En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de
junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe
de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de
Obligaciones del Estado con intereses ajustables,
Esta Dirección General hace público:
1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por
semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior
y amortizable, realizadas durante el segundo semestre de 1998 y el primer
semestre de 1999 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco
años, y que se detallan a continuación, ha sido el 4,299 por 100.
Interés nominal anual pagadero por semestres vencidos Porcentaje
Nominal Miles de euros Emisión
Bonos del Estado al 5,0 por 100,
vencimiento 31-1-2001 (*).
Se excluyen los tramos emitidos
con anterioridad al segundo
semestre de 1998.
581.163,13 4,939
Bonos del Estado al 5,25 por 100,
vencimiento 31-1-2003 (*).
Se excluyen los tramos emitidos
con anterioridad al segundo
semestre de 1998.
665.046,64 5,183
Bonos del Estado al 4,25 por 100,
vencimiento 30-7-2002 (*).
10.247.384,86 4,206
(*) Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal
de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado
utilizando la siguiente fórmula:
(1+i s / 200) 2 =1+i a / 100
donde i a es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas
ei s es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos
equivalente a i a , expresados ambos en tanto por ciento.
2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido
en el apartado 3.2.2.1).b de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el
cupón bruto semestral que devengarán el próximo 30 de enero de 2000
las Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de
julio de 1986, será del 3,75 por 100.
Madrid, 5 de julio de 1999.-La Directora general, Gloria Hernández
García.
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