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Documento BOE-A-1998-28737

Resolución de 4 de diciembre de 1998, de la Subsecretaría, por la que se convocan los actos de asignación de plazas correspondientes a la convocatoria específica 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1998, páginas 41468 a 41470 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-28737

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 30 de julio de 1998, publicada en el "Boletín

Oficial del Estado" del día 4 de agosto siguiente, aprobó la

convocatoria específica de prueba selectiva 1998 para acceder

en 1999 a plazas de formación de la especialidad de Medicina

Familiar y Comunitaria, según lo previsto en el artículo 2 del Real

Decreto 931/1995, de 9 de junio.

La base X de las contenidas en la Orden de 30 de julio de 1998,

dispone que, aprobadas las relaciones definitivas de resultados,

la Subsecretaría de Sanidad y Consumo convoque a los

seleccionados en las pruebas 1998 para que presenten solicitud de

adjudicación de plazas.

Por consiguiente, aprobada la relación definitiva de los

resultados obtenidos por los participantes en la prueba selectiva 1998,

de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de junio de 1989

por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas

selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria

especializada y atendiendo al calendario establecido en el anexo IX

de la Orden de convocatoria, esta Subsecretaria resuelve:

Primero. Asignación de plazas reservadas en convocatorias

anteriores. -1. Conforme dispone el apartado segundo de la

Orden de 30 de julio de 1998, una vez detraídas de la oferta

de plazas las reservadas en las convocatorias específicas

anteriores, que deben adjudicarse en la presente, se asignarán en acto

público el miércoles 16 de diciembre de 1998, a partir de las

nueve horas, en el salón de actos del Ministerio de Sanidad y

Consumo (paseo del Prado, números 18 y 20, Madrid) sin requerir

la comparecencia de los interesados, a los que, caso de no hallarse

presentes, se remitirá por correo el resguardo correspondiente.

2. Los interesados con reserva de plaza que hayan participado

en convocatorias específicas anteriores y deseen solicitar la

adjudicación, o nuevamente la reserva, de otra diferente a la

reconocida, deberán previamente renunciar a la que anteriormente

les correspondía, sin cuyo requisito no se les admitirá nueva

solicitud de adjudicación o de reserva de plaza. La renuncia se

formulará por escrito que deberá obrar en poder de la Subdirección

General de Desarrollo Profesional antes del día 15 de diciembre

de 1998, o presentarse personalmente en el acto a que se refiere

el párrafo anterior.

3. Los aspirantes que tengan plaza reservada en las

convocatorias generales anteriores podrán solicitar la asignación o

reserva de plaza en la presente convocatoria, si bien, la presentación

de tal solicitud implicará la pérdida automática de todos los

derechos sobre la plaza anteriormente reservada.

Segundo. Mesa de Asignación y recepción de

solicitudes. -1. A partir del miércoles 16 de diciembre de 1998 se

constituirá en Madrid la Mesa de Asignación, que recibirá las solicitudes

de adjudicación de plaza que presenten los aspirantes

seleccionados en la prueba selectiva 1998, por riguroso orden de mayor

a menor puntuación total individual.

2. La Mesa de Asignación se reunirá en Madrid en el salón

de actos del Ministerio de Sanidad y Consumo (paseo del Prado,

18 y 20, de Madrid).

3. Los aspirantes seleccionados en la prueba selectiva 1998,

a los que expresamente se convoca por medio de esta Resolución,

deberán comparecer ante la Mesa citada, en el día y la hora que

se señala en el calendario de sesiones a que se refiere el siguiente

apartado tercero, bien personalmente provistos de su documento

nacional de identidad, o bien mediante representante al que

hubiesen otorgado poder bastante al efecto ante Notario.

4. La Mesa de Asignación observará, rigurosamente, las

reglas contenidas en los artículos 11 y 12 de la Orden de 27 de

junio de 1989 y en la base X de las aprobadas por Orden de 30

de julio de 1998 para la recepción de las solicitudes, que deberán

ajustarse a los requisitos previstos en las disposiciones citadas.

5. Las solicitudes se referirán a las plazas que se encuentren

libres de otra petición anteriores sobre ellas. Recibida la solicitud

la Mesa entregará al interesado el resguardo correspondiente.

Tercero. Calendario y turnos de presentación de

solicitudes .-1. Los aspirantes seleccionados en la prueba 1998 a plazas

de formación de la especialidad de Medicina Familiar y

Comunitaria, presentarán solicitud de adjudicación o de reserva de plaza

ante la Mesa de Asignación, que a estos efectos celebrará sesión

conforme el siguiente calendario:

Miércoles, 16 de diciembre de 1998, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación

total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número

1 y el 750, ambos inclusive.

Jueves, 17 de diciembre de 1998, a las nueve horas: Deberán

comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación

total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número

751 y el 1.350, ambos inclusive.

Jueves, 17 de diciembre de 1998, a las dieciséis horas: Deberán

comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación

total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número

1.351 y el 1.751, ambos inclusive.

Viernes, 18 de diciembre de 1998, a las nueve horas: Deberán

comparecer los aspirantes que hayan obtenido una puntuación

total individual a la que corresponda, en la relación definitiva de

resultados, un número de orden comprendido entre el número

1.751 y el 2.150, ambos inclusive.

Viernes, 18 de diciembre de 1998, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total individual

a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un

número de orden comprendido entre el número 2.151 y el 2.500,

ambos inclusive.

Sábado, 19 de diciembre de 1998, a las nueve horas: Deberán

comparecer los aspirantes con una puntuación total individual

a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un

número de orden comprendido entre el número 2.501 y el 2.900,

ambos inclusive.

Sábado, 19 de diciembre de 1998, a las dieciséis horas:

Deberán comparecer los aspirantes con una puntuación total individual

a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un

número de orden comprendido entre el número 2.901 y el 3.250,

ambos inclusive.

Si finalizada esta sesión quedarán aún plazas vacantes por

proveer se convoca para el lunes 21 de diciembre de 1998, a las

nueve horas, a los aspirantes con una puntuación total individual

a la que corresponda, en la relación definitiva de resultados, un

número de orden comprendido entre el número 3.251 y el 3.600,

ambos inclusive.

Si por renuncias, incomparecencias o cualesquiera otras

circunstancias quedasen aún plazas vacantes por proveer se

continuará el llamamiento el lunes, 21 de diciembre, a las dieciséis

horas, a partir del número 3.601, quedando por tanto convocados

todos los aspirantes comprendidos en la relación definitiva de

resultados.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los anteriores apartados,

la Mesa declarará cerradas las sesiones una vez se presente

solicitud de adjudicación de plaza sobre la última que reste para

proveer.

Cuarto. Solicitudes de reserva de plaza .-1. Conforme

dispone el artículo 12 de la Orden de 27 de junio de 1989, los

aspirantes que resulten llamados para presentar solicitud de

adjudicación de plaza y se encuentren sujetos a cumplimiento de las

obligaciones derivadas del servicio militar, o de la prestación social

sustitutoria de éste, o de otras que nazcan de la Ley y no sean

de naturaleza voluntaria, podrán interesar ante la Mesa la reserva

de plaza presentando el certificado que acredite su situación.

2. La Mesa a la vista del certificado que se haya aportado

tramitará la solicitud de reserva. La asignación de plaza con reserva

sólo procederá si la plaza en cuestión se encuentra libre de otra

petición anterior de reserva sobre la misma y pueda ser provista

en la presente convocatoria.

Quinto. Solicitudes de adjudicación o de reserva de plazas

correspondientes a centro de titularidad privada con derecho de

conformidad. -1. Conforme dispone el apartado primero de la

Orden de 30 de julio de 1998 y el número 4 de la base X de

las de la misma, para solicitar la adjudicación o la reserva de

plaza que corresponda a un centro de titularidad privada que ejerza

el derecho a prestar conformidad, el interesado deberá haber

obtenido una puntuación total individual a la que corresponda un

número de orden igual o menor que el número de plazas

convocadas para el sector público y acompañar a la solicitud el

documento que acredite la conformidad del centro. En cualquier caso,

la plaza en cuestión deberá hallarse vacante y libre de otra petición

anterior sobre la misma.

2. Los centros e instituciones de titularidad privada que

deseen renunciar a ejercer el derecho a prestar conformidad a

los aspirantes para alguna o para todas las plazas por ellos

financiadas y que pretendan que se adjudiquen éstas por igual

procedimiento a las del sector público, deberán hacerlo constar

expresamente ante la Subdirección General de Desarrollo Profesional

antes de las catorce horas del lunes 14 de diciembre de 1998,

para que pueda anunciarse a los interesados esta circunstancia

antes del comienzo de los actos de asignación citados para el

siguiente miércoles 16.

Sexto. Adjudicación de plazas y reconocimiento de

reservas.- 1. El Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo

resolverá las solicitudes de adjudicación presentadas y aprobará

la relación de quienes pueden iniciar en el año 1999 formación

en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, ordenando

su exhibición en el Ministerio de Sanidad y Consumo y en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. La citada

resolución se comunicará a las Comunidades Autónomas, a las Unidades

DocentesyalaDirección General de Enseñanza Superior e

Investigación Científica del Ministerio de Educación y Cultura.

2. Asimismo, resolverá sobre las solicitudes de reserva de

plaza que se hayan formulado, notificando la resolución que dicte

a los interesados.

Séptimo. Renuncias yefectos. 1. Los aspirantes que hayan

obtenido o se les haya reconocido reserva de plaza en formación

en la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria deberán

renunciar a la misma si optan por concurrir a la convocatoria

general anual 1998.

A los efectos de participar en la convocatoria general 1998,

la renuncia deberá realizarse o bien de forma expresa durante

los actos de asignación de plazas o bien no compareciendo a

los mismos.

La renuncia a la plaza también se podrá realizar con

posterioridad al acto de adjudicación y hasta la finalización del plazo

de presentación de documentos de la convocatoria general 1998.

2. Los que renuncien a obtener plaza en formación de

Medicina Familiar y Comunitaria en la convocatoria específica, y no

obtengan plaza de otra especialidad en la convocatoria general,

conservarán su derecho a ocupar plaza en convocatoria específica

sucesiva de acuerdo con el resultado obtenido en la relación

definitiva de resultados de esta prueba específica o el obtenido en

el caso de presentarse de nuevo si este último fuera más favorable.

Octavo. Plazos y trámites de toma de posesión e incorporación

a laplaza. 1. Una vez aprobada la relación de plazas

adjudicadas, los aspirantes a los que se adjudique plaza tomarán

posesión de la misma, en la correspondiente Unidad Docente, en el

plazo que se determine para los adjudicatarios de plaza de la

convocatoria general 1998.

2. Conforme dispone la base X de la Orden de 30 de julio

de 1998, los adjudicatarios de plaza, una vez hayan tomado

posesión de la misma en la correspondiente Unidad Docente,

solicitarán, por riguroso orden de puntuación total individual obtenida

en la prueba selectiva y ante una Comisión constituida al efecto,

la asignación de Centro Hospitalario y Centro de Salud al que

serán adscritos.

3. Excepcionalmente, los adjudicatarios de plaza podrán

retrasar su efectiva incorporación a la plaza adjudicada en el plazo

que se determine para los participantes en la convocatoria

general 1998, siempre que se encuentren cumpliendo el servicio militar

activo obligatorio, la prestación social sustitutoria del mismo u

otras obligaciones que nazcan de la Ley y no sean de naturaleza

voluntaria y que las citadas obligaciones finalicen antes de aquella

fecha, en cuyo caso lo deberán acreditar así, ante el centro de

que se trate, en el plazo de toma de posesión que se ha señalado

con carácter general.

4. Los aspirantes a los que se reconozca reserva de plaza

podrán incorporarse a ella en el plazo que se señale a los

adjudicatarios de plaza de la próxima convocatoria específica 1999,

siempre que hubiesen finalizado en aquel momento el

cumplimiento de las obligaciones que motivaron la reserva. En ningún caso

se les permitirá hasta entonces la incorporación, aun en el

supuesto de que desaparezca antes la causa de la reserva. A estos efectos,

la Subsecretaría de Sanidad y Consumo señalará el plazo en que

los aspirantes a los que reconozca reserva deberán solicitar la

adjudicación para el año 2000 de la plaza reservada, acreditando

la fecha prevista para la finalización de las obligaciones que

motiven sus reservas en la resolución a que se refiere el número 2

del anterior apartado sexto.

Noveno. Plazas vacantes, traslados y régimen de

formación.- 1. Las plazas que no se cubran en la presente convocatoria

específica se acumularán a la convocatoria general 1998. No se

permitirá la permuta de plazas entre aspirantes ni el traslado de

Unidad Docente, salvo el supuesto excepcional de la revocación

de la acreditación.

2. Los adjudicatarios de plaza no podrán compatibilizar ni

simultanear la formación en la especialidad que corresponda con

el seguimiento de otro programa formativo o con cualquier otra

actividad que suponga incompatibilidad horaria o disminución de

las actividades comprendidas en el programa, con excepción de

lo dispuesto en el número cuatro del artículo 14 de la Orden

de 27 de junio de 1989.

3. Los adjudicatarios de plaza de residente que puedan

resultar afectados por el régimen general de incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas o por el del

personal militar deberán hacer manifestación al respecto en el

acto de toma de posesión formulando la opción que interesen.

Madrid, 4 de diciembre de 1998.-El Subsecretario, Enrique

Castellón Leal.

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