La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del
Sistema Educativo, en su título tercero garantiza que las personas adultas
puedan adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y
aptitudes para su desarrollo personal y profesional.
Asimismo, el artículo 54.3 permite establecer convenios de colaboración
con Corporaciones Locales.
En esta línea, el Ministerio de Educación y Cultura ha venido
desarrollando una política de amplia cooperación social mediante el
establecimiento de convenios de colaboración con dichas Corporaciones Locales.
Por otra parte, el artículo 81 del texto refundido de la Ley General
Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, regula
las ayudas y subvenciones pública y el Real Decreto 2225/1993, de 17
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30), aprueba el Reglamento
del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.
De acuerdo con dicha normativa, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero.-Convocar ayudas en régimen de concurrencia competitiva
a Corporaciones Locales que proyecten desarrollar actividades de
educación de personas adultas, tanto en la modalidad presencial como a
distancia, durante el curso 1999-2000, y que se hallen radicadas en alguna
de las provincias de gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura.
Estas actuaciones tendrán como objetivo elevar el nivel de formación
básica o cualificación profesional de la población adulta, fomentando a
la vez la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la
participación democrática, la solidaridad y la tolerancia, así como la educación
para la salud y el respeto hacia el medio ambiente.
Las ayudas irán destinadas a favorecer a los siguientes colectivos:
a) Población analfabeta absoluta, especialmente la que se encuentra
en edad activa.
b) Grupos sociales con características y necesidades específicas:
1. Personas adultas sin formación básica, que precisen atención
educativa especial para abandonar la situación de desempleo, para aprovechar
con rendimiento la formación ocupacional o seguir enseñanzas regladas
conducentes a titulaciones oficiales.
2. Minorías étnicas e inmigrantes que requieran alfabetización en
lengua castellana para poder participar en la sociedad como ciudadanos de
pleno derecho.
3. Mujeres pertenecientes a clases o grupos sociales desfavorecidos,
que necesiten urgente formación para conseguir salir de situaciones
familiares de maltrato o violencia doméstica.
Segundo.-Sin perjuicio de lo anterior, quedarán excluidas aquellas
solicitudes de Corporaciones Locales que pertenezcan a las siguientes
Comunidades Autónomas:
Castilla-La Mancha y Extremadura por tener el Ministerio de Educación
y Cultura con sus Gobiernos regionales suscritos convenios de colaboración
en materia de educación de personas adultas. En este caso, las
Corporaciones Locales de dichas Comunidades deberán concurrir a las
convocatorias de los citados organismos.
Madrid y Murcia, toda vez que el traspaso de funciones y servicios
por el Ministerio de Educación y Cultura a dichas Comunidades será
efectivo a partir del 1 de julio de 1999.
Igualmente quedarán excluidas las solicitudes presentadas por
Corporaciones Locales de Municipios pertenecientes a provincias cuyas
Diputaciones Provinciales concurran a la presente convocatoria.
Tercero.-1. La cuantía del crédito destinado a esta convocatoria es
de 153.600.000 pesetas.
2. Esta cantidad será librada con cargo al crédito 18.11.422K.461 del
presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Cultura y se distribuirá
en módulos económicos indivisibles de 800.000 pesetas cada uno.
La adjudicación de módulos se hará de acuerdo con el número de
alumnos, acción formativa y características de la población destinataria,
siendo requisito indispensable contar con un número de alumnos mínimo
de 20 por cada módulo.
Cuarto.-1. Las solicitudes para participar en la presente convocatoria
se formalizarán en el modelo de instancia que se establece en el anexo I
de esta convocatoria y se presentarán en la Dirección Provincial del
Ministerio de Educación y Cultura correspondiente al domicilio social del
solicitante o en cualquiera de las dependencias previas en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación será de veinte días naturales desde el
siguiente a la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del
Estado".
3. Las instancias deberán ir acompañadas de los anexos II y III
debidamente cumplimentados.
4. Además de los requisitos descritos en el apartado anterior, los
solicitantes deberán presentar documentación acreditativa de hallarse al
corriente, en el momento del pago, en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social.
Asimismo, en ese momento, deberán tener sus datos bancarios dados
de alta en el Fichero Central de Terceros, del Ministerio de Economía
y Hacienda.
Quinto.-1. Las Direcciones Provinciales correspondientes
examinarán las solicitudes, y si advirtiesen defectos formales u omisión de alguno
de los documentos exigidos, lo comunicarán a los interesados,
concediéndoles un plazo máximo de diez días para que subsanen la falta o acompañen
los documentos preceptivos con indicación de que si así no lo hicieran
se les tendrá por desistidos de su solicitud archivándose ésta sin más
trámite.
2. Dentro de los diez días siguientes a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, los Directores provinciales del Ministerio de
Educación y Cultura convocarán a la Junta Provincial de Educación de
Adultos de la provincia respectiva, quien estudiará las solicitudes
presentadas, efectuará su preselección y las relacionará por riguroso orden de
prioridad, conforme a lo establecido en el punto séptimo.
3. Dicha relación, con la documentación correspondiente, se remitirá
a la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa
de acuerdo con la ficha resumen del anexo IV.
Sexto.-Recibidas las solicitudes en la Dirección General de Formación
Profesional y Promoción Educativa, se procederá a elaborar la propuesta
de concesión, denegación y exclusión, en su caso, de ayudas, previo el
preceptivo trámite de audiencia a los interesados, según dispone el
artículo 5.3 del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre. Esta propuesta
será llevada a cabo por una Comisión que estará integrada por los siguientes
miembros:
El Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa,
que actuará como Presidente.
El Subdirector general de Educación Permanente, quien sustituirá al
Presidente en caso de ausencia.
Un representante de la Federación Española de Municipios y
Provincias.
Un representante de la Subdirección General de la Inspección de
Educación.
Dos funcionarios de la Dirección General de Formación Profesional
y Promoción Educativa, de los cuales uno actuará como Secretario/a de
la Comisión con voz y con voto.
Séptimo.-Para la concesión de las subvenciones que se convocan se
tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Presentar un proyecto que responda a alguno de los tipos de
beneficiarios expresados en el apartado primero.
2. No existir en la localidad o en el ámbito territorial en el que la
Corporación solicitante desarrollará la actividad, oferta pública que
contemple las acciones formativas que presenta en el proyecto, durante todo
o parte del próximo curso escolar.
3. Valoración positiva del programa y grado de viabilidad del mismo.
4. Que las acciones formativas programadas sean:
4.1 Enseñanzas conducentes a la obtención del Título de Formación
Profesional de Primer Grado, Técnico Auxiliar o el de Graduado Escolar.
4.2 Alfabetización en castellano, enseñanzas iniciales y/o cursos de
español para extranjeros.
En todos estos casos se presentará un resumen de la programación
general de las enseñanzas a impartir.
5. Que en el proyecto se presente la relación nominal de participantes
previstos, indicando documento nacional de identidad y domicilio, con
detalle de edades, situación laboral y nivel educativo.
En el supuesto de tratarse de alumnado inmigrante, debe especificarse
la nacionalidad de origen.
Será motivo de exclusión el haber obtenido otra subvención pública
o privada para los mismos fines que los establecidos en la presente
Resolución.
Octavo.-Confeccionada la relación definitiva, la Comisión
anteriormente citada, a través de su Presidente, elevará las propuestas de concesión
o denegación de las solicitudes presentadas.
Noveno.-La concesión y denegación de subvenciones se efectuará por
Resolución motivada del Secretario de Estado de Educación,
Universidades, Investigación y Desarrollo en el plazo de quince días desde la fecha
de elevación de la propuesta de resolución, y se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", no pudiendo exceder de seis meses el plazo máximo
de resolución del procedimiento.
Contra dicha Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, los
interesados podrán interponer alternativamente recurso potestativo de
reposición ante el Secretario de Estado de Educación, Universidades,
Investigación y Desarrollo en el plazo de un mes o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde
el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Décimo.-El importe de las subvenciones concedidas se hará efectivo
anticipadamente a los respectivos beneficiarios sobre la base del acuerdo
de concesión.
Undécimo.-Las Corporaciones Locales beneficiarias, de acuerdo con
la legislación vigente, deberán justificar ante la Dirección General de
Formación Profesional y Promoción Educativa, a través de la correspondiente
Dirección Provincial y antes del día 30 del mes de junio del año 2000,
la correcta inversión de la misma, mediante:
a) Certificado de la Corporación Local que acredite haber sido
registrado en su contabilidad el ingreso de la ayuda concedida.
b) Certificado del responsable de la Corporación Local que exprese
que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda.
c) Memoria explicativa de las actividades realizadas.
d) Relación de personas beneficiarias de la acción formativa que la
iniciaron y la finalizaron expresando, en este último caso, el nivel educativo
de acceso y el nivel educativo finalmente alcanzado.
La referida documentación será remitida por las Direcciones
Provinciales a la Subdirección General de Educación Permanente, acompañada
de un informe del Servicio Provincial de Inspección Técnica de Educación,
en el que se evalúen todos los aspectos establecidos en el apartado anterior.
Duodécimo.-La no justificación de la subvención percibida en las fechas
señaladas conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas y la
exigencia de los intereses de demora desde el momento del pago de la
subvención, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa en que se
pueda incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General
Presupuestaria.
Decimotercero.-Los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados
a facilitar cualquier información que les sea requerida por el Ministerio
de Educación y Cultura y el Tribunal de Cuentas.
Decimocuarto.-Toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta
para la concesión de las ayudas y, en todo caso, la obtención concurrente
de subvenciones o ayudas otorgadas por Administraciones o entidades
públicas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
También procederá la modificación de la resolución de la concesión,
el reintegro del exceso que corresponda y el abono del interés de demora
desde el momento del pago de la ayuda, cuando el importe otorgado sea
de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones
o ayudas de las Administraciones Públicas o de otros entes públicos o
privados, nacionales o extranjeros, supere el coste de la actividad a
desarrollar por el beneficiario.
Decimoquinto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
la Audiencia Nacional, computándose dicho plazo desde el día siguiente
al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 10 de junio de 1999.-El Secretario de Estado, Jorge Fernández
Díez.
Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional y Promoción
Educativa y de Coordinación y de la Alta Inspección.
ANEXO I
Don/doña..................................................................................,
en su calidad de (1)..........................................................................,
con domicilio en..............................................................................,
localidad......................................,provincia...................................,
código postal.................................. yteléfono..................................
EXPONE: Que de acuerdo con la Resolución por la que se convocan ayudas
a Corporaciones Locales que vayan a realizar actividades en
el marco de la educación de personas adultas, conociendo y
aceptando en su totalidad las bases de la convocatoria.
SOLICITA: Una ayuda de......................................pesetas que significa
el .............. por 100 delpresupuesto de gastos del programa
de la actividad solicitada para el curso 1999/2000.
En............................. a....... de ................... de1999.
Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional y Promoción
Educativa.
(1) Exprésese el cargo del firmante de la solicitud. En caso de delegación de atribuciones,
cítese la disposición correspondiente.
ANEXO II A
Ayuntamientos
Nombre del Ayuntamiento:............................................................................................................................................................................
Localidad:..........................................................................................Provincia:..........................................................................................
Justificación de la actividad para la que se solicita subvención:
1. Datos generales:
1.1 Razones que justifican la acción..............................................................................................................................................................
1.2 Objetivos.............................................................................................................................................................................................
1.3 Resumen de la programación general.......................................................................................................................................................
1.4 Identificación del ámbito territorial de actuación.......................................................................................................................................
1.5 Si existe, indicar la colaboración con otras Instituciones en la realización y proyección de la actividad...............................................................
1.6 Características de la población atendida, número de beneficiarios y tipos de formación....................................................................................
2. Resumen destinatarios:
Formaciones prioritarias
Destinatarios Preparaciones Título Técnico Auxiliar FPI número
Preparaciones Título Graduado Escolar número
Alfabetización y/o otras formaciones iniciales número
Alfabetización en castellano Cursos de español para extranjeros Totales
Personas adultas en edad activa sin titulaciones básicas.
Minorías étnicas.
Inmigrantes: Nacionalidades: Citar las más numerosas.
Mujeres con riesgo de exclusión social.
Totales...................................................
ANEXO II B
Diputaciones
Nombre de la Diputación:..............................................................................................................................................................................
Provincia:..............................................................................Número de Ayuntamientos:..............................................................................
Justificación del proyecto para el que se solicita subvención:
1. Datos generales:
1.1 Razones que justifican el proyecto...........................................................................................................................................................
1.2 Objetivos.............................................................................................................................................................................................
1.3 Resumen de la programación general.......................................................................................................................................................
1.4 Identificación dezonas o ámbitos territoriales en los que se completarán las acciones del Plan Provincial de Educación de Personas Adultas....................
1.5 Si existe, indicar la colaboración con otras Instituciones en la realización y proyección de la actividad...............................................................
1.6 Características de la población atendida, número de beneficiarios y tipos de formación....................................................................................
2. Resumen destinatarios:
Formaciones prioritarias
Destinatarios Preparaciones Título Técnico Auxiliar FPI número
Preparaciones Título Graduado Escolar número
Alfabetización y/o otras formaciones iniciales número
Alfabetización en castellano Cursos de español para extranjeros Totales
Personas adultas en edad activa sin titulaciones básicas.
Minorías étnicas.
Inmigrantes: Nacionalidades: Citar las más numerosas.
Mujeres con riesgo de exclusión social.
Totales...................................................
ANEXO III A
Ayuntamientos
Nombre del Ayuntamiento:......................................................
Localidad:..............................Provincia:..............................
Memoria económica de las aportaciones comprometidas
por la entidad solicitante
Gastos de personal:...............................................................
.....................................................................................
Gastos de funcionamiento:.......................................................
.....................................................................................
Gastos de inversión:..............................................................
.....................................................................................
Total aportación por parte de la institución solicitante:......................
.....................................................................................
Aportación de otras instituciones:..............................................
.....................................................................................
(Firma y sello del representante del Ayuntamiento)
ANEXO III B
Diputaciones
Memoria económica de las aportaciones comprometidas
Gastos de personal:
Salarios:.......................................................................................
Seguridad Social:...........................................................................
Subtotal................pesetas
Gastos de funcionamiento:
Por actuación:.............. ^ N. o solicitado Subtotal................pesetas
Otros gastos: Desplazamientos, inversiones,
etc....................................................Subtotal................pesetas
Total gastos........pesetas
Aportaciones de otras instituciones %:........................pesetas
Solicitud al Ministerio de Educación y Cultura %:........................pesetas
(Firma y sello del representante de la Diputación)
ANEXO IV A
Ayuntamientos
Ayuntamientos relacionados por orden de prioridad, provincia:
Importe total Pesetas Relación, Ayuntamientos Preselección Número de orden Excluidos Dir. Prov. Motivo de exclusión (*) Número módulos Observaciones
(*) Especifíquese.
Ilmo. Sr. Director provincial del Ministerio de Educación y Cultura en......................................................................................................................
ANEXO IV B
Diputaciones
Diputación Provincial...................................................................................................................................................................................
Ayuntamiento/s Número de módulos solicitados Ámbito de la actuación localidad/es Número destinatarios previstos
Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa.
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