Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-14615

Real Decreto 809/2001, de 6 de julio, por el que se indulta a don Juan Manuel Rubio Soyo.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2001, páginas 27455 a 27455 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2001-14615

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Juan Manuel Rubio Soyo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, en sentencia de fecha 16 de diciembre de 1999, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de 200 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio de 2001,

Vengo en conmutar a don Juan Manuel Rubio Soyo la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de trescientos sesenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 200 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 6 de julio de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid