación de mercancías, servicios,

personas y capitales. El Mercado Único europeo.

25. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (I): Marco general y desarrollo.

Los acuerdos preferenciales con terceros países.

26. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (II): El Espacio Económico Europeo.

El Espacio Euromediterráneo.

27. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (III): La Ampliación a los países

del Este europeo. Relaciones con Rusia y repúblicas ex soviéticas.

28. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (IV): Relaciones con países ACP.

Convenio de Lomé.

29. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (V): Diálogo Transatlántico.

Relaciones con América Latina.

30. La política comercial exterior y de relaciones económicas

exteriores de la Unión Europea (VI): Relaciones con los países

asiáticos. China, ASEM y ASEAN.

31. La cooperación económica internacional: El Fondo

Monetario Internacional. Antecedentes; objetivos y funciones; recursos

del FMI; la condicionalidad.

32. Las negociaciones comerciales multilaterales: principios

del Sistema Mundial de Comercio; antecedentes históricos: el

GATT; las Rondas de negociación comercial; la Ronda Uruguay.

33. La Organización Mundial de Comercio. Diferencias con

el GATT. Funcionamiento de la OMC: estructura; representación

nacional y adopción de decisiones; principales actuaciones. El

sistema de solución de diferencias.

34. La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio

y el Desarrollo (UNCTAD).Antecedentes y objetivos: comercio

internacional y países en desarrollo. Estructura y organización.

El Sistema de Preferencias Generalizadas.

35. La OCDE: Objetivo, estructura y funciones. Principales

ámbitos de actividad.

36. Naciones Unidas: Objetivos y Órganos principales de

funcionamiento. Organismos dependientes de Naciones Unidas: FAO,

UNCTAD, CEPE/UN, PNUMA.

37. Otros procesos asociativos internacionales de carácter

económico o comercial: TLCNA, Mercosur, EFTA. Estructura y

objetivos.

38. Instituciones multilaterales de financiación y ayuda al

desarrollo. El Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo.

39. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Monarquía

Parlamentaria. El Estado Español como Estado Social y Democrático.

40. La representación política: Democracia directa y

representativa en la Constitución Española. Participación política.

Régimen jurídico de los partidos políticos y sindicatos. El sistema

electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.

41. El Gobierno. El Consejo de Ministros. Composición.

Funciones. Responsabilidad. El Gobierno y la Administración:

Separación y relaciones.

42. El funcionamiento de las Cortes: Procedimiento de

elaboración, debate y aprobación de las leyes. Competencias del

Defensor del Pueblo.

43. La Justicia constitucional. Recurso de

inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. Conflictos

constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con

las Comunidades Autónomas. Funcionamiento y competencias del

Tribunal de Cuentas.

44. La delimitación constitucional de competencias entre el

Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

Autonomía: Naturaleza, contenido, reforma.

45. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las

leyes de transferencia o delegación. Las leyes de armonización.

Tipología de las normas de las Comunidades Autónomas. Las leyes

autonómicas. Las disposiciones autonómicas con fuerza de ley.

46. La Administración Pública: Concepto. La Administración,

las funciones y los poderes del Estado. El Ministerio de Economía.

Organización y competencias. Servicios Centrales, Territoriales

y en el Exterior. La Administración Institucional del Ministerio

de Economía.

47. El Administrado. Clases. Capacidad de los administrados

y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus

relaciones con las Administraciones Públicas. La participación en

las Administraciones Públicas.

48. Los órganos de la Administración Pública. Origen y

contenidos. Estructura. Tipos de órganos.

49. El procedimiento administrativo: sus fases. Iniciación del

procedimiento. Instrucción. Terminación. El silencio

administrativo.

50. Contratos de las Administraciones Públicas. Principios

comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los

contratos. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de

los contratos. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios

públicos, suministros, consultoría y asistencia técnica, servicios y

trabajos específicos y concretos no habituales en la las

Administración.

51. La potestad sancionadora de la Administración Pública.

Principios generales. El procedimiento sancionador. El

procedimiento económico-administrativo. El recurso

contencioso-administrativo: naturaleza y procedimiento.

52. Función pública y burocracia. Los derechos políticos de

los funcionarios públicos. Su regulación en España.

Responsabilidad de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades.

Régimen disciplinario. Los delitos de los funcionarios.

53. La contratación laboral en la Administración Pública:

personal laboral fijo y eventual. Las peculiaridades del derecho laboral

en su aplicación en las Administraciones Públicas.

54. El sistema tributario español: evolución histórica y

régimen actual. La Hacienda Pública. Los ingresos públicos: Concepto

y clasificación. Tasas y precios públicos.

55. La Ley General Presupuestaria y las leyes anuales de

presupuestos. El Presupuesto: concepto y naturaleza. Contenido y

Estructura. Elaboración y aprobación. Modificaciones

presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos.

Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE

Titulares:

Presidente: Don Rafael Gómez Pascual, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

Vocales:

Don Enrique Godínez Calonge, del Cuerpo Superior de

Técnicos Comerciales y Economistas del Estado.

Don Aurelio del Pino González, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Doña Carmen Arroyo Waldhaus, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don Rafael Jaén Vergara, del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.

Don Julián Briz Escribano, del Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Secretaria: Doña Ana Terreros Gómez, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

Suplentes:

Presidente: Don Agustín Velilla Sanz, del Cuerpo de Inspectores

del SOIVRE.

Vocales:

Don Rafael Fuentes Candau, del Cuerpo Superior de Técnicos

Comerciales y Economistas del Estado.

Doña Consuelo Sánchez Mas, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Doña Inmaculada Corriente Rivero, del Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Don José María Luengo Hernández, del Cuerpo de Inspectores

del SOIVRE.

Don Donato Fernández Navarrete, del Cuerpo de Catedráticos

de Universidad.

Secretaria: Doña Ángeles Pérez Cerezo, del Cuerpo de

Inspectores del SOIVRE.

ANEXO IV

Don ..................................................., con

domicilio en ..............................................., y documento

nacional de identidad ................................., declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del

Cuerpo ........................................................., que

no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ............., a ............. de ............. de .............

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